Buenas,
Sobre la pregunta de la responsabilidad penal por miedo insuperable:
-La jurisprudencia exige que sea la única causa.
-Los autores del libro rechazan esa comprensión del requisito (obrar impulsado por el miedo insuperable), y apuntan que basta con que el miedo sea el motivo preponderante pero no exclusivo. Incluso podrían concurrir otras motivaciones, como la ira o la venganza, siempre y cuando el miedo sea la razón determinante.
Como expresamente preguntan por la postura de la jurisprudencia, la a) sería la correcta.