En cuanto a las plazas de garaje siempre aparecen como bienes segregados al principal que es la vivienda de esta manera se puede comprar y vender indistintamente a la misma aunque ambas tengan cargas, el problema que te está pasando es la no cancelación registral de la hipoteca del garaje ya que en el registro de la propiedad consta que eres tú como propietario pero a la vez hay una carga sobre dicho bien del vendedor insolvente al que veo le están embargando sus bienes.