La verdad es que la pregunta aunque este bien redactada, las respuestas no lo estan, fundamentalmente la pregunta 3 y las fuentes muy fiables no me convencen al dar como buena la D.
La respuesta A podría ser, tiene plenos poderes o mas concretamente no los necesita en base a CV art 7.1: b)
si se deduce de la práctica seguida por los Estados interesados. o de otras circunstancias, que la intención de esos Estados ha sido considerar a esa persona representante del Estado para esos efectos y prescindir de la presentación de plenos poderes. Es de suponer que el embajador representa a su país. El dilema esta en que en la respuesta A dice
en razón de su cargo, por lo que habria que ceñirse a lo que el DI (CV) dice en el art 7.2, por lo que el embajador queda limitado a la adopción del texto. En base a ese punto de su cargo podemos descartar entonces la A
La respuesta B claramente es descartable
Pasamos a la respuesta D, nos dice que el embajador no tiene competancia por no tener plenos poderes y el mismo art 7. 2 dice:
En virtud de sus funciones, y sin tener que presentar plenos poderes, se considerará que representan a su Estado...: y explicitamente se menciona a los Jefes de misión diplomatica... Hay quien se ciñe a que pone que--para todos los actos, pero literalmente tambien dice :
El Embajador de Cuba no tenía competencia al no haber recibido un documento de plenos poderes Por tanto tampoco esta bien redactada y sería incorrecta
Nos quedaría la C. Si nosotros le colocamos que es
en razon de su cargo entonces sería correcta, pero lo mismo que en la respuesta A lo especifica, aquí no dice nada y podriamos basarnos en el mismo art 7.1.b que convertiría la respuesta en incorrecta.
En definitiva, las respuestas están mal redactadas para poder dar una como totalmente cierta y tanto A, C y D podrían ser validas con sus matices.
Que bienn, todos tenemos razón, el problema está en lo que incorrectamente decida el ED, ya que solo debe haber una correcta-
Por mi parte variaré la A y pondré la C, aunque eso si, sin demasiado convencimiento. El que lo tenga claro, estupendo y para el que no, espero le sirva de algo este razonamiento.
Saludos y suerte, o al menos que nos toque la lotería