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Autor Tema: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado  (Leído 131428 veces)

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Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #80 en: 14 de Noviembre de 2006, 12:29:11 pm »
Algunas aclaraciones respecto a fechas:
La Ley de acceso entra en vigor el 31 de octubre de 2011. A esa fecha,
1.- Quien ya tenga el título de Licenciado o Graduado en Derecho podrá seguir colegiándose según el sistema tradicional (actual) hasta el 31 de octubre de 2013.
2.- Quien a fecha de 31 de octubre de 20011 todavía no sea Licenciado o Graduado en Derecho, le será aplicable la Ley de acceso si quiere ejercer como Abogado o Procurador. 3.- Quien con posterioridad al 31 de octubre de 2013 y siendo Licenciado o Graduado en Derecho con el título expedido con anterioridad al 31 de octubre de 2011 no esté colegiado (como ejerciente o no ejerciente) o lo haya estado pero durante un tiempo inferior a un año, le será de aplicación la Ley de acceso si quiere colegiarse (de nuevo o por primera vez).
4.- Quien haya estado colegiado al menos un año, no le será de aplicación la Ley de acceso si quiere volver a colegiarse.
Saludos,
IUS


Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #81 en: 20 de Noviembre de 2006, 11:36:07 am »
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HOLA A TODOS, HAY UN PUNTO EN LA LEY QUE NO LO VEO CLARO: LA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA, CUANDO DICE "EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS", ESTO QUIERE DECIR QUE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD (AL TENER CONTACTO DIRECTO CON LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES), ¿DEBERÍAN HACER OBTENER TAMBIÉN EL TITULO PROFESIONAL DE ABOGADO?
UN SALUDO Y GRACIAS
No entiendo la pregunta. Lo que nos dice la adicional tercera es que los Abogados del Estado, Letrados de las Cortes, y similares, Cuerpo jurídico-militar, carrera fiscal, judicial y secretarios... todos ellos del grupo A que necesitaban el título de Licenciado en Derecho para acceder a la función pública no necesitan el título de abogado o de procurador de la nueva ley para ejercer dicha función.
Saludos,
IUS

Desconectado pulpo

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #82 en: 25 de Noviembre de 2006, 14:59:18 pm »
La ley en sí no se aprueba por ser buena ó mala, sino para unificar criterios en el ámbito educativo de la UE. Lo que sucede es que la realidad de la Universidad en España no es la misma que en otros países, lo que producirá forzosamente efectos diferentes, al menos a medio plazo.
El problema principal de España es que sigue habiendo un número excesivo de licenciados, por lo que muchos de ellos terminan trabajando en puestos que nada tienen que ver con su carrera. A esto hay que añadir la preparación, cada vez más deficiente, del alumno que ingresa en la Universidad, debido al fracaso del sistema educativo general.
La nueva ley, al prolongar el tiempo y las dificultades para ejercer la abogacía desanimará a muchos licenciados a intentar ejercer. La profesión de abogado quizá mejore en calidad profesional, pero aumentará el efecto del licenciado fracasado.
Obra de tal modo que la máxima de tu voluntad sirva al mismo tiempo como legislación universal

Desconectado Lili

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #83 en: 25 de Noviembre de 2006, 18:55:06 pm »
Se puede mirar de esta forma pero un licenciado en Derecho que decide a partir de 2011 no hacer dos años de práctica en cursos tipo "escuela jurídica" y en un bufete de abogados, sino ingresa directamente en otro tipo de empresa,  no tiene por qué haber fracasado como licenciado. Será un jurista que trabaja en su especialidad dentro de la empresa privada, banco, etc. Simplemente no ejercerá como abogado o procurador. Igual que un economista puede trabajar como economista en una empresa sin ejercer como economista por cuenta propia. El problema es que se suele confundir el licenciado en Derecho con la profesión del abogado. De ahí surge la idea de fracaso cuando no se lleva, o no se puede llevar a cabo la inscripción en el colegio profesional.
Hay muchas profesiones, muchos puestos de trabajo para los juristas y de hecho muchos de los que ahora sí están inscritos como abogados no ejercen realmente como tal.
En Alemania pasa lo mismo, más o menos, los licenciados ( es cierto que no son tantos dado que hay más restricciones  para el  acceso a la universidad ) en Derecho no terminan todos con los dos años de práctica ( Referendarzeit) y no todos se presentan al examen final ( 2. Staatsexamen). De manera que muchos van con su título ( Diplomjurist) a trabajar en el sector empresarial. Esto no se debe considerar como un fracaso en tu carrera pero seguir el camino hacia la abogacía será un plus y la profesión ganará en prestigio.
Abogada Icamalaga

Desconectado MiLe_TzN

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #84 en: 27 de Noviembre de 2006, 21:55:54 pm »
Yo la ley esta no entiendo muy bien para qué vale, aparte de que para que sea más difícil el acceso a las profesiones de abogados y procuradores. Porque abogados hay a patadas, y procuradores también, aunque yo creo que menos. Y es para que no haya tantos. A mí es la impresión que me da. Pero yo sigo diciendo que esta ley es injusta para nosotros, los estudiantes de la uned.
Abogada y Doctoranda

Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #85 en: 30 de Noviembre de 2006, 17:00:38 pm »
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HOLA IUS, YO SEGURAMENTE VOY A ACABAR LA CARRERA DESPUES DE EL TIEMPO DE VACATIO LEGIS QUE TIENE LA NUEVA LEY DE ACCESO A LA ABOGACIA, MI DUDA ES LA SIGUIENTE: ¿CUANTO TIEMPO DURA LA PREPARACIÓN PARA REALIZAR EL EXAMEN PARA OBTENER EL TITULO DE ABOGADO? ¿QUE DEBEN HACER LOS QUE ESTÁN TRABAJANDO A TURNOS PARA PODER HACER LA PARTE DE PRÁCTICAS EXTERNAS SIN PERJUDICAR SU TRABAJO? ¿DARÁN FACILIDADES PARA QUE ESTAS PERSONAS PUEDAN REALIZAR LAS MENCIONADAS PRACTICAS?
UN SALUDO Y GRACIAS

La capacitación profesional (o formación especializada) durará un año, lo más seguro en régimen de máster oficial (60 créditos ECTS), que incorporarán (o no) unas prácticas externas tutoradas. LA duda es la siguiente:
Art. 4.3. in fine: La duración de los cursos será de 60 créditos, más los créditos necesarios para la realización de las prácticas externas referidas en el artículo 6.
Art. 6.1: 1. Las prácticas externas en actividades propias del ejercicio de la abogacía o en actividades propias de la procura, con los requisitos que reglamentariamente se determinen, deberán constituir la mitad del contenido formativo de los cursos a que se refieren los artículos precedentes, quedando como parte integrante de los mismos.
El 4.3. dice 60 ECTS de cursos formativos (un año) más prácticas externas.
El 6.1. señala que las prácticas externas serán la mitad de los cursos formativos. Según eso, las prácticas externas serían 30 ECTS.
El problema viene aquí: ¿Los 30 ECTS han de añadirse a los 60 o, por el contrario, están incluidos en los 60? El 4.3 dice 60 + prácticas, es decir 90 ECTS. El 6.1. dice que los 30 deben quedar como parte integrante de los cursos (de los 60). Entonces, (a) ¿las prácticas están comprendidas dentro de los 60? O, por el contrario, (b) ¿las prácticas han de añadirse a los 60?
La opción (a) dejaría la cosa en 60 ECTS, es decir, un año en total.
La opción (b) la dejaría en 90 ECTS, esto es, un año y medio en total.
En todo caso, la realización del máster (y las prácticas) son necesarios para poder presentarse a la evaluación de la aptitud o capacitación profesional) -un examen-. ¿Cómo será el examen? Hasta que no haya un reglamento que desarrolle la Ley no se sabrá, pero dice que se valorarán objetivamente las prácticas y se ha de tener en cuenta el conocimiento de las normas deontológicas.
La convocatoria del examen es, al menos, anual, así que piensa que desde que empiezas la formación hasta el examen pasan entre uno y dos años.
En cuanto a las prácticas y la compatibilidad (por horarios y demás) con un trabajo... hasta que no haya Reglamento no te puedo decir nada.
Un abrazo,
IUS

Ninxa

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #86 en: 18 de Diciembre de 2006, 22:33:13 pm »
Con esta ley se les ve el plumero...

Yo pienso que una vez licenciad@ y tras prácticas y experiencia, es el propio mercado el que decide quién es buen/a abogad@, pues la voz se corre y.. si eres buen@ vendrán más clientes a tí, sino... quedarás fuera de juego.
Esto no es obstáculo para que, en lugar de poner trabas al ejercício de la abogacía se esfuercen por formar bien a los alumnos durante la carrera.
Además, la práctica es importante, pero si no sabes bien la teoría de nada te sirve, esto me lo dijeron los abogados donde hice la pasantía medio año y un Magistrado.
Salu2  ;)

Desconectado migueljasso

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #87 en: 03 de Septiembre de 2007, 16:39:35 pm »
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El Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley de acceso a la abogacía que entrará en vigor en el año 2012 si es aprobada por el Congreso. La ley supone un endurecimiento del acceso a la abogacía de los futuros licenciados, aunque establecerá un periodo de adaptación para no perjudicar a los estudiantes de Derecho a corto plazo.

La ley preparada por el ejecutivo pretende establecer una nueva serie de requisitos para los estudiantes de Derecho que quieran ejercer la abogacía y la procura. Los licenciados que quieran ser abogados o procuradores deberán realizar una formación práctica y pruebas de capacitación profesional para ello.


Yo no lo veo bien, aunque se que los respectivos colegios si lo han visto bien. Nos piden en definitiva practicas al final de la carrera y un cierto endurecimiento, lo haran con el sistema ingles de Derecho, que no teine nada que ver con el nuestro. Particularmente pienso que en España no hacia falta, un abogado español no va a litigar en Alemania p.e., te buscas un abogado aleman, y viceversa, o es que pretenden que un abogado, al asimilarlo a los paises de la UE sepa el Derecho de los otros paises. Esque quizas piensan que los otros abogados de otros paises son mejores, en base a que?

Entonces tendran que hacer lo mismo con todas las titulaciones, la de Obras publicas que no se reconoce en muchos paises, por ejemplo.

¿QUE OPINAIS AL RESPECTO Y CUAL CREEIS QUE ES EL TRASFONDO DE ESTA LEY?
en mèxico se estàn abriendo universdidades sin ninguna regulación, un estudiante puede acabar la carrera en escasos tres años asistiendo únicamte tres horas diarias. El problema es que puede empezar a llevar casos como pasante jurídico y más adelante se puede recibir de abogado presentando un examen de conocimientos generales. ¿Què nivel puede tener? ¿Qué pasa si un a persona lo contrata y de eso depende una resolución drástica? Ahora también, en nuestro paìs será muy difícil establecer quien tiene la suficiente capacidad moral, jurídica y opreacional para certificar a los abogados.


Desconectado JFelip

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Situacion en Italia
« Respuesta #88 en: 26 de Septiembre de 2007, 12:56:25 pm »
Buenas como parece el tema es caliente. Aportare mi granito de arena.

He estudiado derecho en Italia por 1 año : las condiciones son mucho mas duras que en España.

1) al final de la carrera es necesario presentar una "tesi" para la licenciatura.
    Es requisito obtener un promedio de "25" como votación en los 5 años.

2) luego es necesario hacer practicas por 2 años cursando estudios de practica jurídica
    y practicando casi gratis como "abogado menor" en un despacho de abogados.
    Si tienes 35/45 años ningún despacho de Abogados te aceptara
    Hasta aquí "casi" normal.

3) otro examen 

4) :-[  examen de estado ; aquí las cosas se complican mucho en cuanto las miembros de la
   comisiones de examen son corruptos y no es raro emplear 2 años o mas para aprobarlo.

Incluso hay alumnos licenciados que proceden con la homologación en España para luego inscribirse de inmediato en un Colegio de Abogados de España para volver a Italia ...
esto para saltar el examen de Estado.

Felip

Desconectado Lili

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #89 en: 26 de Septiembre de 2007, 14:18:14 pm »

En Alemania es muy parecido menos en lo de los miembros corruptos 8)  de las comisiones. Después de un primer ciclo, tres cursos, hay que prepararse durante un año sólo o con ayudas de tutores privados para hacer el primer examen de estado. Una vez pasado siguen dos años de prácticas (pagan según aptitudes extraordinarias como idiomas, etc) en bufetes, juzgados, etc.
Después, un segundo examen de estado y sólo una vez aprobado se puede ejercer como abogado, juez, fiscal etc.
Abogada Icamalaga

Desconectado JFelip

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Nueva ley ... delante del Supremo solo a 42 años...
« Respuesta #90 en: 27 de Septiembre de 2007, 19:40:49 pm »
Gracias Lili por tu información.  ;)

Pues me parece que en Alemania es mas duro que en Italia : dos exámenes de Estado.  :-X

Añado : en Italia un Abogado puede actuar delante de la "Cassazione" ( Supremo ) SOLO DESPUES DE 12 AÑITOS DE EJERCICIO .  :o

O sea que un alumno ( de buen nivel ) que empieza a los  18/20 años la carrera universitaria
sera Abogados a los 30 y podrá recurrir al Supremo Italiano a los...42 añitos. :-X

Saludos
Felip

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #91 en: 21 de Noviembre de 2007, 22:22:04 pm »
Aunque hace ya tiempo, ¿ha habido alguna vez una norma con una "vacatio legis" tan amplia?.¿Por qué no se ha esperado a que se aprobaran los nuevos planes de estudio para conocer mejor como se estructura el grado en Derecho y así no preocupar a la gente por la incertidumbre? Creo que el sistema no es malo si no se convierte en una sangría de dinero para el futuro graduado en el periodo práctico. Por otro lado, hay muchos contratos que se resuelven mediante arbitraje internacional, por lo tanto, es interesante conocer el derecho internacional en estos casos y estar homologado para poder ejercer en el extranjero, sin hablar de la fiscalidad internacional. Para el derecho mercantil y tributario creo que sí es importante. Un saludo.
2 Alcaldes de Parla fuera por golfos.

Desconectado tesis

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #92 en: 26 de Noviembre de 2007, 16:38:47 pm »
Hola a todos!
Acabo de empezar la carrera y he leido este asunto y aunque no lo entiendo muy bien, suena bastante mal, alguien me podria explicar de que trata el tema. muchas gracias

Desconectado Lili

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #93 en: 27 de Noviembre de 2007, 12:32:54 pm »
Mira el hilo " ya comenzó la reforma" en el foro del plan 2000.
Abogada Icamalaga

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #94 en: 23 de Diciembre de 2007, 12:16:29 pm »
Hola , estaba leyendo el tema por encima y viendo que poníais de ejemplos otras carreras , no se si lo sabéis pero hay carreras en las que necesitas realizar practicas obligatorias para ejercer profesionalmente tu profesion y tras ellas realizar exámenes profesionales al margen de tu titulación académica para poder ejercerla, además de estar en activo para no perder tu titulación profesional.
Los diplomados, licenciados en Náutica, Maquinas Navales y Radioeléctrica Naval, aunque esta ultima titulación se ha extinguido.
Tras realizar la diplomática o licenciatura , si quieres ejercer como oficial de puente o maquinas, tampoco hay otras muchas salidas, debes realizar u n periodo de practicas de 360 días en barcos de bandera extranjera o española, ya depende, no os voy a decir lo que es estar fuera de casa,sin seguridad social y cobrando apenas 300 euros.
Tras estos días navegados y certificados con 2000 papeles, debes presentarse a un examen profesional, para obtener la titulación exigida para ejercer, pero eso no basta si no tienes unos cursos determinados, que durante la carrera NO te dan y debes buscarte la vida, bien en listas de espera o en Instituto Social de la Marina.
Si tras obtener tu titulación, no ejerces en 5 años durante 1 año entero, es decir no embarcas pierdes tu capacidad profesional y debes hacer otro curso para poder ejercer, bueno os resumo porque la Dirección de la Marina Mercante, tampoco pone facilidades.
Ha! Para poder obtener la titulación profesional de Capitán o Jefe de Maquinas, debes volverte a examinar para poder obtener el titulo profesional que te capacita para ejercer, y no os cuento ni la mitad.
Con toda esta parrafada, lo que quiero decir es que en otras carreras y titulaciones universitarias  debes hacer practicas tras la Universidad y con la molestia de tener que estar al día porque NO puedes trabajar.
Así que tomarlo con calma, que una cosa es la titulación académica y otra la profesional.
PD: FELIZ NAVIDAD ;D

Espero haber aliviado un poco la preocupación

Desconectado JFelip

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #95 en: 09 de Febrero de 2008, 20:12:04 pm »
Papel mojado ?  ???

Buenas os cuento lo que me ha pasado en el 2006.

Había detectado que una Sentencia del Supremo había tachado me parece el art. 9 de los Estatutos de Procuradores al ser de rango inferior a la LOPJ.

Por lo que presente' Instancia al Ministro de Justicia y en un plazo de unos meses me llego' la noticia que el titulo estaba disponible en el tribunal de justicia. :D

Lo retire' aunque sabia que tenia posibilidades casi nulas de colegiarme.

Al contactar con el decano y secretario del colegio de mi comarca obtuve come era previsible un rotundo rechazo "imposible ! " me dijo el secretario. ???

Pues :
- en la LOPJ no constaba norma alguna que señale de forma expresa de ser licenciados
- en la LEC consta que es preceptivo ser Letrado para ejercer como Procurador pero solo en juicio
- en la LECR no consta nada referente los Procuradores   
- el Colegio de Procuradores de Barcelona intento un Recurso de Casación contra la SS pero no ha sido admitida
- el Consejo General de Procuradores ha presentado Recurso Contencioso Administrativo a la Audiencia Nacional solicitando la suspensión por "perículum in mora" de lo 245 Títulos de Procuradores otorgados por el Ministro. De momento no tenemos noticia alguna que haya prosperado.
Si el Consejo General pierde el Recurso aumentarían las posibilidades de colegiarse.

Como parece existen los requisitos para colegiarse si bien los Colegios se niegan.
En teoría se podría tramitar la solicitud pagando el deposito ' fianza o mediante aval bancario , esperar 3 meses y luego valorar que tipos de acciones legales emprender , prevaricación , recurso administrativo...

Entiendo perfectamente que al no ser licenciado no es coherente pretender de ser procurador.
Pero existen todavía Procuradores que no son letrados ; también muchos oficiales habilitados.
Mi intención era de practicar solo en penal.

Alguien tiene conocimiento sobre este asunto ?

p.s no intentéis de presentar Instancia al Ministro ( ha cambiado ) 8)


Desconectado fsalvador

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #96 en: 22 de Febrero de 2008, 23:13:29 pm »
Soy novel en estos menesteres,

Me imagino que será otra calcomanía del sistema norteamericano, esto es , una vez que se obtiene la licenciatura el interesado tiene que superar un examen en el Estado donde vaya a ejercer la abogacía.

Saludos

Desconectado victorhugo_40

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #97 en: 23 de Marzo de 2008, 15:48:00 pm »
Lili lo que dices de Alemania ¿qué significa, que la carrera son tres años de estudio más dos de prácticas? ¿sabes las asignaturas?

Desconectado abilio

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #98 en: 08 de Mayo de 2008, 12:54:43 pm »
Desde mi perspectiva o spuedo decir queteneíla razón del mundo. En el año 89 cuando me incribi en el colegio te hacian dar unos cursos d familia, penal etc, muy deficientes ipartidos por colegiados consagrados.
Lego adar una charla Dolores profesora vuestra de civil y los dejo a los engreidos colegiados con la boca abierta.
Menosmal queentonces eran gratis luego pasaba acostar cada modulo 6000 euros.
En fin que lo que quieren es que haya pocos abogados y ricos si puede ser o con relaciones, sino lo mejor para una perona de la calle obrera es opositar.
Porque para subir al estrado, el miedo escenico se combate con la necesidad, es cuestión de hacerlo, empezar por cosas pequeñas y os dais cuenta de que ne spara tanto.
En fin os saludo y pensarolo bien mas vale una buena oposición,.
Por eso veraís en muchos juzgados que los jueces algunos miran por encima del hombro a los abogados (hijos de papa) por qu ellos solo tuvieon laopción de opositar aunque les gustara la profesión.
Es una pena pero es asi. Cuando me colegie  estaba en Zaragoza Carnicer ahora es el presidente de la Abogacia Española ya ves como cambian las cosas, el me hizo de padrino , porque era requisito indispensble porque no conociaa nadie.os puedo mandar la foto.-

Desconectado abilio

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #99 en: 08 de Mayo de 2008, 13:08:32 pm »
Perdonar todos por la escritura lo hago con una mano, a tengo escayolada.
!AH! LA PROFESORA ERA DOLORES BARDAJI CREO QUEESTUDIO EN LA UNED.

Que no os engañen  y sobre todo no os engañéis, sino cumpláis con los requisitos de nene de pelas jamás llevaras un caso cobrando, sino pregunta a tus profesores.
Y eso de la experiencia que alegan e es para reírse. Monte un despacho en Zaragoza conuna Licenciada de de la Universidad de Zaragoza con un año de pasantía  del que presumí mucho, y no sabía cuales eran las fuentes del derecho.
Ya veis hay va el tema, pero es la realidad, cuando mejor estas preparado es cuando estás estudiando sin lugar a dudas.