Hola,
Tuve examen tipo C en la 2ª semana.
Tengo una duda en la pregunta n.33:
En el seguro de vida, la reducción del seguro se produce:
a)En caso de falta de pago de la prima si ha transcurrido un plazo superior a dos años desde la conclusión del contrato.
b)A voluntad del tomador, en cualquier momento
c)Sólo si se ha previsto expresamente en la póliza en los términos que establezca.
Se da como buena la respuesta a) en la plantilla que se acaba de publicar.
Sin embargo al manual dice textualmente:
"La reducción del seguro consiste en que la falta de pago de la prima una vez transcurrido el plazo previsto en la póliza ( que no podrá ser superior a dos años desde la conclusión del contrato) en lugar de la resolución del contrato, producirá la reducción del seguro".
Es decir, dice justo lo contrario: ... NO PODRÁ SER SUPERIOR A DOS AÑOS....
Entonces la respuesta correcta nunca puede ser la a).
Cuál es vuestra opinión?
Un saldo,
Francisco