Hola Aguirre. Eso está referido a que no se esté incapacitado civilmente para contratar, disponer de su patrimonio, casarse, adoptar, etc. No tiene nada que ver con la incapacidad laboral permanente, absoluta o gran invalidez que pueda tener alguien por haberse quedado cojo, ciegoo en silla de ruedas, por ejemplo.
También es cierto que hay personas que tienen tal grado de incapacidad (en el sentido de minusvalía) que también están incapacitados civilmente. Por ejemplo, alguien que sufre una parálisis cerebral severa, altzheimer y cosas así.