Hola:
He seguido el hilo y casi intervengo en alguna ocasión, pero como se dice, "para no mejorar lo que hay para qué intervenir", estoy de acuerdo con Palangana en su planteamiento, cuando se es abogado hay que pensar como tal, los sentimientos y las opiniones personales se tienen que quedar en su casa, no tienen ni que ir al despacho.
Y las pruebas no se piden, las pruebas se aportan y si quiero pedir una pericial y cuando tenga el resultado no me gusta, pues no la aporto, no le tengo que decir a nadie quién es mi perito hasta que no presente la prueba. En España no hay "duda razonable", eso es una expresión de EEUU, aquí el juez tiene que estar convencido de que ha encontrado la verdad material y mientras no tenga esa seguridad no podrá dictar una sentencia de culpabilidad, esto es en la teoría, después el juez hace lo que cree conveniente.
Pongo una sentencia: " El abogado no sólo se dedica a defender en juicio, por escrito o de palabra, los intereses de los litigantes, sino que es consejero de las familias, es el juzgador de los derechos controvertidos cuando los interesados lo deseen, es el investigador de las ciencias históricas, jurídicas y filosóficas, cuando éstas fueran necesarias para defender los derechos que se le encomiendan, es el apóstol de la ciencia jurídica que dirige la humanidad y hace a ésta desfilar a través de los siglos"
(Tribunal Supremo. Sentencia 22 de Enero de 1930)
Saludos cordiales,
jbr