En el monitorio la competencia territorial es la del domicilio del demandado. Para la petición inicial no necesitas abogado ni procurador, pero si es de más de 2000 euros y el deudor comparece y se opone, al final tendrás que contratarlos. Lo mejor sería que ellos te lo llevaran, das poder apud acta a un procurador de la provincia en cuestión y que él haga los trámites (el apud acta lo puedes hacer en los juzgados de tu provincia aunque el procedimiento se vaya a llevar en otra. Si no comparece, tendrás que presentar la ejecución, y todo lo puedes ir haciendo por correo certificado o por fax incluso (dependerá del juzgado en que caiga la petición inicial). Si se opone, y es menor de dos mil euros, el procedimiento se transforma en un juicio verbal, tendrás que alegar lo que quieras a la oposición y manifestar si quieres que haya vista o no. Si no quieres vista y el deudor tampoco, ni siquiera tendríais que ir, con la documental aportada valdría. Si alguno quiere vista, pues tendrás que ir. Si es más de dos mil euros entonces ya sí que abogado y procurador obligatorio, y en caso de oposición tendrían que redactar la correspomdiente demanda de ordinario.
Espero que te haya servido.