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Autor Tema: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado  (Leído 131445 veces)

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #60 en: 28 de Diciembre de 2005, 18:22:55 pm »
Gracias IUS, lo cierto es que la cuestión de colegiado como ejerciente o no ejerciente nos trae un poco de cabeza, y no pocas "discusiones", amigables, por supuesto, y para q después de todas las cábalas q hemos hecho, como bien dices, haya algún cambio.
Un abrazo.

PS. Y yo de que me la puedas dar  ;). GRacias!!


Desconectado ALADINO

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #61 en: 30 de Diciembre de 2005, 19:10:52 pm »
He visto colgado el proyecto en la web justicia.es, con fecha 23 de diciembre. Que susto yo acabo este año y tengo temores,no quiero ni pensar el que lo haga en 5 años,ainssssssssssssss ,trabas  mas trabassssssssssss

Desconectado tuno

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #62 en: 30 de Diciembre de 2005, 20:18:36 pm »
Calla, calla, que tenemos mas moral que el ......

Es muy triste empezar una carrera (mi caso) y no saber en que terminos se termina (valga la redundancia).

Esta Ley, ECTS, en fin, tenemos moral, esto debe ser las facilidades del Gobierno a la Universidad (que no en los examenes) con que nos digan en 1º como empezamos y nos aseguren como vamos a terminar, seria suficiente, por encima del colegio de abogados, que es el principal precursor de esta "movida".

Acta non verba. Justitia omnibus

Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #63 en: 30 de Enero de 2006, 22:52:30 pm »
Bueno, el Anteproyecto de ley de acceso ha dejado de ser Anteproyecto y desde el pasado 23 de diciembre ya se ha convertido en proyecto. A ver si mañana tengo un hueco y os hago un esquema.
De momento, podéis leer el texto completo No puedes ver los enlaces. Register or Login
Saludos,
IUS

Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #64 en: 30 de Enero de 2006, 22:56:06 pm »
Si tenéis probelmas con el anterior enlaces, podéis usar este: No puedes ver los enlaces. Register or Login

Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #65 en: 31 de Enero de 2006, 11:02:44 am »
Proyecto de Ley sobre el acceso a las profesiones  de Abogado y Procurador, aprobado por el Consejo de Ministros del 23 de diciembre de 2005. Esquema:
1.- La obtención del título profesional de Abogado o Procurador será requisito imprescindible para la colegiación en los respectivos colegios profesionales (art. 1.4).
2.- Tendrán derecho a obtener dicho título los Licenciados en Derecho o título de Grado que le sustituya (art. 2.1).
3.- El título profesional de Abogado o Procurador, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, se obtendrá tras la superación de una evaluación y la acreditación de la capacitación profesional ante una Comisión evaluadora. No obstante, para poder acceder a las evaluaciones será necesario realizar unos cursos, reglados y de carácter oficial, de formación especializada acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y por el Ministerio de Educación y Ciencia (arts. 2.2 y 2.3).
4.- Los cursos de formación especializada podrán ser organizados e impartidos por las Universidades, las Escuelas de Práctica Jurídica y otros centros de formación práctica profesional para Graduados en Derecho (art. 3.1). En el caso de las Universidades, los cursos serán organizados e impartidos dentro de las enseñanzas oficiales de postgrado y de acuerdo con precios públicos (art. 4.1). La duración de los cursos será de 60 créditos, a lo que habrá que sumar los créditos que se establezcan a la realización de un período de prácticas externas (como máximo un tercio de la duración total de los cursos), con carácter indispensable para la acreditación de dichos cursos, bajo la tutela de un Abogado o un Procurador (art. 4.2, 4.3, 6.1 y 6.2).
5.- Una comisión evaluará y acreditará la formación práctica suficiente para el ejercicio de la profesión, así como el conocimiento de las normas deontológicas y profesionales. Las comisiones para la evaluación de la aptitud profesional, convocadas conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación y Ciencia, serán únicas para los cursos realizados en el territorio de una misma Comunicad Autónoma y su composición será fijada reglamentariamente. En dicha composición se asegurará la presencia de representantes de ambos Ministerios y de la Comunidad Autónoma en cuestión, en las que habrá, en todo caso, miembros del Consejo General de la Abogacía o del Consejo General de Procuradores. La evaluación tendrá un contenido único en todo el territorio nacional que será fijado reglamentariamente por el Ministerio de Justicia en cada convocatoria. Las convocatorias tendrán una periodicidad mínima anual y no podrán establecerse un número limitado de plazas (art. 7).
En definitiva, para ejercer la profesión a día de hoy sólo es necesario, en resumidas cuentas, a) estar en posesión del título de Licenciado en Derecho y b) colegiarse, mientras que con el Proyecto para poder ejercer como Abogado o Procurador se deberá a) estar en posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho; b) haber realizado unos cursos reglados, oficiales y sometidos a precios públicos, de formación especializada de postgrado en una Universidad  (¿máster?) o en una Escuela de Práctica Jurídica; c) superar la evaluación de la capacitación o aptitud profesional ante una Comisión; y d) colegiarse en el colegio correspondiente.
El Proyecto de Ley de Acceso no aclara mucho sobre el contenido de la evaluación, que se fijará reglamentariamente, pero de acuerdo con el Anteproyecto podría gravitar en dos pruebas o fases. La primera de ellas, consistiría en la resolución de un caso práctico. La segunda fase se compondría de la lectura ante la Comisión de Evaluación del ejercicio previamente realizado, así como de la contestación de una serie de preguntas que versarían tanto sobre dicho ejercicio como sobre normas deontológicas y profesionales.
Saludos,
IUS

Desconectado Hugo

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #66 en: 31 de Enero de 2006, 12:02:32 pm »
La disposición final tercera del proyecto de ley dice que ésta no entrará en vigor hasta seis años después de su publicación en el BOE, así que los que hayaís empezado este año (siempre que vayaís aprobando a un ritmo normal) no os pilla la reforma.

Que alivio que no me coja!

Desconectado tuno

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #67 en: 31 de Enero de 2006, 16:22:40 pm »
Habra que apretar ...
Acta non verba. Justitia omnibus

Desconectado Elfo

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #68 en: 31 de Enero de 2006, 21:15:11 pm »
Hola

Desaparece de la DT ha eliminado la referencia a "ejercientes" y no "ejercientes". Debemos enteder que están todos dentro?. Yo creo qeu si, pero si estoy equivocado me gustaria qeu me corrigierais

Un saludo
 nbspnbsp "quotquotSi puedo verte en la oscur

Desconectado Elfo

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #69 en: 28 de Febrero de 2006, 21:38:06 pm »
Hola

Retomo el tema porque me ha llegado este enlace, interesante exposicion de lo que puede ser el futuro para esta profesión

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Espero que lo encontreis interesante

Un saludo a todos
 nbspnbsp "quotquotSi puedo verte en la oscur

Desconectado tuno

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #70 en: 02 de Marzo de 2006, 09:10:02 am »
Yo hay una cosa que no entiendo.
Yo empeze la carrera 2005 y pongamos que la termino 2010 y me pilla todo esto, segun tengo entendido con los nuevos planes se necesitan 240 creditos para grado y 60 para el curso de formacion para poder ejercer, total 300.

Pero a mi me pillan los 300 de la carrera y 60 del curso, es decir 360 creditos, ¿me daran el posgrado, o que?.

Creo que esto no se esta llevando correctamente, e intentan aplicar un mixto de USA con Europa, que a los que nos pilla en medio (que no somos pocos) nos hace polvo.

Una curiosidad, si yo termine la carrera hace 10 años y me dedico a viajar por el mundo, yo podria ejercer (habiendo olvidado casi todo), pero una persona que acaba la carrera (que esta puesta, y actualizada) no puede ejercer

Joer, cuantas dudas. De todas las maneras yo oigo mucho (en medios) sobre la enseñanza de los niños y sus reformas, pero no oigo nada de esto.
Acta non verba. Justitia omnibus

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #71 en: 02 de Marzo de 2006, 14:51:35 pm »
Con todo y con esto me gustaría saber que es lo que tiene previsto la UNED en  su condición especial de universidad de educación a distancia. ¿Dónde nos situaremos los estudiantes a distancia en esta conjugación entre nuevos planes de grado y postgrado y el Proyecto de Ley sobre acceso a la profesión de Abogado y Procurador?
Nos ofrecen una titulación de grado que no nos sirve sin el curso corrrespondiente de formación que comprende 60 créditos de los cuales una tercera parte deben ser "prácticas" bajo supervisión de un abogado o procurador. Es más, no sirve para ninguna profesión jurídica sino más bien "parajurídica".
Lo mismo pasa con la titulación de postgrado solo que en este caso estarían incluidos estos 60 créditos y las "prácticas".
¿Estaremos preparados para una prueba ante la comisión evaludadora para obtener el títulos profesional?
Abogada Icamalaga

Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #72 en: 02 de Marzo de 2006, 15:31:27 pm »
Tuno, los créditos de tu plan actual no equivalen a los créditos de los nuevos títulos de grado. Tu crédito equivale a 10 horas lectivas, el crédito nuevo (crédito ECTS) equivale a unas 35 horas de trabajo del alumno.
Saludos,
IUS

Desconectado Elfo

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #73 en: 02 de Marzo de 2006, 15:42:48 pm »
Además, dos son las preocupaciones distintas: por un lado obtener el Grado (plan de estudios) y por otro la obtención de colegiatura para ejercer. Son cosas muy distintas.

Un saludo a todos
 nbspnbsp "quotquotSi puedo verte en la oscur

Desconectado tuno

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #74 en: 06 de Marzo de 2006, 15:39:07 pm »
Gracias, la preocupacion es a quien nos pilla en medio (nos pillara) ... :)
Acta non verba. Justitia omnibus

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #75 en: 24 de Octubre de 2006, 21:08:14 pm »
Aprobada en el Senado.
Vid:
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Saludos,
IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #76 en: 25 de Octubre de 2006, 09:45:54 am »
Mi opinion, por lo que he visto y oido, ni calidad, ni preparación ni nada, simplemente criba para que no se cierre el grifo y de paso, mano de obra barata para los despachos establecidos.... gran jugada de las organizaciones de abogados. Digo yo que seguirán con todas las profesiones, los arquitectos (o no es importante hacer casas), los ingenieros aeronauticos, (si no yo no vuelo), etc.

Y digo yo, donde quedó el Practicum incorporado al plan de estudios, que fué de la jerarquía normativa?, o es mas importante esta Ley que la LGSS o el Estatuto de los Trabajadores. A vote pronto vulnera el trabajo x retribución, contrato en prácticas, derecho a indemnización, etc. Pero claro si no existe relación laboral.... como los contratos mercantiles, ja, ja. (Perdón por la sorna, a los que le hayan padecido no les hará ninguna gracia).

Despues, sabeis si estos requisitos de posgrado los van a aplicar solo al ejercicio de la abogacía, o tambien para acceder a oposiciones del grupo A, B.

Un saludo.

Desconectado Lili

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #77 en: 25 de Octubre de 2006, 13:57:44 pm »

Aunque no nos guste a los que estamos ahora estudiando esta carrera y es injusto en comparación con los que han terminado antes de la entrada en vigor, me parece bien.

Me parece bien todo lo que eleva el nivel profesional de las profesiones libres desde el punto de vista del cliente o paciente.
En otros países ya se está exigiendo desde hace tiempo  a los futuros abogados que acrediten un periodo de prácticas de exactamente dos años y que a continuación se presenten a un examen estatal. La ley aprobada especifica que el 50 % de este periodo tiene que consistir en una formación práctica. Ahora mismo te licencias en la Uned en Derecho y no sabes como montartelo en el mundo de la abogacía. Yo preferiría un año de prácticas. Lo que pasa es que hay que organizarlo todo entre universidades y empresas, bufetes, juzgados, etc. Por otro lado es tarea de las facultades adaptar el programa de la carrera a la nueva situación. La formación académica del grado en derecho tiene que reducirse a un contenido básico, a las asignaturas fundamentales con un enfoque menos teórico y científico. De esta manera el estudiante termina con la formación académica antes que actualmente y puede decidir si quiere trabajar en profesiones parajurídicas, preparar una oposición,  seguir la formación académica en la universidad hasta el postgrado o doctorado o emprender la preparación para ejercer como abogado o procurador.
No me parece bien que la formación  en  a través de  los cursos que se  imparten  en universidades públicas o  en escuelas de práctica jurídica cuesten más que las matrículas regulares  y que   los periodos de prácticas no sean renumeradas como otras las prácticas de licenciados en empresas.
Tended bien en cuenta la entrada en vigor y la vacatio legis:
- "Entrada en vigor. El nuevo sistema entrará en vigor cinco años después de que la ley sea publicada en el BOE. No afectará a los abogados que estén colegiados en ese momento como ejercientes o no ejercientes, o que lo hayan estado en el pasado al menos durante un año. Los que ya estén licenciados en derecho cuando entre en vigor la ley y no estén colegiados, podrán hacerlo durante los dos años siguientes sin necesidad de obtener el título de abogado."

Después de todo para nosotros no estará tan mal.

Abogada Icamalaga

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #78 en: 01 de Noviembre de 2006, 10:53:32 am »
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Aunque no nos guste a los que estamos ahora estudiando esta carrera y es injusto en comparación con los que han terminado antes de la entrada en vigor, me parece bien.

Me parece bien todo lo que eleva el nivel profesional de las profesiones libres desde el punto de vista del cliente o paciente.
En otros países ya se está exigiendo desde hace tiempo  a los futuros abogados que acrediten un periodo de prácticas de exactamente dos años y que a continuación se presenten a un examen estatal. La ley aprobada especifica que el 50 % de este periodo tiene que consistir en una formación práctica. Ahora mismo te licencias en la Uned en Derecho y no sabes como montartelo en el mundo de la abogacía. Yo preferiría un año de prácticas. Lo que pasa es que hay que organizarlo todo entre universidades y empresas, bufetes, juzgados, etc. Por otro lado es tarea de las facultades adaptar el programa de la carrera a la nueva situación. La formación académica del grado en derecho tiene que reducirse a un contenido básico, a las asignaturas fundamentales con un enfoque menos teórico y científico. De esta manera el estudiante termina con la formación académica antes que actualmente y puede decidir si quiere trabajar en profesiones parajurídicas, preparar una oposición,  seguir la formación académica en la universidad hasta el postgrado o doctorado o emprender la preparación para ejercer como abogado o procurador.
No me parece bien que la formación  en  a través de  los cursos que se  imparten  en universidades públicas o  en escuelas de práctica jurídica cuesten más que las matrículas regulares  y que   los periodos de prácticas no sean renumeradas como otras las prácticas de licenciados en empresas.
Tended bien en cuenta la entrada en vigor y la vacatio legis:
- "Entrada en vigor. El nuevo sistema entrará en vigor cinco años después de que la ley sea publicada en el BOE. No afectará a los abogados que estén colegiados en ese momento como ejercientes o no ejercientes, o que lo hayan estado en el pasado al menos durante un año. Los que ya estén licenciados en derecho cuando entre en vigor la ley y no estén colegiados, podrán hacerlo durante los dos años siguientes sin necesidad de obtener el título de abogado."

Después de todo para nosotros no estará tan mal.



¿A quién te refieres cuando dices: "Después de todo para nosotros no estará tan mal"?

Para mí está claro que esta ley; que, por cierto, ya ha sido publicada el día 30 último, no tiene más motivación que la de restringir el acceso a las profesiones de abogado y procurador. Las prácticas, perfectamente se pueden realizar durante los cinco años que, se supone, se necesitan para cursar una licenciatura de las referidas materias. Para ello los prácticum se dan desde el comienzo de la carrera, y si es necesario que para licenciarse se pase una prueba práctica, pues que la impongan, cada cual sabrá, después de licenciarse, cuándo someterse a ella, pero sin plazos, pasantías ni gaitas.

Esperemos la reglamentación de la ley. No quiero ni pensarlo...

Un abrazo para todos. 
La verdad es lo que es y sigue siendo verdad aunque se piense al revés.
Antonio Machado.

Desconectado IUS

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Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
« Respuesta #79 en: 09 de Noviembre de 2006, 21:56:59 pm »
JEFATURA DEL ESTADO (BOE n. 260 de 31/10/2006)
LEY 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Rango: LEY
Páginas: 37743 - 37747:
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Saludos,
IUS