Hola Tekam.
En el caso que propones seguramente la misma disposición indicaría en los preliminares o en las disposiciones transitorias el ámbito temporal concreto de su aplicación. Si no lo indica, es decir, si no especifica claramente que dicha "norma" y sus efectos se extienden a sucesos acaecidos con anterioridad (compras del año anterior a la entrada en vigor de la resolución) se entiende que NO tiene efectos retroactivos por el principio de seguridad jurídica y por lo que ya sabemos nos dice el CC al respecto, es decir, si la "ley" no lo expresa claramente, nunca puede tener efectos retroactivos, si no, imagínate....
Espero haberme explicado y mucha suerte en los exámenes. Cualquier duda, pues ya sabes....
Pimpa