Te escribí por el email de la universidad, pero quizás no lo has visto, me puedes decir , si quieres si te llego a responder el equipo docente y que te dijo respecto de la pregunta 6?
.- La respuesta 6B, dice textualmente en el examen:
" que como fue declarado poseedor de mala fe durante el juicio, ...... SOLO tiene que abonar los frutos percibidos y que no tiene derecho a las cosechas pendientes "
Esto no es correcto, primero porque el Código Civil no lo dice, segundo porque el profesor Lasarte tampoco lo hace en su libro y por ultimo porque reiterada jurisprudencia dice lo contrario, y me baso en lo siguiente:
2.- El libro de Carlos Lasarte dice textualmente en la pagina 92 párrafo tercero y cuarto: "En efecto al decir el TS .... al efecto de restituir los FRUTOS PERCIBIDOS y LOS DEJADOS DE PERCIBIR. Por tanto no es SOLO, sino también los dejados de percibir. Ademas, la pregunta NO SOLO HACE REFERENCIA A LA COSECHA, sino también AL DESALOJO, por tanto en la pregunta a su vez dos cuestiones, la primera EL DESALOJO, es decir a que tendrán derecho, NO SOLO A LOS FRUTOS PERCIBIDOS, sino también a los dejados de percibir, y la segunda parte la cosecha, pero claro, la respuesta esta mal planteada, porque intencionalmente o no, han omitido una parte fundamental de la misma que da lugar a un error, y a que la misma no sea valida, es decir NO PUEDEN ALEGAR ustedes que se esta preguntando por la cosecha porque lo que se pregunta es la POSICIÓN DEL TS , sobre EL DESALOJO ( FRUTOS ) y sobre la cosecha. No una sola, no solo la cosecha.
No, ya he dicho en el mensaje anterior que no me han contestado.
Respecto a la 6 yo impugnaba con el argumento que puede ser cualquiera de las 3 respuestas porque en el enunciado no se señala desde cuando el tribunal de instancia declaraba la posesión de mala fe.
Al no señalarse ni quién ni desde cuando se admite por el tribunal la mala fe cabe cualquiera de las 3 respuestas por lo que abstrayéndonos de lo que diga el tribunal el poseedor de mala fe en la liquidación posesoria no tiene derecho ni a los frutos pendientes ni a los percibidos (a) solo tiene que abonar los frutos pendientes y no tiene derecho a los pendientes (b si no se han pedido los frutos dejados de percibir por el actor) y deberá abonar los frutos percibidos desde la interpelación judicial y no los anteriores y no tiene derecho a los pendientes (c si el tribunal le ha declarado poseedor de mala fe desde la interpelación judicial).
Como se puede observar la b y la c requieren del supuesto señalado en el manual (El párrafo que señala
Bajo estos supuestos...) pero tal supuesto no se indica en el enunciado aunque bien puede ser cierto.
En el caso de la 4 me parece correcta la contestación que señalan que no se ha dicho en el enunciado que Juan sea propietario y por tanto hay que entender que se habla exclusivamente de posesión de la cosa y la respuesta es la a.
Pero si somos congruentes con la respuesta a la 4 en la 6 tampoco se señala en el enunciado el resultado de la acción de instancia por lo que habría que entender que la respuesta tiene que ser la a igualmente de forma exclusiva.
Respecto a la 17 estaba claro que la respuesta sólo puede ser la a.
De otras de la primera semana que han impugnado:
-Estoy de acuerdo igualmente con el ED que la 1 del tipo A la respuesta es la c. En el enunciado dice claramente que está preguntando por los actos administrativos.
-Estoy de acuerdo con la 12 tipo A primera semana en que la respuesta es la b. La a no puede ser pues SOLO es falso y la c dice simplemente Monte de Piedad pero no como.
-La 7 tipo A primera semana sólo cabe la ocupación. Las otras dos permiten adquirir derechos reales en plural mientras que la a sólo la propiedad.
-La 22 de la primera semana tipo A igualmente sólo puede ser la b, el gestor sin mandato por sí mismo no adquiere la propiedad.
Respecto de la segunda semana algunos se quejan de las preguntas 1, 6, 7, 12 y 20 del tipo A y yo no he visto ningún argumento que me convenza por lo que entiendo que difícilmente convencerán al equipo docente. No obstante a los de la segunda semana les ha entrado una de reserva por la 4 del tipo A que era una chorrada y les han dado por buena cualquier respuesta, incluso la no respuesta, en la 15 del tipo A cuando yo no sé de dónde sacan que la respuesta a sea posible.