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Autor Tema: POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14  (Leído 81233 veces)

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Desconectado chache

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #220 en: 23 de Abril de 2014, 21:45:05 pm »
A nurimad: yo si que he podido descargarlos con internet explorer. Pon el ratón sobre el enlace del archivo, clicka botón derecho y elige guardar destino como. Fíjate cuando abra cuadro de dialogo que en opciones este mp3 y no archivo html.


Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #221 en: 24 de Abril de 2014, 11:00:07 am »
Tema 42, cuando explica el juicio ejecutivo, no entiendo nada  :o, qué sería, cuando el condenado no cumpla voluntariamente? tenéis algún enlace que lo explique de una forma más clara o si en la lec habla de este juicio en qué artículos?

Desconectado rutger

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #222 en: 24 de Abril de 2014, 11:15:00 am »
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Tema 42, cuando explica el juicio ejecutivo, no entiendo nada  :o, qué sería, cuando el condenado no cumpla voluntariamente? tenéis algún enlace que lo explique de una forma más clara o si en la lec habla de este juicio en qué artículos?
Explicado muy bien por un compañero: No puedes ver los enlaces. Register or Login
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #223 en: 24 de Abril de 2014, 11:16:47 am »
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Explicado muy bien por un compañero: No puedes ver los enlaces. Register or Login

gracias, voy a ver si me aclaro, ya eestaba yo merodeando por google....

Desconectado zipy_

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #224 en: 24 de Abril de 2014, 17:57:18 pm »
Hoa compañeros, he estado repasando los post y he visto que hay por ahi algunos casos practicos resueltos...alguien podria decirme donde?. Estoy bastante perdida con este tema, ya que yo en el examen me limito a exponer la materia segun el caso que se trate, pero no creo que sea la forma correcta de hacerlo.

Saludos y muchas gracias.

Desconectado pedro73

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #225 en: 24 de Abril de 2014, 18:04:21 pm »
haber si alguien me puede ayudar:

en la lección 40, en el punto 3 cuando habla de las clases de desahucio, dice.clases :el desahucio por precario y luego se lía a hablar de dos clases que son: por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia, pero no habla nada de lo que es el desahucio por precario!? o sea, que no encuentro congruencia entre el titulo en cuestión y luego como desarrolla el tema

os pasa lo mismo o lo estoy entendiendo mal?

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #226 en: 24 de Abril de 2014, 18:30:41 pm »
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haber si alguien me puede ayudar:

en la lección 40, en el punto 3 cuando habla de las clases de desahucio, dice.clases :el desahucio por precario y luego se lía a hablar de dos clases que son: por falta de pago o por extinción del plazo de la relación arrendaticia, pero no habla nada de lo que es el desahucio por precario!? o sea, que no encuentro congruencia entre el titulo en cuestión y luego como desarrolla el tema

os pasa lo mismo o lo estoy entendiendo mal?

está algo liado, el epígrafe dice clases de desahucio por precario, y no es que hayas varias clases de precario, si no que hay varias clases de desahucio y en ese epígrafe explica el de precario.

En el epígrafe te habla del desahuicio por precario al principio, después menciona los dos que vienen recogidos en la lec el de por falta de pago o extinción del plazo de la relación arrendaticia.

Y te dice la diferencia ntre el precario y el de falta de pago o extinción es la inexistencia o existencia de una relación arrendaticia.

Aquí puedes leer sobre el desahucio de precario:

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Yo es lo que he entendido.

Desconectado pedro73

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #227 en: 24 de Abril de 2014, 18:53:34 pm »
gracias Ilse, eso es tambien lo que entendí yo pero como estudio por apuntes, pensé que igual me faltaba algo, el temario está algo lioso

Desconectado monitorio

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #228 en: 24 de Abril de 2014, 20:11:20 pm »
 habemus quiniela ????


Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #229 en: 25 de Abril de 2014, 11:16:21 am »
Me puede dcir alguien que tenga el libro si en el tema del proceso cambiario empieza por explicar las semejanzas y diferencias con el monitorio? además que yo veo que falta alguna diferencia... no habla del escrito de oposición

es que a la pregunta expliquee el proceso cambiario no solo son las semejanzas con el monitorio, lo veo algo liado ese tema, cómo habéis hecho vosotros?

Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #230 en: 25 de Abril de 2014, 12:50:39 pm »
Ilse en la introducción del juicio cambiario (al menos en el libro) ya te indica las principales diferencias entre el monitorio y el cambiario.
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Desconectado Pravias

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #231 en: 25 de Abril de 2014, 12:52:30 pm »
Te copio las principales diferencias de la recopilación preguntas:
Diferencias entre el proceso cambiario y el procedimiento monitorio
- El proceso cambiario se inicia por demanda, mientras que el procedimiento monitorio se inicia por petición, exenta de formalismos.
- La demanda del proceso cambiario hay que acompañarla con la letra de cambio, cheque o pagaré, mientras que en el monitorio se admite más modos de acreditar la deuda.
- En cuanto a la postulación y defensa, el monitorio no necesita abogado ni procurador en su solicitud inicial, y el cambiario, la requiere si la cuantía de la demanda es superior a 2000 euros, según la rebla general de necesidad de postulación y defensa.
- El cambiario exige el embargo preventivo inmediato si el deudor no paga en el acto del requerimiento, el monitorio no contempla el embargo preventivo
- En el cambiario, el escrito de oposición del deudor tendrá forma de demanda, intercambiando así las partes procesales, y se resolverá siguiendo los trámites del juicio verbal. En el monitorio, si el deudor se opone, se resolverá en el juicio declarativo que corresponda según la cuantía
- Finalmente, en cuanto a las costas, en el cambiario la LEC dispone que serán a cargo del deudor y en el monitorio no hace mención a las costas.
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Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #232 en: 25 de Abril de 2014, 12:54:40 pm »
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Te copio las principales diferencias de la recopilación preguntas:
Diferencias entre el proceso cambiario y el procedimiento monitorio
- El proceso cambiario se inicia por demanda, mientras que el procedimiento monitorio se inicia por petición, exenta de formalismos.
- La demanda del proceso cambiario hay que acompañarla con la letra de cambio, cheque o pagaré, mientras que en el monitorio se admite más modos de acreditar la deuda.
- En cuanto a la postulación y defensa, el monitorio no necesita abogado ni procurador en su solicitud inicial, y el cambiario, la requiere si la cuantía de la demanda es superior a 2000 euros, según la rebla general de necesidad de postulación y defensa.
- El cambiario exige el embargo preventivo inmediato si el deudor no paga en el acto del requerimiento, el monitorio no contempla el embargo preventivo
- En el cambiario, el escrito de oposición del deudor tendrá forma de demanda, intercambiando así las partes procesales, y se resolverá siguiendo los trámites del juicio verbal. En el monitorio, si el deudor se opone, se resolverá en el juicio declarativo que corresponda según la cuantía
- Finalmente, en cuanto a las costas, en el cambiario la LEC dispone que serán a cargo del deudor y en el monitorio no hace mención a las costas.

Tengo lo mismo  ;)
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Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #233 en: 25 de Abril de 2014, 12:57:00 pm »
Gracias... tenía pensado definir uno y otro aunque no habría sido lo más correcto, así ya enumeradas las diferencias mucho mejor.

Ahí sí veo lo del escrito de oposición.

Desconectado Vara

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #234 en: 25 de Abril de 2014, 19:29:35 pm »
Buenas tardes

¿Alguien me podría decir dónde puedo encontrar el programa de la asignatura? La segunda parte, que la primera la tengo, y la segunda la tenía pero no la encuentro.
Y respecto a los ejercicios de los exámenes de los escritos, ¿vienen en el libro modelos? Es que no tengo el libro, y no sé si buscar modelos o si vienen en el libro bien conseguirlo.

Gracias

Desconectado Ra_chel

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #235 en: 25 de Abril de 2014, 19:34:18 pm »
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Buenas tardes

¿Alguien me podría decir dónde puedo encontrar el programa de la asignatura? La segunda parte, que la primera la tengo, y la segunda la tenía pero no la encuentro.
Y respecto a los ejercicios de los exámenes de los escritos, ¿vienen en el libro modelos? Es que no tengo el libro, y no sé si buscar modelos o si vienen en el libro bien conseguirlo.

Gracias

En Alf, guía de estudio parte II, y sobre los modelos de escritos hay que buscarse la vida, no aparecen ni en el libro de casos ni en el de teoría
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Desconectado Pedro G.

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #236 en: 25 de Abril de 2014, 21:37:29 pm »
Este caso no está en el libro y ha salido en dos exámenes anteriores, SEP 2010 y Junio 2011:

A instancia de don Pedro se tramitó en el Juzgado de Primera Instancia núm. 2 de Icod de los Vinos el juicio de cognición núm. 247/98, en el que el 17 de diciembre de 2001 recayó Sentencia estimatoria de la demanda. Interpuesto recurso de apelación por la contraparte, las actuaciones fueron remitidas a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, cuya Sección Tercera dictó Sentencia, el 20 de septiembre de 2002, que desestimó el recurso de apelación y condenó a la parte apelante al pago de las costas procesales causadas en la segunda instancia.

Siendo firme la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial, el Letrado de la parte actora, don Miguel González Dorta, el 18 de noviembre de 2002 presentó escrito en el que solicitaba la práctica de la tasación de costas causadas en el rollo de apelación y adjuntaba su minuta de honorarios.

Por providencia de 27 de noviembre de 2002 la Sala acordó que se practicara la tasación de costas causadas en la segunda instancia, conforme al art. 243 LEC. En cumplimiento de tal providencia, el Secretario del Tribunal practicó el 27 de noviembre de 2002 la tasación de costas, en la que incluyó como partida única la minuta del indicado Letrado, en la cuantía pretendida. De la tasación de costas se dio traslado a la contraparte, que procedió a su impugnación mediante escrito presentado el 17 de diciembre de 2002, por considerar que los honorarios minutados por el Abogado de la parte contraria eran tanto indebidos como excesivos.

El Tribunal acordó, en providencia de 13 de enero de 2003, admitir el incidente sobre impugnación de los honorarios por el concepto de excesivos, e inadmitirlo, por no invocarse causa alguna al respecto, por el de indebidos. Dado el oportuno traslado al Letrado don Miguel González Dorta, rechazó la reducción propuesta por la contraparte e insistió en su interpretación de las normas colegiales en que sustentaba la cuantía de los honorarios reclamados. En continuación del trámite, emitió informe el Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife examinando las dos posiciones, sin pronunciarse a favor de ninguna de ellas. Otro tanto hizo en su informe el Secretario del Tribunal.

La Sección de la Audiencia, en Auto de 29 de octubre de 2003, acordó no haber lugar a la impugnación por excesivos de los honorarios del Letrado don José Miguel González Dorta y aprobó la tasación de costas practicada, sin hacer imposición de las costas del incidente.

Ejercicio
Redacte el escrito que proceda contra el Auto de 29 de octubre de 2003.


En el enunciado no viene ni legislación aplicable ni hace ninguna otra pregunta que no sea redactar el escrito que proceda. Entiendo que sólo sería posible un recurso de reposición, pues al tratarse de un Auto -que tampoco dice si es o no definitivo-, no proceden ni el extraordinario por infracción procesal ni el de casación.

¿Qué opináis?

Saludos

Desconectado volvoreta82

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #237 en: 25 de Abril de 2014, 22:26:30 pm »
Buenas Pedro!
Yo estoy realizando todos los casos, incluidos los que no están en el libro, y los estamos corrigiendo en clase.
En este concreto que mencionas llegamos a la conclusión que cuando se indica en el caso que "la Sección de la Audiencia, en Auto de 29 Octubre de 2003, acordó no haber lugar a la impugnación por excesivos de los honorarios del Letrado...", nuestro maravilloso equipo docente debería haberlo cambiado porque según los artículos que regulan la Tasación de costas, concretamente el art. 246 LEC pone que será el Secretario Judicial el que dictará Decreto manteniendo la tasación realizada o introducirá modificaciones. Contra ese Decreto cabe recurso de revisión (del art. 454 bis). Y contra el auto resolviendo el Recurso de revisión no cabe recurso alguno. Esta modificación fue operada por la Ley 13/2009 (con anterioridad el que decidia era el Tribunal, mediante Auto).
Entonces, yo creo, que donde dice: "Redacte el escrito que proceda contra el Auto de 29 Octubre de 2003", realmente debería poner: "Redacte el escrito que proceda contra el Decreto de 29 Octubre de 2003".
Yo lo solucioné realizando un escrito de Recurso de revisión contra decretos.

Desconectado ILSE

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #238 en: 25 de Abril de 2014, 23:26:02 pm »
Reposición también, creo que no cabe otro, además redacte el recurso contra el auto, te está indicando contra el auto, al no ser definitivo creo que reposición...

Pero si el auto fuera definitivo cabe recurso de apelación, no? pone fin a la primera instancia por lo que habría que apelar ese auto definitivo  :o


Desconectado telmiguai

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Re:POST OFICIAL PROCESAL I (2º PP) 2013/14
« Respuesta #239 en: 29 de Abril de 2014, 16:37:54 pm »
No sé si este es el lugar más apropiado para preguntar esto...
La cuestión es que me gustaría tener la LEC2000 en mi teléfono Android. Conoce alguien la manera de conseguirla de modo gratuito?  ;)

Gracias.
La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. Su conocimiento riguroso parece que sí.