Yo te puedo ayudar porque forma parte de mi trabajo.
Siendo D.Antonio profesor universitario desde 1980 y afiliado obligatorio a Muface, entiendo que su sistema de protección respecto a las pensiones es el Regimen Especial de Clases Pasivas (en el entendido de que se le descontaran "derechos pasivos" de la nómina, esto se puede comprobar facilmente)
Tendrá derecho su esposa a una pensión de viudedad del 50% de la teorica pensión de jubilación de D. Antonio que se calculará.
Los hijos tienen derecho a orfandad hasta los 21 años, prorrogables hasta los 22 años si no trabajan o si lo hacen ganan menos del salario minimo interprofesional. Con minusvalia del 33% hasta los 24 años, si son incapacitados la pensión será vitalicia. Todo ello sin perjuicio del complemento economico garantizado.
El tanto por ciento sobre el regulador para la orfandad será de un 10% sobre el regulador para cada huerfano y un 15% a repartir. En total un 17,5% para cada uno, con el limite del 50% del regulador ya que hay viuda o del 100% si no lo hay, pero veo que no es ninguno de esos casos, pues hay viuda y solo hay dos huerfanos (si hubiera por ejemplo 5 huerfanos si habria que tener en cuenta estos ultimos detalles)
Los padres, aun dependiendo economicamente de D. Antonio, no van a tener derecho a pensión de padres, les excluye la ley al haber viuda y huerfanos.
La pensión, si se demuestran los hechos, será extraordinaria en acto de servicio, del 200% del regulador. Por lo tanto todo los tantos por ciento que te he escrito hay que multiplicarlos por 2.
Te pongo el enlace la pagina web de Clases Pasivas y de Muface para mayor información. Puede haber alguna ayuda de Muface, tendrás que preguntar en la Dirección Provincial correspondiente.
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