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Autor Tema: Para los más eruditos - supuesto real  (Leído 1178 veces)

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Desconectado Mafli

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Para los más eruditos - supuesto real
« en: 19 de Agosto de 2014, 20:45:14 pm »
Buenas,

Antes de optar por la vía legal me gustaría poder valorar las opiniones de los entendidos del tema y saber qué opciones tengo.

Bien, sin ir más lejos os pongo en antecedentes:

Hace tres años rompí con mi ex. Ella vivía en casa de mis padres conmigo. Teníamos nuestras cosas ahí. Se rompió de mutuo acuerdo, se repartieron las cosas de mutuo acuerdo, se fue de casa de mis padres y todo bien. Hace dos años que no vivo en casa de mis padres, pero parte de mis cosas seguían ahí. Como dije antes, mi ex y yo quedamos bien, y no supe nada de ella hasta febrero, que me llama mi madre y me dice "Que ya ha estado "nombre de ex" aquí y se ha llevado las cosas que le dijiste". Me quedé "Cómo!? :o" Total, voy a la casa de mis padres y para mi sorpresa me ha vaciado parte de los armarios, estanterías, cajones... en total más de 500€... y eso contando el valor "real" de las cosas que se ha llevado, que gran parte de ellas son ediciones coleccionista de libros, cómics, música... porque en valor de mercado ahora está en más de 1000€.

En fin, he intentado mediar de todas maneras, contactando con ella (que encima me vacila), con amigos en común e incluso sus padres... pero nada.

Imagino que esto es un hurto al ser sin violencia, pero no sé qué más. Mentir a mi madre de mala fe y demás se podría considerar daños y perjuicios o es parte del hurto? Hemos considerado la opción de contactar un abogado y mandarle un burofax para que devuelva las cosas, pero cómo se demuestra? Qué ha hecho exactamente esta "tipa" y cómo puedo hacer que devuelva las cosas o pague?

Muchas gracias a todos los que dotéis con algo de luz a este asunto, que ya me está sacando de quicio y quiero zanjarlo cuanto antes.

Un cordial saludo.


Desconectado jsoriguer1

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #1 en: 20 de Agosto de 2014, 00:41:31 am »
Denuncialo a las Fuerzas del orden y haber como se sale del tema, más que por robo, yo pienso que va más por hurto. Aquí tienes el Art,

 Artículo 234

El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excede de 400 euros.

Desconectado velypereira

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #2 en: 20 de Agosto de 2014, 09:44:58 am »
Se trataría de un hurto si hubiera ánimo de lucro lo que no me parece tan claro. Hasta 400 euros sería falta, + de 400 se tramitaría como delito.
Puede tratarse también de una apropiación indebida.

Y digo que no está claro el ánimo de lucro partiendo de que hubo una relación sentimental por medio,  que se ha roto por las causas que fuere, por lo que es muy posible que sólo trate de fastidiar, y el ánimo de lucro es requisito necesario para poder hablar tanto de robo como de hurto.

Personalmente, no veo mal lo de enviar un burofax antes de poner una denuncia, el recurso a los tribunales debe ser siempre la última instancia y te lo digo yo que trabajo en ello desde hace 30 años.

Si no se aviene a tus pretensiones no te quedaría otra opción que denunciar.¿ Cómo probarlo? tu madre es testigo de lo ocurrido, no???

Desconectado Pedro356

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #3 en: 20 de Agosto de 2014, 10:24:50 am »
"Mentir a tu madre de mala fe" como dices tú, para que ésta le permitiese acceder a tus bienes, haciéndole creer que tenía tu consentimiento para llevárselos, bien podría considerarse una estafa. En mi opinión, mediante esta maquinación o engaño, induce a tu madre a que cometa un acto de disposición en perjuicio de un tercero (tú).

Te pego el tipo básico de la estafa, aunque como bien sabes, hay que tener en cuenta si la cuantía supera los 400 euros para distinguir el delito de la falta:

Artículo 248
 
1. Cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.


Saludos

Pedro

Desconectado abogado M

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #4 en: 20 de Agosto de 2014, 10:49:47 am »
   Yo, ni soy erudito ni gran entendido, pero tengo dos cosas claras en este asunto:

   1º.- El ánimo de lucro es incuestionable. Tanto si lo quiere para venderlo como para tenerlo ella en su casa, eso es ánimo de lucro.

   2º.- La cuestión clave es acreditar que todas esas cosas eran tuyas y no suyas; y además demostrar que ella las sigue teniendo en su poder o las ha vendido.

   
Puigdemont, Forcadell, Trapero...¡TODOS A LA CÁRCEL!

Desconectado jsoriguer1

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #5 en: 20 de Agosto de 2014, 11:42:54 am »
Valypereira, no creo que sea apropiación indebida, la condición para ello es "que lo hayan recibido en depósito" que no es el caso, y en cuando a la estafa Pedro 356, tengo la duda de que al ser un caso esporádico pueda considerarse estafa.

Lo que si habrá que demostrar, tal como dice abogadomafioso, es que estas cosas son tuyas, de aqui pienso que puede ser útil la denuncia, en cuyo caso, la otra parte habrá de demostrar que son suyas, y continuo opinando que es hurto.

Desconectado sabel

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #6 en: 20 de Agosto de 2014, 12:49:50 pm »
Robo o estafa, lo que me parece complicado es probar que lo sustraído tiene un valor superior a 400€.

Desconectado velypereira

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #7 en: 20 de Agosto de 2014, 13:54:07 pm »
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Valypereira, no creo que sea apropiación indebida, la condición para ello es "que lo hayan recibido en depósito" que no es el caso, y en cuando a la estafa Pedro 356, tengo la duda de que al ser un caso esporádico pueda considerarse estafa.

Lo que si habrá que demostrar, tal como dice abogadomafioso, es que estas cosas son tuyas, de aqui pienso que puede ser útil la denuncia, en cuyo caso, la otra parte habrá de demostrar que son suyas, y continuo opinando que es hurto.

Tomaste en consideración el supuesto especial de apropiación indebida del 254???

Desconectado Pedro356

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #8 en: 20 de Agosto de 2014, 13:59:24 pm »
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Valypereira, no creo que sea apropiación indebida, la condición para ello es "que lo hayan recibido en depósito" que no es el caso, y en cuando a la estafa Pedro 356, tengo la duda de que al ser un caso esporádico pueda considerarse estafa.

Lo que si habrá que demostrar, tal como dice abogadomafioso, es que estas cosas son tuyas, de aqui pienso que puede ser útil la denuncia, en cuyo caso, la otra parte habrá de demostrar que son suyas, y continuo opinando que es hurto.

Considera qué posibilidad hay de que hubiese podido apoderarse de las pertenencias sin hacer uso del engaño. En otras palabras, si haces abstracción del engaño el resultado no se hubiese producido. En cuanto al problema de la prueba, es otro debate distinto.

Saludos

Pedro

Desconectado Mafli

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #9 en: 20 de Agosto de 2014, 19:25:23 pm »
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Si no se aviene a tus pretensiones no te quedaría otra opción que denunciar.¿ Cómo probarlo? tu madre es testigo de lo ocurrido, no???

Pensaba que mi madre, al ser familiar, no podía testificar a mi favor o su testimonio no tendría el mismo peso que el de un "extraño" - hablo desde el desconocimiento.

Pero cómo probar ante un juez que esas cosas eran mías y estaban en casa de mis padres? Tengo un inventario aproximado de lo que se ha llevado, pero no tengo cómo demostrar que es mío o se lo ha llevado ella.

Muchas gracias a todos por las respuestas. Entonces veo que el burofax es una buena idea. También me gustaría conocer el posible desenlace de esto valorando la situación objetivamente.

Desconectado jsoriguer1

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #10 en: 21 de Agosto de 2014, 00:00:23 am »
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Considera qué posibilidad hay de que hubiese podido apoderarse de las pertenencias sin hacer uso del engaño. En otras palabras, si haces abstracción del engaño el resultado no se hubiese producido. En cuanto al problema de la prueba, es otro debate distinto.

Saludos

Pedro

Sin duda que hay engaño, de lo que dudo no es esto, es de que si con haber efectuado una sola vez (que se sepa) la acción referida puede ya considerarse estafa. En otras palabras para que sea estafa ¿debe ser un delito continuado?

Desconectado velypereira

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #11 en: 21 de Agosto de 2014, 09:34:37 am »
No, la estafa  no tiene porqué ser un delito continuado sino que se perfecciona si hay engaño y ánimo de lucro junto a un desplazamiento patrimonial desde el patrimonio de la víctima al del estafador o al de un tercero, independientemente de que ocurra una sola vez o varias.

Desconectado Pedro356

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #12 en: 21 de Agosto de 2014, 11:41:01 am »
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Sin duda que hay engaño, de lo que dudo no es esto, es de que si con haber efectuado una sola vez (que se sepa) la acción referida puede ya considerarse estafa. En otras palabras para que sea estafa ¿debe ser un delito continuado?

Lo primero que hay que considerar es si la acción es subsumible en el tipo descrito por el artículo 248, es decir, si la acción es, típica y como he dicho anteriormente, en mi modesta opinión así es. El tipo descrito en el precepto no exige reiteración de la conducta.
El delito continuado, solamente es una forma de aplicar la pena (una regla especial de aplicación de las pena), cuando se cumplen los requisitos exigidos en los distintos supuestos del artículo 74 CP.

Un saludo

Pedro


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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #13 en: 21 de Agosto de 2014, 18:45:56 pm »
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Lo primero que hay que considerar es si la acción es subsumible en el tipo descrito por el artículo 248, es decir, si la acción es, típica y como he dicho anteriormente, en mi modesta opinión así es. El tipo descrito en el precepto no exige reiteración de la conducta.
El delito continuado, solamente es una forma de aplicar la pena (una regla especial de aplicación de las pena), cuando se cumplen los requisitos exigidos en los distintos supuestos del artículo 74 CP.

Un saludo

Pedro



Si Pedro, pero si miras el hilo que inicie por estafa, verás como se está debatiendo si es estafa o incumplimiento de contrato, y alguna opinión es de que es incumplimiento de contrato si es la primera vez que efectúa este hecho.

Desconectado velypereira

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Re:Para los más eruditos - supuesto real
« Respuesta #14 en: 22 de Agosto de 2014, 09:17:00 am »
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Pensaba que mi madre, al ser familiar, no podía testificar a mi favor o su testimonio no tendría el mismo peso que el de un "extraño" - hablo desde el desconocimiento.

Pero cómo probar ante un juez que esas cosas eran mías y estaban en casa de mis padres? Tengo un inventario aproximado de lo que se ha llevado, pero no tengo cómo demostrar que es mío o se lo ha llevado ella.

Muchas gracias a todos por las respuestas. Entonces veo que el burofax es una buena idea. También me gustaría conocer el posible desenlace de esto valorando la situación objetivamente.

Tu madre puede testificar perfectamente y de hecho lo vemos a diario, no confundamos el hecho de que los familiares directos no estén obligados a declarar con la prohibición de hacerlo. El juez ya valorará en su justa medida la relación de parentesco pero es que además ella es una pieza clave en todo este asunto porque si no la hubierna engañado no se hubiera producido el hecho.
Además ella sabrá que cosas había en la casa y qué cosas se llevaron.