Hola, en el delito de cohecho no entiendo las diferentes clases:
Realizar actos contrarios a los deberes de su cargo, no realizarlos o retrasarlos indebidamente.
Para la ejecución de un acto propio del cargo.
En consideración al cargo o función.
Para mí parece todos igual, recibes por actuar de forma contrario a como deberías, por lo que no entiendo cuando dice acto propio del cargo, deberes del cargo, etc. viee siendo todo lo mismo.
cómo lo entendéis vosotros...
hola compi te doy mi opinión:
Realizar actos contrarios a los deberes de su cargo
ej Funcionario policía que accede a recibir dinero a cambio de dejar de perseguir un delito.
no realizarlos
ej.El Inspector de hacienda que no levanta acta por una irregularidad en una inspección.
retrasarlos indebidamente.
ej funcionario encargado de un expediente de concesión de nacionalidad, que accede a cobrar por cumplir con los plazos máximos establecidos cuando la resolución del expediente era posible en menos tiempo.
Para la ejecución de un acto propio del cargo
ej. La patrulla de policía que accede cobrar 100E por patrullar una zona determinada de una urbanización.
En consideración al cargo o función.
Este es el más sencillo los famosos trajes del expresidente de la Comunidad Valenciana, siempre que se entienda que excedían los usos sociales.....
No se dará por ejemplo en el caso de el queso o el jamón que se regala por navidad con mucha frecuencia a Alcalde, Médicos,Comisarios etc..
Un saludo y suerte a todos.