La respuesta está bien, y además se recoge en otros exámenes de 2012.
Vista las opciones que se dan por buenas, la palabra clave de la respuesta que hace que sea más acorde con la pregunta y que las otros dos estén mal, es "actúa"; su asimilación con el contrato de mandato civil hace que al contratar lo haga "por cuenta del comitente -persona que realiza el encargo al comisionista mediante el precio de esa comisión-", es decir, puede actúan en nombre propio, pero cuando lo hace por encargo del comitente lo hace "por cuenta ajena, no en nombre del comitente".
Si lo que tienes son los apuntes, eso no ha sido modificado, y la respuesta se extrae del punto 2 del Tema, Comisión y Representación, sobre todo artículos 246 y 247 CCom.
En la pregunta de septiembre de 2012 RSEF, pregunta 11, es el mismo planteamiento, y lo que diferencia la opción correcta de la que no lo es, es que "actúa siempre por cuenta del comitente (cuenta ajena)", No "actúa siempre en nombre del comitente", joooooooo, ¡esa es la diferencia, el matiz!