Creo que este supuesto sobre ampliación de plazos se ha comentado antes.
Se aplica, salvo norma sectorial, el artículos que ha indicado Matias1, y bueno, no se pueden interponer nada, pero en este caso no opera el silencio administrativo, es una solicitud de ampliación dentro de un procedimiento, con lo cual se concede o no, pero no se puede ir la administración al acto presunto -lo siento, ahora mismo no recuero jurisprudencia, quizás los dos años que llevo sin tocar sancionadores-.
Lo que no se puede pedir es una vez pasado el plazo, eso está claro, ahora bien, solicitarlo días antes, la misma solicitud paraliza el trámite que se iba a ejecutar, ahora bien, salvo esos casos tasados en la Ley 30, es difícil que lo admitan en otros supuestos.
El procedimiento sancionador tipo recoge una ampliación del plazo para resolver que no supera la mitad del plazo concedido, por regla general y en base a la Ley 30, 6 meses -normas sectoriales aparte-, pero como la Administración es muy "pillina" y la Ley 30 con todo lo que recoge el Preámbulo nada garantista en el fondo para los administrados, es la administración la que de oficio, el órgano competente dicta la ampliación si ve que no le va a dar tiempo de resolver en plazo, quizás porque esté supeditada a un dictamen o informe, etc.
La no contestación en esos supuestos dados por la Ley obliga a resolver la solicitud de ampliación, pero si lo que solicita es respecto del plazo de alegaciones sin esos motivos fundados, y no responde, se entiende que no se estima; el silencio positivo no actúa cuando entra en acción el derecho de petición del art. 29 CE, se entendería no concedido, con lo cual el procedimiento seguiría su plazo y sus trámites; estamos ante actos de trámite, y sólo hemos de entender producido el silencio respecto de la resolución para saber si podemos ir o no a otra vía, o interponer recurso para agotar la administrativa.
En fin, voy a dejar esto, quité el día 10 la primera opción de administrativo por la de civil en el TFG, y me alegro muchísimo de ello; cuando lo que se hace es por obligación, por llevar el pan a casa, el incentivo se va al garete.
Saludos