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Autor Tema: Multa tráfico: notificación defectuosa  (Leído 2361 veces)

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Desconectado Dret_B

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Multa tráfico: notificación defectuosa
« en: 31 de Enero de 2016, 16:16:36 pm »

Buenas tardes, compañeros,

Tengo el siguiente caso:

El señor X vive y trabaja en Madrid desde agosto de 2015. Ese mismo año ha recibido una notificación de embargo por no haber pagado una multa de tráfico. Lo cierto es que el señor X no tuvo constancia en ningún momento de tal multa, ya que le fue notificada a su antiguo domicilio de Toledo. Las consecuencias de ello es que el señor X no va a poder beneficiarse de la reducción de la sanción y deberá pagar las cargas adicionales.

Mis pregunta son:

1. ¿Está obligada la Dirección General de Tráfico de comprobar la residencia actual del particular antes de notificar?
2. ¿Puede haberse producido un caso de indefensión?

Gracias


Desconectado gusy

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #1 en: 31 de Enero de 2016, 16:41:48 pm »
A la D.G.T le consta el domicilio que tú hayas puesto.
A todos los efectos es esa tu dirección, por lo que si  modificas tu domicilio y no lo comunicas, no se produce indefensión.

Desconectado Dret_B

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #2 en: 31 de Enero de 2016, 17:50:56 pm »
Gracias Gusy, también opinaba como tú, lo que pasa que me sorprende que la DGT no utilice la dirección nueva para notificar la multa, pero sí consiga hacerlo a la hora de embargar. Es por eso que pensé que podría haberse producido indefensión. No sé si la DGT está obligada a comprobar las direcciones. Mil gracias.

Desconectado Dret_B

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #3 en: 01 de Febrero de 2016, 19:24:30 pm »
Buenas tardes,

En relación al caso que planteé ayer, existe una Sentencia del TC en la que dice que la Administración debería haber buscado la dirección nueva del interesado:

No puedes ver los enlaces. Register or Login

En atención a lo expuesto hay que concluir, conforme también interesa el Ministerio Fiscal, que se ha vulnerado al recurrente su derecho a la defensa y a ser informado de la acusación (art. 24.2 CE). En efecto, si bien el Ayuntamiento de Granada procedió a realizar las diversas notificaciones dentro del procedimiento sancionador en el domicilio del recurrente que figuraba en el Registro de vehículos, sin embargo, más allá de ello, una vez frustradas las posibilidades de notificación personal, la Administración sancionadora no podía limitarse a proceder a la notificación edictal sin desplegar una mínima actividad indagatoria en oficinas y registros públicos para intentar determinar un domicilio de notificaciones alternativo en que pudiera ser notificada personalmente. Ello le hubiera llevado, sin mayor esfuerzo, a una correcta determinación del domicilio del recurrente, tal como se verifica con la aparente normalidad con la que en vía de ejecución se accedió a dichos datos para la notificación da la providencia de apremio.

¿Creéis que se podría recurrir? Gracias

Desconectado mnieves

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #4 en: 02 de Febrero de 2016, 00:43:14 am »
Hola

Inténtalo; esa sentencia salió cuando aún ejercía funciones en esa materia, y ello me hizo buscar cuando venían como desconocidos en el Padrón Municipal de Habitantes y en Gestión Tributaria (dependiente de la Diputación que tramite los impuestos municipales); es decir, pusimos una mayor diligencia a la hora de las notificaciones, y ello hizo que encontrásemos muchos domicilios que no se habían cambiado en la DGT. Recuerdo que esa sentencia es algo de un número que no constaba en la calle y no se molestaron de constatarlo siquiera con el Catastro.

No obstante, con la modificación de la normativa de Tráfico en 2010, se creó el Tablón Edictal de la misma DGT y el acceso de los usuarios a la web virtual; ese Tablón Edictal de multas está en vigor, lo que no sé es cuántos municipios se han adherido, comprueba si en el que se cometió la infracción lo está, si es así, podrían desestimarlo basándose en eso.

Saludos y suerte

Desconectado Picapleito

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #5 en: 02 de Febrero de 2016, 15:38:41 pm »
La multa eran 363 e,cuánto le costó lo otro?eso no lo dice

Desconectado zuspi

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #6 en: 04 de Febrero de 2016, 22:39:46 pm »
La falta de notificación en domicilio debe derivar en una minima diligencia de investigación.
La notificación edictal es excepcional.
Puedes echar una revisión de oficio por nulidad, dado que hay un grave defecto ante la ausencia de notificación.
Además la notificación debe hacerse en hora distintas... Reclama el expediente y comprueba si lo han hecho, dado que su defecto tambien puede ser causa de nulidad.
Si consigues la nulidad magnifico, o la anulabilidad(esto lo veo dificil) volverías el procedimiento al momento de notificar y con ello podrías entre otra solicitar el beneficio.

Desconectado Dret_B

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #7 en: 07 de Febrero de 2016, 10:51:27 am »
Muchísimas Mnieves, me has ayudado mucho. Finalmente, la persona recurrirá porque considera que ha habido mala fe por parte de la Administración, ya que no se esforzó en averiguar la nueva dirección, pero, si embargo, no tuvo problemas en buscar la nueva, y, además hay Jurisprudencia del TC.

Desconectado Dret_B

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #8 en: 07 de Febrero de 2016, 10:59:32 am »

Sí, opino también que la notificación debe implicar una mínima investigación de domicilio por parte de la Administración.

Sí, los dos intentos que comentas, lo hizo la Administración, pero en la dirección antigua. En la nueva dirección sólo notificó el procedimiento de apremio.

Dices que para recurrir hay que utilizar revisión de oficio, pero no sería un recurso de reposición y posteriormente una Reclamación Económica Administrativa? Pues se trata de una notificación de inicio de apremio.

Mil gracias, Zuspi!



Desconectado joselugobi13

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #9 en: 11 de Febrero de 2016, 05:43:38 am »
Te voy a dar mi punto de vista (he trabajado en compañia de seguros de asesor comercial en tema de multas)

Cuando cambiamos el domicilio, vamos a todos los sitios menos a la DGT a cambiarlo  (primer error)

por lo que yo he podido comprobar,  en estos casos si acreditas que tu residencia habitual ya no es la que le consta a la DGT, y que no has tenido constancia de la multa, suelen volver a mandarte la multa con su importe origen siempre y cuando recurras claro.

lo importante es si no se va a recurrir ni hacer nada al respecto, pagar bien antes de que se te triplique el importe si es que no se ha triplicado ya. y en el caso de que este triplicada pagar cuanto antes porque sino va por embargo y con un recargo extra del 20%
"quotquotDraco dormiens nunquam titillandus"quotquot

Desconectado joselugobi13

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Re:Multa tráfico: notificación defectuosa
« Respuesta #10 en: 11 de Febrero de 2016, 05:44:40 am »
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Gracias Gusy, también opinaba como tú, lo que pasa que me sorprende que la DGT no utilice la dirección nueva para notificar la multa, pero sí consiga hacerlo a la hora de embargar. Es por eso que pensé que podría haberse producido indefensión. No sé si la DGT está obligada a comprobar las direcciones. Mil gracias.

a la hora de embargar la consiguen porque va por via de hacienda y hacienda sabe hasta por donde tomamos cañas
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