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Autor Tema: Acto de conciliación no cumplido por la empresa  (Leído 1171 veces)

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Desconectado chemic

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Acto de conciliación no cumplido por la empresa
« en: 20 de Noviembre de 2014, 14:08:20 pm »
Hola,


Un familiar ha firmado un acto de conciliación con la empresa, en este se indicó que por transferencia se pagaría ese por todo el día las indemnizaciones y liquidación correspondiente, eso se ha cumplido.

Pero también se añadió un párrafo aparte en que la empresa se comprometía a pagar por todo el día de hoy una cantidad irrisoria que se adeudaba por parte de una nómina, en este párrafo no se especificó la forma de pago y la empresa no comunicó como lo haría, con lo cual ha pasado varios días y la empresa no ha pagado esa cantidad.
¿La empresa tiene obligación de decir como efectuará ese pago? la persona llama y no le cogen el teléfono.
En conciliación le han dicho que ponga denuncia en el juzgado de lo social pidiendo intereses y costas, ¿existe algún modelo de demanda?
¿Es obligatoria para poner la demanda tener abogado? en ese caso ¿quién lo tiene que pagar? Según tengo entendido si se pone demanda primero se hará una vista oral y entiendo que la sentencia en la vista oral ha de ser favorable ya que está reconocido en el acta de conciliación.


Desconectado mnieves

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Re:Acto de conciliación no cumplido por la empresa
« Respuesta #1 en: 22 de Noviembre de 2014, 00:15:08 am »
Hola

Supongo que no han respondido porque ese tema, último del manual, tiene demasiada letra pequeña.

Supongo que el acto de conciliación habrá sido firmado en vía administrativa, o lo doy por hecho, para poder responder a lo que preguntas.

La representación y la defensa procesales viene en el Libro I, Título II, Capítulo II de la LJS.

Art. 18.1 Las partes podrán comparecer por sí mismas o conferir su representación a abogado, procurador, graduado social colegiado o cualquier persona que se encuentre en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. La representación podrá conferirse mediante poder otorgado por comparecencia ante el secretario judicial (esto es lo que se llama apud acta, yo lo hice en el contencioso) o por escritura pública.

A la primera cuestión, si puede ir a juicio y comparecer el propio interesado.

Por supuesto ha de interponer la demanda, sin ella no se abrirá el proceso judicial; en lo Social el interesado que esté en pleno uso de sus facultades civiles se les reconoce tanto capacidad como representación procesal, otra cosa es que si no está muy ducho, -yo misma iría insegura- se busque una persona que le ayude.

La redacción de la demanda no es muy difícil pues no ha de argumentar jurídicamente nada, sólo aportar el acto de conciliación como prueba y realización la petición; te pueden aportar formularios facilitados al efecto en la oficina judicial en la que se vaya a presentar. Lee el art. 80 LJS.

Respecto a las costas no sé la cuantía, quizás alguien que haya finalizado y esté en ejercicio te pueda ayudar y si le es favorable, sí, siempre se indica en la demanda que se impongan las costas al demandado, con lo cual no tendría que pagar siempre y cuando le sea favorable el pleito.

Saludos

 

Desconectado IUXTA LEGEM

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Re:Acto de conciliación no cumplido por la empresa
« Respuesta #2 en: 22 de Noviembre de 2014, 09:54:00 am »
Mira el arte 68 de la ley de la jurisdicción social... Tienes que solicitar la ejecución forzosa del acto de conciliacion administrativa...supongo que es ahí donde se llego al acuerdo, pues son estos los que se pueden ejecutar directamente...hay que presentar una demanda de ejecucion...y no es obligatorio abogado ni procurador..