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Autor Tema: ¿Puedo reclamar cantidad económica de seguro de vida?  (Leído 1074 veces)

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Desconectado bonachon

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¿Puedo reclamar cantidad económica de seguro de vida?
« en: 20 de Mayo de 2016, 09:41:24 am »
Tengo una duda o consulta , mi padre firmó un seguro de vida y tristemente falleció.
Aquí va la duda , puedo reclamar cantidad económica de seguro de vida. Según consulta en varios abogados , hay varias opiniones unos q si puedo y otros q no, pues él estaba enfermo a la hora de firmar seguro.
No
Le hicieron test para contrastar su salud , él tenía historial médico coronario , pero fuera dado de alta y ejercía vida laboral normal .
Agradecería comentarios al respecto , la abogada q dice q si tengo derecho , menciona q es cuestión de empresa hacer test de salud y q debe estar firmado para dar de alta seguro , no hay test ninguno.
Por la contra otro abogado , se justifica q no tengo derecho pues ya estaba enfermo


Desconectado juandecadiz

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Re:¿Puedo reclamar cantidad económica de seguro de vida?
« Respuesta #1 en: 20 de Mayo de 2016, 15:10:23 pm »
Sin ver la poliza es dificil de decir amigo

Desconectado malomos

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Re:¿Puedo reclamar cantidad económica de seguro de vida?
« Respuesta #2 en: 20 de Mayo de 2016, 19:04:42 pm »
Hola bonachón.  Como te indica juandecadiz primero tendrás que saber si eres beneficiario, que con toda probabilidad lo seas por descendiente 1º. Segundo, disponer de una copia de la póliza y ver las condiciones en las que tu padre contrató la misma. Puedes conseguirla solicitando un Certificado del Contrato al Ministerio de Justicia incluso vía on-line. No puedes solicitarla antes de 15 días hábiles desde fallecimiento. Y en fin, seguramente pelearte con la compañía aseguradora pero no sin antes dar todos estos pasos. No te rindas pero documéntate antes de poner en marcha el proceso. No se puede saber si tienes derecho o no de una forma tan simple sin antes disponer de toda la documentación necesaria. Luego llega la siguiente fase y es estudiar que probabilidades  tienes de  ganar  o perder, que en este último caso te tocará pagar costas.