Hola
No, no hay norma que lo contemple, ni jurisprudencia de la que poder tirar para ello.
Recuerdo un procedimiento sancionador de tráfico, en la que el sancionado se percató de ella cuando le llegó por vía de apremio; había estado hospitalizado, el coche lo había cogido su hijo y no dijo nada de la recogida del inicio del procedimiento -fue por estacionamiento sin conductor, así que la incoación se la notificamos al domicilio de la persona física propietaria y presunta conductora del vehículo al no venir más datos en tráfico-; recuerdo haber buscado todo, por si acaso, para que identificase al conductor y que pagase el hijo, pero no encontré nada de nada.
Tu caso es diferente, tendrás que estar al arbitrio del órganos instructor (funcionario que tramita al fin y al cabo, casi siempre lo firma el político) un posible aplazamiento del plazo, pero sí éste o ésta por cuestión de buena fe o cualquiera otra causa lo hiciese, tendrías que firmar el documento solicitando el aplazamiento.
Creo que es lo mismo mandar a alguien que te redacte, firmas con un garabato mismo, no lo miran mucho ni comprueban la firma, y que lo entregue, a pedir aplazamiento de plazo -algo que no se recoge en norma alguna- y que te veas sin poder alegar, lo cual no causaría indefensión puesto que es el administrado el que dentro del plazo que la ley le marca no hace uso del derecho de defensa.
Saludos y suerte