Gracias, Ilse, va en contra de mis principios, pero me la prepararé por los apuntes, porque tampoco voy a volverme loco. Ya que lo tengo, estudiaré con el libro cerca, por si acaso haya algo demasiado resumido y necesite ampliar información para asimilarlo mejor.
Espero que no te moleste chance.
Es la mejor opción que puedes escoger, los apuntes y el manual delante por si no entiendes algo leer el epígrafe o subepígrafe al completo, quizás no te quepa en el espacio tasado pero contestarás sin fallos por asimilación.
Y otra cosa, ya que creo que has realizado traslado de expediente, en Civil I y II si que indicaban todas las correspondencias, y no sólo respecto de un epígrafe, sino también de algunos subepígrafes que eran eliminados.
En los otros no, quizás por lo que he comentado anteriormente.
De otro, sí que se debe de saber qué régimen jurídico sigue nuestro ordenamiento jurídico para el caso de que ambas personas, a efectos sucesorios, mueran en el mismo momento temporal, aunque sea en diferente lugar, se atiende al art. 33 CC, por lo que se presumen muertas al mismo tiempo, salvo que se aporte prueba en contra de la que haya muerto después (conmoriencia) -en ese caso, la persona sucede a la que ha muerto en primer lugar, y después se abrirá la línea sucesoria de la segunda-.
No obstante, es materia del primer parcial de Civil I, en la que estudiamos el comienzo y fin de la vida de la persona; está todo en los manuales del profesor Lasarte, no necesitamos irnos a internet a buscar página alguna, de veras.
Espero que no te hayan molestado estos consejos.
Un saludo