Por lo que yo entiendo, al respuesta a la 4 es la A, en el punto IV del tema de obligaciones de alimentos se establablece la ley aplicable a las obligaciones de alimentos, el Reglamento 4/2009 es el que determina la ley aplicable y dicho Reglamento incorpora las contenidas en el Protocola de la Haya y dicho Protocolo establece un sistema de conexiones que, partiendo de una regla general, va especializándose en función de la relación familiar de que trae causa la obligación de alimentos. La regla general establece la aplicación de la ley de la residencia habitual del acreedor, salvo que el propio texto normativo diga otra cosa.