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Autor Tema: Por error del Registro de la Popiedad!  (Leído 1288 veces)

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Desconectado lucia1234

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Por error del Registro de la Popiedad!
« en: 15 de Junio de 2015, 22:47:48 pm »
Buenas noches compañer, os expongo aquí el siguiente caso real que le ha ocurrido a un amigo de nuestra familia.
Agreadecería 


Desconectado lucia1234

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #1 en: 15 de Junio de 2015, 23:19:45 pm »
A ver, perdón mi mensaje salio antes de lo debido por voluntad ajena!

Os comento, a un amigo que le ha ocurrido lo siguiente:
Por error del Registro de la Propiedad se le atribuye la titularidad de una propiedad por tener el mismo nombre y apellidos que el titular real que inscribió en su día (1968) una propiedad.

Acto seguido. en primer lugar, le embargan su cuenta corriente sin previo aviso.
En segundo lugar, se le abren varios frentes, de diferentes juzgados, por diferentes procedimientos monitorios, reclamándole el impago de cuotas comunitarias. Tuvo que acudir a diferentes citaciones de los diferentes juzgados sólo para recibir la documentación de las demandas.

En principio quiso arreglar el asunto por su propia cuenta, llamadas telefónicas, envió de faxes, etc., etc., pero viendo que el asunto se complicaba, cada vez más, se vio obligado a contratar la asistencia de un letrado.
Dado que la propiedad, por error atribuida a él, se encuentra a unos 500 kms. aprox. de su residencia habitual.

Bien aclarado todo el error de identidad, el primer juzgado le envía otra citación para hacerle entrega
de un documento para poder cobrar, en un Banco ajeno al banco en el que mantiene su cuenta corriente, la suma de dinero que en su día le fue embargada. También se le entrega otro documento en el cual consta el alzamiento del embargo por error de identidad del demandado.

Esa es la historia principal, pero ahora se trata de solicitar daños y perjuicios al Registro de la Propiedad, correspondiente, por el error arriba expuesto.
Su letrado dice que él no está dispuesto a reclamar nada puesto que el R. de la Propiedad jamas se haría cargo de pagar por dichos conceptos y que podrían alegar un error material. Por lo tanto el coste procesal se elevaría sin éxito alguno.

Ahora se ve completamente indefenso y los causantes del error se podrían ir sin más de rositas.
Habiendo abonado la víctima más de 500 euros a su letrado, gastos de envíos de faxes, llamadas telefónicas, el haber sido embargada su cuenta bancaria y haber tenido que acudir a diferentes citaciones de los juzgados (al menos cinco).

Mi pregunta es ¿qué haríais vosotros en su lugar?

Muchas gracias, de antemano, por vuestras respuestas a la pregunta expuesta!
Saludos.

Desconectado lucia1234

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #2 en: 24 de Junio de 2015, 18:15:52 pm »
Estimado compañer@s, ¿nadie tiene una respuesta a la pregunta expuesta?

Graicas! :(

Desconectado Mimi72

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #3 en: 24 de Junio de 2015, 22:38:10 pm »
Seguir el consejo que le dio su abogado.

Desconectado ToñiProf

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #4 en: 27 de Junio de 2015, 18:04:52 pm »
Si la atirbución de la propiedad la ha reflejado el Registro en una Certificación y no coincide con los datos obrantes en los libros sí se podría pedir responsabilidad al Registrador, pues él mismo firma ese documento.
En cambio, si todas las acciones que han provocado que tu amigo sea embargado se han basado en notas simples informativas, no habría posibilidades, puesto que no comprometen al Registrador.

Desconectado mnieves

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #5 en: 27 de Junio de 2015, 22:48:45 pm »
El abogado ha respondido eso porque antes de ir por la vía judicial que es la que le deja dinero, ha de agotar la administrativa.

Esto sí que es un funcionamiento anormal de un servicio ofrecido por una administración pública, y se ha de reclamar los daños y perjuicios ocasionados mediante la denuncia de la oportuna reclamación de responsabilidad patrimonial; el perjuicio: el dinero invertido en enmendar el entuerto.

Si eso le cuesta trabajo al abogado es porque será de los que gustan cobrar mucho y rápido, y sobre seguro.

Yo lo intentaría, por intentarlo no quedaría; me iría y presentaría la denuncia ya, algo que puedes hacer en un simple folio en el que indiques los hechos acontecidos y que como consecuencia de eso has tenido x gastos que te han de ser resarcidos, aportando todo lo que pueda probar lo expuesto.

Un saludo y suerte

Desconectado lucia1234

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #6 en: 30 de Junio de 2015, 09:55:10 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Si la atirbución de la propiedad la ha reflejado el Registro en una Certificación y no coincide con los datos obrantes en los libros sí se podría pedir responsabilidad al Registrador, pues él mismo firma ese documento.
En cambio, si todas las acciones que han provocado que tu amigo sea embargado se han basado en notas simples informativas, no habría posibilidades, puesto que no comprometen al Registrador.

Si bien el valor de la nota simple es puramente informativo alguna responsabilidad debería tener el Registro, ¿no?
Pues la información que contiene, dicha nota, proviene de los asientos registrados.

Gracias! :)

Desconectado lucia1234

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #7 en: 30 de Junio de 2015, 09:58:08 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El abogado ha respondido eso porque antes de ir por la vía judicial que es la que le deja dinero, ha de agotar la administrativa.

Esto sí que es un funcionamiento anormal de un servicio ofrecido por una administración pública, y se ha de reclamar los daños y perjuicios ocasionados mediante la denuncia de la oportuna reclamación de responsabilidad patrimonial; el perjuicio: el dinero invertido en enmendar el entuerto.

Si eso le cuesta trabajo al abogado es porque será de los que gustan cobrar mucho y rápido, y sobre seguro.

Yo lo intentaría, por intentarlo no quedaría; me iría y presentaría la denuncia ya, algo que puedes hacer en un simple folio en el que indiques los hechos acontecidos y que como consecuencia de eso has tenido x gastos que te han de ser resarcidos, aportando todo lo que pueda probar lo expuesto.

Un saludo y suerte

Estoy contigo compañera, yo también pondría una denuncia ante el R. de la Propiedad que ocasionó todo el desaguisado ocasionado.
Gracías! :)



Desconectado ToñiProf

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #8 en: 30 de Junio de 2015, 17:44:59 pm »
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Si bien el valor de la nota simple es puramente informativo alguna responsabilidad debería tener el Registro, ¿no?
Pues la información que contiene, dicha nota, proviene de los asientos registrados.

Gracias! :)
No. Es meramente informativa. No conlleva ningún tipo de responsabilidad.
De hecho en algunos registros se expide sin fecha y sin sello.
Mira este enlace. Aquí te lo explica:
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Desconectado lucia1234

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #9 en: 07 de Julio de 2015, 09:35:58 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
No. Es meramente informativa. No conlleva ningún tipo de responsabilidad.
De hecho en algunos registros se expide sin fecha y sin sello.
Mira este enlace. Aquí te lo explica:
No puedes ver los enlaces. Register or Login

Si es efectivamente así, no se entiende porqué tres juzgados admitieron los procedimientos!
No obstante, lo dicho, yo también estoy aconsejando a nuestro amigo que ponga una reclamación ante el R. de la Propiedad nada más que tenga toda la documentación de los diferentes juzgados a través de los cuales se le abrieron los diferentes procedimientos monitorios.

Gracias y saludos :)

Desconectado Jose_

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #10 en: 10 de Julio de 2015, 09:53:00 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Si bien el valor de la nota simple es puramente informativo alguna responsabilidad debería tener el Registro, ¿no?
Pues la información que contiene, dicha nota, proviene de los asientos registrados.
Gracias! :)

La calificación de "valor puramente informativo" se contrapone a la eficacia que despliega una certificación, pero ello no significa que el Registrador esté exento de responsabilidad por la posible inexactitud de los datos que contenga una nota simple informativa:

Artículo 222.5 Ley Hipotecaria: "La nota simple informativa tiene valor puramente informativo y no da fe del contenido de los asientos, sin perjuicio de la responsabilidad del Registrador, por los daños ocasionados por los errores y omisiones padecidos en su expedición...."

Ahora bien, el supuesto que se plantea habría que conocerlo en profundidad y ver no sólo el contenido de la nota simple sino en los términos que se solicitó esa información. Con lo cual me resulta "temerario" dar mi opinión.
Jamás probar. Jamás fracasar. Da igual. Prueba otra vez. Fracasa otra vez. Fracasa mejor. No puedo seguir, seguiré.

Desconectado lucia1234

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #11 en: 11 de Julio de 2015, 11:58:24 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
La calificación de "valor puramente informativo" se contrapone a la eficacia que despliega una certificación, pero ello no significa que el Registrador esté exento de responsabilidad por la posible inexactitud de los datos que contenga una nota simple informativa:

Artículo 222.5 Ley Hipotecaria: "La nota simple informativa tiene valor puramente informativo y no da fe del contenido de los asientos, sin perjuicio de la responsabilidad del Registrador, por los daños ocasionados por los errores y omisiones padecidos en su expedición...."

Ahora bien, el supuesto que se plantea habría que conocerlo en profundidad y ver no sólo el contenido de la nota simple sino en los términos que se solicitó esa información. Con lo cual me resulta "temerario" dar mi opinión.

Muchas gracias José, por tu aportación al caso!
Puedes que tengas razón, en lo que dices, que habría que conocer en profundidad el caso y en los términos que se solicitó la información.
Sin embargo, cuando tres juzgados admitieron a trámite y alguno, hasta incluso, concluyó el procedimiento con embargo, etc.......
El R. de la Propiedad, en cuestión, abría emitido informes válidos por ley. En caso contrario no sé entendería, de ninguna manera, salvo que los propios juzgados sean los que omitieron dichos informes.

Gracias y de nuevo y saludos :)

 

Desconectado Jose_

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Re:Por error del Registro de la Popiedad!
« Respuesta #12 en: 11 de Julio de 2015, 22:55:51 pm »
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Muchas gracias José, por tu aportación al caso!
De gracias nada, encantado de participar ;)

Está claro algo, alguien "ha metido la pata hasta el corvejón". Así que a reclamar, y en el caso de que sea ante el Registrador no hace falta ni abogado ni procurador ni nada  ;)
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