En el segundo caso yo he puesto que se puede elegir entre la ley del país donde se ha producido el daño y la del país donde se ha producido el hecho generador. En cuanto al órgano competente, también he puesto que pueden elegir entre esos dos países y que si eligen Portugal, su órgano jurisdiccional solo entenderá de los daños producidos allí, mientras que si eligen España, sus tribunales entenderán de toda la causa.
Está claro que con estos exámenes nos quieren empujar a los de licenciatura al Grado, para que tengamos que hacer sí o sí el máster y pasemos por caja. Yo de todas formas pienso hacerlo porque todos los togados que conozco me han hecho ver que ejercer nada más licenciarse es una insensatez.