Gracias por las contestaciones pero creo que estamos confundiendo las cosas....estamos hablando de un término legal importante. No estamos hablando de que uno se apunte al carnet antes de los 18. Estamos hablando de la emancipación que según el código civil, libera de la patria potestad al menor de 18 (16-18)
A nivel social tiene los mismos beneficios que un mayor de edad salvo pedir préstamos o fundar empresa, por eso, al omitirse las demás cosas que digo (carné de conducir, entrar en lugares con acceso a sólo mayores 18, votar en unas elecciones) se supone que también puede hacerlo. Lo pregunto aquí porque no encuentro nada que lo diga claramente, ni siquiera el libro de derecho civil de primero.
Tendré que consultarlo con el juez que dio la emancipación al familiar en cuestión del que hablo.
Gracias por las contestaciones,
Saludos.