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Autor Tema: Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)  (Leído 29959 veces)

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Desconectado wallutt

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #120 en: 22 de Abril de 2016, 21:35:50 pm »
Por mi parte
1. B
2. C
3. B
4. C
En mi modesta opinión e intentando buscar una solución lógica, la tardanza en utilizar la legitima defensa por parte de Rwanda puede estar aquí:
 "Ante estos hechos, las autoridades rwandesas formularon protestas por estos
acontecimientos en las fechas inmediatamente posteriores a que los mismos se
produjeran. Igualmente, han iniciado la negociación con Burundi para depurar
responsabilidades en virtud de lo previsto en el Acuerdo de Cooperación vigente entre
ambos Estados."
Si las negociaciones no han sido satisfactorias, y prueba de ello es la incursión del avión de Burundi en territorio rwandes el 2 de febrero del 2000, ¿por qué no va a poder ejercer Rwanda su derecho a la legitima defensa en respuesta a los hechos que se cometieron en octubre de 1999?

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Desconectado wallutt

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #121 en: 22 de Abril de 2016, 21:40:58 pm »
2.-El ataque aéreo y la incursión militar de Ruanda en territorio Burundés, ¿Respetan
los requisitos exigibles para el ejercicio de la legítima defensa por las autoridades
ruandesas?
a. No, porque el uso de la fuerza no respeta los principios de inmediatez y
proporcionalidad.
b. No se cumple ninguno de los requisitos exigidos por el Derecho Internacional.
c. Sí, se cumplen todos los requisitos establecidos tanto por la Carta de las
Naciones Unidas como por el Derecho Internacional consuetudinario.
 Para mi la correcta es la C
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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #122 en: 22 de Abril de 2016, 22:12:16 pm »
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2.-El ataque aéreo y la incursión militar de Ruanda en territorio Burundés, ¿Respetan
los requisitos exigibles para el ejercicio de la legítima defensa por las autoridades
ruandesas?
a. No, porque el uso de la fuerza no respeta los principios de inmediatez y
proporcionalidad.
b. No se cumple ninguno de los requisitos exigidos por el Derecho Internacional.
c. Sí, se cumplen todos los requisitos establecidos tanto por la Carta de las
Naciones Unidas como por el Derecho Internacional consuetudinario.
 Para mi la correcta es la C
Ruanda invoca el legitimo derecho de defensa en base a los hechos ocurridos en 1999....después de realizar la protesta por los mismos e iniciar negociaciones con Burundi el requisito de inmediatez, como mínimo, no se cumple...luego entiendo que la C se descarta automáticamente.

Desconectado wallutt

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #123 en: 22 de Abril de 2016, 23:57:30 pm »
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Pues vamos al debate de la pregunta nº 2

Ataque aéreo e incursión militar de Ruanda en territorio burundés.
Aquí, creo, se refiere al párrafo que empieza: “Dos días después del derribo del avión…..”
En mi opinión y salvo mejor criterio, la respuesta seria la C y lo argumento:
¿Se cumplen los requisitos básicos?:
-   Inmediatez. Aquí es donde está la clave. En ningún sitio pone cuantos días o meses tienen que haber pasado para que se cumpla este requisito. Si existe una pista  en el Pacto de la Sociedad de Naciones  (1919) donde se pretende impedir que la guerra llegue a producirse. Según el art. 12  del Pacto, los miembros se comprometen a resolver las controversias  por medios pacíficos y además convienen “en ningún caso deberán recurrir  a la guerra  antes de que hayan transcurrido  un plazo de tres meses después de la sentencia de los árbitros  o de la decisión judicial o dictamen del Consejo” En este caso no se recurrió a las N.U., lo que se hizo fue iniciar una negociación con Burundi para depurar responsabilidades, pero sin recurrir a un tercero, por tanto esto no se aplica, pero tenemos una pista acerca del plazo.
Imaginemos  que Ruanda, cuando sufre el primer ataque  para ver que hace, tiene que reunir su Parlamento, que tarda x semanas, no se ponen de acuerdo y la decisión tarda x días.  Ahora tiene que preparar su ejército, que como es un  país pequeño no están preparados para la guerra y tarda x semanas...etc. ¿Cuánto tiempo ha pasado?
Los otros dos motivos, creo que todos estamos de acuerdo en que los cumple.
Si damos por bueno que también cumple  la inmediatez, entonces la opción correcta seria la C.
En mi mensaje nº 72 de este hilo dice:
“La respuesta del autor es lógica: el derecho a la legítima defensa continúa hasta que el agresor cese las hostilidades y se retire, si ha ocupado territorio de la víctima”.
“El profesor israelí, en un intento fallido por demostrar que la legítima defensa puede cumplir con el requisito de inmediatez, que no rechaza, sino amplía más allá de toda lógica, nos plantea el caso de las Islas Malvinas48 sin reparar en que, desde el punto de vista británico, la invasión por Argentina fue un ataque continuo”

La mayoría de ustedes habéis elegido la B y analizando las opciones:
a)   No respeta los principio de inmediatez y proporcionalidad
Esta no sería porque el principio de proporcionalidad si se cumple.
b)   No se cumple ninguno de los requisitos…..
Tampoco es puesto, puesto que si cumple los requisitos de necesidad y proporcionalidad.
No quedaría la Opción c
c)   Si, se cumplen los requisitos…….
Estamos de acuerdo en que los dos últimos se cumplen. El que falta es el de la inmediatez, que es donde tenemos el debate.
Yo me inclinaría porque la inmediatez se cumple, por lo anteriormente expuesto, salvo mejor argumentación claro.
MI opción sería la C (creo que soy el único que dice esta opción)
Venga compañeros, exponed vuestros argumentos
rivermorpa me solidarizo contigo: 2ª. C
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Desconectado rivermorpa

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #124 en: 23 de Abril de 2016, 01:34:59 am »
Pues yo aun sigo sin tenerlo claro y mientras más leo mas dudas.
Expongo un nuevo argumento  con respecto a la pregunta  nº 2:
He leido el Caso Caroline  que se menciona en los apuntes  y resumo:Las fuerzas británicas en Canadá hunden el buque Caroline.  Años mas tarde es detenido uno de los oficiales  que participó en el hundimiento del Caroline lo que ocasionó la protesta del gobierno británico alegando  que el hundimiento fue en legítima defensa ya que fue como medida de precaución  para el futuro y no como represalia por el pasado. El secretario de Estado Webster envió una carta a los británicos diciendole  que "para que el ataque fuera licito , el gobierno británico tendria que haber demostrado una necesidad  de legitima defensa inmediata, imperiosa, que no dejara opción en cuanto a la elección de medios , ni tiempo para deliberar" y sigo copiando textualmente "la formula fue utilizada por Webster, fue y sigue siendo expresión invocada  como una expresión adecuada  del derecho consuetudinario en materia de legitima defensa"
Según lo expuesto, entiendo que la legitima defensa tiene que ser  una reaccción inmediata o inmediatisima  a una agresión de la otra parte, y partiendo de esta premisa analizo las opciones de la pregunta nº 2.
Opcion A) No porque el uso de la fuerza.......
Lo primero que hay que tener en cuanta es que Ruanda justifica estas acciones  en respuesta a los hechos de 1999, por tanto no respeta el principio de inmediatez (reacciona 4 meses después). Y el de proporcionalidad, ¿lo respeta?El ejercito Burundes , en 1999, bombardeó  instalaciones electricas, después se adentró hasta 20 Kms  al interior de Ruanda destruyendo poblados, asesinando personas y apresando a 10 niños, controlando el territorio durante 4 días,  y como represalia a esto, Ruanda sólo bombardea una base militar de Burundi  y realiza unos cuantos disparos a los tankes burundeses de la frontera. Creo que los ruandeses se quedaron cortos. Pero esto de la proporcionalidad es algo subjetivo. Si Ruanda hubiera arrasado todo el Estado de Burundi sin dejar a una persona con vida , claramente la reacción hubiera sido desproporcionada, por haberse pasado. Pero en el caso que nos ocupa , ocurrió todo lo contrario, que Ruanda se quedó corta  en la reacción, por tanto creo, se puede decir que sí cumple el criterio de proporcionalidad.
Resumiendo, no cumple la inmediatez y si la proporcionalidad, por tanto la A descartada.
Opción b) No se cumple ningunode los requisitos..........
Como anteriormente hemos dicho que si cumple el de proporcionalidad, implica que la B tambien descartada.
Entonces la correcta sería la C. Pero no corramos, vamos a analizarla al igual que las anteriores opciones.
c) Si, se cumplen todos los requisitos........
Si en la opción A dijimos que el de inmediatez no se cumplía , luego al menos falla un requisito por tanto la C no es.
Conclusión: que no se cumple ninguna de las opciones.
POR FAVOR AYUDAAAAAA



Desconectado rivermorpa

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #125 en: 23 de Abril de 2016, 01:49:20 am »
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Para la pregunta 2, creo que no se cumplen ninguno de los requisitos del Derecho Internacional; no era necesaria (los dos países están en negociación para depurar responsabilidades), no fue inmediata (pasan 4 meses desde el ataque de Burundi), y creo que no fue proporcional (el avión de Burundi sobrevoló el territorio de Ruanda y coloco solamente tanques en su frontera).

Para mi la respuesta correcta en la 2 es la B



Superbiker no ha tenido en cuenta que Ruanda alegó que la acciones realizadas fuenron  como legitima defensa a las realizadas por Burundi en 1999. En mi opinión y como he argumentado anteriormente, sí fueron proporcionadas. Entonce no sería la B.
Por favor, alguien que me rebata los argumentos  para ver si llegamos a la  solución porque no creo que yo lleve la razón ya que si la llevo habría que impugnar la pregunta, cosa que no creo.

Desconectado rivermorpa

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #126 en: 23 de Abril de 2016, 02:26:30 am »
Una última argumentación (parece que no tengo sueño)
Pregunta nº  2
a) NO porque el uso de la fuerza......
Descartada por que si cumple el requisito de la proporcionalidad.
c) Si, se cumplen todos los requisitos de la CArta.......
Descartada porque no cumple el de inmediatez.
b) No se cumple ninguno de los requisitos de D. INternacional.
Exacto , no se cumple porque lo primero que debió hacer Ruanda es comunicar el incidente de 1999 al Consejo de Seguridad  para que le pasara instrucciones  y en su lugar  lo que hizo fue invocar un acuerdo  de Cooperación que tenia con Burundi , pero al Consejo de SEguridad nada de nada, por tanto NO SE CUMPLE . Entonces la respuesta correcta es B


Perdonar el rollazo que os he metido, pero como dijo algún compañero anteriormente,  es que piendo mejor escribiendolo

Desconectado bolly

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #127 en: 23 de Abril de 2016, 02:31:39 am »
Rivermorpa ,creo que has dado en el clavo

Desconectado mollete

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pregunta 2, ayuda para Rivermorpa
« Respuesta #128 en: 23 de Abril de 2016, 10:16:21 am »
Buenos días Compañeros.

En la opción B, se dice que no se cumple ningún requisito.

¿ Pero si entra un avión en tu espacio aéreo, acaso no está invadiendo tu Soberanía ?

La necesidad de la respuesta quizás está justificada por este argumento, por lo tanto se cumple un requisito.

Lo que nos llevaría a la opción A

Desconectado rivermorpa

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #129 en: 23 de Abril de 2016, 10:31:44 am »
Buenos dias Mollete y demas compis,
Hay que tener en cuenta que tal como ha aclarado el tutor, la segunda pregunta solo se refiere a los dos últimos párrafos, por lo tanto hay que deschar la influencia de la invasión de espacio aereo que se produce el dos de febrero, pero además en el último párrafo se aclara  que  el ataque de Ruanda es como consecuencia de los hechos de oct. 1999.
Además la opción A  exige el incumplimiento  de los dos requisitos que indica  y el de proporcionalidad se cumple, por tando la A queda descartada.

Desconectado fbartoluc1

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #130 en: 23 de Abril de 2016, 13:05:39 pm »
1) B
2) B
3) A
4) C

Desconectado Gap5

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #131 en: 23 de Abril de 2016, 14:03:24 pm »
En la pregunta 2, a mi entender,  lo que hace Ruanda con el ataque aéreo y la incursión militar es simplemente una REPRESALIA no un ejercicio de legítima defensa y por lo tanto no cumple ninguno de los requisitos exigidos por el Derecho Internacional.

“La auténtica defensa es un medio de autotutela defensivo, por el que un Estado se limita a rechazar por la fuerza un ataque violento y antijurídico contra su territorio, sus buques o cualquier otro órgano estatal. Si, por el contrario, un Estado cuyos derechos han sido violados, se interpone en un bien jurídico del adversario para procurarse una reparación o conseguir una pretensión legítima, no puede decirse que "defiende" su derecho, sino que, por el contrario, emprende una intromisión jurídica ofensiva para conseguirlo. Tal "defensa de derechos" es, en realidad, una represalia.”

Desconectado emlo

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #132 en: 23 de Abril de 2016, 14:43:36 pm »
Duda que tengo con respecto a la cuestión 3º,

La supuesta "legítima defensa anticipada" no requiere de previa comunicación al Consejo de Seguridad?

Desconectado Estupendo

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #133 en: 23 de Abril de 2016, 18:18:13 pm »
Yo creo que la clave está en informarse sobre el conflicto que hubo en aquellos años en la región de los Grandes Lagos (se vieron afectados buena parte de los  países africanos), una zona rica en recursos naturales: millones de muertos en matanzas étnicas, reclamaciones fronterizas heredadas de la época de la descolonización, ataques a población civil, reclutamiento de niños soldados, etc, etc, etc....

Me da que lo de alegar el "derecho a la legítima defensa" era lo típico cada vez que se les acusaba de no cumplir el derecho internacional en general y las resoluciones de la ONU en particular y por lo visto fueron varias.  ;)


Desconectado mollete

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Proporcionalidad en la 2ª pregunta
« Respuesta #134 en: 24 de Abril de 2016, 11:10:42 am »
Buenos días Compañeros.

¿ Hay proporcionalidad en la 2ª pregunta ?

¿ Entre una invasión de tu territorio, de tu Soberanía sin más daño y la respuesta de Ruanda con bombardeos en el aeropuerto y disparos a los tanques de Burundi ?

Creo que por la redacción no podemos considerar que exista proporcionalidad, por lo que la opción A es factible

Desconectado mollete

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ACLARACIONES DEL EQUIPO DOCENTE EL 22/04 EN EL FORO
« Respuesta #135 en: 24 de Abril de 2016, 11:23:37 am »
Buenos días Compañeros.

Acabo de leer estas observaciones del Equipo Docente donde acotan la pregunta 2º, en el texto que le corresponden y aclaran el ataque aéreo y los disparos sobre los tanques que se encuentran en el  territorio de Burundi.

La pregunta es sobre la actuación de Ruanda y  centrándonos en éstos hechos lo que se produce es una invasión de la Soberanía de Burundi sin que la acción de Ruanda se pueda justificar ya que hace uso de la fuerza, agrede a Burundi.

Por lo tanto no puede haber ni Inmediatez, ni Proporcionalidad ni Necesidad.

Con ésta aclaraciones aclara que la respuesta más adecuada es la B

Desconectado JGUERRERO226

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #136 en: 24 de Abril de 2016, 18:49:55 pm »
Mis respuestas son: 1B-2B-3B-4C..........

Desconectado emlo

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #137 en: 24 de Abril de 2016, 19:46:26 pm »
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1) B
2) B
3) A
4) C

Yo también me estoy decantando por la a) en la 3ª pregunta... Porque si cumpliese todos los requisitos uno de ellos sería el de informar al Consejo de Seguridad inmediatamente, no? Según aparece en la Carta de NU.

Desconectado fairenfai

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #138 en: 25 de Abril de 2016, 09:21:38 am »
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Yo también me estoy decantando por la a) en la 3ª pregunta... Porque si cumpliese todos los requisitos uno de ellos sería el de informar al Consejo de Seguridad inmediatamente, no? Según aparece en la Carta de NU.
Buenos días,
En relación a la pregunta 3, yo veo claro que se respeta el requisito de la inmediatez ya que es una respuesta automática ante un nuevo posible ataque por parte de Burundi. No creo que dé tiempo de avisar al Consejo de Seguridad con tanta celeridad después del precedente ocurrido 4 meses antes, cuando Burundi atacó premeditadamente a Rwanda sin avisar a nadie. Con este planteamiento quedarían descartadas tanto la respuesta A como la C. Es mi opinión, lo cual no quiere decir que sea la correcta.  ;)

Desconectado Aroca

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Re:Hilo Oficial Derecho Internacional Público segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #139 en: 25 de Abril de 2016, 10:50:57 am »
1)B
2)B
3)A
4)C

 Esta son las mías y Enviado ya...  ;)