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Autor Tema: Autodefensa en juicio de Faltas  (Leído 2416 veces)

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Desconectado Jose Carlos Segura

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Autodefensa en juicio de Faltas
« en: 07 de Abril de 2014, 10:12:18 am »
Me pregunto si es factible que un letrado se defienda a si mismo en un juicio de Faltas. Slds 8) ???


Desconectado Alfmonti

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #1 en: 07 de Abril de 2014, 13:09:48 pm »
Sin ningún problema, no es preceptivo ni Abogado ni Procurador...por tanto si cualquier persona puede defenderse a si misma, con mayor razón un Abogado. Pero la cuestión debería ser si la condición de Abogado debe comunicarse a la parte contraria y al Juez. Creo que por cortesía y lealtad profesional debería ser así pero desconozco si existe algún precepto que obligue a ello.

Saludos

Desconectado manuelk0

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #2 en: 07 de Abril de 2014, 19:26:51 pm »
Un saludo hace tiempo que no entraba en estos foros, motivos de salud. Tengo una pregunta acerca de la autodefensa: En el caso de que perdiese en el juicio de falta, no podria apelar por si mismo9 , sino seria preceptivo un abogado y procurador?

Desconectado manuelk0

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #3 en: 07 de Abril de 2014, 19:30:32 pm »
Estimado Afomsi, es preceptivo lo que no tengo el manual aqui, de que sea comunicada a la parte contraria que va a ir con asistencia tecnica, ya que en parte se produciria un defecto en cuanto a la garantias de armas y legitimidad efectiva. El TS entiende que aun no siendo preceptivo en esa orden la asistencia letrada, si podria la parte afecta solicitar (siempre que este en los requisitos) la asistencia tecnica de oficio o el abogado de oficio. Pues tengamo presente y mas en tu caso si estas ejerciendo, que no es lo mismo ir con abogado que comerse uno la lucha solo.... un saludo

Desconectado Alfmonti

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #4 en: 07 de Abril de 2014, 20:45:18 pm »
La apelación en faltas se rige por el proceso Abreviado, luego es preciso Abogado.

Saludos

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #5 en: 10 de Abril de 2014, 11:03:57 am »
Vayamos por partes, que dijo Jak "El Destripador":
- Los recurso de apelación en juicio de faltas pueden ir firmados por el recurrrente en su propio nombre, independientemente de que actúe bajo la dirección técnica de un letrado. Yo mismo he presentado diversos recurso en faltas con ésta fórmula.
- La posibilidad de representarte a ti mismo siendo letrado, implica la posibilidad de interrogar a la parte contraria y testigos, y de efectuar el alegato final. Cosa imposible si actúas sin asistencia letrada.   

La pregunta, creo, que estaba mal planteada. La pregunta debió anunciarse así: siendo letrado, si te procesan por un juicio de faltas, ¿puedes representarte a ti mismo, actuando como denunciado y como letrado?. Así creo que está mejor planteada. Slds

Desconectado Alfmonti

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #6 en: 10 de Abril de 2014, 13:17:36 pm »
En el juicio de faltas no hay alegato final ni con Abogado ni sin él según la LEcrim. Otra cosa es que los jueces lo permitan que eso, sí es habitual. Con respecto a la práctica de prueba, nada dice la Lecrim que impida al acusado preguntar a los testigos, peritos o al denunciante...Y una vez concluidas las pruebas el juez concede la palabra a las partes(no se habla de Abogados) para conclusiones sobre las mismas. Sí no se permitieran las preguntas al acusado se le provocaría indefensión al no poder contradecir dichas pruebas y por tanto, con la conveniente protesta, se habilitaría el Recurso de Amparo una vez terminada la vía judicial.

En el asunto del recurso de Apelación, el art. 676 se indica que tal recurso se tramitará conforme al las normas del procedimiento abreviado, luego la postulación debe ser la que se determine para tal proceso (803 y 976 Lecrim). Por cierto, para Gimeno Sendra es preceptivo Abogado y si el lo dice, para mi son las tablas de la ley. Pero como pasa siempre, en cada juzgado el juez hace lo que quiere y si la apelación es de una sentencia del Juez de Paz, pues tarda menos el juez ad quem en resolver la Apelación que en desestimarla por la falta de la formalidad. Además, como la parte contraria es el MF y la materia es de poca monta, como que no se le da mayor importancia, si el Juez estima o desestima  la Apelación, asunto terminado ya que no es posible la casación.

Pero lo cierto, es que los juicios de faltas son algo así como "justicia creativa". Por más juicios a los que asistas, nunca dejan de sorprender. Y si el Juez es de Paz, entonces aún más creativa...

Por cierto, manuelK0 tiene razón y se debe comunicar la condición de Abogado para facilitar la igualdad de armas. art. 32 LEC aunque estemos en sede Penal.

Saludos

Desconectado velypereira

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #7 en: 11 de Abril de 2014, 21:33:29 pm »
En el juicio de faltas el denunciado tiene la última palabra y no por magnanimidad de los jueces sino porque así está establecido y no sería el primer caso en que se decretase nulidad por no haber cumplido la norma.

Desconectado velypereira

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #8 en: 11 de Abril de 2014, 21:45:06 pm »


Pero lo cierto, es que los juicios de faltas son algo así como "justicia creativa". Por más juicios a los que asistas, nunca dejan de sorprender. Y si el Juez es de Paz, entonces aún más creativa...


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No se los juicios de faltas que habrás visto, compañero, pero creo que te excedes en tus apreciaciones. En mis treinta años largos de profesión en la administración de justicia he visto cientos, por no decir miles, y nunca diría eso, son hechos que se enjuician ateniéndose a la ley como en cualquier otro supuesto sea procedimiento abreviado, diligencias urgentes de juicio rápido , sumario.....regulados y siendo aplicadas las normas que la ley prevé para tales supuestos, así que de creativo nada, en nuestro ordenamiento jurídico no hay normas creativas, como mucho se aplica la analogía y como bien sabes en derecho penal está prohibida. Juicios de faltas enjuiciados por jueces de paz son mínimos, te podría decir que se cuentan con los dedos de una mano los que he visto en todo mi vida profesional y sólo en un caso la sentencia tanto en su fundamentación como en su resultado fue "creativa·", es decir, no había por donde cogerla.

Desconectado Alfmonti

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #9 en: 11 de Abril de 2014, 23:31:24 pm »
¿En algún momento dije que la vista no se atenga a la ley? NOOOOO, pero al recortarse fases y trámites, pero sobre todo por el principio de oralidad y de concentración de actuaciones, va a depender en gran medida del criterio del Juez de turno el desarrollo del juicio. Si a eso le sumamos que ni es preceptivo que esté el acusado, ni el Fiscal en todos los casos, pues el proceso queda de lo más interesante.

¡Me alegro, Velypereira, que hayas visto miles de juicios y que todos hayan sido perfectos! En los que yo he asistido no lo han sido (¿O sí?) pero deben ser la excepción que confirma la regla que nos enuncias. Espero que en el futuro sea como tu cuentas y me encuentre juzgados tan buenos como el tuyo, de verdad, que lo deseo sin ningún tipo de acritud.

Saludos

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #10 en: 15 de Abril de 2014, 11:25:01 am »
Sea como sea, estoy detectando que los juicios de faltas se están convirtiendo en un trampa para la generalidad de los ciudadanos que, al no ser necesarios abogados ni procuradores, se presentan en el juicio sin estar preparados y meten cada pata de mil euros....En fin, Slds, y gracias a todos los intervinientes.  8)

Desconectado velypereira

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #11 en: 16 de Abril de 2014, 23:52:03 pm »


¡Me alegro, Velypereira, que hayas visto miles de juicios y que todos hayan sido perfectos! En los que yo he asistido no lo han sido (¿O sí?) pero deben ser la excepción que confirma la regla que nos enuncias. Espero que en el futuro sea como tu cuentas y me encuentre juzgados tan buenos como el tuyo, de verdad, que lo deseo sin ningún tipo de acritud.

Saludos
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No he trabajado solo en un juzgado, he trabajado y trabajo en varios por lo que veo juicios en diferentes juzgados y con jueces muy distintos. No digo que el resultado del juicio sea siempre el que yo espero pero eso también ocurre en cualquier otro procedimiento y de no estar conforme para eso existe la apelación. Bien  o mal se aplica la ley y no la justicia "creativa". En cuanto a la asistencia de abogados en los juicios de faltas prefiero guardarme mi opinión para no dar lugar a una discusión que no lleve a nada y alguien  pueda sentirse ofendido.

Desconectado El Macias

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #12 en: 18 de Abril de 2014, 20:11:01 pm »


          Yo quería ser abogado para poder defender a la gente y sobre todo para poder defenderme yo.               
          Si Velpereira tuviera el detalle de darnos su opinión sobre la asistencia de abogados en los juicios de faltas ; quizás no me sentiría "tan mal" de no haber podido seguir con la licenciatura en Derecho .

Desconectado Picapleito

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Re:Autodefensa en juicio de Faltas
« Respuesta #13 en: 21 de Abril de 2014, 02:40:38 am »
Me surge una duda con respecto al tema que se trata.Para no dar lugar a indefensiones a la parte contraria es preceptivo informar o comunicar la condición de abogado si te quieres autodefender no?según art.32LEC.Pero me pregunto algo,aquí se habla de abogado colegiado que ejerce,(supongo)o también si en caso de autodefensa debería informar al Juez y parte contraria que soy licenciado en derecho para no incurrir en engaño digamos,o ventajas y así perjudicar a la parte contraria,por aquello de facilitar la igualdad de armas y efectividad legítima.
Me estoy refiriendo a juicios de falta como el que se comenta en el que no sea necesaria intervención profesional.