Maestro, va a ser que no, si acaso ¡Eterno aprendiz! y sobre todo, aprendiz de conocimientos inútiles. Es interesante como planteas una posible alternativa en el sentido de la oposición a la accesión. Yo, a botepronto, no termino de verla pero desde luego es una opción a estudiar. Lo que está claro es que el propietario del local ha obrado de mala fe.
Sin embargo, el asunto puede tener otras derivadas...¿Qué pasa si el señor del local se opone y planta cara judicialmente?¿Qué pasa si aparece un documento privado de cesión o venta? Pues que el asunto, judicialmente se puede alargar 10 años. Al final del proceso el resultado puede ser perjudicial para todos por el tiempo pasado, por una resolución extraña de los jueces o simplemente porque durante ese tiempo no se van a poder hacer las obras. Mi consejo, negociar entre las dos partes un mal acuerdo (mejor que un buen pleito) que resuelva el asunto de forma rápida y barata.
Los casos judiciales nunca son tan sencillos que no se puedan perder y viceversa, nunca son tan complejos que no se puedan ganar.
Saludos
Exacto. Más vale un mal acuerdo que un buen juicio. Como bien dices, los procesos judiciales se pueden alargar demasiado, causando un perjuicio mayor del que pretendemos evitar.
No obstante, yo me aferraba al concepto de público, ya que, por no ver jurisprudencia, es el que más dudas, y por ende, más posibilidades me generaba.
Os agradezco mucho todas las explicaciones y puntos de vista. Evidentemente, la legislación pertinente la sabía, pero la puesta en común de ideas, ayuda mucho.
Respecto a obrar con mala fe, está claro que mala fe, o más bien, mucha mala uva tiene, pero no creo, dadas las circunstancias, que se pueda demostrar.
La amenaza de dilatar la realización de las obras por parte del hijo, sería otra cosa. Pero volvemos a lo mismo de antes. Creo que es más prudente llegar a un acuerdo.
El problema principal viene porque el dueño del local no tiene la necesidad imperiosa de cambiar el ascensor. Y juega con eso. Además debe pagar la cuota correspondiente de todas estas obras. Con eso queda claro que prisa no tiene.
Compañero/a Belona, otro tema interesante de tu caso es la cuestión de las obras de mejora realizadas por el poseedor (de mala fe) y que yo modestamente y con la "venia" de nuestro maestro/a Alfmonti, considero que debes estudiar y que al art. 362 CC. me remito.
Saludos
La misma normativa que obliga a la adecuación del portal, eliminando las barreras estructurales, les garantiza que los metros necesarios para llevarlas a cabo, van a ser expropiados.
El problema es que quiere mucho más dinero que el que le corresponde por tasación.