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Autor Tema: Cuando la administración "prevarica". Reclamación.  (Leído 708 veces)

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Cuando la administración "prevarica". Reclamación.
« en: 15 de Septiembre de 2014, 12:30:06 pm »
Caso práctico.
Ciudadano normal que se entera de un "chollo" de coche en Alemania. Primero se informa aquí, va a Tráfico, le dan un papelito y se lee bien lo que tiene que llevar y traer. En el punto fundamental se informa bien cuando dice que el coche se transmite o bien mediante compra, con IVA y factura, o bien con contrato de compraventa con transmisión de un bien patrimonial.
Tras la compra en Alemania, realiza la segunda opción (no tuvo otra pues así lo deseaba el dueño del coche).
Llega a España y realiza todo el papeleo (inmenso e inacabable, pero factible): ITV, "Viñeta" municipal, Impuesto de matriculación e impuesto de transmisión de bienes patrimoniales. Acude a Tráfico y ... No. La funcionaria de turno dice que está mal, que debe traducirse el contrato pues no viene a nombre del dueño del coche y tal... y tal... Se le indica la traducción y dice que no es jurada. No acepta la documentación y no da matrícula. ADemás dice que ese coche debe transmitirse con IVA ¿por qué? porque lo dice su "jefe".
Por supuesto se consulta a abogado (gratis pues era amigo) y nos dice que:
Efectivamente el coche era propiedad de una compañía farmaceútica, que ha tenido el coche para uso de sus empleados (directivos) y que ha amortizado el IVA (han pasado cuatro años) que pagó en su día. Ahora lo quiere vender y lo hace sin IVA, mediante compraventa privada con precio a convenir.
La compañia quiere mantener en privado el precio al que vende el coche por lo que realiza un contrato de compraventa de formato oficial pero confidencial (no es documento público, no hay notario). El contrato lo firma un intermediario de la compañía, haciendo mención en el contrato que lo hace con la documentación original y sin defecto ninguno en el coche mas que los que se mencionan expresamente.
Toda la documentación está correcta, es la original y corresponde con el coche. La ITV en España prueba que la documentación es original y coincide con el número de bastidor. Todo es correcto.
Con todo esto, no es obligatorio ni se puede exigir que el contrato sea traducido por traductor jurado. Eso es un exceso de la funcionaria.
Toda la documentación es correcta y no hay impedimento para matricular el coche.
Se vuelve, pues, a la administración y se vuelve a recibir la misma solución. Si no hay IVA, no hay matriculación. No se puede "admitir" un contrato entre particulares pues la dueña del coche es una compañia y, por lo tanto, debe vender el coche con factura. Por mas que se le explica lo anterior no concede, consultado con su jefe no va a matricular el coche. ¿que puede hacer entonces el actual dueño del coche que lo tiene aparcado en un garaje, pagado y con la documentación original en regla? La respuesta: consiga una factura, si no, la venta es ilegal y ese coche no puede circular.
Se vuelve a hablar con el amigo abogado y entonces este actúa, remite la documentación a una gestoria especializada en cuestiones de tráfico.
Se va a la gestoria, se consulta y resuelve en cinco minutos ¿Y como quiere Ud. las placas, de plástico o de metal? Unas cuestan 28 y otras 32 euros. Con la boca abierta se le responde "como las vea ud. mejor". Es un jueves a las cinco de la tarde. queda en que le llamarán el lunes. El lunes a las 10.30 avisan, ya tiene las placas. Son 100 euros de la gestión y 140 de gastos de tráfico.

Este es el caso, ahora las preguntas:
¿Es esto un caso de prevaricación de la empleada de tráfico?
¿No tiene la empleada de tráfico la obligación de resolver el problema en vez de provocarlo?
¿Como actuar en este caso? ¿Como intentar dar a conocer (en la administración) el grado de incompetencia y mala baba de sus empleados?
Por supuesto el primer paso es la reclamación, no llegará a nada y no servirá de nada pero para desahogo sirve un poco.