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Autor Tema: diferencia entre carga procesal y obligación.  (Leído 33732 veces)

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Desconectado nikade

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diferencia entre carga procesal y obligación.
« en: 25 de Marzo de 2008, 12:43:55 pm »
Alguien sabe la diferencia entre carga y obligación en el proceso civil?


Desconectado manuelk0

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Re: diferencia entre carga procesal y obligación.
« Respuesta #1 en: 16 de Abril de 2008, 14:34:28 pm »
vamos a ver a grandes lineas la carga procesal es el conjunto de prueba enla cual fundamentas tus pretensiones. Estas se encuentran en la mayoria de las veces sometida a otro tipo de comprobacion que seria la pericial. La obligacion es que el que demanda debe de demostrar el conjunto de pruebas en la cual fundamenta citada demanda. vamos a un ejemplo: Yo demando a una empresa de alquiler de coche por imcumplimiento en cuanto a las condiciones de servicio acordado y previamente pagado. la obligacion de la prueba de tal hecho se encontraria en la factura que recibire por parte de la empresa de alquiler de coche en la cual supuestamente constara lo que yo he contratado con ello....De toda manera hay varios articulos interesante en porticolegal sobre la capacidad y fuerza probatoria asi como las cargas procesales .......un saludo :)

Desconectado Kraken

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Re: diferencia entre carga procesal y obligación.
« Respuesta #2 en: 16 de Abril de 2008, 17:10:37 pm »
Voy a tener que repasar Procesal porque no sabía que existiesen obligaciones en ese ámbito.
El concepto de carga procesal no creo que genere ningún problema. La carga es un imperativo en beneficio del interés de la parte sobre la que recae dicha carga, de tal manera que si no realiza ese determinado acto deberá soportar las consecuencias negativas de tal actuación y verá perjudicado su derecho. En el proceso civil (en el que rige el principio dispositivo) no existen prácticamente obligaciones entre las partes. El juez no puede obligar al demandado a que comparezca y conteste a la demanda. Tampoco se puede obligar al actor a que pruebes los hechos de su demanda, pero si no lo hace, el juez desestimará su pretensión, de ahí que se considere una carga y no una obligación. Las obligaciones procesales (que yo no recuerdo ninguna, al menos, en el proceso civil) nacen del interés de un tercero o del interés público, ¿ejemplos? pues supongo que se podría mencionar aquí la obligación que tienen los testigos de comparecer y decir la verdad.
En fin, espero que alguien nos saque de dudas y pueda darnos un ejemplo de obligación procesal en el marco civil.

Desconectado victorhugo_40

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Re: diferencia entre carga procesal y obligación.
« Respuesta #3 en: 17 de Abril de 2008, 12:31:53 pm »
Obligación suena a concepto dentro del ámbito de la relación jurídica, y según creo recordar, las teorías procesalistas que mantenían que el fundamento del proceso es una relación jurídica fueron desmentidas, no admitiéndose tan fundamentación ni total ni parcialmente.

Desconectado UHACHE

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Re: diferencia entre carga procesal y obligación.
« Respuesta #4 en: 31 de Diciembre de 2008, 00:43:30 am »

LA OBLIGACION PROCESAL CONSISTE EN LA REALIZACION DENTRO DEL AMBITO DEL PROCESO DE UN ACTO PARA SATISFACER UN INTERES AJENO. EL PROCESO SE ESTRUCTURA A TRAVES DE CARGAS, NO DE OBLIGACIONES, PUES LAS PARTES TIENEN  LA POSIBILIDAD DE EFECTUAR LOS ACTOS QUE LA LEY AUTORIZA PARA TRATAR DE OBTENER UNA VENTAJA PERO SIN QUE SU NO REALIZACION IMPLIQUE UNA RESPUESTA O AFECTACION, PERO EL NO EFECTUARLOS PUEDE ACARREARLES PERJUICIOS AL PERDER LA OPORTUNIDAD PROCESAL. LA OBLIGACION SIN EMBARGO EXIGE UNA ACTUACION QUE, DE NO CUMPLIRSE, GENERA UNA CONSECUENCIA NEGATIVA PALPABLE PARA LA PARTE. SON OBLIGACIONES PROCESALES, P EJ. EL PAGO DE COSTAS PROCESALES, UNA VEZ PRONUNCIADA LA CONDENA Y EL PAGO DE FIANZA CUANDO SE PRETENDE LOGRAR UNA EJECUCION ADELANTADA A LA FIRMEZA DE LA SENENCIA O CUANDO SE BUSCA EVITAR EL CUMPLIMIENTO DE UNA DISPOSICION ADMINISTRATIVA, POSPONIENDOLO HASTA QUE TERMINE EL PROCESO EN QUE SE IMPUGNA DICHA DISPOSICION. TAMBIEN LAS OBLIGACIONES INHERENTES AL GESTOR DEPOSITARIO, CUYO INCUMPLIMIENTO CONLLEVA LA REMOCION EN EL CARGO.

Desconectado manuelk0

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Re: diferencia entre carga procesal y obligación.
« Respuesta #5 en: 31 de Diciembre de 2008, 00:53:19 am »
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Voy a tener que repasar Procesal porque no sabía que existiesen obligaciones en ese ámbito.
El concepto de carga procesal no creo que genere ningún problema. La carga es un imperativo en beneficio del interés de la parte sobre la que recae dicha carga, de tal manera que si no realiza ese determinado acto deberá soportar las consecuencias negativas de tal actuación y verá perjudicado su derecho. En el proceso civil (en el que rige el principio dispositivo) no existen prácticamente obligaciones entre las partes. El juez no puede obligar al demandado a que comparezca y conteste a la demanda. Tampoco se puede obligar al actor a que pruebes los hechos de su demanda, pero si no lo hace, el juez desestimará su pretensión, de ahí que se considere una carga y no una obligación. Las obligaciones procesales (que yo no recuerdo ninguna, al menos, en el proceso civil) nacen del interés de un tercero o del interés público, ¿ejemplos? pues supongo que se podría mencionar aquí la obligación que tienen los testigos de comparecer y decir la verdad.
En fin, espero que alguien nos saque de dudas y pueda darnos un ejemplo de obligación procesal en el marco civil.


               La carga procesal es compartida tanto por la parte actora como la demandada. Su expresion descansa en la documentacion es decir que los hechos o la accion oratoria que plantee en un proceso civil quedaria como poco fundamentado.
Estimado licenciado le paso a un ejemplo sencillo: Un proceso civil en el cual la parte actora dice que la parte demandada no ha pagado el alquiler de la renta correspondiente al presente mes. La parte demandada respondera con la documentacion (En este caso seran los recibos o transferencia bancaria o lo que sea que demuestre que ha cumplido tal accion) La parte actora debera presentar las formas (tambien documental en la cual se haya especificado los pagos y como su prevalencia en caso de conflicto de intereses). Estimado Licenciado una cosa es lo que los fundamentos del proceso nos indican que debemos hacer para reclamar intereses o legitimaciones y otra la realidades) Que tenga un feliz año.... me voy a buscar 12 uva que no tengan alcohol..... Un gran saludo y afecto :)

Desconectado manuelk0

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Re: diferencia entre carga procesal y obligación.
« Respuesta #6 en: 01 de Enero de 2009, 16:36:10 pm »
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Obligación suena a concepto dentro del ámbito de la relación jurídica, y según creo recordar, las teorías procesalistas que mantenían que el fundamento del proceso es una relación jurídica fueron desmentidas, no admitiéndose tan fundamentación ni total ni parcialmente.

Obligacion tambien es parte del espectro procesal pues el que demanda o parte actora tambien esta obligada a demostrar el objeto de la pretension procesal. Goodmank determinaba que tal obligacion no existia pues era suficiente con la relacion triangular del proceso (Es decir que el juez determinaba de acuerdo con sus presu`puesto y sabiencia quien tenia que demostrar o aportar las pruebas). En nuestro ordenamiento y de acuerdo con la linea de Sendra. Son las parte en conflicto las obligada aportar las pruebas que crean en defensa o contradiccion. Si no me equivoco esta en el temario oficial en la parte de pruebaIII fundamentos procesales.
Aqui traduciendo todo esto a los ejemplo pues siempre he creido que no hay mejor derecho que aquel que se predica y practica por medio de los ejemplos, pasemos pues a uno de ello:
Un sujeto me demanda, por imcuplimiento de un presunto contrato de compra futura de una propiedad si se cumplen una serie de requisistos. Yo constesto a la demanda que tal situacion nunca se dio y que todo fue a titulo de comentario de cafe. Como en la vista previa posiblemente no llegemos a ningun acuerdo y menos aun con las pruebas, en un plazo de 30 dia el juez nos convoca a un  proceso civil (juicio oridinario). Entonce sera ahi donde las parte estan obligada a demostrar el elemento material en el cual se fundamentamos nuestras pretensiones:
1.- El mandante aportara todo aquellos que estime y que le sea factible para llevarse el gato al agua
2.- Yo tendria que demostrar tambien que tales hechos objetos de la demanda no fue una obligacion creada ni un contrato formalizado si no una intencion o un deseo......

Prefiero mas la theoria egipcia que todo proceso es un partido de ajedrez

              un saludo y buen año