He visto que preguntan mucho que pp son subsanables y cuales no, corregidme si me equivoco:
Subsanables: Representación procesal (poder del procurador), procedimiento adecuado y algunos de los presupuestos especiales del objeto procesal (autocomposición). Creo que el litisconsorcio necesario también
No subsanables: Todos los demás: del Órgano Jurisdiccional (Jurisdicción, competencia), de las partes (capacidad para ser parte y de conducción procesal) y del objeto (cosa juzgada, litispendencia...)