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Autor Tema: Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)  (Leído 38143 veces)

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Desconectado rutger

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #100 en: 16 de Mayo de 2016, 09:02:05 am »
Mirad esta consulta a la AEAT:
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Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado claudia1992

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #101 en: 17 de Mayo de 2016, 17:14:44 pm »
Ya formulé la duda al ED respecto de la pregunta de los dividendos.




"quotquotEl esfuerzo es la base del éxito"quotquot

Desconectado ilusa

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #102 en: 17 de Mayo de 2016, 19:32:06 pm »
Amargada me tiene el puñetero impuesto :'(

Desconectado trasgo

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #103 en: 18 de Mayo de 2016, 09:43:11 am »
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Ya formulé la duda al ED respecto de la pregunta de los dividendos.

Yo también realice la consulta ayer y hoy me han respondido lo siguiente:

El reparto de los dividendos, son son en especie, estará sujeto al IVA.
 
De acuerdo con el artículo 4.uno LIVA, están sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones realizadas en el ámbito espacial del impuesto por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, «incluso si se efectúan en favor de los propios socios, asociados, miembros o partícipes de las entidades que las realicen».
 
En el caso planteado se cumplen todas las condiciones establecidas en ese artículo 4.uno:
- Las sociedades mercantiles se reputan por regla general empresarios o profesionales a los efectos de la Ley del IVA [art. 5.uno.b) LIVA].
- Las operaciones realizadas por sociedades mercantiles se entienden efectuadas en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional [art. 4.dos.a) LIVA]. En el mismo sentido debe tenerse en cuenta que se entienden realizadas en el desarrollo de una actividad empresarial o profesional «Las transmisiones o cesiones de uso a terceros de la totalidad o parte de cualesquiera de los bienes o derechos que integren el patrimonio empresarial o profesional de los sujetos pasivos» [art. 4.dos.b) LIVA].
 
Como ya se ha indicado, la sujeción se produce aunque las operaciones se efectúen en favor de los socios [art 4.uno LIVA].
 
No resulta aplicable la exención del artículo 20.uno.18.º LIVA porque este precepto no se refiere al pago de dividendos. Tampoco resulta aplicable el artículo 8.dos.2.º LIVA, que se refiere a aportaciones y a adjudicaciones en caso de liquidación o disolución.
 
Atentamente,
 
Gerardo Menéndez
Fran.

Desconectado Niobyta

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #104 en: 18 de Mayo de 2016, 10:26:52 am »
Gracias por compartir la respuesta, trasgo.
¡Licenciada!

Desconectado trasgo

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #105 en: 18 de Mayo de 2016, 20:23:45 pm »
Estoy intentado dar respuesta a una pregunta de examen de reserva del año pasado, y os pido vuestra opinión sobre la respuesta.

La pregunta en cuestión dice lo siguiente: "Una persona que no es empresario ni profesional presta una fianza para garantizar una obligación asumida por su hermano. ¿Está gravada eta prestación por alguna impuesto indocto estar? En caso de respuesta afirmativa, indique de qué impuesto se trata.

Evidentemente no esta sujeta ni gravada por el IVA ya que la persona no es ni empresario ni profesional, por lo que estar sujeta y puede que gravada seria por ITP y AJD. El art. 7.1.B del la Ley nos dice que son transmisiones patrimoniales sujetas la constitución de derechos reales, fianzas, .....siendo sujeto pasivo del mismo, siguiendo el art. 8.e el acreedor afianzado. El enunciado no nos dice que tipo de obligación es por la que se presta la fianza por lo que no sabemos si será de aplicación el art 15 de la Ley.

De otro lado no sabemos si dicha fianza se constituye en documento notarial, pero de ser el caso estaría gravado también por AJD.

¿Qué opinais?

Fran.

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #106 en: 18 de Mayo de 2016, 21:37:13 pm »
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Estoy intentado dar respuesta a una pregunta de examen de reserva del año pasado, y os pido vuestra opinión sobre la respuesta.

La pregunta en cuestión dice lo siguiente: "Una persona que no es empresario ni profesional presta una fianza para garantizar una obligación asumida por su hermano. ¿Está gravada eta prestación por alguna impuesto indocto estar? En caso de respuesta afirmativa, indique de qué impuesto se trata.

Evidentemente no esta sujeta ni gravada por el IVA ya que la persona no es ni empresario ni profesional, por lo que estar sujeta y puede que gravada seria por ITP y AJD. El art. 7.1.B del la Ley nos dice que son transmisiones patrimoniales sujetas la constitución de derechos reales, fianzas, .....siendo sujeto pasivo del mismo, siguiendo el art. 8.e el acreedor afianzado. El enunciado no nos dice que tipo de obligación es por la que se presta la fianza por lo que no sabemos si será de aplicación el art 15 de la Ley.

De otro lado no sabemos si dicha fianza se constituye en documento notarial, pero de ser el caso estaría gravado también por AJD.

¿Qué opinais?
Opino igual. Aquí la particularidad reside en que en caso de que la fianza sea en garantía de un préstamo (y se firmen ambos conjuntamente), el tratamiento es de un sólo acto liquidable.

Saludos

Desconectado aberaza3

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #107 en: 19 de Mayo de 2016, 16:43:34 pm »
Buenas tardes;
Me podría alguien indicarme cuales son los textos legales no comentados q se pueden llevar al exámen, Gracias

Desconectado trasgo

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #108 en: 19 de Mayo de 2016, 16:49:46 pm »
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Buenas tardes;
Me podría alguien indicarme cuales son los textos legales no comentados q se pueden llevar al exámen, Gracias

Se refieren a las leyes procesales, no pueden ser manuales o códigos comentados, únicamente te dejan llevar la Ley.
Fran.

Desconectado aberaza3

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #109 en: 19 de Mayo de 2016, 17:20:40 pm »
Gracias!!

Desconectado jorsano1984

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #110 en: 22 de Mayo de 2016, 14:36:25 pm »
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Se refieren a las leyes procesales, no pueden ser manuales o códigos comentados, únicamente te dejan llevar la Ley.

Pues mi Codigo esta concordado y no me dijeron nada

Desconectado trasgo

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #111 en: 22 de Mayo de 2016, 19:08:22 pm »
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Pues mi Codigo esta concordado y no me dijeron nada

A que te refieres con cocordado?
Fran.

Desconectado yokas

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #112 en: 23 de Mayo de 2016, 11:33:01 am »
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Opino igual. Aquí la particularidad reside en que en caso de que la fianza sea en garantía de un préstamo (y se firmen ambos conjuntamente), el tratamiento es de un sólo acto liquidable.

Saludos

Hola, tengo una duda sobre este punto. En el caso de que fuera como estais diciendo, el impuesto que se cargaría en AJD, sería solo el de la cuota fija, no el de la gradual, porque no es compatible con TPO no??

Desconectado yokas

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #113 en: 23 de Mayo de 2016, 11:49:29 am »

Tengo otra duda

Es el supuesto nº 24, de los supuestos de Vivero Russo

La empresa X adquiere unas naves, que se estaban utilizando desde hacía mucho tiempo para una actividad industrial, con el fin de comercializar con ellas. Una vez adquiridas, presenta al Ayuntamiento competente un plan de rehabilitación que éste aprueba con limitaciones. Como consecuencia de ello, sólo rehabilita algunas naves y las que no puede rehabilitar, las alquila o vende. Las naves vendidas son compradas por una sociedad anónima que se dedica a la educación en Colegios de enseñanza primaria y secundaria

La duda es sobre la primera parte, cuando dice que

Venta a la empresa X de naves utilizadas
Es, en principio, una operación sujeta y exenta (art. 20.Uno.22º LIVA). ( eso es correcto, es segunda o ulterior entrega)

Mi duda surge aquí, el supuesto dice:
Ahora bien, si la venta se hizo con la indicación de que las naves iban a ser rehabilitadas, la exención indicada no se aplica (art. 20.Uno.22º, párrafo 5º.b) LIVA).

En la ley, se indica que la exención no se aplica
b) A las entregas de edificaciones para su rehabilitación por el adquirente, siempre que se cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan

El problema es que no entiendo por qué aquí se hace mención a la exención, porque la empresa X ya recibe las edificaciones rehabilitadas. El es el adquirente y entiendo que la exención no se aplicaría en el caso de que él fuera a hacer las rehabilitaciones

Bueno, no se si me he liado mucho

Gracias



Desconectado yokas

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #114 en: 23 de Mayo de 2016, 11:58:37 am »

Y otra duda, examen reserva 2015, pregunta nº 2

Un empresario español vende una botella de vino ( sujeta al correspondiente impuesto especial) a un consumidor que reside en Alemania, haciéndose cargo del transporte

Está sujeta esta entrega al IVA??

Yo este supuesto lo contestaría haciendo referencia al artículo 68.2, Lugar de realización de las Entregas de bienes

Dos.–También se entenderán realizadas en el territorio de aplicación del impuesto
1.º Las entregas de bienes muebles corporales que deban ser objeto de expedición o transporte para su puesta a disposición del adquirente, cuando la expedición o transporte se inicien en el referido territorio, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado cuatro de este artículo.

Mi duda surge de si se puede aplicar la exención del artículo 25

Artículo 25. Exenciones en las entregas de bienes destinados a otro Estado miembro.
Estarán exentas del impuesto las siguientes operaciones:
Uno. Las entregas de bienes definidas en el artículo 8 de esta Ley, expedidos o transportados, por el vendedor, por el adquirente o por un tercero en nombre y por cuenta de cualquiera de los anteriores, al territorio de otro Estado miembro, siempre que el adquirente sea:
a) Un empresario o profesional identificado a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido en un Estado miembro distinto del Reino de España.

El artículo 25 indica que están exentas las entregas cuando el destinatario es un empresario o profesional, pero aquí está indicando que las botellas de vino se venden a un consumidor, por lo que entiendo que en este caso, no podríamos aplicar la exención

Qué pensáis??.....que lío.....


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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #115 en: 23 de Mayo de 2016, 16:36:30 pm »
A mi el mismo profesor me respondió esto:
No sería aplicable el artículo 8.dos.2.º LIVA. Se refiere a adjudicaciones no dinerarias a los socios, pero sólo en los casos de liquidación o disolución de la entidad.

En cuanto al autoconsumo, tal vez sea subsumible la operación en el artículo 9.1.º b) LIVA, en la medida en que se considere que se produce la transmisión sin contraprestación del poder de disposición sobre bienes corporales que integren el patrimonio empresarial o profesional del sujeto pasivo.

Atentamente,

Gerardo Menéndez

A ver como se portan con los examenes!  :D
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Desconectado ilusa

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #116 en: 23 de Mayo de 2016, 19:04:35 pm »
En las prorratas me pierdo totalmente :(. Cómo las llevais?

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #117 en: 24 de Mayo de 2016, 18:07:57 pm »
Hola.

Examen 2015 2ª semana con respuesta. Me lo bajé de los documentos que deja el equipo docente en el foro.

CREO QUE HAY UN ERROR.

Enunciado. ALFA, S.A. adquiere unos productos de un proveedor establecido en Francia. ¿Está gravada esta operación por el IVA?
Respuesta (del propio equipo docente): La operación señalada constituye un adquisición intracomunitaria de bienes (15.Uno LIVA). Al tratarse de una adquisición realizada por un empresario profesional a otro empresario profesional, esta operación estará por lo general SUJETA AL IVA Y NO EXENTA (13 LIVA) SIC.

Sin embargo en el 13.1º LIVA pone que:Estarán sujetas las siguientes operaciones: 1ª Las adquisiciones intracomunitarias.... por empresarios, profesionales o personas jurídicas que NO actúen como tales cuando el trasmitente sea un empresario o profesional.

AYUDAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA....

Desconectado catitra

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #118 en: 24 de Mayo de 2016, 19:04:46 pm »
es que en este artículo falta una coma, o un paréntesis. (Personas jurídicas que no actúen como tal)

Desconectado ilusa

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario II segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #119 en: 24 de Mayo de 2016, 23:12:24 pm »
....que no actuen como tales" entiendo que se refiere solo a las personas jurídicas. De todos modos me parece complicadísimo este parcial.,