No se. Por lo que he estado mirando cabe la posibilidad de que en el juicio se actualice el importe o algo así en base a la demanda inicial. De otra manera entre que se emite el juicio, o la sentencia no habria fórmula de reclamación. si la causa es justa creo que se podría adjuntar las cantidades adicionales.
Alguien sabe ?
Gracias
NO, no es así.
Se pide en la demanda una cantidad, que es el principal de lo que se debe, más intereses, o se pide cantidad por daños y perjuicios....pero el SUPLICO indicado en la demanda no se puede modificar ni ampliar, puesto que ello causa indefensión a la parte demandada. Respecto a intereses o crecimiento de la rentas debidas pues se indica en la demanda, en el SUPLICO " desde la interposición del presente escrito de demanda hasta la sentencia que en su día se dicte"
Por qué de ese giro o coletilla jurídica ?, pues porque en procedimientos civiles lo que no se pide en la demanda para el Juez no existe y porque no puede causarse indefensión.
Un saludo.