Me equivoqué, lo de los idiomas esta en el punto 1.3
CONCEPTOS Y PROCEDIMIENTOS
1. ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES
1.1. Cursos de Verano
Los cursos de verano de la UNED podrán ser objeto de reconocimiento de
créditos, a razón de 2 ECTS para curso de 5 días y 1 crédito ECTS para los
cursos de 3 días, que deberán figurar en el diploma acreditativo de la
participación en el Curso. La Comisión de Cursos de Verano será la
responsable de valorar las propuestas y otorgar el reconocimiento en créditos
por participación en los mismos.
1.2. Participación en el Coro de la UNED
Se reconocerá la participación acreditada en el Coro de la UNED, o
actividades similares de los Centros Asociados UNED, a razón de 1 crédito
ECTS por curso académico.
Los responsables del Coro de la UNED, elaborarán la relación de estudiantes
participantes a los que pueda ser aplicable el reconocimiento de créditos, por
cumplimiento de los criterios de participación establecidos, y darán traslado
Vicerrectorado de Ordenación Académica
de ella a las Secciones de Atención al Estudiante de las Facultades/Escuelas
que corresponda.
1.3. Idiomas
El aprendizaje, acreditado por organismos oficiales, de lenguas co-oficiales
del estado y lenguas extranjeras será reconocido en créditos, atendiendo a los
niveles identificados en el Marco Común Europeo de referencia para las
Lenguas, a razón de:
a) por nivel A2 acreditado: 1 crédito ECTS por nivel y lengua.
b) por nivel B1, B2, C1 y C2 acreditado: 2 créditos ECTS por cada nivel y
lengua.
No serán objeto de reconocimiento de créditos los niveles A1.La acreditación de los niveles de aprendizaje de idiomas se realizará
directamente por los solicitantes a las Secciones de Atención al Estudiante de
la Facultad/Escuela, a través de la presentación de copia cotejada del
certificado del CIUD de la UNED, de la Escuela Oficial de Idiomas u otros
organismos oficiales, que consten en la relación, debidamente actualizada,
que desde el Servicio de Gestión de Procesos Académicos de la UNED se
facilitará a las Facultades/Escuelas.
1.4. Cursos del Plan de Acogida en los Centros Asociados
Se reconocerán créditos por la participación en Cursos realizados por
iniciativa del IUED, el COIE o de los Centros Asociados como elementos
integrantes del Plan de Acogida, hasta un máximo de 2 créditos ECTS por
curso, en cumplimiento de las horas de trabajo del alumno previsto (25
horas=1 crédito ECTS).
Estos cursos deberán ser propuestos al IUED para su valoración. La relación de
cursos deberá ser remitida al Vicerrectorado de Ordenación Académica para
su aprobación definitiva e información a las Facultades/Escuelas a través del
Servicio de Gestión de Procesos Académicos.
Los estudiantes del Curso de Acceso para mayores de 25 años o mayores de 45
años podrán beneficiarse del reconocimiento por participación en estos
cursos, que será efectivo en sus expedientes académicos una vez superada la
prueba y matriculados en las enseñanzas de Grado.
1.5. Participación en actividades de Innovación
Se reconocerán créditos por participación acreditada en actividades de
innovación Docente, hasta un máximo de 2 créditos ECTS por actividad. Las
actividades deberán ser aprobadas en su carácter de proyecto de Innovación
Docente por la Comisión de Metodología y Docencia de la universidad.
Vicerrectorado de Ordenación Académica
El equipo docente responsable del proyecto presentará a la Secretaría de la
Facultad/Escuela la relación de los estudiantes participantes con
especificación del número de créditos, con el fin de que la Secretaría, una vez
realizadas las comprobaciones oportunas sobre la consideración del proyecto,
pueda dar traslado de dicha relación a la Sección correspondiente de Atención
al estudiante, para la incorporación de los créditos en los expedientes
académicos de los estudiantes.
1.6. Cursos y actividades de Extensión Universitaria:
Se podrán reconocer créditos por la participación acreditada en cursos y
actividades de extensión universitaria, realizados por iniciativa de los
Departamentos, Facultades/Escuelas, Vicerrectorados o Centros Asociados.
Aquellas propuestas de actividades cuya temática tenga una relación clara con
contenidos de la oferta de enseñanzas oficiales de nuestras Facultades y
Escuelas, deben entenderse como actividades de extensión universitaria y
ajustarse en su procedimiento de propuesta como actividad y para la
concesión de reconocimiento de créditos al Reglamento de Extensión
Universitaria.
La Comisión de Formación Continua y Extensión Universitaria será el órgano
responsable de la valoración de la actividad para el reconocimiento de
créditos, hasta un máximo de 2 créditos ECTS por actividad, utilizando como
criterio básico el número de horas de actividad lectiva (10 horas - 0,5 crédito
ECTS).
La relación de cursos, con especificación de los créditos, se hará pública de
forma sistemática para conocimiento de los organizadores y de las Secciones
de Atención al Estudiante de Facultades y Escuelas.
Los diplomas acreditativos de asistencia al curso darán constancia, por sí
mismos o por diligencia, del número de créditos reconocidos. Los responsables
del curso deberán garantizar el control de asistencia y aprovechamiento de
los cursos por parte de los estudiantes participantes.
1.7. Actividades culturales por iniciativa de los Centros Asociados.
Se podrán reconocer créditos por la participación acreditada en Cursos,
Seminarios, Ciclos de Conferencias y otras actividades culturales realizadas
por iniciativa de los Centros Asociados, que aún no teniendo relación directa
en su temática con los contenidos de la oferta académica de enseñanzas
oficiales de las Facultades/Escuelas se entiendan como una aportación
positiva al desarrollo cultural de los estudiantes.
Vicerrectorado de Ordenación Académica
El Vicerrectorado de Centros Asociados será el responsable de valorar la
actividad y la consideración del reconocimiento de créditos, hasta un máximo
de 1 crédito ECTS por actividad, utilizando como criterio básico el número de
horas de actividad lectiva (10 horas - 0,5 crédito ECTS).
La relación de cursos, con especificación de los créditos, será hará pública de
forma sistemática para conocimiento de los organizadores y de las Secciones
de Atención al Estudiante de Facultades y Escuelas.
Los diplomas acreditativos de asistencia darán constancia, por sí mismos o por
diligencia, del número de créditos reconocidos. Los responsables del curso
deberán garantizar el control de asistencia y aprovechamiento de los cursos
por parte de los estudiantes participantes.
1.8. Asistencia a Congresos
Se podrán reconocer créditos de libre configuración por la asistencia
acreditada a Congresos, Jornadas y otras reuniones científicas organizados por
la UNED o por instituciones con las que la UNED tenga convenio de
colaboración institucional sea de mutuo reconocimiento de créditos en sus
actividades o de otras formas de colaboración (prácticas profesionales u
otras).
Se podrá reconocer hasta un máximo de 1 crédito ECTS por actividad. Será la
Comisión responsable de valorar la actividad según su carácter (Extensión
Universitaria, Investigación, Actividades Culturales en Centros Asociados) la
responsable también de la consideración de reconocimiento de créditos para
los participantes en ella.
1.9. Escuela de Ajedrez de la UNED.
Se reconocerán créditos por la superación de alguno de los 3 niveles
(iniciación, medio o alto) de la Escuela de Ajedrez de la UNED, a razón de 1
crédito ECTS por nivel superado.
Los responsables de la Escuela de Ajedrez de la UNED elaborarán la relación
de estudiantes que hayan superado las pruebas de evaluación, y que hayan
solicitado el reconocimiento de créditos, y darán traslado de ella a las
Secciones de Atención al Estudiante de las Facultades/Escuelas que
corresponda.