Examen de reserva septiembre 2012 F Resuelto:
19 En relación con la interrupción de la prescripción de las acciones contra el concursado cabe afirmar que.
A desde la declaración de concurso queda interrumpida la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración [p.448]
B la interrupción de la prescripción solo se produce en el caso de que se abra la fase de liquidación
C ni la declaración del concurso, ni la apertura de la fase de liquidación son causa de interrupción de la prescripción
20 Los créditos contra el concursado garantizados con hipoteca voluntaria son:
A créditos subordinados
B créditos con privilegio general
C créditos con privilegio especial [p.473 supra]
21 En caso de convenio carecen de derecho de voto los titulares de:
A créditos con privilegio especial
B créditos subordinados
[“en caso de convenio, carecen de derecho de adhesión y voto, se someten a las mismas quitas que los ordinarios y sufren una espera mayor” (p.474)]
C créditos por responsabilidad civil extracontractual
22 El convenio no vincula:
A a los acreedores que no hayan podido participar en su aprobación por carecer de derecho de voto
B a los titulares de créditos subordinados
C las dos respuestas anteriores son erróneas [misma justificación que la pregunta anterior]
23 La legitimación activa para el ejercicio de la acción rescisoria concursal se atribuye:
A solo a la administración concursal
B a la administración concursal y al Ministerio Fiscal
C a la administración concursal y subsidiariamente a los acreedores que previamente hubiesen solicitado por escrito a la administración concursal el ejercicio de dicha acción [pp.464-465]
24 Como regla general, la calificación del concurso como culpable, produce como efecto:
A la inhabilitación de las personas afectadas por la calificación para administrar los bienes ajenos durante un periodo de dos a quince años [p.458]
B la prohibición de celebrar convenios de quita superior a un tercio o de espera superior a tres años
C Las dos respuestas anteriores son erróneas
25 La Ley Concursal establece que son rescindibles:
A los actos fraudulentos realizados por el deudor dentro de los cinco años anteriores a la fecha de declaración del concurso
B los actos perjudiciales para la masa activa realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la fecha de declaración, aunque no hubiese existido intención fraudulenta [p.463]
C los actos perjudiciales para los acreedores realizados por el deudor en los dos años anteriores a la fecha de calificación del concurso como culpable
26 El buque:
A es una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca
[“el buque es una cosa compuesta (y) al mismo tiempo una cosa mueble, aunque susceptible de hipoteca, y, por tanto objeto de inscripción registral” (p.530)]
B adquiere la nacionalidad que tenga su propietario
[NO: “adquiere la nacionalidad del Estado que enarbola su pabellón” (p.539]
C tiene personalidad jurídica propia, al igual que las sociedades mercantiles
27 En relación con el abandono del buque a los acreedores, como sistema de limitación de responsabilidad del naviero, cabe afirmar que:
A el CDC solo permite utilizar este sistema cuando el naviero es propietario del buque
B el abandono es un acto traslativo de la propiedad del buque a los acreedores
C las dos respuestas anteriores son erróneas
[lo son porque: “puede abandonar el buque quien tenga la condición de naviero, sea o no propietario, quedando incluido el naviero gestor y excluido el propietario del buque no naviero” y porque “el abandono a los acreedores, a diferencia del abandono a los aseguradores, no es un acto traslativo de la propiedad. Por eso son válidos los abandono sucesivos hechos por el naviero deudor” (p.509 en ambos casos)]
28 En el caso del arrendamiento del buque, la condición de naviero la ostenta.
A el armador
B el propietario
C el arrendatario [p.546]
29 Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada, no fuera protestada y la entidad domiciliataria tampoco hiciera constar en la letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A A D. Julio Pérez [contra éste no se puede interponer ninguna acción porque el obligado es Automecánica]
B A D. Agustín Flores
[al no decir a quién avala, “se entenderá avalado el aceptante o, en su defecto, el librador” <p.361>; es una acción directa, que se dirige “contra el aceptante o sus avalistas”]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
30 En el mismo supuesto de la pregunta anterior, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A indistintamente a Automecánica SL y a D. Agustín Flores
[acción directa contra aceptante y avalista]
B indistintamente a Dª Elisa Flores y a Banco Valenciano [el B.V. no es obligado cambiario]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
31 En el mismo supuesto de la pregunta 29, Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A indistintamente a Dª Elisa Flores y a D. Agustín Flores [librador y avalista]
B indistintamente a Dª Elisa Flores y a Automecánica SL [librador y librado-aceptante]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
[lo son porque la letra no ha sido protestada y para ejercer una acción de regreso contra el librador (Dª Elisa Flores) es necesario “que la letra haya sido protestada o realizada la declaración equivalente” (p.365)]
32 En el mismo supuesto de la pregunta 29, si Caja de Ahorros de Sagunto dirigiera una acción cambiaria contra D. Agustín Flores, éste:
A podría negarse a pagar alegando que no esta obligado cambiariamente porque la letra está perjudicada
B podría negarse a pagar alegando que el aval no tiene validez por no especificar el nombre del avalado
C las dos respuestas anteriores son erróneas
33 Si la letra fuera presentada al cobro el día del vencimiento en el lugar indicado para el pago, no fuera pagada y la entidad domiciliataria hubiera hecho constar en la propia letra que se deniega el pago, la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A Al Banco Valenciano
B A Dª Elisa Flores [librador]
[es una acción de regreso que “se dirige contra quienes por ministerio legal, son responsables del buen fin de la letra: librador, endosantes ordinarios y avalistas de aquel y de estos”, y que “exige … que la letra haya sido protestada o realizada declaración equivalente” (p.365). En el caso, no ha habido protesto, pero sí declaración equivalente del Banco]
C las dos respuestas anteriores son erróneas
34 En el mismo supuesto de la pregunta anterior la Caja de Ahorros de Sagunto tendría acción cambiaria para exigir el pago:
A indistintamente a Automecánica SL y a Dª Elisa Flores
[acción directa contra el aceptante -Automecánica SL- sin necesidad de protesto o declaración equivalente, y acción de regreso contra Dª Elisa Flores –librador- con necesidad de protesto (no ha habido) o de declaración equivalente (sí ha habido)]
B indistintamente a D. Julio Pérez y a D. Agustín Flores
C las dos respuestas anteriores son erróneas
35 En el mismo supuesto de la pregunta 33, si D. Agustín Flores hubiera pagado la letra, para recuperar lo pagado podría dirigirse contra:
A Automecánica SL [aceptante]
[“si el pago lo realiza cualquier persona que no sea el aceptante (o el librador si la letra no está aceptada) el que pague puede ejercitar también acciones cambiarias contra el aceptante [Automecánica SL] y/o los obligados en vía de regreso” (p.365)]
B El Banco Valenciano
C las dos respuestas anteriores son erróneas