;

Autor Tema: Caso real.... ayuda!!!  (Leído 1968 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado bhidalgo

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 212
  • Registro: 26/03/11
Caso real.... ayuda!!!
« en: 02 de Noviembre de 2012, 11:25:25 am »
Hola! alguien me puede ayudar?? he estado en el banco por que me estan cobrando un cláusula de suelo muy elevada, he ido a negociar con el banco y me han dicho que como estoy parado que le mande une escrito al banco para decir que me bajen la hipoteca que no puedo pagarla......    que le puedo poner en la carta?¿


Desconectado Alfmonti

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 1703
  • Registro: 30/07/10
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #1 en: 02 de Noviembre de 2012, 14:38:31 pm »
Mírate esto, puede ser de ayuda...

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Saludos y ánimo

Desconectado lidia15378

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 3047
  • Registro: 19/06/10
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #2 en: 05 de Noviembre de 2012, 01:56:50 am »
En internet he leído varias sentencias que las han considerado abusivas y las han anulado, mira en internet, hay jurisprudencia sobre ello.
No puedes ver los enlaces. Register or Login despues de mas de 10 años el reencuentro. Increíble.

Desconectado IBM77

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 766
  • Registro: 11/08/11
  • Sgt. Pepper's Lonely Hearts Club Band
    • M83 "Midnight City"
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #3 en: 06 de Noviembre de 2012, 18:03:48 pm »
Hola,

 podrías explicarte un poco más, hace un tiempo miré el Real Decreto para ayudar a una persona y redactar la carta, me dices si cumples todos los requisitos o solo en parte de acuerdo al enlace que te ha dejado el compañero ( creo que es bastante dificil que puedas cumplir todas las condiciones ) o la próxima vez que me conecte te explico cuales son las diferentes condiciones y un tipo de modelo.

Un saludo

1ª Nota-anexo. No tardaré mucho conectarme, unas horas  ;)
"quotquotIf you were plowing a field, which would you rather use, two strong oxen or 1024 chickens?"quotquot Seymour Roger Cray

Desconectado IBM77

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 766
  • Registro: 11/08/11
  • Sgt. Pepper's Lonely Hearts Club Band
    • M83 "Midnight City"
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #4 en: 07 de Noviembre de 2012, 01:59:02 am »
Hola

Lo haré en dos partes, una breve explicación del Real Decreto por el que se aprueba las medidas de deudores hipotecarios lo que se llamaba "Codigo de Buenas Prácticas Bancarias" de forma resumida y lo luego el posible modelo.

Un saludo
"quotquotIf you were plowing a field, which would you rather use, two strong oxen or 1024 chickens?"quotquot Seymour Roger Cray

Desconectado IBM77

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 766
  • Registro: 11/08/11
  • Sgt. Pepper's Lonely Hearts Club Band
    • M83 "Midnight City"
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #5 en: 07 de Noviembre de 2012, 02:03:21 am »
Hola

No entro en la discusión si la clausula de suelo es abusiva o no, entiendo que la pregunta esta relacionada con el RD Ley 6/1012 de 9 de Marzo que aprobó “Codigo de Buenas Prácticas” aunque antes teníamos el RD 8/2011 que el elevó el nivel de inembargabilidad en el caso de deudores que hubieran perdido su vivienda habitual el 150% del SMI y el aumento del 50 al 60 del valor de tasación del inmueble.


Primero las condiciones que hay que cumplir ( yo entiendo que son muy dificiles de cumplir )

: a) todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas del trabajo o de actividades económicas (paro);
 b) la cuota hipotecaria deberá ser superior al 60% de los ingresos,
c) el conjunto de la unidad familiar carezca de otros bienes suficientes para hacer frente a la deuda; d) se trate de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor y concedido para la adquisición de la misma;
e) el préstamo no tenga otras garantías (afianzamientos), o, en el caso de existir estas últimas, que en todos los garantes concurran las circunstancias expresadas en las letras b) y c), y; f) en el caso de que existan codeudores que no formen parte de la unidad familiar, deberán estar incluidos en las circunstancias a), b) y c) anteriores.

Y las medidas a las que podrías acceder son

a) reducción de intereses

b)sujección al código de buenas practicas bancarias

b1 previas  la ejecución ( reestructuración bancaria )

- Carencia en la amortización de capital de cuatro años.
- Ampliación del plazo de amortización hasta un total de 40 años a contar desde la concesión del préstamo.

- Reducción del tipo de interés aplicable a Euribor + 0,25 por cien durante el plazo de carencia.
- Adicionalmente, las entidades podrán reunificar el conjunto de las deudas contraídas por el deudor.
- Eliminación de los costes por compensación la amortización anticipada del crédito o préstamo hipotecario solicitada durante los diez años posteriores a la aprobación del plan de reestructuración.
Estas medidas podrán adoptarse conjuntamente.

b2 complementarias

En el caso que las anteriores medidas sean inviables por su situación económica (se entiende inviable cuando la cuota hipotecaria resultante del nuevo plan de recuperación propuesto sea superior al 60% de sus ingresos) podrá solicitar una quita en el capital pendiente de amortización, que la entidad tendrá facultad para aceptar o rechazar en el plazo de un mes a contar desde la acreditación de la inviabilidad del plan de reestructuración.
La quita será determinada en función de los siguientes criterios:
- Reducción en un 25%.
- Reducción equivalente a la diferencia entre capital amortizado y el que guarde con el total del capital prestado la misma proporción que el número de cuotas satisfechas por el deudor sobre el total de las debidas.
- Reducción equivalente a la mitad de la diferencia existente entre el valor actual de la vivienda y el valor que resulte de sustraer al valor inicial de tasación dos veces la diferencia con el préstamo concedido.
c) medidas sustitutivas  a la hipoteca
Si en el plazo de doce meses desde la solicitud de la reestructuración, los deudores para los que la reestructuración y las medidas complementarias, en su caso, no hayan resultado viables (la cuota del préstamo siga siendo superior al 60% de sus ingresos), podrán solicitar la dación en pago de su vivienda habitual. En estos casos la entidad estará obligada a aceptar la entrega del bien hipotecado por parte del deudor, a la propia entidad o tercero que ésta designe, quedando definitivamente cancelada la deuda.
Asimismo, el deudor, si así lo solicita en el momento de pedir la dación en pago, podrá permanecer durante un plazo de dos años en la vivienda en concepto de arrendatario, satisfaciendo una renta anual del 3% del importe total de la deuda en el momento de la dación. Durante dicho plazo el impago de la renta devengará un interés de demora del 20%.
Igualmente, las entidades podrán pactar con los deudores la cesión de una parte de la plusvalía generada por la enajenación de la vivienda, en contraprestación por la colaboración que éstos puedan prestar en dicha transmisión (es decir, los deudores podrán recibir una contraprestación por todas las gestiones que realicen para enajenar la vivienda trasmitida en dación, siempre y cuando lo hayan pactado las partes).
Las medidas sustitutivas no serán de aplicación en los supuestos que se encuentren en procedimiento de ejecución en los que ya se haya anunciado la subasta, o en los que la vivienda esté gravada con cargas posteriores.

Las otras medidas son acceso a las ayudas de alquiler de personas afectadas por el desahucio y fiscales

En el siguiente post el modelo de carta
"quotquotIf you were plowing a field, which would you rather use, two strong oxen or 1024 chickens?"quotquot Seymour Roger Cray

Desconectado IBM77

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 766
  • Registro: 11/08/11
  • Sgt. Pepper's Lonely Hearts Club Band
    • M83 "Midnight City"
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #6 en: 07 de Noviembre de 2012, 02:17:43 am »
MODELO DE CARTA

Estimados señores

Por la presente, de conformidad con el Real Decreto-Ley 6/2012 y habiéndose adherido su entidad al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual, les comunico que me encuentro dentro del ámbito de aplicación del citado texto legal.

Acredito mi situación económica de acuerdo al RD Ley 6/2012 con la siguiente documentación relacionada en el anexo I ( y aquí les adjuntas toda la documentación que acredita tu situación )

 Con la aplicación de estas medidas, confío en poder reestructurar mi deuda y dar viabilidad económica a mi actual situación.

( les describes de manera somera las medidas del decreto-ley, es decir, moderación de intereses y reestructuración bancaria )

Por todo lo expuesto, les ruego tramiten mi solicitud lo antes posible con el fin de que no se agrave aún más mi economía, ya de por si precaria. Quedo, finalmente, a su disposición para cualquier aclaración en (poner datos de contacto –mail, teléfono, fax, etc.).

Sin otro particular, atentamente le saluda,

En ( pones fecha, firma y dni )

Básicamente es eso, después habría otra carta en caso de que no fueras viable según el decreto y en caso de que te lo rechazarán habría que reclamar al Banco de España.

Un saludo

1º Nota-Anexo. Es bastante farragoso, te deberías asesorar antes a un abogado que llevára temas hipotecarios, seguro que hacer un escrito y comprobar tu situación no costará mucho
"quotquotIf you were plowing a field, which would you rather use, two strong oxen or 1024 chickens?"quotquot Seymour Roger Cray

Desconectado bhidalgo

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 212
  • Registro: 26/03/11
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #7 en: 07 de Noviembre de 2012, 13:01:27 pm »
Muchas gracias por todo!!! me puse en contacto con ausban, y ya me están arreglando todo!!

 ;) muchas gracias!!

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #8 en: 07 de Noviembre de 2012, 20:53:26 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
MODELO DE CARTA

Estimados señores


Efectivamnete se trata de un modelo...porque eso de empezar las cartas y escritos a un tercero o terceros con "estimado" y "estimados", y además "señores", si no se conoce a quien se dirige la carta, pues no se entiende, la verdad. Y, además, sexista, ¿por qué señores y no señoras?

Y bueno, téngase en cuenta que escribimos a la banca, luego yo cada vez que leo eso de "estimados" me entra horticaria. Valientes pájaros como para tener la consideración esa de "estimados".

Disculpas, mil disculpas, IBM, no es contigo, es que la banca me saca de mis casillas y eso de "estimados" en los escritos a tercero, pues siempre he tenido muy claro que hay que medirlo muy bien, siempre depende quién sea ese tercero...

Un saludo cordial.

 

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado palangana

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 17252
  • Registro: 22/05/08
  • Campeones, orgullo español !
    • www.uned-derecho.com
Re:Caso real.... ayuda!!!
« Respuesta #9 en: 07 de Noviembre de 2012, 21:07:32 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Mírate esto, puede ser de ayuda...

No puedes ver los enlaces. Register or Login

Saludos y ánimo

Nada, estimado compañero, papel mojado. Sólo "vincula" a las entidades que se hayan adherido....pero ese no es el problema principal. La trampa está en que la tipicidad, letra y exigencias de la norma en su integridad, resulta imposible que concurra o bien hay que ser pobre de pedir por la calle. Y es imposible en más de media España....porque la escala de precio inmueble-nº de habitantes en muchos lugares de nuestra geografía es imposible ¿un inmueble de precio máximo 200.000 euros en Madrid, San Sabastian, Costa del Sol? , inviable. Es decir, como tienen que concurrir todos los requisitos, y son muchos y algunos de imposible cumplimiento, pues eso, papel mojado.

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.