Por qué dice que el pagaré cambiario tiene la misma función que la letra girada al propio cargo?
En un pagaré, el librador, que es el firmante, es decir, el que lo emite, es el obligado al pago. Y tiene que pagarle al beneficiario.
En una letra, en la que normalmente existen tres figuras, el librador, el librado y el tomador -obviamos en este supuesto al posible endosatario y al avalista-, el primero es el que emite la letra, el segundo el que se obliga a pagarla y el tercero es a quien tiene que pagársela el segundo. En una letra al propio cargo el librador y el librado son la misma persona, con lo que quien emite la letra se la tiene que pagar al tomador.
Si te das cuenta, en ese supuesto, el firmante del pagaré tiene exactamente la misma obligación que el librador-librado en una letra al propio cargo, es decir, pagar. Y el beneficiario en el pagaré, al igual que el tomador en la letra, es la persona a quien aquél tiene que pagarle. Con lo cual ambas figuras -pagaré y letra al propio cargo-, cumplen la misma función.
Saludos