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Autor Tema: Dación en Pago  (Leído 1635 veces)

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Desconectado Jose Carlos Segura

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Dación en Pago
« en: 16 de Diciembre de 2013, 13:20:20 pm »
La pregunta que tengo es fácil y sencilla de hacer y sin embargo no encuentro la respuesta correcta: ¿Se puede argumentar la Dación en Pago dentro del proceso de Ejecución Hipotecaria?????....Si la respuesta es afirmativa: ¿como Oposición (plazo de 10 días) o como Incidente (sin tiempo).

La nueva Ley 1/2013 de 14 de Mayo, dice en el punto 3 de su Anexo -Medidas Sustitutivas de la Ejecución Hipotecaria: la Dación en Pago- que recoge el Código de Buenas Prácticas que "no será aplicable en los supuestos que se encuentren en procedimiento de ejecución en los que ya se haya anunciado la subasta" lo que se aproxima al caso que me ocupa. Lo que no se es la obligatoriedad o no de éste Código de Buenas Practicas para los Juzgados, y si el banco niega la dación en pago, ¿el Juzgado les puede obligar a aceptarlo?????....   

Slds


Desconectado palangana

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Re:Dación en Pago
« Respuesta #1 en: 16 de Diciembre de 2013, 20:33:35 pm »
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La pregunta que tengo es fácil y sencilla de hacer y sin embargo no encuentro la respuesta correcta: ¿Se puede argumentar la Dación en Pago dentro del proceso de Ejecución Hipotecaria?????....Si la respuesta es afirmativa: ¿como Oposición (plazo de 10 días) o como Incidente (sin tiempo).

La nueva Ley 1/2013 de 14 de Mayo, dice en el punto 3 de su Anexo -Medidas Sustitutivas de la Ejecución Hipotecaria: la Dación en Pago- que recoge el Código de Buenas Prácticas que "no será aplicable en los supuestos que se encuentren en procedimiento de ejecución en los que ya se haya anunciado la subasta" lo que se aproxima al caso que me ocupa. Lo que no se es la obligatoriedad o no de éste Código de Buenas Practicas para los Juzgados, y si el banco niega la dación en pago, ¿el Juzgado les puede obligar a aceptarlo?????....   

Slds

Hola,

no es obligatorio para todos los bancos y entidades, sino exclusivamente para los bancos y entidades que firmaron ese convenio,  y sólo es aplicable a los supuestos que encajan en el tipo, el cual es muy exigente. No es aplicable en el proceso de ejecución.

Para que se entienda: papel mojado en la práctica.

Un saludo. 
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Dación en Pago
« Respuesta #2 en: 17 de Diciembre de 2013, 11:52:00 am »
Que tal Palangana???: Como el caso se ajusta a lo solicitado por el Código de Buenas Prácticas (familia en el umbral de exclusión, dos prorrogas hipotecarias sin poder atenderlas, y está en ejecución pero todavía no se ha anunciado la subasta), se va a solicitar la dación en pago a la entidad bancaria, e inmediatamente después voy a solicitar la suspensión de la Ejecución hasta que no se resuelva. Creo que así agoto las posibilidades y en todo caso retraso el lanzamiento todo lo que pueda. ¿Como lo ves?. Un cordial saludo 8)   

Desconectado palangana

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Re:Dación en Pago
« Respuesta #3 en: 17 de Diciembre de 2013, 14:43:03 pm »
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Que tal Palangana???: Como el caso se ajusta a lo solicitado por el Código de Buenas Prácticas (familia en el umbral de exclusión, dos prorrogas hipotecarias sin poder atenderlas, y está en ejecución pero todavía no se ha anunciado la subasta), se va a solicitar la dación en pago a la entidad bancaria, e inmediatamente después voy a solicitar la suspensión de la Ejecución hasta que no se resuelva. Creo que así agoto las posibilidades y en todo caso retraso el lanzamiento todo lo que pueda. ¿Como lo ves?. Un cordial saludo 8)

Hola José Carlos, pues sinceramente lo veo complicado por estar en fase de ejecución. Además, el tipo no sólo exige umbral de excusión social y haber agotado otras opciones, sino también, y eso no puede olvidarse, que el inmueble atienda un determinado valor según el lugar. No obstante, pues evidentemente pues hay que agotar las posibilidades e intentar frenar o paralizar la ejecución por todos los medios.

Mi experiencia en esta materia es que acaba en una nueva moratoria y ampliación hipotecaria para reducir la cuantía y que pueda atenderse al pago, ni dación en pago ni siquiera alquiler social fue aceptado, si bien es verdad que el caso no atendía con exactitud a todo lo exigido por el Código de Buenas Prácticas.

Un saludo y mucha suerte.  :)
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Dación en Pago
« Respuesta #4 en: 18 de Diciembre de 2013, 12:26:15 pm »
Gracias Palangana