;

Autor Tema: DUDA: INTERSADOS EN PROCEDIMIENTO ADTVO  (Leído 13380 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado jlynoe

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1102
  • Registro: 21/07/09
DUDA: INTERSADOS EN PROCEDIMIENTO ADTVO
« en: 24 de Diciembre de 2011, 09:34:13 am »
Buenos dias compañeros
por favor alguno que tenga muy claro estos conceptos me los puede explicar poniendo ejemplo?

MIrad, cuadno hablan de lols que pueden ser interesados en los procedimientos ADtvo (Asignatura Advto II , tema 3 ) dicen que puede ser

*- Quienres hayan instado procedimiento como titulares de derechos e intereses legitimos
 Los que sin haber instado procedimeinto OBSTENTEN DERECHOS que resultan AFECTADOS
Aquello cuyos INTERESES LEGITIMOS indiv o colectivos, puedenj resultar AFECTADOS


Por favovr no entiendo bien la diferencia entre derecho e intereses legitgimo. Me parece la misma frase.............Q diferencia hay, me podeis poner algún ejemplo que lo vea claro............Asi en un caso practivo lo puedo ver mas claro


Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re:DUDA: INTERSADOS EN PROCEDIMIENTO ADTVO
« Respuesta #1 en: 24 de Diciembre de 2011, 10:03:24 am »
Hola,

se puede tener el derecho y también el interés legítimo; y se puede NO tener el derecho peró sí un interés legítmo porque le afecta o le resulta perjudicial la resolución que se adopte.

El derecho subjetivo existe en tanto el derecho objetivo o positivo te lo reconoce, luego lo único que procede es ejercitarlos y aplicar la norma según el procedimiento ; los intereses legítimos son aquellos que te los puede o no reconocer el OJ, pero en todo caso son pretensiones justas.

Existe un derecho a adoptar un hijo. La Admón le concede la adopción a la famila "X", luego la familia "X" tiene el derecho...pero como había otra familia "Y" igualmente interesada en el mismo procedimiento, pues impugna la resolución al entender, por ejemplo, que sus condiciones son superiores para la adopción de ese niño.

La Admón decide expropiar las fincas rústicas "A" y "B" por el procedimiento ordinario expropiatorio, y debe pagar el justiciprecio a sus propietarios...pero resulta que no habiendo expropiado la finca rústica "C", sí que es cierto que al haber tocado la Admón las fincas "A" y "B", el propietario de la finca no expropiada "C" tiene que hacer un rodeo para acceder a su finca...tiene un interés legítmo, luego puede intervenir en el procedimiento.

En el orden civil, un hijo ve que sus padres se están gastando todo el patrimonio de mala forma y despilfarros...no tiene derecho de herencia, puesto que para que ésta exista tiene que haber fallecidos, pero sí tiene un interés legítimo, luego podría instar la tutela judicial civil para que les ponga a los padres un curador, por ejemplo.

No obstante, lo habitual por rutina es que se utilicen indistintamente.

En fin, así es como yo lo interpreto, no sé si me explico o te he liado más, disculpas. Un saludo.

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Albito

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 4
  • Registro: 27/08/07
Re:DUDA: INTERSADOS EN PROCEDIMIENTO ADTVO
« Respuesta #2 en: 25 de Diciembre de 2011, 22:08:50 pm »
Hola a todos.
A lo magníficamente expuesto por Palangana cabría añadir que el TS mantiene un criterio material para la consideración de interesado en un procedimiento administrativo de quien alega interés legítimo: la resolución en que -normalmente- culmine el procedimiento debe producir un beneficio o evitar un perjuicio a la persona que lo alega. El beneficio o el perjuicio debe ser real, cierto y efectivo, aunque no es necesario que se produzca de forma inmediata. Donde mejor se aprecia esto en en campo del Derecho Administrativo sancionador y en el de la revisión (recursos).
Por si fuera de interés, y a riesgo de alargarme en exceso, os cuento un caso real que me pasó en el trabajo. Soy funcionario y llevo una sección en donde se instruyen muchos procedimientos sancionadores, en uno de los cuales -que instruí- sucedió lo siguiente:
Un vigilante de seguridad denunció a su empresa por violar la normativa sectorial de Seguridad Privada (parte del Derecho Administrativo), y el procedimiento siguió su curso, culminando con una sanción económica a la empresa.
En el interín, la empresa despidió al vigilante, quien a su vez denunció a su empresa en el orden social, logrando que se reconocieran en primera instancia sus pretensiones (despido improcedente), aunque la empresa recurrió ante el tribunal superior y con esperanzas de ganar porque se había producido un error de carácter técnico que fue base de la sentencia.
Intentando acumular documentación que fortaleciera su posición ante el tribunal, y alegando ser el denunciante original, el vigilante de seguridad solicitó personarse como parte interesada en el procedimiento administrativo sancionador, con el fin de que se le diera acceso al expediente completo y poder obtener copia de los informes policiales que como instructor solicité al órgano adecuado (quería un informe que de forma oficial pusiera en un brete las actividades de la empresa).
Como el instructor es el responsable del expediente hasta la propuesta de resolución (todavía no la había formulado), me tocó conocer el asunto y decidí -después de estudiar la Jurisprudencia más conocida- denegarle su condición de interesado en el procedimiento, calificándolo como mero denunciante: no había iniciado el procedimiento (los sancionadores, aunque haya denuncia se inician siempre de oficio), no tenía derecho involucrado y tampoco interés legítimo, siguiendo la doctrina del Supremo: la posible sanción -pecuniaria- que se le podría imponer a la empresa ni mejoraría ni empeoraría la situación individualizada del denunciante, no causándole por tanto ni beneficio ni perjuicio.
Un saludo y perdón por la extensión.

Desconectado jlynoe

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 1102
  • Registro: 21/07/09
Re:DUDA: INTERSADOS EN PROCEDIMIENTO ADTVO
« Respuesta #3 en: 13 de Enero de 2012, 19:19:07 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola,

se puede tener el derecho y también el interés legítimo; y se puede NO tener el derecho peró sí un interés legítmo porque le afecta o le resulta perjudicial la resolución que se adopte.

El derecho subjetivo existe en tanto el derecho objetivo o positivo te lo reconoce, luego lo único que procede es ejercitarlos y aplicar la norma según el procedimiento ; los intereses legítimos son aquellos que te los puede o no reconocer el OJ, pero en todo caso son pretensiones justas.

Existe un derecho a adoptar un hijo. La Admón le concede la adopción a la famila "X", luego la familia "X" tiene el derecho...pero como había otra familia "Y" igualmente interesada en el mismo procedimiento, pues impugna la resolución al entender, por ejemplo, que sus condiciones son superiores para la adopción de ese niño.

La Admón decide expropiar las fincas rústicas "A" y "B" por el procedimiento ordinario expropiatorio, y debe pagar el justiciprecio a sus propietarios...pero resulta que no habiendo expropiado la finca rústica "C", sí que es cierto que al haber tocado la Admón las fincas "A" y "B", el propietario de la finca no expropiada "C" tiene que hacer un rodeo para acceder a su finca...tiene un interés legítmo, luego puede intervenir en el procedimiento.

En el orden civil, un hijo ve que sus padres se están gastando todo el patrimonio de mala forma y despilfarros...no tiene derecho de herencia, puesto que para que ésta exista tiene que haber fallecidos, pero sí tiene un interés legítimo, luego podría instar la tutela judicial civil para que les ponga a los padres un curador, por ejemplo.

No obstante, lo habitual por rutina es que se utilicen indistintamente.

En fin, así es como yo lo interpreto, no sé si me explico o te he liado más, disculpas. Un saludo.

Hola, a la hora de ponerme a revisar ya lo estudiado me ha tocado mirarme esto Y MUCHAS GRACIAS CREO QUE ME SERVIRA MUCHO PARA TENER LAS COSAS CLARAS.