Alguien sería tan amable de explicarme de qué va el legado de parte alícuota así brevemente. Es que soy muy nula y me estoy haciendo un lío con los apuntes que telita.
Muchas gracias de antemano.
Pues creo que lo del legado de parte alícuota consiste en que el que hace el testamento lega a una persona(la que él quiera) una parte de su herencia, por ejemplo, si dice que deja a un colega suyo un octavo de la herencia(habría que cogerlo de la parte libre, es decir, aquella que la ley no reserva a la legítima). Y después hay dos tipos, el propio y el impropio. El impropio es, si por ejemplo, ese un octavo que lega al colega no está libre de las deudas que tenga la propia herencia, entonces sería como un heredero, pues responde de las cargas y deudas de la herencia, de ahí que se diga impropio(puesto que lo propio del legatario es que no responda de las deudas de la herencia). El propio no responde de las deudas, y lo que recibe lo recibe una vez que se haya producido la liquidación de la herencia(es decir se pagan todas las deudas y lo que queda se reparte entre la gente que hereda). El propio, además, puede instar a la partición de la herencia, además de necesitar su consentimiento para validar la propia partición, pero sólo podrá pedir que le paguen el legado cuando se haya liquidado la herencia(es decir, cuando se hayan pagado todas las deudas).
Resumiendo el impropio se refiere a la herencia incluyendo deudas y el propio cuando esas deudas se han liquidado.
No sé si te habré servido de ayuda o si habré metido la pata!