Bueno polilla-bo, en la notificación de la sentencia debes de tener el plazo para interponer recurso de apelación contra la sentencia y ante quíen debes interponerla. No te aconsejo la apelación porque tiene que presentarla un abogado y te va a sallir más caro el perro que el collar, y luego para qué, para que te rebajen la condena. Creo que no merece la pena.
Debías de haber llamado telefónicamente, por fax o burofax para decirles que te era imposible acudir a juicio el día de la citación e incluso intentar probar que no había billetes para ningún medio de comunicación. Bueno, si hay otra vez, que espero que no, ya lo sabes.
La condena en costas, en los procersos penales, raramente tiene que pagarlas en condenado.
La denuncia que tienes, tiene que venirte el juzgado que la expidió, e incluso puede que el numero de teléfono y fax. Te pones en contacto con ellos y les dices que te lo manden a cobro revertido, que seguramente no te harán ni caso. Solo te harán caso si un abogado presenta un escrito urgente o burofax, pidiendo las actuaciones para elaborar el recurso de apelación, pero como no te lo aconsejo, tampoco lo veo viable.
Siento decirte que lo más inteligente y barato es quedarte tal como estás, pagar la multa e indemnización religiosamente y si sigues enfrascado con la idea de recuperar el expediente de lo actuado, llama al juzgado de Madrid y le dices que si puedes pasar un día por allí y fotocopiar las actuaciones que te interesan porque eres estudiante de Derecho. Y te vas a Madrid a por ellos, y de camino te pegas un homenaje allí, que Madrid es muy interesante.
Un saludo