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Autor Tema: Trafico de órganos humanos  (Leído 1561 veces)

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Desconectado PLEX

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Trafico de órganos humanos
« en: 27 de Mayo de 2015, 00:25:13 am »
Buenas, queria plantearos una duda de un caso práctico.

Una persona que necesitada de un riñón, consigue otra para pactar el transplante de forma ilicita a cambio de una cantidad de dinero.
Esta segunda persona, al cabo de los dias se arrepiente y se niega a seguir adelante con los hechos.

Mi pregunta:
1.-¿Existiría delito de tráfico de órganos por promover la obtención o el tráfico de órganos del artículo 156bis del CP?
2.-¿Que grado de ejecución del delito tendríamos en este caso?
3.-Tendrían ambos responsabilidad como culpables?, o solamente el necesitado del riñón y no el donante ilicito?

Gracias.


Desconectado Pravias

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #1 en: 27 de Mayo de 2015, 13:46:39 pm »
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Por otra parte, lo que más destaca de la nueva regulación es laconsideración como sujeto penalmente responsable no sólo al promotor del transplante sino también al receptorque conozca el origen ilícito del órgano en cuestión
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Desconectado PLEX

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #2 en: 27 de Mayo de 2015, 14:30:58 pm »
Se incurriría en el delito aun no ejecutándose materialmente el transplante y con el simple acuerdo aunque exista arrepentimiento posterior?

Serian sujetos activos del delito tanto el receptor como el donante?

Desconectado Pravias

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #3 en: 27 de Mayo de 2015, 16:08:56 pm »
No entiendo tu pregunta, el arrepentimiento porqué y cómo, cuando se produce?, porque si lees el artículo con promocionar, favorecer, etc ya estás cometiendo un delito.
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Desconectado PLEX

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #4 en: 27 de Mayo de 2015, 17:23:26 pm »
Arrepentimiento anterior a la ejecución del trasplante.
Entiendo que previamente esta el promover o facilitar el mismo.
Mi duda esta en que si el donante, por el hecho también digamos de negociar el transplante ilegal tendría responsabilidad penal como autor del delito.

Desconectado Pravias

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #5 en: 27 de Mayo de 2015, 17:44:13 pm »
En mi opinión si, porque como dice el artículo no sólo se castiga al donante sino también al receptor. No se si tu pregunta es de un caso real?.
No se que opinión tendrán el resto de los compañeros  ???
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Desconectado PLEX

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #6 en: 27 de Mayo de 2015, 18:44:28 pm »
Es un caso práctico sobre este tipo delictivo que la verdad no había tratado mucho.
Lo he citado en el primer mensaje, si alguien me lo resolviera completo como esta se lo agradecería mucho.
Gracias 😄

Desconectado widowson

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #7 en: 28 de Mayo de 2015, 13:01:32 pm »
YO, salvo opinión mejor fundada en derecho, creo que estamos ante un delito en fase de tentativa.
Ha habido acuerdo entre las partes, con lo que se han realizado actos tendentes a la realización del delito, tales como la negociación, etc.
Yo considero que hay un delito en el que son responsables jurídicamente el donante y el receptor.
He abandonado este foro por el acoso constante de un troll. No lo visitaré ni contestaré más.

Desconectado PLEX

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #8 en: 28 de Mayo de 2015, 23:09:33 pm »
Como en el precepto dice "promover o facilitar" podríamos considerar que no cabría la tentativa, pues se castigaría el simple hecho de ponerse en contacto dos personas para planear el trasplante ilegal, no?
A ver que opinais

Desconectado Mimi72

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Re:Trafico de órganos humanos
« Respuesta #9 en: 29 de Mayo de 2015, 08:19:10 am »
El precepto dice promover, facilitar, favorecer o publicitar la obtención o el tráfico de órganos y el supuesto dice que pactan para conseguir de forma ilícita el transplante, por tanto se ajusta al supuesto de hecho del precepto.
El grado de ejecución es de tentativa porque no consumen la acción, pero sí ha habido pacto para la realización del delito. Lo que no sé si se pena el grado de tentativa en este tipo de delitos.
Por último ambos son culpables, el primero por el artículo 156.1 bis y el segundo por el 156.2 bis.