Buenos días. Estoy viendo los fantásticos apuntes (remix de Matias1 y Silu y actualizados por Dangoro, creo) pero se ha de cambiar un dato en la pág. 39 ya que el TRLCSP cambió de 8 a 6 meses.
Donde pone
“Si la DEMORA DE LA ADMÓN ES > 8 MESES el contratista tienen dº a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios.”
Como esos 8 meses han cambiado, ahora son 6 meses,
por tanto, debemos poner (Art. 216.6 y 216.8 ) Si la DEMORA DE LA ADMÓN ES
> 6 MESES el contratista tienen dº a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios.
He de decir que Matias1 (Marta) en administrativos, ole y ole por ella, ademas de mandarme generosamente sus apuntes he aprobado adm. I (el año pasado) y II (este cuatrimestre pasado) con ellos, y adm. III tambien voy con ellos ahora, son geniales, salvo modificar lo nuevo que haya cambiado la Ley, claro. Creo de todas formas que los actualizados por Dangoro son remix de Marta y Silu.
Igualmente gracias a Silu, ole y ole por ella, porque su genialidad es idem para mi en mercantil I, me ha facilitado aprobar con mucha soltura el primer parcial y sigo con sus apuntes para el segundo a ver si hay igual suerte.
Geniales las dos.
También muchas gracias a Dangoro por revisarlos con el libro. A mi me gusta darle un vistazo a la Ley por si hay cambios y si detecto algun otro ya os lo comentaré por aqui.