Debates. => Debates jurídicos. => Mensaje iniciado por: tuno en 16 de Agosto de 2005, 06:55:02 am

Título: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 16 de Agosto de 2005, 06:55:02 am
El Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley de acceso a la abogacía que entrará en vigor en el año 2012 si es aprobada por el Congreso. La ley supone un endurecimiento del acceso a la abogacía de los futuros licenciados, aunque establecerá un periodo de adaptación para no perjudicar a los estudiantes de Derecho a corto plazo.

La ley preparada por el ejecutivo pretende establecer una nueva serie de requisitos para los estudiantes de Derecho que quieran ejercer la abogacía y la procura. Los licenciados que quieran ser abogados o procuradores deberán realizar una formación práctica y pruebas de capacitación profesional para ello.


Yo no lo veo bien, aunque se que los respectivos colegios si lo han visto bien. Nos piden en definitiva practicas al final de la carrera y un cierto endurecimiento, lo haran con el sistema ingles de Derecho, que no teine nada que ver con el nuestro. Particularmente pienso que en España no hacia falta, un abogado español no va a litigar en Alemania p.e., te buscas un abogado aleman, y viceversa, o es que pretenden que un abogado, al asimilarlo a los paises de la UE sepa el Derecho de los otros paises. Esque quizas piensan que los otros abogados de otros paises son mejores, en base a que?

Entonces tendran que hacer lo mismo con todas las titulaciones, la de Obras publicas que no se reconoce en muchos paises, por ejemplo.

¿QUE OPINAIS AL RESPECTO Y CUAL CREEIS QUE ES EL TRASFONDO DE ESTA LEY?

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 18 de Agosto de 2005, 21:47:38 pm
El trasfondo de este proyecto se llama competencia. Pero no abrir la competencia, sino todo lo contrario. ¿Quién ha apoyado siempre este proecto -de la que llevamos decenios hablando-? Los colegios de abogados. ¿Quiénes no lo han apoyado aparte de los estudiantes? Las universidades.
Los profesores de Derecho no apoyan, a rasgos generales, esta idea porque: a) implica dudar de la formación impartida por ellos; b) ¿acaso los licenciados en Derecho que no han necesitado de las previsiones del proyecto y que se ahn colegiado son malos abogados?, ¿depende de tales requisitos ser mejor abogado?
Para los colegios está claro: cada año salen al mercado algún que otro millar de licenciados en Derecho, los cuales sólo deben abonar unas tasas (lato sensu) para poder ejercer la profesión de abogado. Eso significa que cada año se incorporan, casi sin trámites, centenares de abogados al mercado, mientras que los clientes y los casos no aumentan en dicha proporción. O sea, cada año hay menos clientes. Bueno, como los colegios de abogados tienen que defender los intereses de sus colegiados y, sin ligar a dudas, es de interés para los actuales colegiados que no haya más (o muchos más) colegiados pues no veo mal el interés de los colegios en apoyar este proyecto.
Para más inri supongo que los cursos orientados a obtener el título profesional (de abogado o procurador) costarán una pasta, más las tasas de derecho a examen.
A ver, yo siempre lo vi mal. Ahora no lo tengo claro y no lo tengo claro por el profundo e inminente cambio en los estudios universitarios para adaptarlos al Espacio Europeo de Educación Superior. En uno o dos años podrías estar entrando ya con los nuevos planes de grado. Todavía no sabemos la estructura de los planes de grado (sólo sabemos que irán entre los 180 y 240 ECTS -créditos europeos-, o sea, entre 3 y 4 años), pero sí sabemos que la forma de impartir la docencia y del estudio será radicalmente distinta (tal vez a la inglesa, como indicaba tuno). Mi juicio final sobre el proyecto de ley está condicionado al estudio de los definitivos planes de estudio de grado en Derecho.
Me quedan ganas de escribir y explicar mal, pero me tengo que ir.
Un abrazo,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 19 de Agosto de 2005, 00:42:29 am
Ya he vuelto. Espero ahora no cometer tantos errores a la hora de teclear. Antes me refería a sentir “no explicar más” y “no explicar mal”, aunque no quita que también lo explique mal.
Bueno, me centro. El gran problema que veo es conjugar el proyecto de ley de acceso y los novísimos planes de estudio (recuerdo que de ahora en adelante habrá que hablar de graduados en Derecho y no de licenciados). Cierto que algunos de esos problemas coinciden con los actuales planes de estudio, pero para qué me voy a centrar en algo que ya está muerto. Así que me ocupo de los nuevos planes (si bien es cierto que como no haya dotación presupuestaria adecuada -y no lo parece- las nuevas enseñanzas -Espacio Europeo de Educación Superior, EEES- van a ser un fracaso).
Me centro: el art. 4.3 del R.D. 1125/2003, de 5 de septiembre, previene "En la asignación de créditos a cada una de las materias que configuren el plan de estudios se computará el número de horas de trabajo requeridas para la adquisición por los estudiantes de los conocimientos, capacidades y destrezas correspondientes. En esta asignación deberán estar comprendidas las horas correspondientes a las clases lectivas, teóricas o prácticas, las horas de estudio, las dedicadas a la realización de seminarios, trabajos, prácticas o proyectos, y las exigidas para la preparación y realización de los exámenes y pruebas de evaluación". Bien, por tanto, en el ECTS se incluyen las horas lectivas prácticas. Hay muchas universidades que ya tienen una carga lectiva práctica. Por ejemplo, en la mía hay una hora de práctica a la semana de todas las asignaturas, además de que en el último curso se dedican dos días de la semana de todo un cuatrimestre a prácticas externas (bufetes, administraciones públicas, etc.). Así que, al menos en algunas universidades, ya se dan prácticas obligatoriamente. Creo que eso debería hacerse en todas y, lo más seguro, es que con la entrada del ECTS se haga así. Eso por un lado.
Por otro lado, el art. 6 del Anteproyecto de la ley de acceso propugna en su apartado 1.a) que el primer ejercicio de la prueba de aptitud profesional "consistirá en la contestación a un cuestionario sobre contenidos prácticos del ámbito profesional" (el segundo ejercicio es relativo a cuestiones de deontología profesional). Y yo me pregunto: ¿en qué consiste un cuestionario sobre contenidos prácticos del ámbito profesional? Como el Derecho es eminentemente práctico no se me ocurre otra cosa que imaginar que esas cuestiones prácticas se refieren a cuestiones procesales. ¿Y es que en las universidades no se imparte -y los alumnos deben aprobar- Derecho procesal? Claro, por cuestiones prácticas se puede entender cómo ponerse la toga, saber que sólo llevan puñetas los jueces y los fiscales, diferenciar las medallas y las puntillas, cómo pasar las guardias en el turno de oficio, etc. Tal vez se refiere a cuestiones de oratoria o retórica (¿eso no sería un poco recuperar la figura del advocatus romano y olvidarse del jurista?, ¿la primacía de la mera forma sobre el contenido?). No sé, no me queda claro. La oratoria o la retórica  pueden entrar en los planes de estudio, un cursillo. La argumentación también, de hecho ya está en algunos planes como asignatura optativa (por cierto, lo mismo ocurre con la deontología profesional, objeto del segundo ejercicio de la prueba de aptitud profesional) y, claro, esas cosas sirven no sólo para los que se van a dedicar a la abogacía o la procura. Claro, podemos hablar de cómo se hace una minuta y cosas de ese estilo. Pero, en serio, ¿para esas cosas es necesario un examen y un curso y, por supuesto, que el examinando pague? Bueno, no niego que mis juicios no son más que pre-juicios puesto que sin el proyecto aprobado y, aún más, sin el reglamento que lo desarrolle poco se puede saber.
Una cuestión que me parece grave también es que con los nuevos planes, los del EEES, vamos a crear un título de Derecho (grado) que no va a servir para absolutamente nada. Si queremos opositar, por supuesto, habrá que sacarse la oposición. Si queremos ser abogados o procuradores tendremos que superar la prueba de acceso. Entonces, si la Universidad tiene que preparar para que el alumno se enfrente al mercado laboral, tiene que hacer personas profesionalmente aptos y listos (preparados) para trabajar qué van a hacer esos graduados universitarios en Derecho si una vez aptos no van a poder trabajar en nada que tenga que ver directamente con el Derecho (ya que tendrán que opositar o superar la prueba de acceso a la profesión). Vamos, que es el fracaso de los estudios (de grado) universitarios y una de las funciones universitarias: la incorporación al mercado de trabajo.  Vamos, que para poder trabajar ya sabemos: 1) opositar; 2) o hacer la prueba de acceso a la profesión; c) o, y esta opción me da que en todo caso, hacer másters (hablo de los nuevos másters establecido en el RD 56/2005, de 21 de enero –para los estudios de grado vid. el RD 55/2005, de la misma fecha-). O sea, más tiempo, más dinero que nos siguen sin asegurar la incorporación al mundo laboral (jurídico).
Vamos, que hay algo en toda esta conjugación que no cuadra. Y me preocupa. Ya iremos viendo lo que ocurre y si va tomando sentido este sistema, con los datos que tenemos hoy, amorfo y absurdo.
Un saludo y enhorabuena a tuno por sacar este tema, que debería interesar a más de uno (no ya de los futuros estudiantes, sino incluso de los actuales),
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 19 de Agosto de 2005, 09:22:29 am
Gran exposicion, IUS.

Yo no lo entiendo y creo que deberemos esperar para ver en que cuaja.

Lo que me sorprende es que siendo una aberracion (al menos para mi), no se ha oido mucho del tema, quizas por el colectivo que ataca es el de los abogados (mejor dicho, los futuros abogados) y hacemos las cosas de forma distinta que salir con pancartas y protestar, me refiero que somos mas practicos, con la ley en la mano.

Sigo diciendo que es un "agravio comparativo" con otras profesiones universitarias.

Tambien haran esto con los trabajadores Sociales, con los Informaticos, con los de Ciencias Politicas, con los Sociologos, etc ...
Que yo sepa solo se hace con medicina y de una forma integrada en la carrera, no cuando terminas.

Ahora bien, que integren esto en la carrera, con sus correspondientes creditos, y que liberen de optativas y libre configuracion que no sirven, a mi modo de ver, para nada. Y como daran mas credito, que pongan en un panfletillo Historia del Derecho y Romano, de paso

Es curioso que solo lo hayan parido con los abogados

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: violeta en 19 de Agosto de 2005, 10:04:56 am
visto lo visto, que quiten la carrera de Derecho, la sustituyan por cursos puntuales para machacas de 8:00 am a 9:00 pm en bufettes, que los titulares les firmen horas y despues, un examen y listo!

la verdad, que un estudiante que despues de cuatro años de estudios durisimos no pueda ejercer sin hacer "una segunda carrera" (y todos imaginamos en que condiciones los obligarian) solo es beneficio para los despachos que ya funcionan, pues los van a tener a su disposicion.

porque si se hubiera deseado que se saliera con práctica, hace años que se podia haber incorporado a la carrera algun  tipo de practicum como el de magisterio, o necesitar certificado de asistencia a juicios o algo asi.

pero desde luego, parece que la ley va encaminada a engrosar el bolsillo de mas de uno, y no está pensada para mejorar la asistencia letrada, pues por la misma razón, hay muchos abogados en ejercicio que no aprobarian un examen ni de proceso ni de deontologia (me remito a las sanciones disciplinarias continuas del Colegio de Abogados de Madrid)

saludos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 19 de Agosto de 2005, 15:14:34 pm
Los abogados no han dicho su ultima palabra. Me consta que estan en desacuerdo con el colegio en muchos temas.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: violeta en 20 de Agosto de 2005, 08:20:50 am
algunos si estarán en desacuerdo, pero ya veremos cuando les ofrezcan tener pasantes continuamente a precio de medio becario. ya veremos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 21 de Agosto de 2005, 20:11:37 pm
Es que lo de los pasantes no lo he entendido nunca. He conocido abogados, que incluso pagaron por estar en determinada firma como pasante.

Me parece una tradición abusiva, ya que creo que se sale de la carrera, no con experiencia, pero si con preparacion. Y el trabajar gratis para aprender o pagando, me parece una barbaridad.

Obviamente yo le echo las culpas a los que han entrado al trapo.

Esta carrera (que a mi modo de ver es la mas importante de todas, ya que regula nuestra vida de principio a fin, lo siento medicos, Vd,s solo actuan en una circunstancia cuando enfermamos, o ingeniero de Obras publicas, cuando cogo el coche)) es la madre de toda la vida, desde que nacemos legalmente hasta incluso despues de morir, hay un jurista que influye en nuestra vida. Deberian tenerla mas respeto.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 21 de Agosto de 2005, 20:37:33 pm
¿Por qué se oye poco del tema?
1º.- Porque sólo afecta a (futuros) abogados y procuradores (gremio éste a gran distncia en número de profesionales).
2.- Porque la intentan colar hace muuuucho.
3º.- Porque el poder colegial está a favor y los verdaderamente en contra, los estudiantes, no se han enterado todavía.
4º.- Porque se presenta como una mejora de la Administración de Justicia y de la calidad en la defensa de los ciudadanos.
5º.- Y esto es lo más importante: porque para evitar las movilizaciones de otras veces ponen una vacatio legis de ¡6 años! Como los futuros estudiantes de Derecho ya tienen demasiado en qué pensar si ni siquiera han empezado la carrera todavía y los actuales estudiantes piensan que antes de 6 años ya habrán acabado la carrera... Pues a quién van a tener de opositores. Poca gente, muy poca.
Salud,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 21 de Agosto de 2005, 21:18:29 pm
Sabes lo realmente bueno, el que nos unieramos todos y se hiciera una huelga de celo de la abogacia, aunque solo fuera en:

- Tarifas oficiales del Colegio (que son hasta el triple de lo que se cobra actualmente)

- Plazos y llenadas de paja en los juzgados (ya de por si saturados)

- Solicitados al colegio y saturarlo, responsabilizarlo de las materias de su competencia

- Salida de todos los abogados del turno de oficio

- Porque no, todos al Derecho Publico y nadie al Derecho Privado

Lo siento, estoy finalizando mis vacaciones y tengo la mente en otro planeta

Claro, al final paga el de siempre

Menos mal que esto es anonimo, sino entro en la lista negra del Colegio y me Licenciaria para las olimpiadas en Madrid
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: incredulo en 21 de Agosto de 2005, 23:57:07 pm
  Solo ha faltado un CAMARADAS, A LA REVOLUCION!!!!.  como decian en airbag... que pofesional.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 22 de Agosto de 2005, 11:31:08 am
Je je je je, utopia. De ilusion tambien se vive  ;)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 22 de Agosto de 2005, 12:11:34 pm
Tampoco he dicho ninguna barbaridad en Los medicos y arquitectos (por poner dos ejemplos) ya actuan asi. Y a ver quien les tose. Te aseguro que los respetan mas que a los abogados (al menos lo que yo veo), y creo que tambien ganan mas  :'(

Ya se, que hubiera cogido esas licenciaturas, pero que se le va a hacer, me gusta Derecho ...
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 22 de Agosto de 2005, 12:17:03 pm
a ver si soy capaz de terminar, sin dar al enter y publicar ....


- Tarifas oficiales del Colegio (que son hasta el triple de lo que se cobra actualmente)

Sin comentarios (el que no lo sepa que coja cualquier medico particular)

- Plazos y llenadas de paja en los juzgados (ya de por si saturados)

Por supuesto, y si no mirar la antigua, pero no lejana, INSALUD

- Solicitados al colegio y saturarlo, responsabilizarlo de las materias de su competencia

Asi tienen los seguros que tienen de responsabilidad. Es impresionante la cantidad de denuncias que recibe el colegio de medicos (y las poquititititititisimas que fraguan)


- Salida de todos los abogados del turno de oficio

De urgencias, claro (y los que estan no cobran lo mismo que un abogado de turno de oficio)

- Porque no, todos al Derecho Publico y nadie al Derecho Privado

Con las especialidades y los Mestos (que esta es otra)
No pidas a un otorrino que te mire un esguince del pie, por que ya sabes la contestacion


En fin, que lo que he dicho no es desorbitado
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: gaby1004 en 23 de Agosto de 2005, 11:14:11 am
Tuno, con todos mis respetos, o necesitas vacaciones o te dio una insolación, jajaja.  ;D

Tú mismo lo has dicho, que todo es una utopia.  ;)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 23 de Agosto de 2005, 12:37:22 pm
Ya tio, es que las vacaciones inexistentes me estan haciendo mella. Sol, todavia no se de que color es y ya termino las vacaciones.

Mantengo lo de la utopia ... ;)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: JOAQUIN en 23 de Agosto de 2005, 17:51:16 pm
Buenas,

De acuerdo con lo que se ha expuesto aquí. Si después de cinco años de carrera no estás preparado para ejercer una profesión es que hay algo que no funciona. En cualquier caso si esto fuera así debería ser para todas las profesiones.

Es evidente que no va a ser lo mismo un recién licenciado que una persona que lleva años ejerciendo un profesión pero eso más que una cuestión de preparación es una cuestión de experiencia simplemente (no olvidemos que todo el mundo ha empezado alguna vez incluso las eminencias que ahora proponen esto).

Un saludo
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 23 de Agosto de 2005, 18:40:04 pm
Efectivamente JOAQUIN,

La pregunta a desgranar es

¿Porque con se intenta hacer esto con los Licenciados en Derecho y no con otros licenciados?

¿Cual es el verdadero interes?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 06 de Septiembre de 2005, 15:58:40 pm
Hay que tener en cuenta que normalmente la carrera de Derecho la empiezan nuestros estudiantes con 18 años,luego pueden terminar con 23, pueden ejercer sin ninguna práctica a esta edad como abogado o procurador. Sinceramente prefiero que pasen un mínimo de dos años como pasante en un bufete o un juzgado y que hagan una prueba de aptitud.
Conozco muchos licenciados en economía que trabajan en empresas sin colgar su título hasta que no tengan una experiencia mínima. A partir de ahí pueden cobrar un sueldo o colegiarse, abrir un despacho......
Que en la Uned hay muchos estudiantes con experiencia laboral, que son profesionales con carreras  que  están preparados para ejercer de inmediato, no quita los miles de jovenes que terminan Derecho en las universidades presenciales. En el extranjero se
exige en parte prácticas durante la carrera, dos años como pasante y una prueba final. Con la economía cada vez más internacional, sí hay abogados que ejercen dentro de la UE en otro país: alemanes en España, españoles en Inglaterra etc
Seamos realistas todo lo que mejora la reputación de la profesión nos beneficiará. Hay demasiados abogados, es la realidad.
Hasta luego Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 06 de Septiembre de 2005, 20:33:51 pm
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Hay que tener en cuenta que normalmente la carrera de Derecho la empiezan nuestros estudiantes con 18 años,luego pueden terminar con 23, pueden ejercer sin ninguna práctica a esta edad como abogado o procurador.


-- Es verdad en las otras carreras se empieza 15 años mas tarde, por Dios ...

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Sinceramente prefiero que pasen un mínimo de dos años como pasante en un bufete o un juzgado y que hagan una prueba de aptitud.


-- Vamos a decrile lo mismo a los medicos, arquitectos, Ingenieros (industriales, obras publicas, etc ...), Sociologos, Maestros, y etc ....

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Conozco muchos licenciados en economía que trabajan en empresas sin colgar su título hasta que no tengan una experiencia mínima. A partir de ahí pueden cobrar un sueldo o colegiarse, abrir un despacho......


-- Y yo conozco los que se montan una Gestoria, y desde el primer dia curran como animales ganandose un buen sueldo

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Que en la Uned hay muchos estudiantes con experiencia laboral, que son profesionales con carreras que están preparados para ejercer de inmediato, no quita los miles de jovenes que terminan Derecho en las universidades presenciales.

-- Ya estamos

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En el extranjero se exige en parte prácticas durante la carrera, dos años como pasante y una prueba final. Con la economía cada vez más internacional, sí hay abogados que ejercen dentro de la UE en otro país: alemanes en España, españoles en Inglaterra etc

-- Me pregunto que curso debe estudiar un abogado para ejercer en Inglaterra o EEUU. Es que tiene algo que ver.

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Seamos realistas todo lo que mejora la reputación de la profesión nos beneficiará.

-- La reputacion es buena y los abogados en general, como todas las profesiones, son buenos, y en todas hay excepciones ...

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Hay demasiados abogados, es la realidad.

-- Claro, esta era la razon ... sin comentarios ....

Lo siento Lili, no estoy de acuerdo en nada de lo que has dicho

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: msanchez en 06 de Septiembre de 2005, 22:01:14 pm
Buenas noches,

Estoy de acuerdo con que la nueva ley no es beneficiosa para los estudiantes actuales, ni creo que para los futuros.
El establecimiento de medidas que prolonguen los estudios, que seguirán siendo totalmente teórico, no beneficia a la profesión ni mejora cualitativamente a los profesionales.
Creo que la reforma debería haberse planteado desde la propia Universidad, modificando los planes de estudios e incorporando asignaturas totalmente prácticas que permitiesen que un recien licenciado pudiese afrontar sin grandes dificultades su primer caso.

Estas medidas favorecen a los grandes despachos que seguirán aprovechándose de mano de obra barata durante largos periodos. Además verán reducida su competencia, por lo menos temporalmente, al estar en disposición de reducir el número de abogados independientes que actuen de forma libre en el mercado.

Con respecto a algunas opiniones que he visto en relación a otras actividades profesionales (economistas, médicos, etc.), y siendo uno de ellos, he de reconocer que la experiencia es un grado y que tener un título universitario, por lo menos cuando yo lo obtuve, no habilita de forma inmediata para ejercer una actividad profesional (salvo en el caso de los médicos por su prologanda actividad práctica durante la carrera).

Un saludo a todos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 06 de Septiembre de 2005, 22:44:15 pm
msanchez, yo me referia que porque a los abogados solo,que lo hagan con todas las carreras por que estoy de acuerdo contigo en lo que dices


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... he de reconocer que la experiencia es un grado y que tener un título universitario, por lo menos cuando yo lo obtuve, no habilita de forma inmediata para ejercer una actividad profesional.


Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: msanchez en 08 de Septiembre de 2005, 22:09:44 pm
Tuno, puede que sea por la incidencia social que tiene la profesión.
Si observamos las carreras con mayor atención al público, medicina, enfermería, etc., llevan aparejadas en sus planes de estudios una importante carga práctica que les permite "defenderse" en su profesión desde los primeros días.
Otras titulaciones, como ingenierías, arquitectos, etc., suelen iniciarse no como profesionales independientes directamente, sino bajo la supervisión de otros compañeros.
Por lo que respecta a los economistas, empresariales, y otros grupos del ramo, he de decirte que en esos casos lo más que puede pasar al que contrata a un mal profesional es que pierda mucho dinero y tenga grandes quebraderos de cabeza. Pero imagínate lo que puede pasar con un abogado que te representa mal en un caso penal.

Con esto no pretendo justificar la medida, ni mucho menos, ya que no estoy de acuerdo con ello. Pero si te sirve de referencia, hay una profesión que para su ejercicio, además de la titulación universitaria y un examen oficial necesitan un número de horas prácticas (muchas), son los auditores de cuentas. Con lo que tampoco estoy conforme.

Esperemos que esto no llegue a buen puerto y acaben estableciendo otros sistemas.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 09 de Septiembre de 2005, 02:53:25 am
msanchez, lo que dices es una broma. ¿no?

Efectivamente los medicos son necesarios, cuando no queda mas remedio, ¿de eso se trata?
Debes volver a los origenes (derecho natural o teoria del derecho) y veras que barbaridad es lo que has dicho
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: msanchez en 09 de Septiembre de 2005, 14:50:27 pm
Tuno, en primer lugar disculpa mi incultura, pero para eso estoy estudiando Derecho, aunque todavía no he estudiado las materias que comentas.

Quise ser un tanto diplomático al respecto, pero creo que no me expresé bien. Voy a intentarlo de nuevo.

Un economista sabe hacer un cuadro de amortización de un préstamo, un médico sabe tratar una dolencia, una enfermera sabe poner el tratamiento prescrito, un ingeniero sabe hacer un proyecto (tengo compañeros que así lo han hecho), etc....

La Justicia es una de las cuestiones que más preocupa a la sociedad, y los abogados se encuentran dentro de ese ámbito (incidencia social).

Conozco jueces que cuestionan la calidad de las demandas y recursos realizados por "muchos" abogados. Hablan con conocimiento de causa.
A nivel general, hay "muchas" personas (sociedad) que se cuestionan (por lo menos internamente) si el abogado que les representa es el mas idóneo.
A nivel particular, te he de decir, pese a mi incultura, que veo muchos recursos y demandas que se limitan a copiar formularios existentes. Esta copia de formularios hace en muchos casos que los "posibles clientes", se piensen dos veces el contratar a un abogado para redactar determinados documentos (contratos de arrendamiento, de préstamo, de arras, etc.) cuando se van a limitar a copiar un modelo predeterminado.

Pero el fondo de la cuestión es si crees que una persona que termina la carrera de Derecho está capacitado para llevar a buen puerto un caso. En mi opinión, desgraciadamente pienso que no.
Aunque afortunadamente hay asignaturas donde se ven documentos reales (por ejemplo, Civil), existen otras muchas donde el conocimiento se limita a lo teórico, sin aplicación práctica. No sé si más adelante nos enseñaran a manejar las bases de datos de jurisprudencia, o por lo menos nos las reseñarán, si se realizarán contratos prácticos (por ejemplo, el de una adquisición de una empresa, con todos los condicionantes que ello conlleva), si se propondrán recursos ante los diferentes órganos, etc.
En definitiva, a saber, conocer y realizar la labor de abogado en toda su extensión.

Por mi profesión asisto con bastante frecuencia a cursos donde los catedráticos realizan intachables disertaciones teóricas que desgraciadamente aportan poco a un público que busca la aplicación práctica y el uso cotidiano de esos conocimientos. Por el contrario, hay veces que te encuentras con profesionales que, sin ser tan perfectos académicamente, te resuelven bastantes dudas.

Sigo pensando que la forma está en cambiar los planes de estudio y no en crear una pasantía gratuita ni nada parecido.
Es mi humilde opinión.
 
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: JOAQUIN en 09 de Septiembre de 2005, 15:15:52 pm

Pues yo soy ingeniero y tengo que decir que cuando acabé la carrera me di cuenta de que había bastante diferencia entre lo que había estudiado y la realidad del dia a dia del trabajo (y eso que en una carrera técnica se supone que es más práctica). Creo que lo importante es tener los conocimientos previos suficientes como para saber buscarte la vida, y posiblemente suplir la falta de experiencia en una determinada profesión con ilusión.

Evidentemente lo ideal sería que todas las carreras se acercaran mucho más a la realidad y no fueran tan teóricas (en muchos casos como se ha comentado aquí los profesores se limitan a soltar un rollo teórico y ya está, aunque probablemente sea porque muchos de ellos no han trabajado fuera de la universidad en su vida) pero esto sería otro debate.

Aunque yo personalmente no estoy estudiando esta carrera para ejercer por mi cuenta (aunque nunca se sabe como pueden venir las cosas), no estoy de acuerdo con que se exija solo a una profesión. De ser así debería hacerse lo mismo con todas las carreras.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 09 de Septiembre de 2005, 15:26:55 pm
OK msanchez, pero una cuestion,

Porque no meten esas practicas en el plan de la carrera?

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: incredulo en 09 de Septiembre de 2005, 15:34:00 pm
Msanchez me parece brillante lo que has dicho tanto en este post como en el anterior, y desde luego ninguna barbaridad ni nada que contradiga esa teoria del derecho que tuno empieza ahora a ojear.
  Por cierto, en la carrera tambien hay una materia que es practicum.
   Esto es normal, ahora cuando tu te sacas el carnet de moto tienes que estar un tiempo con una moto de 34 cv antes de poder comprarte una maquina super potente. En la abogacía debe pasar lo mismo. es logico que te pidan cierta "practica" antes de que te puedas poner a defender a un tio en una causa de asesinato por ejemplo, por la que una mala defensa le puede costar 30 años de carcel. Lo otro es como sacarte el carnet pasando entre unos conos con una vespa y luego cojerte una moto de 150 cv y una velocidad punta de 300. Le puedes hacer daño a alguien.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: msanchez en 09 de Septiembre de 2005, 15:45:59 pm
Tuno, eso es lo que deberíamos intentar conseguir entre todas las partes implicadas: estudiantes, universidades, jueces, abogados y procuradores ejercientes, etc.
Consensuar unas prácticas dentro de la carrera con sus oportunos créditos, en el caso del plan nuevo, que se adecuen a la realidad de la práctica jurídica.

¿Cómo? Eso es harina de otro costal.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 09 de Septiembre de 2005, 16:25:30 pm
POr eso incredulo, el tema es que esas practicas formen parte del plan de la carrera (como he puesto en anteriores POst), y no se hagan pagando o al menos trabajando gratis en firmas, y encima obligado.

Estoy de acuerdo en que se hagan, pero de esta manera y con creditos ...
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: incredulo en 09 de Septiembre de 2005, 16:50:53 pm
  Pues yo que quieres que te diga, prefiero tener ya el titulo de licenciado en derecho a los 5 años y luego tener que hacer practicas para colegiarme que no tener que pagarle esas practicas a la universidad (con lo que me salen mas caras) y aun encima que tarde dos años mas en tener mi licenciatura. Es que no se que es exactamente lo que no ves.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 09 de Septiembre de 2005, 17:47:11 pm
Yo preferiria una asignatura practica en la universidad, que trabajar un año gratis, teniendo en cuenta que los  pasantes que he conocido, la practica era ir en metro a llevar y traer papeles, lo que realmente importaba lo hacian los abogados, no creas que aprendian mucho ...

Es cuestion de opiniones
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: incredulo en 09 de Septiembre de 2005, 19:05:44 pm
 Pero es que ya tienes una asignatura practica en la universidad. El tema no es ese el tema es si quieres hacer la practica una vez licenciado o quieres que no te den la licenciatura hasta que hayas hecho las practicas. Pero dejalo, veo que no lo pillas.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 13 de Septiembre de 2005, 16:33:32 pm
Tuno dijo:

"-- Es verdad en las otras carreras se empieza 15 años mas tarde, por Dios ..."

O no me has entendido o no te entiendo o las dos.
Me estaba referiendo a la queja de hacer prácticas obligatorias????????


"-- Vamos a decrile lo mismo a los medicos, arquitectos, Ingenieros (industriales, obras publicas, etc ...), Sociologos, Maestros, y etc ...."

Claro que sí, todos los que pretenden colegiarse y facturar  minutas u honorarios al cliente por "chapuzas a domicilio".


"-- Y yo conozco los que se montan una Gestoria, y desde el primer dia curran como animales ganandose un buen sueldo"

Repito,  el joven licenciado de 22 o 23 años sin experiencia profesional que no gestione mis asuntos.


"Que en la Uned hay muchos estudiantes con experiencia laboral, que son profesionales con carreras que están preparados para ejercer de inmediato, no quita los miles de jovenes que terminan Derecho en las universidades presenciales.
-- Ya estamos ?????? "

Los planes de estudio valen para todas las universidades, no???



"En el extranjero se exige en parte prácticas durante la carrera, dos años como pasante y una prueba final. Con la economía cada vez más internacional, sí hay abogados que ejercen dentro de la UE en otro país: alemanes en España, españoles en Inglaterra etc

-- Me pregunto que curso debe estudiar un abogado para ejercer en Inglaterra o EEUU. Es que tiene algo que ver."

¿¿Es que no tiene nada que ver??
Los abogados tratan asuntos fiancieros y econónimos, contratos etc. de las empresas ???
Claro, si te dedicas a Derecho penal o procesal, más vale que te quedes en tu sitio.

"Seamos realistas todo lo que mejora la reputación de la profesión nos beneficiará.
-- La reputacion es buena y los abogados en general, como todas las profesiones, son buenos, y en todas hay excepciones ..."

La reputación no es buena si las empresas saben que un jurista español no está obligado a  hacer  prácticas.

"Hay demasiados abogados, es la realidad.
-- Claro, esta era la razon ... sin comentarios ...."

¿La razón DE QUIÉN,  de la realiad?

"- Lo siento Lili, no estoy de acuerdo en nada de lo que has dicho"

No lo sientas , otra vez será.

 ;) Lili


Citar
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 13 de Septiembre de 2005, 16:47:53 pm
Lili, la mayor parte de los Licenciados tienen 22 y 23 años, por eso te ponia ironicamente que a ver a que edad empezaban los otros ...

La mayor parte (por no decir casi todos) salen sin experiencia profesional, o tu eliges a tus profesionales si tienen mas de x+23 años de edad?

Si segun tu los planes de estudios valen para todas las universidades, porque la razon de esta nueva Ley ...?

Realmente crees que un Licenciado, que se ha colegiado, va a hacer "chapuzas a domicilio", menosprecias los estudios de la Universidad ...

Lili, si tiene que ver el Derecho entre un ingles o americano con el español por ejemplo, no estudiastes la diferencia entre los Sistemas Abiertos (Derecho vivo y jurisprudencial) y los Sistemas Cerrados (Derechos escritos y compilados en un cuerpo o Códice).

Que digas que la razon es que hay demasiados abogados ... pues eso, lili, sigo diciendo que no te doy la razon ...

Un saludo Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 13 de Septiembre de 2005, 16:54:17 pm
Tuno dijo:
"Efectivamente los medicos son necesarios, cuando no queda mas remedio, ¿de eso se trata?
Debes volver a los origenes (derecho natural o teoria del derecho) y veras que barbaridad es lo que has dicho"
En este caso el desacuerdo ha sido con otr@ pero me gustar{ia que nos expliques estos origenes del Derecho en relación con el mensaje.

Por otro lado ya hemos llegado casi  a la conclusión de que no es tan malo hacer unas prácticas. Entonces, ¿por qué no obligadas?, para que no se aprovechen los listos y ricos de siempre a abrir un despacho sin.  
Pienso que para un abogado es imprescindible hacer estas prácticas en un juzgado, bufete o empresas. No se pueden hacer en la Universidad. Estoy en contra del abuso de no pagar un salario  o una beca a estas personas. Si las prácticas se efectuan dentro del plan de estudios se podrán ahorrar la Seguridad Social pero nada más. Si las prácticas son llevadas a cabo una vez terminado la carrera universitaria y como requisito para la inscripción en el colegio profesional, tendrían que hacer un contrato en prácticas.
Nunca he defendido que nadie, con muy pocas experiencias que tenga, trabaje gratis.
 :P
hasta luego
Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 13 de Septiembre de 2005, 17:02:38 pm
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Por otro lado ya hemos llegado casi  a la conclusión de que no es tan malo hacer unas prácticas. Entonces, ¿por qué no obligadas?,

Facil, porque las practicas no englobarian a todas las ramas del Derecho, me van a obligar a hacer practicas de una rama a la que yo a lo mejor no me quiero dedicar. Ya hare yo las practicas en el Despacho que me parezca oportuno a lo que me voy a dedicar ... e insisto, no he visto a los medicos haciendo practicas en clinicas privadas o fuera de sus años de carrera.

Te recuerdo que el sistema de la Carrera en base era el primer ciclo una bases juridicas, y el segundo una especializacion ... claro, por lo que yo veo no es asi ...

HAY QUE DEFENDER EL LICENCIARSE AL TERMINAR EL PLAN DE ESTUDIOS Y NO LICENCIARSE DESPUES DE ESTAS PRACTICAS QUE DE MOMENTO NO SE CORRESPONDEN EN ABSOLUTO CON ESTE PLAN

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 13 de Septiembre de 2005, 17:09:29 pm
Perdon, no he contestado a tu pregunta, al decir lo de Teoria del Derecho era para quedar claro que la medicina la buscas cuando la necesitas, sin embargo el Derecho te acompaña constantemente desde que naces, hasta el final (ya sabes, el ejemplo del metro o de la compra de un libro ....), no puedes poner como una Licenciatura mas importante que otra, lo mismo con un arquitecto, etc ....

Ah, si no me has contestado a lo que te puse anteriormente, es que estas de acuerdo con lo que te digo, supongo  :)

Un afectuoso saludo Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 13 de Septiembre de 2005, 17:16:24 pm
Realmente crees que un Licenciado, que se ha colegiado, va a hacer "chapuzas a domicilio", menosprecias los estudios de la Universidad ...

Lili, si tiene que ver el Derecho entre un ingles o americano con el español por ejemplo, no estudiastes la diferencia entre los Sistemas Abiertos (Derecho vivo y jurisprudencial) y los Sistemas Cerrados (Derechos escritos y compilados en un cuerpo o Códice).

Una persona de 23 años que termina con toda esta teoría que nos meten en la universidad  y que no ha tenido prácticas, ni tiene un profesional con experincia a lado, va a cometer muchos fallos que se traducen en chapuzas dado que repercuten en la solución del conlicto que presenta su cliente. Creame, lo sé por experiencia. Por desgracia ni siquiera son sinceros y transparentes cuando cometen estos fallos. Tambien los cometen los más veteranos. !Porque nunca han tenido buenas prácticas.¡

Que digas que la razon es que hay demasiados abogados ... pues eso, lili, sigo diciendo que no te doy la razon ...

Vamos a ver, yo no creo que cambien una ley por esta razón. La razon es la competencia, la legislación de la E.U. las convalidaciones dentro del E.U. ,los intercambios universitarios etc.

Lili, si tiene que ver el Derecho entre un ingles o americano con el español por ejemplo, no estudiastes la diferencia entre los Sistemas Abiertos (Derecho vivo y jurisprudencial) y los Sistemas Cerrados (Derechos escritos y compilados en un cuerpo o Códice).

 Ya lo respondí, depende a lo que te dedicas. Claro que hay dos sistemas del Derecho. El continental europeo en casi toda Europa. El sistema americano es muy diferente, todo esto hay que estudiarlo aparte. En las Universidades por ahí ofrecen estudios complementarios. ¿ Comó que un jurista no va a trabajar internacionalmente hoy en día?
De todas formas cada uno trabaja donde quiere y donde puede, pero hay que darles la oportunidad a los licenciados españoles de ser competitivos.
 :P
Hasta mañana, a ver si hago la matrícula por una vez.

Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 14 de Septiembre de 2005, 14:28:27 pm
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Una persona de 23 años que termina con toda esta teoría que nos meten en la universidad  y que no ha tenido prácticas, ni tiene un profesional con experincia a lado, va a cometer muchos fallos que se traducen en chapuzas dado que repercuten en la solución del conlicto que presenta su cliente. Creame, lo sé por experiencia. Por desgracia ni siquiera son sinceros y transparentes cuando cometen estos fallos. Tambien los cometen los más veteranos. !Porque nunca han tenido buenas prácticas.¡

Que no, lili, que no es tan negro, que tu hayas tenido una mala experiencia, no significa que ningun profesional vale (ya te metes tambien con los veteranos), sera un chapuzas el que elegistes tu ...

Personalmente opino que prefiero un recien Licenciado con toda la Legislacion puesta al dia, que no uno que haya estudiado en el 1952 y que solo sabe cobrar por hacer lo mismo siempre.

Uno que utilice las herramientas actuales (DVD, Internet, etc...) para ver jurisprudencia, derogaciones, etc ... que otro que no sepa de donde se enciende un ordenador, por muy veterano que sea ....

Estamos equivocando el saber hacer con conocimientos, por el saber hacer con las triquiñuelas propias de un abogado de pelicula de Ciencia Ficcion.

Un supuesto, en un accidente de trafico, indemnizacion ...

Un abogado te dice lo que tienes que hacer "pegado" a la ley, y otro te dice lo mismo pero tambien que busques facturas falsas de taxista que te lo van a pagar, que tiene un amigo medico que por 1000 euros te hace un informe favorable, que estes mas tiempo de baja mintiendo al medico ... etc ....

Ya se que abogado prefieres tu .....
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: incredulo en 14 de Septiembre de 2005, 14:40:18 pm
  Yo, evidentemene un abogado con conocimientos y experiencia. Al igual que un medico con conocimientos y experiencia, o un arquitecto con conocimientos y experiencia.
  Es que parece que nos vienes a decir que los conocimientos se pierden con el ejercicio de la profesion.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Guasito en 14 de Septiembre de 2005, 15:00:53 pm
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..., y otro te dice lo mismo pero tambien que busques facturas falsas de taxista que te lo van a pagar, que tiene un amigo medico que por 1000 euros te hace un informe favorable, que estes mas tiempo de baja mintiendo al medico ... etc ....

Está Vd. describiendo delitos tipificados, y permítame que dude muy mucho que ningún Letrado debidamente colegiado aconseje a su cliente ni a nadie delinquir. Además, le recuerdo que si Vd. es conocedor de hechos de este tipo, se encuentra en la obligación legal de ponerlos en conocimiento de la autoridad competente.

En otro orden de cosas, la dicotomía entre "buen" y "mal" abogado que percibe el cliente se resume, en lineas generales de esta manera:

a) Si ganamos el asunto, el cliente piensa ( y así nos comunica desde su desconocimineto del Derecho) que se ha ganado porque él tenía la razón y el asunto estaba clarísimo.

b) Si el asunto lo perdemos, el pensamiento del cliente es: El abogado es malo.

Llegados a este punto solo diré que en esta insigne profesión todo asunto consta de tres parámetros, 1.- Tener razón 2.- Saber pedirla 3.- Que te la den, nosotros solo entramos en el segundo punto, el primero son los hechos y actitudes del cliente y el tercero es decisión exclusiva del juzgador. Dicho esto solo me queda rogar que se sea un poco más riguroso a la hora de verter opiniones sobre  esta ilustre profesión y sobre los Letrados en general.

Saludos al Foro
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 14 de Septiembre de 2005, 15:13:57 pm
Tuno dice. "Personalmente opino que prefiero un recien Licenciado con toda la Legislacion puesta al dia, que no uno que haya estudiado en el 1952 y que solo sabe cobrar por hacer lo mismo siempre."

¿En serio , crees que un recien licenciado se sabe toda la legislación nueva ????????'

La comparación que evaluamos es la de un recien Licenciado en Derecho que quiere ejercer como abogado y uno que tiene unos años ( ¿hablabamos de dos? ) de experiencia  en esta profesión.
El abogado que tu planteas , con 53 años de experiencia se ha jubilado ya.

"Uno que utilice las herramientas actuales (DVD, Internet, etc...) para ver jurisprudencia, derogaciones, etc ... que otro que no sepa de donde se enciende un ordenador, por muy veterano que sea .... "
Que miedo, todos lo saben o tienen personal que busque en los CD Roms de las editoriales a las que están obligatoriamente subscritos.

"Ya se que abogado prefieres tu ....."

Ninguno de los dos pero de esto no se trata, yo no busco abogado, gracias.
Solo prefiero que los futuros abogados tengan el mismo nivel que en todas partes. El nivel de un profesional se mide por su preparación tanto académica como profesional.
¿Por qué crees que las empresas exigientes siempre buscan personal con títulos, idiomas y experiencia.?
Por qué va a pedir menos el cliente que paga.
 Todavía no me he matriculado :P
saludos
Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 14 de Septiembre de 2005, 15:24:17 pm
Lo de los 53 años era un ejemplo .....

No dudes que el que sabe usar Internet, leer un dvd, etc ... tiene acceso a muchisima mas informacion y mas rapidamente que a uno que lo ve como se buscaba antiguamente (BOE papel, Anuarios, Arantzadi papel, etc ...)

Un Recien licenciado obviamente no sabe toda la legislacion (un veterano mucho menos), pero posee unos recursos que hace le sea mas facil acceder a esto ....

Efectivamente, el que paga, elige, pues que dejen que los que no saben se mueran de hambre, pero los que si saben aunque sean recien licenciados, hagan su trabajo .... Ya sabemos que al abogado se va por el boca a boca ...

Una puntualizacion, yo he visto como en casos el abogado lo primero que ha hecho ha sido buscar el nombre en el librito del colegio, para ver el contrincante cuantos años llevaba colegiado (por la posible experiencia) y pegar unos revolcones de miedo con una gran profesionalidad en recien licenciados ...

Lili, la matricula se abre mañana dia 15 ...  ;)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 14 de Septiembre de 2005, 15:32:08 pm
Con perdón,  guasito, esta cita no era mía  sino de tuno.

De todas formas, no nos hagamos ilusiones, que se miente en todas partes y más que nada ante los tribunales.::)
A veces se gana un caso porque  el cliente miente y el abogado lo sabe y  por tanto el cliente no piensa que ha ganado porque tenía razón.
Estoy de acuerdo en que el cliente no puede valorar lo bueno o malo que es su abogado porque no es imparcial.
Si hablamos de ética profesional solo el abogado y sus socios o compañeros, si los tiene, saben si es bueno o no.

"Dicho esto solo me queda rogar que se sea un poco más riguroso a la hora de verter opiniones sobre  esta ilustre profesión y sobre los Letrados en general."

Esto lo pedimos todos de parte de los ilustres colegios de todos los ilustres profesionales pero hay que ganarse una ilustre reputación.
 ;)
Lili
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 14 de Septiembre de 2005, 15:37:41 pm
Lili, la reputacion empieza por uno mismo ...  :)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 14 de Septiembre de 2005, 17:54:31 pm
¡Abajo los colegios profesionales! Tal y como en su día cayeron las cámaras de propiedad (la filiación obligatoria). Y una vez captada la atención  :P... o me prepara la Universidad o me prepara el colegio. Pero que no me timen, que no me digan que me prepara la Universidad y que me den un título que no me sirve para ser profesional o que no me digan que me prepara el colegio y que sea necesario un título para que me preparen.
Bien, yo opto por la Universidad (puesto que los abogados tienen interés en que haya menos abogados).
Que se tiene que cambiar el sistema universitario... que se cambie (ya está en marcha un nuevo cambio; y eso de que los alumnos no tienen prácticas en Derecho.... no es cierto), pero reitero, por favorrrrrrrrrrrr que no me timen: Obtenga Usted un grado de Derecho que le capacite profesionalmente, no obstante que sepa Usted que cunado sea graduado no podrá trabajar en el campo del Derecho. Y ahora viene la risa con sorna, ja  ja  ja.
Salud,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 16 de Septiembre de 2005, 14:25:31 pm
A ver quien le pone los cascabeles al gato, porque se va a generar una "enemistad" con los abogados de los proximos 30 años ... y estos son muy duros porque hablan en el mismo idioma que los politicos .....
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: jbr en 17 de Septiembre de 2005, 10:57:59 am
Hola:

   Sabemos que hay diversidad de pensamientos políticos-económicos, pero a grandes rasgos se pueden dividir en dos, intervencionismo y libre mercado, por ello cada uno le va a dar un enfoque diferente y va a buscar la solución basándose en sus pensamientos políticos-económicos.

   Hay profesiones que requieren unos estudios y una homologación que se ven reconocidos mediante un título, ese título acredita que has “ realizado” la preparación suficiente como para ejercer la profesión. Verbigracia: Médicos, Profesores, Veterinarios, Farmacéuticos, Economistas, Arquitectos, ATS, etc.

   Hay profesiones que no requieren ninguna homologación de estudios, Albañil, Mecánico, Vendedor, Policía, Transportista, Conserje, etc.

   Dentro de los dos grupos hay profesiones que necesitan unos requisitos especiales para poder  desempeñar esa profesión, Farmacia, Transportistas, por ejemplo necesitan de una licencia especial para ello, en mi visión política-económica creo que no es preciso, ya se encargará el mercado de regular las farmacias y los transportistas necesarios, si bien es verdad que algunos pueblos podrían quedarse sin farmacias, pero sería otro asunto a tratar.

   En mi opinión, las profesiones que requieran unos estudios universitarios para ejercer, es la universidad la que se tiene que encargar de preparar lo suficiente a las personas para que puedan practicar esa profesión, porque por ejemplo un peón albañil llega a Oficial de 1ª con su experiencia, lo que no  puede llegar a ser un mancebo en una farmacia.

   ¿Qué es lo que ocurre?, que hay “poderes” que son más poderosos que el Poder legislativo (en mi opinión el ejecutivo y el legislativo es el mismo poder, esto es también para otro debate.) e intentan imponer sus intereses, el colectivo de abogados es muy poderoso, (cuántos hay en el gobierno o su entorno, cuántos en la oposición, cuántos son diputados, senadores ....). Si el poder legislativo “sucumbe” ante el “poder” colegiado estaremos ante un poder débil que se dejará  influenciar por cualquier interés particular.

   Cuándo alguien tenga el título que acredite que tiene los conocimientos suficiente para ejercer una profesión, son los “clientes” los encargados de poner a cada uno en su lugar, dependiendo de la confianza que inspire cada cado uno y es obligación del usuario informarse de lo capacitado que está al que se solicita los servicios.

   Cómo bien se ha dicho, esta vez será más fácil imponer la voluntad del colegio (que tampoco veo por qué tiene que haber un colegio, cuando ya hemos estado en la universidad), porque los que están terminando ahora no les preocupa, a ellos no les afecta.

Saludos cordiales, jbr.

   


 
Título: Prácticas jurídicas para acceder a la abogacía.
Publicado por: eo en 23 de Diciembre de 2005, 22:49:16 pm
"El Consejo de Ministros aprobó remitir a las Cortes un proyecto para que los licenciados en Derecho hagan un curso de postgrado y un examen práctico para ser abogado o procurador.
Un tercio del curso se realizará a través de prácticas externas, y el periodo de pasantía será parte de los cursos formativos. La ley entrará en vigor a los SEIS AÑOS de su aprobación y NO se exigirá a lo YA LICENCIADOS.
Este periodo de formación ya está vigente en la mayoría de los países europeos, por lo que la Ley facilitará la libre circulación de abogados españoles en el ámbito comunitario."
Noticia vista en el txt-tve.
Título: Prácticas jurídicas para acceder a la abogacía.-
Publicado por: eo en 23 de Diciembre de 2005, 22:51:19 pm
"El Consejo de Ministros aprobó remitir a las Cortes un proyecto para que los licenciados en Derecho hagan un curso de postgrado y un examen práctico para ser abogado o procurador.
Un tercio del curso se realizará a través de prácticas externas, y el periodo de pasantía será parte de los cursos formativos. La ley entrará en vigor a los SEIS AÑOS de su aprobación y NO se exigirá a lo YA LICENCIADOS.
Este periodo de formación ya está vigente en la mayoría de los países europeos, por lo que la Ley facilitará la libre circulación de abogados españoles en el ámbito comunitario."
Noticia vista en el txt-tve.
Título: Re: Prácticas jurídicas para acceder a la abogacía.-
Publicado por: eo en 23 de Diciembre de 2005, 22:56:20 pm
Pregunta:
¿ Qué opináis de la futura Ley ?
Y una duda en referencia a "La ley entrará en vigor a los SEIS AÑOS de su aprobación y NO se exigirá a lo YA LICENCIADOS.", se refiere a los licenciados en la fecha de su aprobación, o también a los licenciados desde la entrada en vigor y su aprobación.
Título: Re: Prácticas jurídicas para acceder a la abogacía.-
Publicado por: JCLGCG en 24 de Diciembre de 2005, 00:17:51 am
Que nos pasará a los estudiantede Derechos de la UNED, que llevamos ya 4 años de carrera y nos quedan al menos otros cuatro para licenciarnos?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: eo en 24 de Diciembre de 2005, 01:56:19 am
Por lo q quiero entender, para q nos vamos a engañar entre amigos, la Ley se aplicará a los q se licencien pasados los 6 años de la aprobación de la Ley, vamos, a partir de s entrada en vigor, por lo q si te quedan 4 años, no se te afectaría. Si me equivoco, corregidme.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 24 de Diciembre de 2005, 12:06:10 pm
Yo tenía entendido que iba a tener una vacatio legis de 5 años (pero dan igual que sean 6). Creo que ya dije aquí la razón de una vacatio tan enorme: que la gente que ya esté en la carrera o que vayan a entrar en el curso de la aprobación de la ley no se echen a la calle con la esperanza de que a ellos no les va a tocar.
La ley no va a afectar a los ya colegiados a la entrada en vigor de la ley. Y, repito, es a los colegiados y no a los licenciados. Te puedes licenciar ahora mismo, pero si te colegias dentro de 10 años te afectará la ley.
Y cada vez me parece menos mala esa ley con el futuro que se nos presenta con el nuevo grado. Los nuevos postgrados entran en meses.
Salud,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: eo en 26 de Diciembre de 2005, 14:00:14 pm
IUS, y debes colegiarte como ejerciente, o es suficiente con hacerlo como no ejerciente?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 26 de Diciembre de 2005, 19:32:03 pm
eo, de acuerdo con el Anteproyecto la colegiación como "no ejerciente" no requerirá estar en posesión de la acreditación de aptitud profesional (Disposición adicional 3ª). No será asimismo exigible dicha acreditación a aquellos que ya estuvieren incorporados a un Colegio profesional con anterioridad a la entrada en vigor a dicha Ley (Disposición transitoria 1ª).
Los puntos claves del Anteproyecto son:
Su artículo 2 impone como requisitos mínimos para acceder a las profesiones de Abogado y Procurador los que a continuación se detallan: a) estar en posesión de nacionalidad española o de otro Estado miembro; b) estar en posesión del título de licenciado en derecho válido en España; c) haber obtenido la acreditación de aptitud profesional regulada en esta Ley; d) estar incorporado al correspondiente Colegio de Abogados o de Procuradores.
Así, para ejercer la abogacía, será necesario cumplimentar un novedoso apartado c).La mencionada acreditación será expedida por el Ministerio de Justicia, y se conseguirá mediante la superación de una prueba de aptitud, que se convocará anualmente y estará compuesta de dos módulos: el primero de ellos consistirá en la resolución de un caso práctico, tendrá una duración máxima de seis horas, y durante la misma se podrá hacer uso de todo tipo de textos legales; la segunda y última fase de la prueba se compondrá de la lectura ante la Comisión de Evaluación del ejercicio previamente realizado, así como de la contestación de una serie de preguntas, que versarán tanto sobre dicho ejercicio como sobre normas deontológicas y profesionales.
El primer módulo "cierra" al segundo, es decir, es necesario haber pasado la primera fase de la prueba para poder presentarse a la siguiente.
La prueba de aptitud para el ejercicio de la procura difiere poco en contenido de la anteriormente descrita para el ejercicio de la abogacía.
La Comisión de Evaluación será por tanto el órgano encargado de valorar la aptitud de los aspirantes; su composición está regulada en el artículo 8 de la Ley, que establece que sus miembros serán nombrados por el Ministerio de Justicia, y que para el caso concreto de la prueba de acceso a la abogacía se compondrá de: a) un magistrado o Juez; b) un catedrático o profesor titular de Derecho de la Universidad; c) un vocal en representación del Ministerio de Justicia; y d) un abogado, que actuará como secretario de la Comisión.
Finalmente, se dispone una vacatio legis de 5 años.
Un abrazo,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: ALADINO en 27 de Diciembre de 2005, 00:44:12 am
Dónde podría leer este anteproyecto  de ley?

Merci
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: eo en 27 de Diciembre de 2005, 00:51:18 am
Entonces, de acuerdo con la Disposición transitoria 1ª, es indistinto q la incorporación en el Colegio sea como ejerciente o no ejerciente, como no especifica, estoy en lo cierto o no.
Veràs IUS, te expongo mi caso y mi duda, yo espero acabar este curso, y mi intención es preparar una oposición, y dos compañeros q como yo tienen la misma intención, al ver q la Ley es ya un hecho, han pensado q lo mejor es q nos colegiemos como no ejercientes, para cubrirnos las espaldas, por si el día de mañana alguno quisiera ejercer, y estando ya la Ley en vigor, así evitar tener q realizar la prueba.
Un abrazo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 27 de Diciembre de 2005, 19:01:56 pm
eo, comprendo tu idea. Mira, la Disposiciñon transitoria primera dice exactamente "La acreditación de aptitud profesional no será exigible a quienes estuvieren incorporados a un Colegio de abogados o de procuradores como ejerciente o no ejerciente con anterioridad a su entrada en vigor".
Como yo lo entiendo, tú te puedes colegiar como no ejerciente y si algún día te apetece ejercer y la ley ya ha entrado en vigor no tendrás que sacarte la acreditación de aptitud profesional, sino simplemente abonar los gastos colegiales y no colegiales periódicos derivados del ejercicio.
Se podría pensar que esa transitoria quiere decir que no se exigirá la acreditación a los no ejercientes una vez entrada en vigor la ley, pero que si cuando la ley esté vigente el no ejerciente se quiere pasar a ejerciente entonces tendría que pasar la prueba. No creo que esta interpretación fuera correcta, puesto que la disposición adicional tercera dice que "La incorporación a un Colegio de abogados o de procuradores como no ejerciente no requerirá estar en posesión del de la acreditación de aptitud profesional". O sea, si la DA 3ª ya prevé que ni siquiera se les exija la acreditación a los no ejercientes una vez entrada en vigor la ley, la DT 1ª sólo puede decir que el no ejerciente (antes de la entrada en vigor de la ley) no necesitará la acreditación par pasar a ejerciente (después de la entrada en vigor de la ley). Decir otra cosa sería una tautología, una reiteración inútil de la DA 3ªC por parte de la DT 1ª.
No obstante, puede que en el transcruso del anteproyecto a la ley cambie.
Por cierto, y para ALADINO y el resto, el texto completo del anteproyecto puede consultarse en:
http://www.juecesdemocracia.es/pdf/legislacion/antpProyProc.pdf
Saludos a todos,
IUS
PS. eo, espero darte pronto la bienvenida a la comunidad de juristas. ¡Suerte!
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: eo en 28 de Diciembre de 2005, 18:22:55 pm
Gracias IUS, lo cierto es que la cuestión de colegiado como ejerciente o no ejerciente nos trae un poco de cabeza, y no pocas "discusiones", amigables, por supuesto, y para q después de todas las cábalas q hemos hecho, como bien dices, haya algún cambio.
Un abrazo.

PS. Y yo de que me la puedas dar  ;). GRacias!!
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: ALADINO en 30 de Diciembre de 2005, 19:10:52 pm
He visto colgado el proyecto en la web justicia.es, con fecha 23 de diciembre. Que susto yo acabo este año y tengo temores,no quiero ni pensar el que lo haga en 5 años,ainssssssssssssss ,trabas  mas trabassssssssssss
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 30 de Diciembre de 2005, 20:18:36 pm
Calla, calla, que tenemos mas moral que el ......

Es muy triste empezar una carrera (mi caso) y no saber en que terminos se termina (valga la redundancia).

Esta Ley, ECTS, en fin, tenemos moral, esto debe ser las facilidades del Gobierno a la Universidad (que no en los examenes) con que nos digan en 1º como empezamos y nos aseguren como vamos a terminar, seria suficiente, por encima del colegio de abogados, que es el principal precursor de esta "movida".

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 30 de Enero de 2006, 22:52:30 pm
Bueno, el Anteproyecto de ley de acceso ha dejado de ser Anteproyecto y desde el pasado 23 de diciembre ya se ha convertido en proyecto. A ver si mañana tengo un hueco y os hago un esquema.
De momento, podéis leer el texto completo  aquí (http://www.justicia.es/servlet/Satellite/139-2005%20Sepias%20firma%20Ministro.pdf?blobcol=urlpdf&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=actlegislativa&blobwhere=1135851859148&cachecontrol=5%3A0%3A0+*%2F*%2F*&ssbinary=true)
Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 30 de Enero de 2006, 22:56:06 pm
Si tenéis probelmas con el anterior enlaces, podéis usar este: http://www.icamalaga.es/funcio/legales/lacceso.pdf
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 31 de Enero de 2006, 11:02:44 am
Proyecto de Ley sobre el acceso a las profesiones  de Abogado y Procurador, aprobado por el Consejo de Ministros del 23 de diciembre de 2005. Esquema:
1.- La obtención del título profesional de Abogado o Procurador será requisito imprescindible para la colegiación en los respectivos colegios profesionales (art. 1.4).
2.- Tendrán derecho a obtener dicho título los Licenciados en Derecho o título de Grado que le sustituya (art. 2.1).
3.- El título profesional de Abogado o Procurador, expedido por el Ministerio de Educación y Ciencia, se obtendrá tras la superación de una evaluación y la acreditación de la capacitación profesional ante una Comisión evaluadora. No obstante, para poder acceder a las evaluaciones será necesario realizar unos cursos, reglados y de carácter oficial, de formación especializada acreditados conjuntamente por el Ministerio de Justicia y por el Ministerio de Educación y Ciencia (arts. 2.2 y 2.3).
4.- Los cursos de formación especializada podrán ser organizados e impartidos por las Universidades, las Escuelas de Práctica Jurídica y otros centros de formación práctica profesional para Graduados en Derecho (art. 3.1). En el caso de las Universidades, los cursos serán organizados e impartidos dentro de las enseñanzas oficiales de postgrado y de acuerdo con precios públicos (art. 4.1). La duración de los cursos será de 60 créditos, a lo que habrá que sumar los créditos que se establezcan a la realización de un período de prácticas externas (como máximo un tercio de la duración total de los cursos), con carácter indispensable para la acreditación de dichos cursos, bajo la tutela de un Abogado o un Procurador (art. 4.2, 4.3, 6.1 y 6.2).
5.- Una comisión evaluará y acreditará la formación práctica suficiente para el ejercicio de la profesión, así como el conocimiento de las normas deontológicas y profesionales. Las comisiones para la evaluación de la aptitud profesional, convocadas conjuntamente por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Educación y Ciencia, serán únicas para los cursos realizados en el territorio de una misma Comunicad Autónoma y su composición será fijada reglamentariamente. En dicha composición se asegurará la presencia de representantes de ambos Ministerios y de la Comunidad Autónoma en cuestión, en las que habrá, en todo caso, miembros del Consejo General de la Abogacía o del Consejo General de Procuradores. La evaluación tendrá un contenido único en todo el territorio nacional que será fijado reglamentariamente por el Ministerio de Justicia en cada convocatoria. Las convocatorias tendrán una periodicidad mínima anual y no podrán establecerse un número limitado de plazas (art. 7).
En definitiva, para ejercer la profesión a día de hoy sólo es necesario, en resumidas cuentas, a) estar en posesión del título de Licenciado en Derecho y b) colegiarse, mientras que con el Proyecto para poder ejercer como Abogado o Procurador se deberá a) estar en posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho; b) haber realizado unos cursos reglados, oficiales y sometidos a precios públicos, de formación especializada de postgrado en una Universidad  (¿máster?) o en una Escuela de Práctica Jurídica; c) superar la evaluación de la capacitación o aptitud profesional ante una Comisión; y d) colegiarse en el colegio correspondiente.
El Proyecto de Ley de Acceso no aclara mucho sobre el contenido de la evaluación, que se fijará reglamentariamente, pero de acuerdo con el Anteproyecto podría gravitar en dos pruebas o fases. La primera de ellas, consistiría en la resolución de un caso práctico. La segunda fase se compondría de la lectura ante la Comisión de Evaluación del ejercicio previamente realizado, así como de la contestación de una serie de preguntas que versarían tanto sobre dicho ejercicio como sobre normas deontológicas y profesionales.
Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Hugo en 31 de Enero de 2006, 12:02:32 pm
La disposición final tercera del proyecto de ley dice que ésta no entrará en vigor hasta seis años después de su publicación en el BOE, así que los que hayaís empezado este año (siempre que vayaís aprobando a un ritmo normal) no os pilla la reforma.

Que alivio que no me coja!
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 31 de Enero de 2006, 16:22:40 pm
Habra que apretar ...
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Elfo en 31 de Enero de 2006, 21:15:11 pm
Hola

Desaparece de la DT ha eliminado la referencia a "ejercientes" y no "ejercientes". Debemos enteder que están todos dentro?. Yo creo qeu si, pero si estoy equivocado me gustaria qeu me corrigierais

Un saludo
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Elfo en 28 de Febrero de 2006, 21:38:06 pm
Hola

Retomo el tema porque me ha llegado este enlace, interesante exposicion de lo que puede ser el futuro para esta profesión

http://www.revistauniversitas.org/n03/03-01_portadayeditorial.pdf

Espero que lo encontreis interesante

Un saludo a todos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 02 de Marzo de 2006, 09:10:02 am
Yo hay una cosa que no entiendo.
Yo empeze la carrera 2005 y pongamos que la termino 2010 y me pilla todo esto, segun tengo entendido con los nuevos planes se necesitan 240 creditos para grado y 60 para el curso de formacion para poder ejercer, total 300.

Pero a mi me pillan los 300 de la carrera y 60 del curso, es decir 360 creditos, ¿me daran el posgrado, o que?.

Creo que esto no se esta llevando correctamente, e intentan aplicar un mixto de USA con Europa, que a los que nos pilla en medio (que no somos pocos) nos hace polvo.

Una curiosidad, si yo termine la carrera hace 10 años y me dedico a viajar por el mundo, yo podria ejercer (habiendo olvidado casi todo), pero una persona que acaba la carrera (que esta puesta, y actualizada) no puede ejercer

Joer, cuantas dudas. De todas las maneras yo oigo mucho (en medios) sobre la enseñanza de los niños y sus reformas, pero no oigo nada de esto.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 02 de Marzo de 2006, 14:51:35 pm
Con todo y con esto me gustaría saber que es lo que tiene previsto la UNED en  su condición especial de universidad de educación a distancia. ¿Dónde nos situaremos los estudiantes a distancia en esta conjugación entre nuevos planes de grado y postgrado y el Proyecto de Ley sobre acceso a la profesión de Abogado y Procurador?
Nos ofrecen una titulación de grado que no nos sirve sin el curso corrrespondiente de formación que comprende 60 créditos de los cuales una tercera parte deben ser "prácticas" bajo supervisión de un abogado o procurador. Es más, no sirve para ninguna profesión jurídica sino más bien "parajurídica".
Lo mismo pasa con la titulación de postgrado solo que en este caso estarían incluidos estos 60 créditos y las "prácticas".
¿Estaremos preparados para una prueba ante la comisión evaludadora para obtener el títulos profesional?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 02 de Marzo de 2006, 15:31:27 pm
Tuno, los créditos de tu plan actual no equivalen a los créditos de los nuevos títulos de grado. Tu crédito equivale a 10 horas lectivas, el crédito nuevo (crédito ECTS) equivale a unas 35 horas de trabajo del alumno.
Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Elfo en 02 de Marzo de 2006, 15:42:48 pm
Además, dos son las preocupaciones distintas: por un lado obtener el Grado (plan de estudios) y por otro la obtención de colegiatura para ejercer. Son cosas muy distintas.

Un saludo a todos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tuno en 06 de Marzo de 2006, 15:39:07 pm
Gracias, la preocupacion es a quien nos pilla en medio (nos pillara) ... :)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 24 de Octubre de 2006, 21:08:14 pm
Aprobada en el Senado.
Vid:
http://www.lawyerpress.com/news/20102006_003.html

http://www.elpais.es/articulo/sociedad/titulo/derecho/bastara/ejercer/abogado/elpporsoc/20061020elpepisoc_9/Tes/


Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: GESTOR en 25 de Octubre de 2006, 09:45:54 am
Mi opinion, por lo que he visto y oido, ni calidad, ni preparación ni nada, simplemente criba para que no se cierre el grifo y de paso, mano de obra barata para los despachos establecidos.... gran jugada de las organizaciones de abogados. Digo yo que seguirán con todas las profesiones, los arquitectos (o no es importante hacer casas), los ingenieros aeronauticos, (si no yo no vuelo), etc.

Y digo yo, donde quedó el Practicum incorporado al plan de estudios, que fué de la jerarquía normativa?, o es mas importante esta Ley que la LGSS o el Estatuto de los Trabajadores. A vote pronto vulnera el trabajo x retribución, contrato en prácticas, derecho a indemnización, etc. Pero claro si no existe relación laboral.... como los contratos mercantiles, ja, ja. (Perdón por la sorna, a los que le hayan padecido no les hará ninguna gracia).

Despues, sabeis si estos requisitos de posgrado los van a aplicar solo al ejercicio de la abogacía, o tambien para acceder a oposiciones del grupo A, B.

Un saludo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 25 de Octubre de 2006, 13:57:44 pm

Aunque no nos guste a los que estamos ahora estudiando esta carrera y es injusto en comparación con los que han terminado antes de la entrada en vigor, me parece bien.

Me parece bien todo lo que eleva el nivel profesional de las profesiones libres desde el punto de vista del cliente o paciente.
En otros países ya se está exigiendo desde hace tiempo  a los futuros abogados que acrediten un periodo de prácticas de exactamente dos años y que a continuación se presenten a un examen estatal. La ley aprobada especifica que el 50 % de este periodo tiene que consistir en una formación práctica. Ahora mismo te licencias en la Uned en Derecho y no sabes como montartelo en el mundo de la abogacía. Yo preferiría un año de prácticas. Lo que pasa es que hay que organizarlo todo entre universidades y empresas, bufetes, juzgados, etc. Por otro lado es tarea de las facultades adaptar el programa de la carrera a la nueva situación. La formación académica del grado en derecho tiene que reducirse a un contenido básico, a las asignaturas fundamentales con un enfoque menos teórico y científico. De esta manera el estudiante termina con la formación académica antes que actualmente y puede decidir si quiere trabajar en profesiones parajurídicas, preparar una oposición,  seguir la formación académica en la universidad hasta el postgrado o doctorado o emprender la preparación para ejercer como abogado o procurador.
No me parece bien que la formación  en  a través de  los cursos que se  imparten  en universidades públicas o  en escuelas de práctica jurídica cuesten más que las matrículas regulares  y que   los periodos de prácticas no sean renumeradas como otras las prácticas de licenciados en empresas.
Tended bien en cuenta la entrada en vigor y la vacatio legis:
- "Entrada en vigor. El nuevo sistema entrará en vigor cinco años después de que la ley sea publicada en el BOE. No afectará a los abogados que estén colegiados en ese momento como ejercientes o no ejercientes, o que lo hayan estado en el pasado al menos durante un año. Los que ya estén licenciados en derecho cuando entre en vigor la ley y no estén colegiados, podrán hacerlo durante los dos años siguientes sin necesidad de obtener el título de abogado."

Después de todo para nosotros no estará tan mal.

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Bbueno6 en 01 de Noviembre de 2006, 10:53:32 am
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Aunque no nos guste a los que estamos ahora estudiando esta carrera y es injusto en comparación con los que han terminado antes de la entrada en vigor, me parece bien.

Me parece bien todo lo que eleva el nivel profesional de las profesiones libres desde el punto de vista del cliente o paciente.
En otros países ya se está exigiendo desde hace tiempo  a los futuros abogados que acrediten un periodo de prácticas de exactamente dos años y que a continuación se presenten a un examen estatal. La ley aprobada especifica que el 50 % de este periodo tiene que consistir en una formación práctica. Ahora mismo te licencias en la Uned en Derecho y no sabes como montartelo en el mundo de la abogacía. Yo preferiría un año de prácticas. Lo que pasa es que hay que organizarlo todo entre universidades y empresas, bufetes, juzgados, etc. Por otro lado es tarea de las facultades adaptar el programa de la carrera a la nueva situación. La formación académica del grado en derecho tiene que reducirse a un contenido básico, a las asignaturas fundamentales con un enfoque menos teórico y científico. De esta manera el estudiante termina con la formación académica antes que actualmente y puede decidir si quiere trabajar en profesiones parajurídicas, preparar una oposición,  seguir la formación académica en la universidad hasta el postgrado o doctorado o emprender la preparación para ejercer como abogado o procurador.
No me parece bien que la formación  en  a través de  los cursos que se  imparten  en universidades públicas o  en escuelas de práctica jurídica cuesten más que las matrículas regulares  y que   los periodos de prácticas no sean renumeradas como otras las prácticas de licenciados en empresas.
Tended bien en cuenta la entrada en vigor y la vacatio legis:
- "Entrada en vigor. El nuevo sistema entrará en vigor cinco años después de que la ley sea publicada en el BOE. No afectará a los abogados que estén colegiados en ese momento como ejercientes o no ejercientes, o que lo hayan estado en el pasado al menos durante un año. Los que ya estén licenciados en derecho cuando entre en vigor la ley y no estén colegiados, podrán hacerlo durante los dos años siguientes sin necesidad de obtener el título de abogado."

Después de todo para nosotros no estará tan mal.



¿A quién te refieres cuando dices: "Después de todo para nosotros no estará tan mal"?

Para mí está claro que esta ley; que, por cierto, ya ha sido publicada el día 30 último, no tiene más motivación que la de restringir el acceso a las profesiones de abogado y procurador. Las prácticas, perfectamente se pueden realizar durante los cinco años que, se supone, se necesitan para cursar una licenciatura de las referidas materias. Para ello los prácticum se dan desde el comienzo de la carrera, y si es necesario que para licenciarse se pase una prueba práctica, pues que la impongan, cada cual sabrá, después de licenciarse, cuándo someterse a ella, pero sin plazos, pasantías ni gaitas.

Esperemos la reglamentación de la ley. No quiero ni pensarlo...

Un abrazo para todos. 
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 09 de Noviembre de 2006, 21:56:59 pm
JEFATURA DEL ESTADO (BOE n. 260 de 31/10/2006)
LEY 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Rango: LEY
Páginas: 37743 - 37747:
http://www.boe.es/g/es/bases_datos/doc.php?coleccion=iberlex&id=2006/18870&txtlen=1000
Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 14 de Noviembre de 2006, 12:29:11 pm
Algunas aclaraciones respecto a fechas:
La Ley de acceso entra en vigor el 31 de octubre de 2011. A esa fecha,
1.- Quien ya tenga el título de Licenciado o Graduado en Derecho podrá seguir colegiándose según el sistema tradicional (actual) hasta el 31 de octubre de 2013.
2.- Quien a fecha de 31 de octubre de 20011 todavía no sea Licenciado o Graduado en Derecho, le será aplicable la Ley de acceso si quiere ejercer como Abogado o Procurador. 3.- Quien con posterioridad al 31 de octubre de 2013 y siendo Licenciado o Graduado en Derecho con el título expedido con anterioridad al 31 de octubre de 2011 no esté colegiado (como ejerciente o no ejerciente) o lo haya estado pero durante un tiempo inferior a un año, le será de aplicación la Ley de acceso si quiere colegiarse (de nuevo o por primera vez).
4.- Quien haya estado colegiado al menos un año, no le será de aplicación la Ley de acceso si quiere volver a colegiarse.
Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 20 de Noviembre de 2006, 11:36:07 am
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HOLA A TODOS, HAY UN PUNTO EN LA LEY QUE NO LO VEO CLARO: LA DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA, CUANDO DICE "EJERCICIO PROFESIONAL DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS", ESTO QUIERE DECIR QUE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD (AL TENER CONTACTO DIRECTO CON LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES), ¿DEBERÍAN HACER OBTENER TAMBIÉN EL TITULO PROFESIONAL DE ABOGADO?
UN SALUDO Y GRACIAS
No entiendo la pregunta. Lo que nos dice la adicional tercera es que los Abogados del Estado, Letrados de las Cortes, y similares, Cuerpo jurídico-militar, carrera fiscal, judicial y secretarios... todos ellos del grupo A que necesitaban el título de Licenciado en Derecho para acceder a la función pública no necesitan el título de abogado o de procurador de la nueva ley para ejercer dicha función.
Saludos,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: pulpo en 25 de Noviembre de 2006, 14:59:18 pm
La ley en sí no se aprueba por ser buena ó mala, sino para unificar criterios en el ámbito educativo de la UE. Lo que sucede es que la realidad de la Universidad en España no es la misma que en otros países, lo que producirá forzosamente efectos diferentes, al menos a medio plazo.
El problema principal de España es que sigue habiendo un número excesivo de licenciados, por lo que muchos de ellos terminan trabajando en puestos que nada tienen que ver con su carrera. A esto hay que añadir la preparación, cada vez más deficiente, del alumno que ingresa en la Universidad, debido al fracaso del sistema educativo general.
La nueva ley, al prolongar el tiempo y las dificultades para ejercer la abogacía desanimará a muchos licenciados a intentar ejercer. La profesión de abogado quizá mejore en calidad profesional, pero aumentará el efecto del licenciado fracasado.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 25 de Noviembre de 2006, 18:55:06 pm
Se puede mirar de esta forma pero un licenciado en Derecho que decide a partir de 2011 no hacer dos años de práctica en cursos tipo "escuela jurídica" y en un bufete de abogados, sino ingresa directamente en otro tipo de empresa,  no tiene por qué haber fracasado como licenciado. Será un jurista que trabaja en su especialidad dentro de la empresa privada, banco, etc. Simplemente no ejercerá como abogado o procurador. Igual que un economista puede trabajar como economista en una empresa sin ejercer como economista por cuenta propia. El problema es que se suele confundir el licenciado en Derecho con la profesión del abogado. De ahí surge la idea de fracaso cuando no se lleva, o no se puede llevar a cabo la inscripción en el colegio profesional.
Hay muchas profesiones, muchos puestos de trabajo para los juristas y de hecho muchos de los que ahora sí están inscritos como abogados no ejercen realmente como tal.
En Alemania pasa lo mismo, más o menos, los licenciados ( es cierto que no son tantos dado que hay más restricciones  para el  acceso a la universidad ) en Derecho no terminan todos con los dos años de práctica ( Referendarzeit) y no todos se presentan al examen final ( 2. Staatsexamen). De manera que muchos van con su título ( Diplomjurist) a trabajar en el sector empresarial. Esto no se debe considerar como un fracaso en tu carrera pero seguir el camino hacia la abogacía será un plus y la profesión ganará en prestigio.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: MiLe_TzN en 27 de Noviembre de 2006, 21:55:54 pm
Yo la ley esta no entiendo muy bien para qué vale, aparte de que para que sea más difícil el acceso a las profesiones de abogados y procuradores. Porque abogados hay a patadas, y procuradores también, aunque yo creo que menos. Y es para que no haya tantos. A mí es la impresión que me da. Pero yo sigo diciendo que esta ley es injusta para nosotros, los estudiantes de la uned.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IUS en 30 de Noviembre de 2006, 17:00:38 pm
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HOLA IUS, YO SEGURAMENTE VOY A ACABAR LA CARRERA DESPUES DE EL TIEMPO DE VACATIO LEGIS QUE TIENE LA NUEVA LEY DE ACCESO A LA ABOGACIA, MI DUDA ES LA SIGUIENTE: ¿CUANTO TIEMPO DURA LA PREPARACIÓN PARA REALIZAR EL EXAMEN PARA OBTENER EL TITULO DE ABOGADO? ¿QUE DEBEN HACER LOS QUE ESTÁN TRABAJANDO A TURNOS PARA PODER HACER LA PARTE DE PRÁCTICAS EXTERNAS SIN PERJUDICAR SU TRABAJO? ¿DARÁN FACILIDADES PARA QUE ESTAS PERSONAS PUEDAN REALIZAR LAS MENCIONADAS PRACTICAS?
UN SALUDO Y GRACIAS

La capacitación profesional (o formación especializada) durará un año, lo más seguro en régimen de máster oficial (60 créditos ECTS), que incorporarán (o no) unas prácticas externas tutoradas. LA duda es la siguiente:
Art. 4.3. in fine: La duración de los cursos será de 60 créditos, más los créditos necesarios para la realización de las prácticas externas referidas en el artículo 6.
Art. 6.1: 1. Las prácticas externas en actividades propias del ejercicio de la abogacía o en actividades propias de la procura, con los requisitos que reglamentariamente se determinen, deberán constituir la mitad del contenido formativo de los cursos a que se refieren los artículos precedentes, quedando como parte integrante de los mismos.
El 4.3. dice 60 ECTS de cursos formativos (un año) más prácticas externas.
El 6.1. señala que las prácticas externas serán la mitad de los cursos formativos. Según eso, las prácticas externas serían 30 ECTS.
El problema viene aquí: ¿Los 30 ECTS han de añadirse a los 60 o, por el contrario, están incluidos en los 60? El 4.3 dice 60 + prácticas, es decir 90 ECTS. El 6.1. dice que los 30 deben quedar como parte integrante de los cursos (de los 60). Entonces, (a) ¿las prácticas están comprendidas dentro de los 60? O, por el contrario, (b) ¿las prácticas han de añadirse a los 60?
La opción (a) dejaría la cosa en 60 ECTS, es decir, un año en total.
La opción (b) la dejaría en 90 ECTS, esto es, un año y medio en total.
En todo caso, la realización del máster (y las prácticas) son necesarios para poder presentarse a la evaluación de la aptitud o capacitación profesional) -un examen-. ¿Cómo será el examen? Hasta que no haya un reglamento que desarrolle la Ley no se sabrá, pero dice que se valorarán objetivamente las prácticas y se ha de tener en cuenta el conocimiento de las normas deontológicas.
La convocatoria del examen es, al menos, anual, así que piensa que desde que empiezas la formación hasta el examen pasan entre uno y dos años.
En cuanto a las prácticas y la compatibilidad (por horarios y demás) con un trabajo... hasta que no haya Reglamento no te puedo decir nada.
Un abrazo,
IUS
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Ninxa en 18 de Diciembre de 2006, 22:33:13 pm
Con esta ley se les ve el plumero...

Yo pienso que una vez licenciad@ y tras prácticas y experiencia, es el propio mercado el que decide quién es buen/a abogad@, pues la voz se corre y.. si eres buen@ vendrán más clientes a tí, sino... quedarás fuera de juego.
Esto no es obstáculo para que, en lugar de poner trabas al ejercício de la abogacía se esfuercen por formar bien a los alumnos durante la carrera.
Además, la práctica es importante, pero si no sabes bien la teoría de nada te sirve, esto me lo dijeron los abogados donde hice la pasantía medio año y un Magistrado.
Salu2  ;)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: migueljasso en 03 de Septiembre de 2007, 16:39:35 pm
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El Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley de acceso a la abogacía que entrará en vigor en el año 2012 si es aprobada por el Congreso. La ley supone un endurecimiento del acceso a la abogacía de los futuros licenciados, aunque establecerá un periodo de adaptación para no perjudicar a los estudiantes de Derecho a corto plazo.

La ley preparada por el ejecutivo pretende establecer una nueva serie de requisitos para los estudiantes de Derecho que quieran ejercer la abogacía y la procura. Los licenciados que quieran ser abogados o procuradores deberán realizar una formación práctica y pruebas de capacitación profesional para ello.


Yo no lo veo bien, aunque se que los respectivos colegios si lo han visto bien. Nos piden en definitiva practicas al final de la carrera y un cierto endurecimiento, lo haran con el sistema ingles de Derecho, que no teine nada que ver con el nuestro. Particularmente pienso que en España no hacia falta, un abogado español no va a litigar en Alemania p.e., te buscas un abogado aleman, y viceversa, o es que pretenden que un abogado, al asimilarlo a los paises de la UE sepa el Derecho de los otros paises. Esque quizas piensan que los otros abogados de otros paises son mejores, en base a que?

Entonces tendran que hacer lo mismo con todas las titulaciones, la de Obras publicas que no se reconoce en muchos paises, por ejemplo.

¿QUE OPINAIS AL RESPECTO Y CUAL CREEIS QUE ES EL TRASFONDO DE ESTA LEY?
en mèxico se estàn abriendo universdidades sin ninguna regulación, un estudiante puede acabar la carrera en escasos tres años asistiendo únicamte tres horas diarias. El problema es que puede empezar a llevar casos como pasante jurídico y más adelante se puede recibir de abogado presentando un examen de conocimientos generales. ¿Què nivel puede tener? ¿Qué pasa si un a persona lo contrata y de eso depende una resolución drástica? Ahora también, en nuestro paìs será muy difícil establecer quien tiene la suficiente capacidad moral, jurídica y opreacional para certificar a los abogados.

Título: Situacion en Italia
Publicado por: JFelip en 26 de Septiembre de 2007, 12:56:25 pm
Buenas como parece el tema es caliente. Aportare mi granito de arena.

He estudiado derecho en Italia por 1 año : las condiciones son mucho mas duras que en España.

1) al final de la carrera es necesario presentar una "tesi" para la licenciatura.
    Es requisito obtener un promedio de "25" como votación en los 5 años.

2) luego es necesario hacer practicas por 2 años cursando estudios de practica jurídica
    y practicando casi gratis como "abogado menor" en un despacho de abogados.
    Si tienes 35/45 años ningún despacho de Abogados te aceptara
    Hasta aquí "casi" normal.

3) otro examen 

4) :-[  examen de estado ; aquí las cosas se complican mucho en cuanto las miembros de la
   comisiones de examen son corruptos y no es raro emplear 2 años o mas para aprobarlo.

Incluso hay alumnos licenciados que proceden con la homologación en España para luego inscribirse de inmediato en un Colegio de Abogados de España para volver a Italia ...
esto para saltar el examen de Estado.

Felip
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 26 de Septiembre de 2007, 14:18:14 pm

En Alemania es muy parecido menos en lo de los miembros corruptos 8)  de las comisiones. Después de un primer ciclo, tres cursos, hay que prepararse durante un año sólo o con ayudas de tutores privados para hacer el primer examen de estado. Una vez pasado siguen dos años de prácticas (pagan según aptitudes extraordinarias como idiomas, etc) en bufetes, juzgados, etc.
Después, un segundo examen de estado y sólo una vez aprobado se puede ejercer como abogado, juez, fiscal etc.
Título: Nueva ley ... delante del Supremo solo a 42 años...
Publicado por: JFelip en 27 de Septiembre de 2007, 19:40:49 pm
Gracias Lili por tu información.  ;)

Pues me parece que en Alemania es mas duro que en Italia : dos exámenes de Estado.  :-X

Añado : en Italia un Abogado puede actuar delante de la "Cassazione" ( Supremo ) SOLO DESPUES DE 12 AÑITOS DE EJERCICIO .  :o

O sea que un alumno ( de buen nivel ) que empieza a los  18/20 años la carrera universitaria
sera Abogados a los 30 y podrá recurrir al Supremo Italiano a los...42 añitos. :-X

Saludos
Felip
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: cromwell en 21 de Noviembre de 2007, 22:22:04 pm
Aunque hace ya tiempo, ¿ha habido alguna vez una norma con una "vacatio legis" tan amplia?.¿Por qué no se ha esperado a que se aprobaran los nuevos planes de estudio para conocer mejor como se estructura el grado en Derecho y así no preocupar a la gente por la incertidumbre? Creo que el sistema no es malo si no se convierte en una sangría de dinero para el futuro graduado en el periodo práctico. Por otro lado, hay muchos contratos que se resuelven mediante arbitraje internacional, por lo tanto, es interesante conocer el derecho internacional en estos casos y estar homologado para poder ejercer en el extranjero, sin hablar de la fiscalidad internacional. Para el derecho mercantil y tributario creo que sí es importante. Un saludo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: tesis en 26 de Noviembre de 2007, 16:38:47 pm
Hola a todos!
Acabo de empezar la carrera y he leido este asunto y aunque no lo entiendo muy bien, suena bastante mal, alguien me podria explicar de que trata el tema. muchas gracias
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 27 de Noviembre de 2007, 12:32:54 pm
Mira el hilo " ya comenzó la reforma" en el foro del plan 2000.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Judit en 23 de Diciembre de 2007, 12:16:29 pm
Hola , estaba leyendo el tema por encima y viendo que poníais de ejemplos otras carreras , no se si lo sabéis pero hay carreras en las que necesitas realizar practicas obligatorias para ejercer profesionalmente tu profesion y tras ellas realizar exámenes profesionales al margen de tu titulación académica para poder ejercerla, además de estar en activo para no perder tu titulación profesional.
Los diplomados, licenciados en Náutica, Maquinas Navales y Radioeléctrica Naval, aunque esta ultima titulación se ha extinguido.
Tras realizar la diplomática o licenciatura , si quieres ejercer como oficial de puente o maquinas, tampoco hay otras muchas salidas, debes realizar u n periodo de practicas de 360 días en barcos de bandera extranjera o española, ya depende, no os voy a decir lo que es estar fuera de casa,sin seguridad social y cobrando apenas 300 euros.
Tras estos días navegados y certificados con 2000 papeles, debes presentarse a un examen profesional, para obtener la titulación exigida para ejercer, pero eso no basta si no tienes unos cursos determinados, que durante la carrera NO te dan y debes buscarte la vida, bien en listas de espera o en Instituto Social de la Marina.
Si tras obtener tu titulación, no ejerces en 5 años durante 1 año entero, es decir no embarcas pierdes tu capacidad profesional y debes hacer otro curso para poder ejercer, bueno os resumo porque la Dirección de la Marina Mercante, tampoco pone facilidades.
Ha! Para poder obtener la titulación profesional de Capitán o Jefe de Maquinas, debes volverte a examinar para poder obtener el titulo profesional que te capacita para ejercer, y no os cuento ni la mitad.
Con toda esta parrafada, lo que quiero decir es que en otras carreras y titulaciones universitarias  debes hacer practicas tras la Universidad y con la molestia de tener que estar al día porque NO puedes trabajar.
Así que tomarlo con calma, que una cosa es la titulación académica y otra la profesional.
PD: FELIZ NAVIDAD ;D

Espero haber aliviado un poco la preocupación
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: JFelip en 09 de Febrero de 2008, 20:12:04 pm
Papel mojado ?  ???

Buenas os cuento lo que me ha pasado en el 2006.

Había detectado que una Sentencia del Supremo había tachado me parece el art. 9 de los Estatutos de Procuradores al ser de rango inferior a la LOPJ.

Por lo que presente' Instancia al Ministro de Justicia y en un plazo de unos meses me llego' la noticia que el titulo estaba disponible en el tribunal de justicia. :D

Lo retire' aunque sabia que tenia posibilidades casi nulas de colegiarme.

Al contactar con el decano y secretario del colegio de mi comarca obtuve come era previsible un rotundo rechazo "imposible ! " me dijo el secretario. ???

Pues :
- en la LOPJ no constaba norma alguna que señale de forma expresa de ser licenciados
- en la LEC consta que es preceptivo ser Letrado para ejercer como Procurador pero solo en juicio
- en la LECR no consta nada referente los Procuradores   
- el Colegio de Procuradores de Barcelona intento un Recurso de Casación contra la SS pero no ha sido admitida
- el Consejo General de Procuradores ha presentado Recurso Contencioso Administrativo a la Audiencia Nacional solicitando la suspensión por "perículum in mora" de lo 245 Títulos de Procuradores otorgados por el Ministro. De momento no tenemos noticia alguna que haya prosperado.
Si el Consejo General pierde el Recurso aumentarían las posibilidades de colegiarse.

Como parece existen los requisitos para colegiarse si bien los Colegios se niegan.
En teoría se podría tramitar la solicitud pagando el deposito ' fianza o mediante aval bancario , esperar 3 meses y luego valorar que tipos de acciones legales emprender , prevaricación , recurso administrativo...

Entiendo perfectamente que al no ser licenciado no es coherente pretender de ser procurador.
Pero existen todavía Procuradores que no son letrados ; también muchos oficiales habilitados.
Mi intención era de practicar solo en penal.

Alguien tiene conocimiento sobre este asunto ?

p.s no intentéis de presentar Instancia al Ministro ( ha cambiado ) 8)

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: fsalvador en 22 de Febrero de 2008, 23:13:29 pm
Soy novel en estos menesteres,

Me imagino que será otra calcomanía del sistema norteamericano, esto es , una vez que se obtiene la licenciatura el interesado tiene que superar un examen en el Estado donde vaya a ejercer la abogacía.

Saludos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: victorhugo_40 en 23 de Marzo de 2008, 15:48:00 pm
Lili lo que dices de Alemania ¿qué significa, que la carrera son tres años de estudio más dos de prácticas? ¿sabes las asignaturas?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: abilio en 08 de Mayo de 2008, 12:54:43 pm
Desde mi perspectiva o spuedo decir queteneíla razón del mundo. En el año 89 cuando me incribi en el colegio te hacian dar unos cursos d familia, penal etc, muy deficientes ipartidos por colegiados consagrados.
Lego adar una charla Dolores profesora vuestra de civil y los dejo a los engreidos colegiados con la boca abierta.
Menosmal queentonces eran gratis luego pasaba acostar cada modulo 6000 euros.
En fin que lo que quieren es que haya pocos abogados y ricos si puede ser o con relaciones, sino lo mejor para una perona de la calle obrera es opositar.
Porque para subir al estrado, el miedo escenico se combate con la necesidad, es cuestión de hacerlo, empezar por cosas pequeñas y os dais cuenta de que ne spara tanto.
En fin os saludo y pensarolo bien mas vale una buena oposición,.
Por eso veraís en muchos juzgados que los jueces algunos miran por encima del hombro a los abogados (hijos de papa) por qu ellos solo tuvieon laopción de opositar aunque les gustara la profesión.
Es una pena pero es asi. Cuando me colegie  estaba en Zaragoza Carnicer ahora es el presidente de la Abogacia Española ya ves como cambian las cosas, el me hizo de padrino , porque era requisito indispensble porque no conociaa nadie.os puedo mandar la foto.-
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: abilio en 08 de Mayo de 2008, 13:08:32 pm
Perdonar todos por la escritura lo hago con una mano, a tengo escayolada.
!AH! LA PROFESORA ERA DOLORES BARDAJI CREO QUEESTUDIO EN LA UNED.

Que no os engañen  y sobre todo no os engañéis, sino cumpláis con los requisitos de nene de pelas jamás llevaras un caso cobrando, sino pregunta a tus profesores.
Y eso de la experiencia que alegan e es para reírse. Monte un despacho en Zaragoza conuna Licenciada de de la Universidad de Zaragoza con un año de pasantía  del que presumí mucho, y no sabía cuales eran las fuentes del derecho.
Ya veis hay va el tema, pero es la realidad, cuando mejor estas preparado es cuando estás estudiando sin lugar a dudas.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: AdAstraPerAspera en 18 de Julio de 2008, 02:55:56 am
A mí, francamente, me parece estupendo que se quiera aumentar el nivel de conocimientos de los futuros abogados.

Ahora bien, hago la siguiente reflexión:
Primero. Si pretenden que los abogados pasen unas prácticas después de obtener el grado (¡qué mal suena lo de grado!) he de deducir, cabalmente, que prejuzgan que en las Facultades de Derecho no hacemos ningún tipo de práctica, o bien que la que hacemos no es "adecuada". Entonces...¿no sería más fácil modificar lo necesario en los Planes de Estudio?

Segundo. No seáis tan ilusos como para creer que la práctica es lo más importante. He tenido muchos profesores brillantes, que ejercen como abogados, notarios, jueces, asesores fiscales, etc., que nos han dicho expresamente que con una buena teoría haces una buena práctica. Obviamente, concurrir en el mercado con otros (compañeros, jefes, clientes, etc.) te aporta un extra: intuición, capacidad de diálogo, sentido de la oportunidad, etc. que difícilmente podrás aprender en un libro o de un profesor. Simplemente porque son actitudes no aptitudes. Y como tales, intransferibles subjetivamente.

Tercero. Todo lo que sea mejorar debemos valorarlo positivamente. El gran prestigio de cuerpos como los notarios, registradores, jueces, etc. no está tanto en su conocimiento jurídico (todos habréis tenido, a buen seguro, profesores que no son ni doctores ni catedráticos con un gran conocimiento jurídico y cultura general) sino que está desplazado más bien a su saber hacer. Nosotros, como profesionales que vamos a ser (o sois), debemos buscar con todas nuestras ansias llegar a la excelencia, tanto intelectual como personal.

Cuarto. Prejuzgáis el sistema que se va a implementar en el futuro y lo califícáis de elitista, como perseguidor de una nobleza de estado "abogacil". Pues bien, a mi entender, no creo que vaya a ser así. Como previsiblemente habrá menos estudiantes y, por consiguiente, licenciados, habrá más disponibilidad presupuestaria para conceder becas y demás ayudas públicas. Obviamente, las becas no solucionan todos los problemas que plantea la realidad, pero al menos son un buen paliativo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: amin en 22 de Julio de 2008, 00:41:41 am
creo que el derecho es una carrera que se ha consolidado como eminentemente teorica y se ha cometido un error al no integrar practicum en la carrera..
la finalidad absurda de esta ley es la de disminuir los colegiados?pues el que quiera serlo lo sera o no?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: AdAstraPerAspera en 29 de Julio de 2008, 18:03:42 pm
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creo que el derecho es una carrera que se ha consolidado como eminentemente teorica y se ha cometido un error al no integrar practicum en la carrera..
la finalidad absurda de esta ley es la de disminuir los colegiados?pues el que quiera serlo lo sera o no?

Sobran licenciados en Derecho, es una verdad irrefutable. El mercado no puede absorber tanta oferta, y con ello conseguimos que se devalúe nuestro título (peores condiciones laborales, lo que incluye peores sueldos, jornadas de 12 y más horas, falta de escrupulos y ética profesional, intrigas, etc.).

La posible solución pasa por que eleven el nivel de la Selectividad (que la apruebe más de un 80% es sintomático de que en vez de seleccionar, "deselecciona"); que hagan clases teóricas más sustanciosas (para que un catedrático me lea un libro paso de ir a clase...); y que en los últimos cursos, momento en el que se tienen conocimientos teóricos suficientes, se hagan prácticas tuteladas.

Que se cambie la forma de evaluación; es totalmente irracional que un 7 y un 8.5 sean notables sin más. Debería de adaptarse un sistema que refleje la verdadera composición de conocimientos, como en los másters: el 80% mediocre, y el 20% excepcional.

Finalmente, antes de salir a la "jungla", un examen práctico en el que se resuelva un supuesto real (desde que el cliente viene a nuestro despacho a pedir consejo, hasta que abandona el juzgado tras recurrir, en su caso).

Sólo así elevaremos a un nivel aceptable nuestra profesión. Lo demás es autocomplacencia y lloriqueo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: amin en 06 de Agosto de 2008, 22:41:15 pm
totalmente de acuerdo
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: abilio en 17 de Septiembre de 2008, 20:14:02 pm
Muy bien expuesto IUS,  te lo aseguro, cuando me colegié en le 1990, para que te hagas una idea  en Zaragoza me dieron el numero 7300  , los médicos les daban entonces el 10000, crearon lo del médico de familia   y todos colocados pero en  la administración.
Que hacían  a los miembros de nueva incorporación entonces   pues  sinceramente  era humillante,  el curso de asistencia la detenido para mi era gratis y para los demás,  la siguiente promoción 6000 euros, así, el de familia , trabajo etc, todos un dineral que tendrían que pagar seguramente los pa dres de los nuevos alumnos, y el caso es que en zaragoza seguía habiendo muchos abogados.
Te daban las clases profesionales con 20 años de experiencia  y daban pena de verdad, fue entonces la profesora María Dolores les dio un una clase de civil a los  veteranos y no sabían por dónde salir, era abrumadora. Los profesionales llamados abogados no sabían ni hablar y mucho menos la teórica se había olvidado. Recuerdo cuerdo a Gloria LABARTA con seis pasantes para hacerle las separaciones , no he visto a una tan torpe en mi vida. Mi compañera flamante Licenciada  por la Universidad de Zaragoza con un año de pasantía  no sabía ni las fuentes del derecho, todo esto es cierto, pues ya lleva 20 años de ejercicio,  toda una esperta, y no sabia ni hacer un escrito. En aquellos tiempos estaba haciendo también el doctorado con el profesor SERRANO GOMEZ que veo que ha colocado al hijo  en la mejor situación posible dadas las circunstancias , de todas maneras una persona que de penal dejaba con la boca abierta a los  futuros doctorandos, que eran jueces fiscales militares de lata graduación y el quesuscribe, se lo sabía todo.
Pero en fin la cruda realidad se impuso no se trataba de saber mucho derecho, sino de tener clientes y estuve un año de colegiado en la actualidad trabajo en la administración desde los 20 años y hay sigo, me quede como no ejerciente  y aún les tuve que pedir la venia apara llevarme la separación que gracias  a la procuradora me dijo que había cambiado la ley  y era todo oral, pues aun así con humildad me salió  muy digno. He llevado contenciosos vía sindical, defensa  de administrados, pero de lo que vivo es de mi condición de funcionario, sino te mueres de hambre, sino tienes contactos  no hay clientes, se los llevan los mismos.
Por eso un a Ley  QUE DISCRIMENE, YA LES VALE, BASTANTE DISCRIMINACIÓN  ES LA SER MENOS PUDIENTE Y TENER CLIENTES, SI ERES HIJO DE PAPA NO HAY PROBLEMA TE BUSCARAN LAS AMISTADES UN HUECO, SINO A OPOSITAR LOS MEJORES HAHACERSE JUECES NOTARIOS SECRETARIOS ETC. ESO HAN ECHO LOS QUE YO CONOZCO.-
Hoy en día  no figuro no como no ejerciente porque también hay que pagar ya veremos que pasa cuando  decida hacer algo.-
Pero en fin
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 26 de Septiembre de 2008, 13:48:50 pm
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Lili lo que dices de Alemania ¿qué significa, que la carrera son tres años de estudio más dos de prácticas? ¿sabes las asignaturas?

Son tres años  obligatorios y a partir de ahí te puedes presentar al Primer "Staatsexamen" que se convoca dos veces al año. Pueden darse diferencias según el "Land". Durante los primeros tres años se dedican a los dos grandes bloques, Derecho Privado y Derecho Público que comprenden las asignaturas troncales como Civil, Mercantil, Penal, Administrativo y Constitucional pero no necesariamente Historia del Derecho , Romano o Teoría. En algún momento se elige una asignatura para profundizar en el examen que puede ser una optativa como Tributario o Financiero.
En todo caso hay  mucho menos asignaturas, mucho menos exámenes, sino trabajos que hay que entregar puntualmente y casos prácticos que realizan continuamente.
Normalmente la gente requiere un cuarto año para prepararse al examen general durante el cual puede impartirse clases en academias privadas o en la facultad.
Creo que no hay un límite de tiempo para presentarse a es te examen. Una vez aprobado el gran examen puede solicitarse la plaza para comenzar los dos años de prácticas.
Es una verdadera   y muy completa formación del jurista: con periodos obligatorios en un juzgado civil, penal, varios meses en la fiscalía y otros en la administración. Una vez cumplido estos periodos que son renumerados por el "Land", sigue la formación en bufetes de abogados a libre elección.
A los dos años la formación práctica está completada y el aspirante puede   presentarse al Segundo "Staatsexamen”, eminentemente práctico y tras el cual se obtiene el Título de "Volljurist"  que otorga la aptitud para ejercer ( y sólo entonces) como abogado, juez, fiscal, notario, ....

Con este panorama creo que no podemos quejarnos de la reforma.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: DERECHIS en 30 de Septiembre de 2008, 23:29:46 pm
Oye una pregunta:

Y no es posible que te convaliden las prácticas si llevas unos cuantos años trabajando en un despacho?
Porque sería estupendo!
Y si no puede ser, DESDE AQUI LANZO MI PROPUESTA!!!!!!!!

A ver, los que estamos trabajando ya un tiempo y estamos hartos de ver contratos y demás por qué no se convalida? deberían mirarlo...

Por favor que alguien diga algo!
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: simple22 en 04 de Octubre de 2008, 20:13:18 pm
El problema es que no estoy de acuerdo prácticamente con nadie, ni de los partidarios, ni de los detractores.

Yo, que me licenciaré (si Dios quiere) en diciembre, sé muy bien que no sé casi nada de leyes. Y no sé casi nada de leyes, porque en la carrera sólo se aprenden teorías exóticas y extravagantes que recuerdan vagamente a las leyes. Soy muy aficionado al Derecho, por eso he padecido más que gozado esta carrera.

Ahora bien: creo que el Gobierno es el menos indicado para legislar sobre Educación. Siempre que lo hace, lo hace mal: ahí están las Taifas del fracaso escolar, todo ello brillante.

No: no se quieren asumir las malas obras en este país, siempre la culpa es del otro.

Pero claro, una cosa es que la carrera no sea suficiente y, otra muy distinta que el Gobierno quiera "arreglar" el problema a su manera. ¿Y quién daría esos cursos complementarios? ¿Garzón?
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 06 de Octubre de 2008, 17:45:53 pm
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Muy bien expuesto IUS,  te lo aseguro, cuando me colegié en le 1990, para que te hagas una idea  en Zaragoza me dieron el numero 7300  , los médicos les daban entonces el 10000, crearon lo del médico de familia   y todos colocados pero en  la administración.
Que hacían  a los miembros de nueva incorporación entonces   pues  sinceramente  era humillante,  el curso de asistencia la detenido para mi era gratis y para los demás,  la siguiente promoción 6000 euros, así, el de familia , trabajo etc, todos un dineral que tendrían que pagar seguramente los pa dres de los nuevos alumnos, y el caso es que en zaragoza seguía habiendo muchos abogados.
Te daban las clases profesionales con 20 años de experiencia  y daban pena de verdad, fue entonces la profesora María Dolores les dio un una clase de civil a los  veteranos y no sabían por dónde salir, era abrumadora. Los profesionales llamados abogados no sabían ni hablar y mucho menos la teórica se había olvidado. Recuerdo cuerdo a Gloria LABARTA con seis pasantes para hacerle las separaciones , no he visto a una tan torpe en mi vida. Mi compañera flamante Licenciada  por la Universidad de Zaragoza con un año de pasantía  no sabía ni las fuentes del derecho, todo esto es cierto, pues ya lleva 20 años de ejercicio,  toda una esperta, y no sabia ni hacer un escrito. En aquellos tiempos estaba haciendo también el doctorado con el profesor SERRANO GOMEZ que veo que ha colocado al hijo  en la mejor situación posible dadas las circunstancias , de todas maneras una persona que de penal dejaba con la boca abierta a los  futuros doctorandos, que eran jueces fiscales militares de lata graduación y el quesuscribe, se lo sabía todo.
Pero en fin la cruda realidad se impuso no se trataba de saber mucho derecho, sino de tener clientes y estuve un año de colegiado en la actualidad trabajo en la administración desde los 20 años y hay sigo, me quede como no ejerciente  y aún les tuve que pedir la venia apara llevarme la separación que gracias  a la procuradora me dijo que había cambiado la ley  y era todo oral, pues aun así con humildad me salió  muy digno. He llevado contenciosos vía sindical, defensa  de administrados, pero de lo que vivo es de mi condición de funcionario, sino te mueres de hambre, sino tienes contactos  no hay clientes, se los llevan los mismos.
Por eso un a Ley  QUE DISCRIMENE, YA LES VALE, BASTANTE DISCRIMINACIÓN  ES LA SER MENOS PUDIENTE Y TENER CLIENTES, SI ERES HIJO DE PAPA NO HAY PROBLEMA TE BUSCARAN LAS AMISTADES UN HUECO, SINO A OPOSITAR LOS MEJORES HAHACERSE JUECES NOTARIOS SECRETARIOS ETC. ESO HAN ECHO LOS QUE YO CONOZCO.-
Hoy en día  no figuro no como no ejerciente porque también hay que pagar ya veremos que pasa cuando  decida hacer algo.-
Pero en fin
Abilio: leo que sabes bastante de la realidad del mundo laboral del derecho, yo he visto por ahí que la mitad de los licenciados en derecho trabajan de administrativos, he incluso he conocido un caso de un funcionario que volvió de la excendencia en la que trabajaba en un despacho de abogados porque se trabajaba más y en peores condiciones. Claro que también sé de otro que se montó un despacho por su cuenta y le va bien. ¿De verdad está tan negro el futuro laboral? ¿para qué me va a servir la carrera? si es para colgar el título o trabajar de administrativo no me interesa porque ya he estado haciéndolo y puedo hacerlo sin carrera. Gracias por tu respuesta de antemano.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: simple22 en 06 de Octubre de 2008, 22:47:37 pm
Es que si vas en plan de comerte un pastel: ¡olvídate! Derecho es una carrera vocacional. Y a mí me gustará gane más o menos dinero. Y luego claro: el tema es que una vez que acabas, tienes que estudiar lo que mejor se te dé. Y eso es así hoy, ayer y siempre.

Y te recomiendo los discursos de Maquiavelo sobre el clasismo y verás que es así.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 07 de Octubre de 2008, 19:54:58 pm
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Es que si vas en plan de comerte un pastel: ¡olvídate! Derecho es una carrera vocacional. Y a mí me gustará gane más o menos dinero. Y luego claro: el tema es que una vez que acabas, tienes que estudiar lo que mejor se te dé. Y eso es así hoy, ayer y siempre.

Y te recomiendo los discursos de Maquiavelo sobre el clasismo y verás que es así.
¿Qué quieres decir con lo de estidiar lo que mejor se te dé?  Si lo dices por oposiciones yo ya aprobé la mía, ahora si es por los masteres, doctorados o el CAD...
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: simple22 en 11 de Octubre de 2008, 19:18:37 pm
Me refiero a la especialidad jurídica que más te guste...
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: IESUS en 23 de Noviembre de 2008, 14:19:41 pm
TODOS CONTRA ESTA LEY, TOIDAS LAS UNIVERSIDADES Y FACULTADES DE DERECHO.PLATAFORMA CONTRA LA LEY 34/2006 YA.

INFORME

LEY 34/2006, DE 30 DE OCTUBRE, SOBRE EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR DE LOS TRUBUNALES

Opinamos que es una Ley que discrimina a los estudiantes de Derecho de la UNED, por varios razonamientos jurídico - docentes, y que debe ser modificada, al menos, en su VACATIO LEGIS.

El legislador fundamenta esta Ley haciendo referencia al Art.17.3 CE, “se garantiza la asistencia de abogado…..” y  24 CE “derecho a la tutela judicial efectiva”, así como  a la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial y Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita.

Estos derechos estaban y están tutelados con la actual legislación sobre la colegiación de abogados y procuradores al licenciarse en Derecho, pues para poder ejercer de abogado en TURNO DE OFICIO para la asistencia jurídica gratuita es “condictio sine qua non”  tener una antigüedad de colegiación de 3 años además de asistir a unos cursos de práctica jurídica patrocinados por el Colegio de Abogados correspondiente o por el Consejo general de la Abogacía.
¿Qué diferencia existe entre la situación actual y la que se nos quiere imponer en esta Ley, en beneficio o detrimento de la aplicación de los artículos 17.3 y 24 de la CE de 1978? Ninguna para los ciudadanos que necesiten asistencia jurídica gratuita, mucha para los estudiantes de Derecho.

Dice la Ley, que “la colaboración entre universidades y colegios profesionales es una de las claves del sistema, por ello los cursos de formación requieren un periodo de prácticas profesionales externas”. “La duración de los cursos será de 60 créditos más los créditos necesarios para estas prácticas externas”.

En la UNED, la mayoría de los estudiantes de Derecho somos personas mayores de 25, de 30, de 40 y hasta de 50 años, que trabajamos y estudiamos (por ello estudiamos en la UNED, ese es el espíritu de esta Universidad). Cómo vamos a compaginar nuestro trabajo (jornada partida) con las horas de prácticas externas?

El legislador destaca que esta ley regula dos títulos acreditativos para la aptitud profesional, el título profesional de abogado y el de procurador de los tribunales.

Es que los abogados y procuradores que se licencian y ejercen en la actualidad no están bien preparados? El abogado que se licencia y se colegia como ejerciente, antes ejerce como pasante o se prepara en la escuela de práctica jurídica. Pero los que se quieran colegiar como no ejercientes?, porqué se les aplica de igual manera  esta Ley al ejerciente y al no ejerciente?

La Ley “destaca el establecimiento de un amplio periodo de “vacatio legis”, de modo que no se quiebren las expectativas de los actuales estudiantes de la licenciatura o grado en Derecho”.

Nada más lejos de la realidad; la Ley al establecer una “vacatio legis" de 5 años, vulnera los intereses de, al menos, los estudiantes de Derecho de la UNED, pues en esta Universidad, pocos o ningún alumno cursa en 5 años la licenciatura de Derecho; la media es de 9 a 10 años, por ello es una “ vacatio legis” injusta, discriminatoria y entiendo , que puede vulnerar el Art. 14 CE, en referencia a la igualdad entre las universidades presenciales y la UNED.

Dice la Ley, que las escuelas de práctica jurídica las crean los colegios de abogados y las homologa el Consejo General de la Abogacía, y que estas escuelas para su funcionamiento deberán celebrar un convenio con una universidad pública o privada, para impartir los créditos prácticos que se desprenden de la Ley.

Se desprende de estos artículos y de esta Ley, que está hecha a la medida de los colegios de abogados y procuradores, no a la medida de Universidades, estudiantes y los posibles tutelados por la Asistencia Jurídica (las personas). La homologación en todo caso de toda la docencia y prácticas debería ser competencia de los Ministerios de Educación y de Justicia, no de los colegios de abogados y procuradores.

Según la Ley los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quien ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de entrada en vigor de la Ley.

Entiendo, que no se puede tratar del mismo modo al ejerciente que al no ejerciente; el no ejerciente no ejerce como profesional de la abogacía o procura, por ello no debería serle exigido el título profesional.

Quienes en el momento de la entrada en vigor de esta Ley se encontraran en posesión del título universitario de licenciado o de grado de Derecho dispondrán de un plazo máximo de dos años, a contar desde su entrada en vigor (31/10/2011), para proceder a colegiarse, como ejerciente o no ejerciente, sin que les sea exigible la obtención de los título profesionales que en ella se regulan.

Si a un alumno de la UNED en septiembre de 2011 le queda una asignatura para poder licenciarse, y se presenta al examen extraordinario de fin de carrera de Diciembre, se le vulnerarán sus derechos, pues la ley entra en vigor el 31 de octubre de 2011.

POSIBLES MODIFICACIONES DE LA LEY

1.- Que si algún artículo de esta Ley vulnera el  derecho fundamental a  la igualdad u otra norma tipificada en la CE de 1978, sea modificado.

SOBRE LA VACATIO LEGIS

1.- Que la Ley no se aplique con carácter retroactivo (in malan partem) para todos aquellos estudiantes de Derecho que ya estuvieran matriculados el 31 de octubre de 2006. (fecha de su publicación en el BOE)

2.- O que, la  Ley se aplique a los estudiantes que se matriculen en el curso 2011, que es su entrada en vigor.

3.- O, que la vacatio legis tenga un periodo de 9 años; este si que sería “un amplio periodo de “vacatio legis” de modo que no se quebraran las expectativas de los actuales estudiantes de la licenciatura  o grado de Derecho”, entrando en vigor en  2015, año en el que se extinguen los planes de estudios actuales y solamente estará en vigor el  plan de Bolonia , (GRADO, MASTER Y DOCTORADO).

Estas son algunas consideraciones que aportamos como estudiantes de Derecho de la UNED.

Pensamos que otros compañeros y profesionales pueden aportar más razonamientos jurídicos y docentes, por ello os hacemos llegar este documento para que lo estudiéis, (del mismo modo que el articulado de la Ley) apoyéis y aportéis todo lo que nos pueda beneficiar como estudiantes de Derecho de la UNED.

En Alcalá de Henares a 1 de diciembre de 2007.

MIEMBROS DEL CONSEJO DE ALUMNOS DE DERECHO DE LA UNED
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: ccalvo en 25 de Febrero de 2009, 15:50:44 pm
Estoy totalmente en contra de esta nueva Ley.
Si la finalidad es mejorar la preparación de los futuros ejercientes ¿Porque solamente se aplica a la licenciatura de Derecho y no a todas las demás carreras universitarias?
Además cuando obtienes un titulo certificado por una Universidad quiere deceir que ya tienes los conocimientos necesarios. Con esta Ley se duda de la formación que imparten las Universidades.
Si se considera que esta formación es insuficiente mejorense los planes de estudios o añadanse práctuicas obligatorias durante el proceso de formación como ocurre en otras carreras (un médico o una enfermera tienen prácticas obligatorias pero nadie les vuelve a evaluar una vez obtenido su título para ver si puieden o no ejercer).
Esta es una medida que solamente favorece a aquellos que vayan a percibir las tasas para poder hacer estos exámenes (no hace falta decir quien) y a aquellos que se dediquen a prepararlos.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: motero41 en 25 de Febrero de 2009, 18:13:07 pm
La verdad es que este asunto tiene mucha enjundia y seguramente para sacar conclusiones atinadas habría que estudiarlo desde muchos aspectos.
A un licenciado en derecho que se quiera colegiar, por ejemplo en el ICAM (ilustre Colegio de Abogados de Madrid), debe abonar 920 euros en concepto de inscripción, más 290 euros al Consejo General de la Abogacía más 40 euros trimestrales como cuota colegial más decidir si pagas autónomos o Mutualidad de la Abogacía, total un pico, eso sin contar con las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF que evidentemente nutren las arcas del Estado.

Por otro lado está el negocio de los cursos de práctica jurídica; te cuesta a partir de los 2500 euros, en la UNED ya sabemos que es más, pero esa cifra es lo que cuesta en el Complutense; si nos vamos al ICAM un curso de práctica procesal civil de 180 horas te cuesta unos 1800 euros y el Master de Derecho Privado 6000 euros. O sea una PASTA.         Si te vas al CEF apaga y vámanos .........................Pero ¿porqué poner cortapisas al acceso a la profesión de abogado? ¿Quién se beneficia de ello?.
En primer lugar se me ocurre intereses políticos, es sabido, por ejemplo, el feroz deseo de la Sra. Esperanza Aguirre en la privatización del Turno de Oficio. Se me ocurre los intereses un tanto espúreos de las grandes firmas de abogados y de las empresas dedicadas a la formación de abogados: He visto Master de más de 60.000 euros, así las cosas, no me queda otra que pensar que esto es un negocio. Hace unos años se diferenciaba  una persona de otra por una licenciatura, después por un Master, a poder ser en el extranjero y ahora por un Master de varios miles de euros con dos idiomas, y para acceder a eso se necesita PODERIO ECONÓMICO, en realidad  la situación no se diferencia tanto de lo que ocurria hace unas décadas. Aún así no creo que los jóvenes abogados lo hagamos tan mal.

Saludos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Hispania en 21 de Marzo de 2009, 04:56:39 am
Ufff.....!!!, tengo que rematar la "faena"

Un saludo
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: GENOVEVA04 en 08 de Octubre de 2009, 15:17:44 pm
Hola a todos:

Quiero dejar constancia de que esta es mi opinión personal acerca de esta Ley y os aseguro que hablo con conocimiento de causa. Pido discuplas por mis palabras si alguien se siente ofendido.

Pues opino que esa Ley la han debido de confeccionar para todos esos niños de papá que sólo por el hecho de tener un padre Abogado con despacho, a las primeras de cambio pueden ejercer la profesión. Porque los que de verdad hemos incado los codos para obtener el título, encima por la UNED, --y por suerte o desgracia--, no tenemos un papá Abogado, no necesitaremos ni más años de estudio ni la práctica exigida por dicha Ley.

Pienso que la profesión de Abogado debería exigir vocación, responsabilidad y mucho interés. Y cualquier otro ingrediente te lo facilitará la experiencia, año tras año de ejercicío.

Un saludo,
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 25 de Noviembre de 2009, 15:29:31 pm
Hola compañeros:

Acaba de salir: Ley 17/2009 sobre LIBRE acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Importante ver, para saber a donde vamos y que futuro tiene la Ley de acceso a la abogacía, profesiones como la de procurador, etc.

 ;D ;D ;D Parece que por muchos insistan, España, aunque rezagada no se queda atrás de Europa. Será que la evolución hacia el amor puede más que el interés de unos pocos egoístas que no ven más allá, me alegro mucho.

Un saludo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CANOVAS en 25 de Noviembre de 2009, 17:23:35 pm
La Ley Omnibus no afecta a los abogados. La colegiación obligatoria está en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 26 de Noviembre de 2009, 15:33:32 pm
 Discrepo, afectará, ¡ya lo verás!. Un saludo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 26 de Noviembre de 2009, 15:42:18 pm
Como bien apuntas Canovas, veo que estas al día, no sólo es interesante la "Ley Omnibus".Ver también "Ley Paraguas", a ver si no influye en la colegiación, entre otras cosas no menos importantes, en los bolsillos de los que se den de alta en el Ilustre colegio.  ;D ;D ;D.
Un saludo, amigos. ;)
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 26 de Noviembre de 2009, 15:49:55 pm
Para ejercer como procurador hay que colegiarse. Este trámite depende de dónde se pretenda trabajar y no es cualquier cosa. Su precio puede variar, y mucho, de un lugar a otro. En Sevilla o Madrid, la cuota a pagar asciende a 6.000 euros. En otros sitios la cantidad baja considerablemente. Es una de las situaciones con las que pretende acabar el Gobierno en una de las dos leyes cuya aprobación ha puesto en marcha el Ejecutivo para adaptar en España la normativa europea de servicios. Quiere que las cantidades a pagar por un millón de profesionales en todo el país para colegiarse se ajusten a los gastos de tramitación.

Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 26 de Noviembre de 2009, 15:53:44 pm
 Colegios profesionales. Probablemente serán los más afectados por las modificaciones. La reforma que se plantea es la más ambiciosa del sector desde 1974. Además de facilitar el acceso al ejercicio de la profesión, a través de los cambios en las cuotas de colegiación, el Ejecutivo prevé que la ley ómnibus acabe con los baremos orientativos de precios que establecen los colegios profesionales. Se trata de acabar con un mecanismo que, según explicó Torres, obstaculiza la competencia. Otro objetivo es acabar con la obligatoriedad de los visados, que pasarán a ser voluntarios, salvo cuando las leyes dicten lo contrario. También se permite a los colegiados hacer publicidad directa de sus servicios.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 26 de Noviembre de 2009, 15:55:51 pm
Además, me cuestiono, y que cada uno piense en ello: ¿qué es un colegio profesional sino una asociación de profesionales?.
¡Ya basta de monopolismos sin justificación!.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CANOVAS en 26 de Noviembre de 2009, 16:58:49 pm
Con todo el respeto, PATYP, pero...

¿que tiene que ver todo esto que pones con ley 34/2006?

Ni la ley omnibus y la paraguas afectan a todos los estudiantes, que acaben la carrera despues del octubre de 2011 y que quieren ejercer la abogacía o la prócura.

La única ley que nos perjudica es la de Acceso a la Abogacía,

¡ No os liéis !,¡¡ Ha sido este p... gobierno intervencionista quien la ha aprobado en connivencia con los colegios de abogados y sus escuelas de prácticas jurídicas para eliminar competencia y de paso, forrarse !!
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PATYP en 14 de Diciembre de 2009, 18:04:39 pm
Canovas, con todos mis respetos igualmente, te doy mi opinión, pienso que afectan porque la Ley de acceso a la abogacía y procura (Ley 34/2006) va en contra de las directrices Europeas, sobre libre mercado e igualdad de condiciones.

Como dices: "Ha sido este p... gobierno intervencionista quien la ha aprobado en connivencia con los colegios de abogados y sus escuelas de prácticas jurídicas para eliminar competencia y de paso, forrarse !!".

Por regla general, todo el gobierno y demás mandatarios, son puestos por herencia, sus padres ya mandaban y todos portaban su titulito universitario, ahora no saben cómo hacer, puesto que si dejan libre juego a la competencia, esto puede cambiar de manos...

Con dinero antaño se arreglaba todo, hace unos treinta años, eran muchas las personas que no podían ir a la universidad, ahora van demasiados, buscan nuevas formulas para cerrar el filtro, como las colegiaciones, pero va el no adinerado y pide un préstamo, ya paso el filtro...

Creo la Ley de acceso a la Abogacía, ha sido un último suspiro para intentar seguir con estos estamentos privilegiados, que en España, tristemente, ya sobran, y va en contra las directrices comunitarias, por ello, se le cae encima todo lo que venía del resto de Europa.

Me lastima ver, por ejemplo, como en una crisis matrimonial contenciosa, hay que pagar un cartero de lujo, cuando tenemos correos y funciona muy bien, el que quiera que opte por tener procurador...

Es sólo efecto de la dualidad, si hay parte buena, también tiene que haber mala, y aquí está la Ley de Acceso, dentro de la parte oscura, a mí humilde y actual entender.

Un saludo.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: john_7 en 14 de Diciembre de 2009, 20:09:49 pm
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Con todo el respeto, PATYP, pero...

¿que tiene que ver todo esto que pones con ley 34/2006?

Ni la ley omnibus y la paraguas afectan a todos los estudiantes, que acaben la carrera despues del octubre de 2011 y que quieren ejercer la abogacía o la prócura.

La única ley que nos perjudica es la de Acceso a la Abogacía,

¡ No os liéis !,¡¡ Ha sido este p... gobierno intervencionista quien la ha aprobado en connivencia con los colegios de abogados y sus escuelas de prácticas jurídicas para eliminar competencia y de paso, forrarse !!

En mi humilde opinión y básica interpretación Canovas, si afectará a los estudiantes de derecho como nosotros pues según interpreto yo ( a lo mejor son mis ganas de que la ley 36/2006 se vaya a tomar por....), en la ley 17/2009 , ley paraguas, dice las profesiones que quedan excluidas de dicha ley y en las que no figuran ejercer la abogacía y el ser procurador (véase art.2.2) y que además establece en el art. 2.4 que la ley paraguas prevalecerá sobre disposiciones anteriores si causaren conflictos.
Aquí dejo la ley para que la miréis.
www.boe.es/boe/dias/2009/11/24/pdfs/BOE-A-2009-18731.pdf
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: anjugar en 22 de Marzo de 2010, 19:05:21 pm
Este hilo de debate que comenzó hace unos cuantos años, cobra actualidad ahora que los que estamos estudiando la licenciatura, vamos a tener que pasar dos años de master para poder ejercer, al igual que los del grado, cuando nosotros habremos cursado las mismas asignaturas que quien pudo terminar en el año 2005 y pudo ejercer directamente la profesión. Si esto no es un agravio comparativo que alguien me lo explique.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: maras_57 en 25 de Marzo de 2010, 00:51:29 am
  Se armó una plataforma en facebook, en contra de esta ley, para el que quiera unirse:

  http://www.facebook.com/pages/No-a-la-ley-342006-de-acceso-a-la-profesion-de-Abogado-Espana/111313148881362?created&v=info#!/pages/No-a-la-ley-342006-de-acceso-a-la-profesion-de-Abogado-Espana/111313148881362?v=wall

Saludos!
Título: Noticia Expansion Acceso Abogacía
Publicado por: dru en 22 de Abril de 2010, 09:27:14 am
Hola a tod@s.

A continuación acompaño noticia aparecida en Expansión, hoy jueves 22-4-10.



Portada  > Jurídico

JORNADA DE FIDE

El mercado no tendrá nuevos abogados entre 2012 y 2014

Publicado el 22-04-2010 , por M. Serraller/ C. García-León


El cuarto y último borrador del Reglamento de la Ley de Acceso a la Abogacía estará en el Consejo de Estado en junio. "El desarrollo reglamentario es inminente y vendrá acompañado de la orden ministerial".


Así lo adelantó ayer Daniel Entrena, asesor en el gabinete del ministro de Justicia y profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III de Madrid, en un foro que organizó la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE).

En octubre de 2006 se aprobó un Real Decreto que establece que para poder ejercer como abogado, el licenciado en Derecho (a partir de ahora, graduado) debe hacer un curso o máster y unas prácticas que se extienden un año y medio, y un examen. La Ley de Acceso será efectiva en 2011.

De esta forma, el año que viene saldrán al mercado los últimos licenciados enDerecho. Quienes acaben sus estudios en 2012 deberán cursar el máster y las prácticas y hacer el examen, por lo que no podrán ejercer hasta 2014. Algunos de los despachos presentes en el foro lamentaron este panorama, ya que contratan a numerosos juniors.

Entrena aseguró que “las universidades tendrán tiempo de adaptarse a la nueva norma y que la prueba se adecuará a los contenidos del grado”. Asimismo, avanzó que “el máster buscará la especialización en las distintas áreas de la Abogacía”. También detalló que “las prácticas se podrán realizar, además de en despachos, en asesorías jurídicas de empresas e instituciones, en juzgados, etc.”. Estas cuestiones inquietan a universidades, despachos y colegios de abogados.

Entrena y algunos de los asistentes hicieron un llamamiento para que estos operadores no utilicen el acceso a la abogacía para llevarse parte del mercado. Además, Entrena negó que haya problemas de comunicación entre los ministerios de Justicia y Educación. El penalista Luis Rodríguez Ramos, vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid, lamentó que el título no lo vaya a expedir el Ministerio de Justicia.

Por su parte, Nazario de Oleaga, decano del Colegio de Abogados de Vizcaya, criticó el retraso y las incoherencias del proceso aunque alabó que ya se incluya la deontología. Y se preguntó "qué va a implicar ser abogado" cuando cada universidad podrá fijar los contenidos teóricos que considere.

En cuanto a la rivalidad entre Universidad y colegios, Lorenzo Prats, catedrático de Derecho Civil en la Autónoma de Barcelona, pidió que “se aúne el gremialismo y lo estatal”. Isabel Gozalo, letrada del Consejo General de la Abogacía (CGAE), en cambio, cree que “ya ha pasado el tiempo de la Universidad y es el momento de los colegios”.

La importancia de la prueba
La Ley de Acceso pretende facilitar el ejercicio de la profesión en el ámbito internacional (España era el único país de la Unión Europea que no tenía regulado el acceso a la profesión de abogado) y dotar de una mayor calidad a la formación. Con una inusitada vacatio legis de 5 años, la ley se ha topado con el proceso de Bolonia y con la trasposición de la Directiva de Servicios.

Concepción Molina Blázquez, decana de la Facultad de Derecho de Comillas-ICADE, incidió ayer, junto a Marta Mª Ballesteros, letrada del CGAE, en la “importancia de la prueba”. En la que de momento no interviene la Universidad.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Drop en 22 de Abril de 2010, 12:33:24 pm
El cuarto borrador del Reglamento de la Ley de Acceso se presentará al Consejo de Estado antes del verano: http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/2080386/04/10/El-Reglamento-de-la-Ley-de-Acceso-estara-listo-para-antes-de-verano.html
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: jbr en 22 de Abril de 2010, 13:33:52 pm
Hola:

  Sí, pero siguen sin enterarse, entre otras cosas porque no le decimos nada los afectados. Hablan como si los que nos vamos a licenciar no existiésemos, hablan del Grado, del plan Bolonia, del acceso, pero no dicen nada de los que se van a licenciar después del 30 de octubre de 2011.

  Como bien dicen en un artículo que he leído, desde octubre del 2011 hasta el 2014 no habrá nuevos abogados como mínimo. En fin que es una causa perdida, con lo han sabido hacer, con una vacatio legis tan amplia, pues a jod**** toca.

  Saludos,

   jbr
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: jbr en 22 de Abril de 2010, 13:37:15 pm
Y en otro orden de cosas, no sé cuantos alumnos perderá la UNED con la dichosa ley, pues a ver como la mayoría de nosotros podrá realizar dos años de prácticas, ¿dejas tu trabajo para irte de becario?.

  Saludos,
   jbr
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Drop en 22 de Abril de 2010, 14:16:12 pm
Sí, el tema resulta preocupante. La UNED tendrá que plantearse algún sistema razonable, espero, para poder hacer este curso.

He encontrado este borrador (pero no sé qué versión es, si ya llevan tres!): http://www.uch.ceu.es/principal/gestionarblogsCeu/imagenesBlog/2_2010/69070924_02_2010.pdf

Una cosa que tendrá que plantearse el curso que viene es el tema de la calificaciones de septiembre, de la resolución de las reclamaciones de exámenes, reunión y decisión urgente del tribunal de compensación, etc, adelantar los plazos en todo, pues la fecha (31 de octubre) impediría la compensación según los plazos actuales.

 
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: jbr en 22 de Abril de 2010, 14:27:10 pm
Estimado Drop:

  Efectivamente, yo voy muy forzado para terminar el curso que viene, me veo en septiembre del 2011, con una asignatura que no me aprueban y no sé las notas hasta el 10 de octubre, pero como las actas oficiales no es hasta pasado el plazo de alegaciones, pues no sé que fecha tendría el título.
 
  En fin... de locura, ya veremos qué ocurre, ya veremos en el foro dramas gravísimos, que por nada tendrás que tardar 3 años más en poder colegiarte, pero eso sí... eso dará mucha más seguridad jurídica a tus clientes.

  Saludos,

   jbr
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Drop en 22 de Abril de 2010, 17:22:13 pm
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Estimado Drop:

  Efectivamente, yo voy muy forzado para terminar el curso que viene, me veo en septiembre del 2011, con una asignatura que no me aprueban y no sé las notas hasta el 10 de octubre, pero como las actas oficiales no es hasta pasado el plazo de alegaciones, pues no sé que fecha tendría el título.
 
  En fin... de locura, ya veremos qué ocurre, ya veremos en el foro dramas gravísimos, que por nada tendrás que tardar 3 años más en poder colegiarte, pero eso sí... eso dará mucha más seguridad jurídica a tus clientes.

  Saludos,

   jbr


Efectivamente.  Por eso, habría que plantearse al comienzo del curso que viene -si no desde ya- dirigir cartas a la Decana, y planteárselo a los Delegados de Centro, para que se tenga en cuenta. Incoluso acelerar el sistema para pedir una certificación y pagar las tasas.

De hecho, bien podría tenerlo en cuenta directamente el Gobierno y hacer un cambio en la ley para retrasar el plazo en un mes. Incluir la convocatoria extraordinaria lo veo más difícil, porque otras universidades la tienen en febrero.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: HOUSTON en 22 de Abril de 2010, 19:41:29 pm
Hola chic@s:

  Tengo una duda (bueno, una de entre un millón).  Antes era un anteproyecto, ahora ya es un proyecto de ley ¿Pero cuándo entra en vigor?  Si no queremos que nos coja ¿no tendremos que tener la carrera terminada antes del 2011??   :o

      Un abrazo para todos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: jbr en 22 de Abril de 2010, 20:33:10 pm
Es la ley 34/2006, nada de anteproyecto. Ahora lo que se está discutiendo es el Reglamento que la desarrolla, pero nada de ampliar el plazo.

  Si no estás licenciado antes del 30 de octubre de 2011, pues ya sabes, dos años de prácticas más aprobar un examen, (esto es lo que se está discutiendo, quién se queda con la pasta de esto), si trabajas, pues despídete de ser abogado.

  Saludos,
  jbr
NO A LA LEY 34/2006
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: magón en 22 de Abril de 2010, 20:39:46 pm
de la web de expansion de hoy

El mercado no tendrá nuevos abogados entre 2012 y 2014
Publicado el 22-04-2010 , por M. Serraller/ C. García-León

El cuarto y último borrador del Reglamento de la Ley de Acceso a la Abogacía estará en el Consejo de Estado en junio. "El desarrollo reglamentario es inminente y vendrá acompañado de la orden ministerial".


Así lo adelantó ayer Daniel Entrena, asesor en el gabinete del ministro de Justicia y profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Carlos III de Madrid, en un foro que organizó la Fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE).

En octubre de 2006 se aprobó un Real Decreto que establece que para poder ejercer como abogado, el licenciado en Derecho (a partir de ahora, graduado) debe hacer un curso o máster y unas prácticas que se extienden un año y medio, y un examen. La Ley de Acceso será efectiva en 2011.

De esta forma, el año que viene saldrán al mercado los últimos licenciados enDerecho. Quienes acaben sus estudios en 2012 deberán cursar el máster y las prácticas y hacer el examen, por lo que no podrán ejercer hasta 2014. Algunos de los despachos presentes en el foro lamentaron este panorama, ya que contratan a numerosos juniors.

Entrena aseguró que “las universidades tendrán tiempo de adaptarse a la nueva norma y que la prueba se adecuará a los contenidos del grado”. Asimismo, avanzó que “el máster buscará la especialización en las distintas áreas de la Abogacía”. También detalló que “las prácticas se podrán realizar, además de en despachos, en asesorías jurídicas de empresas e instituciones, en juzgados, etc.”. Estas cuestiones inquietan a universidades, despachos y colegios de abogados.

Entrena y algunos de los asistentes hicieron un llamamiento para que estos operadores no utilicen el acceso a la abogacía para llevarse parte del mercado. Además, Entrena negó que haya problemas de comunicación entre los ministerios de Justicia y Educación. El penalista Luis Rodríguez Ramos, vicedecano del Colegio de Abogados de Madrid, lamentó que el título no lo vaya a expedir el Ministerio de Justicia.

Por su parte, Nazario de Oleaga, decano del Colegio de Abogados de Vizcaya, criticó el retraso y las incoherencias del proceso aunque alabó que ya se incluya la deontología. Y se preguntó "qué va a implicar ser abogado" cuando cada universidad podrá fijar los contenidos teóricos que considere.

En cuanto a la rivalidad entre Universidad y colegios, Lorenzo Prats, catedrático de Derecho Civil en la Autónoma de Barcelona, pidió que “se aúne el gremialismo y lo estatal”. Isabel Gozalo, letrada del Consejo General de la Abogacía (CGAE), en cambio, cree que “ya ha pasado el tiempo de la Universidad y es el momento de los colegios”.

La importancia de la prueba
La Ley de Acceso pretende facilitar el ejercicio de la profesión en el ámbito internacional (España era el único país de la Unión Europea que no tenía regulado el acceso a la profesión de abogado) y dotar de una mayor calidad a la formación. Con una inusitada vacatio legis de 5 años, la ley se ha topado con el proceso de Bolonia y con la trasposición de la Directiva de Servicios.

Concepción Molina Blázquez, decana de la Facultad de Derecho de Comillas-ICADE, incidió ayer, junto a Marta Mª Ballesteros, letrada del CGAE, en la “importancia de la prueba”. En la que de momento no interviene la Universidad.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Francisco1345 en 22 de Abril de 2010, 22:50:57 pm
¿Pero, y que nos dice nuestro Delegado de Alumno al respecto?
¿Que dice nuestra UNED?

Un cordial saludos a tod@s
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: amartin654 en 22 de Abril de 2010, 23:08:25 pm
Mucha suerte pata todos los que tengan posibilidades de licenciarse este año o el año que viene.

Saludos cordiales de Álex desde Huelva.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: maras_57 en 22 de Abril de 2010, 23:46:30 pm
Nuestro delegado? felipe? brilla por s ausencia. hace un par de semanas le escribí al respecto, aún no me ha respondido. El año pasado le dije si sería posile que en el 2011 los examenes de setiembre, para los que nos licenciemos ese año, se pudieran adelantar, o al menos corregirlos con prisa, y el examen de fin de carrera hacerlo a principio de octubre. Y ver si era posible realizar la compensación antes de la enrada en vigor de esta ley, tampoco me respondió.
  Nada compañeros, estamos solos en esto   :(
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Helle en 29 de Abril de 2010, 13:43:25 pm
Lo que a mí me indigna mucho es que hay abogados ejerciendo en España que no han estudiado las leyes españolas.  :o Sí, así es. Si has estudiado Derecho cinco años en un país miembro de la UE, sólo tienes que homologar tú título (un simple trámite) y puedes colegiarte en un Colegio de Abogados español. No tienes que haber estudiado ni una sola ley española ni saber hablar español. De este tipo de abogados hay muchos en la Costa del Sol.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: PRINCESA36 en 07 de Julio de 2010, 19:17:04 pm
Hola a tod@s os quería hacer una pregunta, a ver si me aclaráis una duda que tengo, si yo me colegio como abogada no ejerciente y una vez que la ley entre en vigor, teniendo en cuenta la Disposición transitoria única, párrafo 1 "Los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quienes ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley", me podría colegiar como procuradora sin que sea de aplicación esta ley.
No sé si me habéis entendido, a ver si me podéis ayudar.
Saludos.

Maite.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Juaniz en 09 de Julio de 2010, 19:45:15 pm
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Hola a tod@s os quería hacer una pregunta, a ver si me aclaráis una duda que tengo, si yo me colegio como abogada no ejerciente y una vez que la ley entre en vigor, teniendo en cuenta la Disposición transitoria única, párrafo 1 "Los títulos profesionales regulados en esta norma no serán exigibles a quienes ya estuvieran incorporados a un colegio de abogados o procuradores, como ejercientes o no ejercientes, en el momento de la entrada en vigor de la presente ley", me podría colegiar como procuradora sin que sea de aplicación esta ley.
No sé si me habéis entendido, a ver si me podéis ayudar.
Saludos.

Maite.

Difícil cuestión planteas. De antemano sabrás que existe incompatibilidad para el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogado y procurador (art. 22 EGA), ahora bien, si lo que planteas es la colegiación como no ejerciente en ambos colegios de abogados para en un futuro ejercer una u otra profesión, es más discutible, pues el tenor literal de la norma hace referencia sólo al "ejercicio".
En fin, que, salvo que algún compañero pueda aclarar algo la situación, lo mejor es que te acerques al colegio de tu localidad y preguntes.

Saludos
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: cfloriano3 en 18 de Mayo de 2011, 18:41:01 pm
Buenas tardes, en definitiva todo es complicar el acceso a una libertad de ejercicio como es Derecho, las nuevas leyes que ondean por tierras españolas por no decir autonomica que seran pronto lo que pretenden es dividir el ser colega en Colegios Profesionales, desamparando el propio significado de Colegio Profesional que es ayuda entre compañeros.

Las facultades de derecho se han visto sometidad a rectificar la libertad de cátedra de los profesores por leyes impuestas desde gobiernos que carecen en la mayoria de los casos de formacion para elevar a naturaleza de ley( o cualquiera de sus formas ) deseos que son meramente electoralistas.

creo que ante todo prima el ordenamiento jur del pais respecto a sus profesionales y estos  ultimos tiene que ser los que decidan si desean o no formarse para ejercer en otro pais, siempre por voluntariedad no por obligacion
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: abogadounedbcn en 17 de Junio de 2011, 10:35:36 am
Buenos dias a tod@s,

No se si ya teneis el reglamento de acceso a la profesion de Abogado y Procurador ,
por si alguien no la tiene aqui os dejo el enlace

http://www.icab.cat/files/242-266430-DOCUMENTO/reglamento-acceso-abogado-procurador.pdf

un saludo

Abogadounedbcn
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 29 de Junio de 2011, 19:55:38 pm
Gracias compi, aún no lo tenía físicamente.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 30 de Junio de 2011, 05:55:01 am
Lili
Citar
Con este panorama creo que no podemos quejarnos de la reforma.

Lili tiene mucha razón. Yo también estudié en Alemania y conocía a muchos a punto de tener un ataque por estar estudiando Derecho y más antes del "Staatsexamen" en donde tenías que saber todo lo que aprendiste en 2 o 3 años en un examen. En España era más suave.
Título: Re: Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 12 de Septiembre de 2011, 23:52:28 pm
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Lo que a mí me indigna mucho es que hay abogados ejerciendo en España que no han estudiado las leyes españolas.  :o Sí, así es. Si has estudiado Derecho cinco años en un país miembro de la UE, sólo tienes que homologar tú título (un simple trámite) y puedes colegiarte en un Colegio de Abogados español. No tienes que haber estudiado ni una sola ley española ni saber hablar español. De este tipo de abogados hay muchos en la Costa del Sol.

¿Te indigna? ¿por qué? Si eres abogado en España tienes exactamente el mismo derecho en cualquier país de la UE. Además que eso que dices no es tan facil. Ese simple trámite que tu dices puede llevar hasta tres años. Y con el te puedes colegiar como abogado lo mismo que un licenciado español, es decir, a partir de noviembre un graduado de la UE tendrá también que hacer el master, las prácticas y el examen. Otra cosa es un abogado, que ese sí que podrá ejercer en España.

Pero más injusto ha sido precisamente lo contrario que tu dices. En la UE un título en derecho no es en ningún país una forma directa de acceso a la profesión de abogado. Solo lo era en España. Con lo cual, por poner un ejemplo, yo en Inglaterra estudio derecho inglés, acabo la carrera y después tengo que hacer un master que vale un dineral, y para el que necesito una nota bastente buena en la carrera para que me admintan. Y encima después de eso tengo que hacer unas prácticas de dos años antes de poder colegiarme. Y no unas prácticas que me apañe mi universidad o el estado, una prácticas en una empresa privada que me tengo que buscar yo y que son muy dificiles de conseguir (un 50% de los que acaban el curso de postgrado nunca las consiguen). Ahora viene un licenciado de España, que solo ha hecho  lo que aquí se llama la parte academica de la profesión y lo mismo tiene una nota media de 5 y sin puñetera idea de derecho inglés, pero como en España puede ser abogado. así sin más, pues nada, aquí también lo es. Busca en Google abogados españole en Londres y seguro que hay más que abogados de la UE en la Costa del Sol.

Las cosas son como son, y lo mejor que se ha podido hacer es reformar el acceso a la abogacía para tratar de profesionalizarlo como en el resto de la UE. En la UE hay que estar para las buenas y para las malas.

Y por si hay dudas lo dice un español que reside en el Reino Unido, estudia derecho inglés y, desde este año, también el grado en derecho de la UNED, porque si voy a trabajar en temas relacionados con los dos paises, quiero conocer el derecho de los dos paises, a pesar de que podría esperar a finalizar mis estudios aquí y homologar el título en España, claro que con los tras años de espera... mejor me saco la carrera en ese tiempo.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Espartanote en 20 de Septiembre de 2011, 01:03:53 am
Buenas a todos. Yo voy a empezar primero de derecho y quisiera saber... entonces ¿cuando yo acabe el grado de derecho no voy a poder ejercer la abogacía? Si es así ¿qué habrá que hacer para ejercer de abogado? Vaya cacao maravillao con la Union europea entre el euro y lo que no es el euro nos están fastidiando a todos.

Gracias
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: palangana en 20 de Septiembre de 2011, 08:59:03 am
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¿cuando yo acabe el grado de derecho no voy a poder ejercer la abogacía? Si es así ¿qué habrá que hacer para ejercer de abogado?


1) Sí podrás ejercer la abogacía una vez cumplas con los requisitos.

2) Acabar el grado (cuatro cursos); hacer un Master en Abogacía (dos cursos o uno intensivo); aprobar un examen; y colegiarte como ejerciente.

Un saludo cordial.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 20 de Septiembre de 2011, 13:07:13 pm
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Master en Abogacía (dos cursos o uno intensivo)

Hola palangana, ¿Como va esto de dos cursos o uno intensivo? Tenia entendido que el master son 90 créditos que habría que hacer en año y medio, o lo que es igual, supongo, dos cuatrimestres de estudio y un cuatrimestre de prácticas. ¿Te refieres quizás a que las prácticas se pueden simultanear a los estudios?

Saludos
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: palangana en 20 de Septiembre de 2011, 14:21:01 pm
Hola compañero fawinds, es que todavía no está configurado en todas las Provincias (Colegios de Abogados) y Universidades de igual forma, y que se necesita una adaptación progresiva de lo que fueron las tradicionales Escuelas de Prácticas Jurídicas a Master en Abogacía. Debe tenerse en cuenta que tanto Colegios de Abogados como Universidades, aún siendo entes de derecho público (derecho administrativo puro y duro) no dejan de tener cierto maegen de autonomía. Eso sí, en todo caso el proyecto de conversión de Escuela Práctica Jurídica a Master en Abogacía debe aprobarlo el Ministerio de Educación y el Consejo General de la Abogacía Española.

Personalmente lo estoy haciendo voluntariamente (soy Licenciado y Colegiado, no me obligaba la ley), y en la Universidad y Colegio de Abogados son dos años y 120 créditos, más del minimun porque lleva implantado varios años. En el fututo no podrán pasar por ley de 90 créditos, yo creo. Pero si se distrubuye la carga lectiva en dos cursos o en curso y medio, o nueve meses seguidos etc eso ya creo que entra dentro de la autonomía que tienen concendida, previa aprobación institucional a la que me referí anteriormente.

Así es como lo tengo entendido. Un saludo cordial.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 21 de Septiembre de 2011, 12:47:01 pm
Gracias, palangana. Entonces lo que queda claro es que el panorama no está my claro  :D

Entiendo que con la cosa así, dado que los licenciados de este año pueden colegiarse directamente, será a partir del curso 2012/13 cuando podamos ver como se pone todo esto en práctica, ya que entonces universidades y colegios de abogados entiendo deberán ofrecer los primeros master según la nueva ley.

A tener santa paciencia.

Un saludo compañero.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Marcapasos en 21 de Septiembre de 2011, 19:50:47 pm
A ver si alguien puede aclarame este punto:

Si has acabado la carrera hace unos años, pero no te has colegiado, o incluso en Junio de este año, pero tampoco te has colegiado, según la disposición transitoria única ¿tienes un plazo de dos años más desde la entrada en vigor de la ley para colegiarte tanto como ejerciente o no ejerciente y no te podrán exigir ningun otro estudio o examen, vamos que en ese plazo de dos años bastara con el título universitario y listo, como venia siendo hasta ahora? y otra cosa ¿la ley entra en vigor el 31 de Octubre, verdad?

Gracias

Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: sancho18 en 22 de Septiembre de 2011, 16:38:32 pm
Estoy en 4º de carrera. ¿Será necesario hacer las asignaturas PRACTICUM I y PRACTICUM II?
Una consiste en hacer 210 horas de prácticas en una empresa/institución.
La otra es resolver unos casos prácticos de las diferentes áreas del Derecho.

Yo entiendo que ahora, la formación práctica  será hacer el dichoso máster, con lo que estas dos asignaturas son redundantes.

¿Hay que hacerlas?
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: manumitiva en 07 de Octubre de 2011, 16:24:36 pm
A mi me parece muy bien que se exija más para colegiarse y conste que estoy haciendo derecho .

Hay muchisímos abogados que no tienen madera de abogados ,han puesto su despachito y... ala ,pobre del que vaya ha consultar (ni se molestan en mirar una enciclopedia ) y salen más confusos de lo que entraron .

Me explicaré  el otro día tuve que consultar un contratiempo y entré en uno de esos despachitos ,aparte de cobrarme 60€ (unos 10minutos),yo tenía  más información de la que me dieron y por si fuera poco me dice la abogado ,tengo un poco de prisa porqué salen mis niños del colegio,¿somos amas de casa o empresarias?
Tal vez esta señora necesitaría más experiencia para permitirse cobrar una consulta que la descolocó porque no tenía ni idea .
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Francisco1345 en 07 de Octubre de 2011, 21:27:39 pm
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A mi me parece muy bien que se exija más para colegiarse y conste que estoy haciendo derecho .

Hay muchisímos abogados que no tienen madera de abogados ,han puesto su despachito y... ala ,pobre del que vaya ha consultar (ni se molestan en mirar una enciclopedia ) y salen más confusos de lo que entraron .

Me explicaré  el otro día tuve que consultar un contratiempo y entré en uno de esos despachitos ,aparte de cobrarme 60€ (unos 10minutos),yo tenía  más información de la que me dieron y por si fuera poco me dice la abogado ,tengo un poco de prisa porqué salen mis niños del colegio,¿somos amas de casa o empresarias?
Tal vez esta señora necesitaría más experiencia para permitirse cobrar una consulta que la descolocó porque no tenía ni idea .

Totalmente de acuerdo con lo que dices sobre el comportamiento de los abogaduchos, ¿pero realmente crees que exigiéndose más se solucionará el problema que mecionas?  Yo realmente no lo creo!
Habrïa que dar un buen curso sobre ética profesional y eso creo que jamás se dará en éste país!
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 08 de Octubre de 2011, 02:58:04 am
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Lo que a mí me indigna mucho es que hay abogados ejerciendo en España que no han estudiado las leyes españolas.

A mí no me indigna eso (siendo extranjera!) pero, sí me parece algo ridículo que un abogado que ha estudiado en un país anglosajón, que no ha estudiado las leyes españolas y que ni siquiera habla español pueda ejercer la Abogacía en España, pero bueno: estamos ya Europeos ¿no? ;D
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 08 de Octubre de 2011, 03:00:49 am
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Si has acabado la carrera hace unos años, pero no te has colegiado, o incluso en Junio de este año, pero tampoco te has colegiado, según la disposición transitoria única ¿tienes un plazo de dos años más desde la entrada en vigor de la ley para colegiarte tanto como ejerciente o no ejerciente y no te podrán exigir ningun otro estudio o examen, vamos que en ese plazo de dos años bastara con el título universitario y listo, como venia siendo hasta ahora? y otra cosa ¿la ley entra en vigor el 31 de Octubre, verdad?

Así lo entiendo yo también, Marcopasos, que una vez terminado la carrera antes del 1.11.11 hay dos años para colegiarse.

Y espero que sea así, porque tampoco me he colegiado todavía...
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: manumitiva en 13 de Octubre de 2011, 16:17:54 pm
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Totalmente de acuerdo con lo que dices sobre el comportamiento de los abogaduchos, ¿pero realmente crees que exigiéndose más se solucionará el problema que mecionas?  Yo realmente no lo creo!
Habrïa que dar un buen curso sobre ética profesional y eso creo que jamás se dará en éste país!
Pués sinceramente ,yo tampoco creo que  mejore mucho la honestidad profesional , pero el plan boloña podrá estar más  controlado por Europa y Europa ya nos está poniendo el dedo sobre la llaga ( falta de productividad )que bien cierto es ( pasas por una carretera en obras y hay uno currando y 10 rascándose )

Celtica, puedes colegiarte con los requisitos actuales hasta el 2015 ,al menos esa es una de las ventajas que tienen los alumnos que cursan  licenciatura de derecho sobre los de grado.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Francisco1345 en 13 de Octubre de 2011, 22:33:35 pm
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Pués sinceramente ,yo tampoco creo que  mejore mucho la honestidad profesional , pero el plan boloña podrá estar más  controlado por Europa y Europa ya nos está poniendo el dedo sobre la llaga ( falta de productividad )que bien cierto es ( pasas por una carretera en obras y hay uno currando y 10 rascándose )

Celtica, puedes colegiarte con los requisitos actuales hasta el 2015 ,al menos esa es una de las ventajas que tienen los alumnos que cursan  licenciatura de derecho sobre los de grado.

Europa ya hemos y estamos comprobando que en España y en el resto de los países europeos controla poco, muy poco. Es lamentable, creo que si de verdad controlara o hubiere controlado otro gallo nos cantaría a todos los europeos y en especial a nosotros los españoles!
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: GARFERED en 13 de Octubre de 2011, 22:46:29 pm
Hola a todos,

No entiendo al o la compañero/a manumitiva cuándo dice que te puedes colegiar hasta 2015 si estas en licenciatura, yo estoy entre 4º y 5º y espero licenciarme antes. Me podías o podeis acalrarme esto.

Saludos y gracias.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: manumitiva en 14 de Octubre de 2011, 13:18:41 pm
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Europa ya hemos y estamos comprobando que en España y en el resto de los países europeos controla poco, muy poco. Es lamentable, creo que si de verdad controlara o hubiere controlado otro gallo nos cantaría a todos los europeos y en especial a nosotros los españoles!
Está claro que no se han controlado muchas cosas,entre otras lo más grave los créditos a precio de oro que ha firmado la banca con los particulares y como dices especialmente en España(donde nunca se depuran responsabilidades cuando se trata de algo tan grave) ,donde la banca sigue tomándonos el pelo y si fuese poco con la que está cayendo ,mira la caixa galicia la semana pasada ,se reparten 24millones de euros( rescate de todos los españolitos) entre 3 directivos ,que su gran mérito fue llevar a la ruina a dicha caja de ahorros , de esto  nos enteramos.
 ¿crees que son los únicos que se llevan a saco nuestro dinero?ese que pondremos pronto en forma de copago ,de no recibir ayudas las familias ,de recortar pensiones ,sueldos de funcionarios y un largo etc...
Por eso pienso que la enseñanza de hoy  es el futuro de mañana  y los países ricos de Europa lo saben y les interesa controlarlo .
Desarrollar personas con formación académicas y humana,es una gran tarea pero es la unica posibilidad para seguir creciendo en el futuro ,y el crecimiento no tiene porque ser material ,las personas no necesitamos tanta fantastica vida impagable para ser felices y eso es lo que les espera arreglar a las futuras generaciones .¡vaya discurso qué he soltado!a ver si vale pa algo .
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: manumitiva en 14 de Octubre de 2011, 13:41:32 pm
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Hola a todos,

No entiendo al o la compañero/a manumitiva cuándo dice que te puedes colegiar hasta 2015 si estas en licenciatura, yo estoy entre 4º y 5º y espero licenciarme antes. Me podías o podeis acalrarme esto.

Saludos y gracias.
Compañero:
Las personas que teminen la carrera antes del año 2015 ,no les afectará la nueva ley ,eso tengo entendido por eso tengo compañeros de licenciatura que corren que se las pelan para terminar antes de esa fecha .
Yo me paso a grado porque no tengo prisa  y sé que ya me afectará la nueva ley para colegiarme .

(algo de humor)
Claro...que seré una ancianita cuando termine la carrera  y  como mi generación no podrá jubilarse porque habrán desaparecido hasta las propias arcas físicas  de la Seg.S;pués...digo yo...que darán alguna ventaja   en proporción a nuestro deterioro físico y edad  ,a quién nos contrate para hacer las prácticas y adquirir la experiencia exigida para colgiarse .
Espero haberte resuelto tu duda
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: GARFERED en 14 de Octubre de 2011, 14:32:46 pm
Manumitiva cuándo dices antes del 2015, te estás refiriendo al curso 2014-15.

Y respecto a las jubilaciones, ni lo pienses, vamos a trabajar como ...... (compañeros poner lo que querais)

Saludos y suerte compañeros!!!!!
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: maras_57 en 14 de Octubre de 2011, 16:13:16 pm
manumitiva, te estás confundiendo. El plazo para colegiarte es hasta octubre del 2013, si lo haces después debes hacer el máster+prácticas+examen de estado. Pero una persona que se licencie a partir del 01 de noviembre próximo no se podrá licenciar sin más, sino que tendrá que hacer el examen+prácticas+máster. El plazo del 2013 son para los que se licenciaron antes del 31/10/2011.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Marcapasos en 19 de Octubre de 2011, 18:27:35 pm
Gracias Celtica por la aclaración.

Otra duda, si te colegias como no ejerciente con posterioridad a la entrada en vigor de la ley, utilizando el plazo de los dos años de la disposición transitoria única, podrías pasarte luego a ejerciente sin hacer el máster+prácticas+examen ¿o me equivoco?

Saludos
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: llamas-nua en 03 de Noviembre de 2011, 17:50:27 pm
Si te colegias ahora como no ejerciente el paso a ejerciente lo puedes hacer sin problemas sin hacer el máster ni exámen.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 04 de Noviembre de 2011, 01:25:09 am
Lo que yo no entiendo ahora es:

Si en la Ley aparece tan "claro" que los Licenciados que se han licenciado antes del 31.11.2011 tienen 2 años para colegiarse en las mismas condiciones como antes de la entrada en vigor de esta Ley hasta el 2013 ¿cómo pueden condicionarlos los Colegios (o ciertos Colegios) a que se haya pagado las tasas antes de 2010?

Entonces: ¿tiene más valor la fecha de haber pagado las tasas para pedir el título que la fecha en que se terminó la carrera?

No me parece lógico.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: GARFERED en 04 de Noviembre de 2011, 10:08:05 am
Hola buenos días,

Bueno ahora que me enterado de los plazos, me hago otra pregunta, y es:

¿Si existen esos plazos, porque sigue existiendo la licenciatura? En principio me parece un agravio con respecto al grado, por aquello del año más y aparte tener que hacer igualmente master, prácticas y examen. Todos directamente a grado unos por fechas y otros por convalidaciones, pero todos a grado.  De este modo alguien que cursando licenciatura, puede terminar al mismo tiempo que alguien de grado, y juntos hacer master, prácticas y examen. Es decir el licenciado realiza un año más, y si esto es así porque los que estamos en licenciatura "no hemos caido en la cuenta" que nos saquen del error, ¿o soy yo el que está en el error?.
En resumen me parece que algo de laguna si existe en todo esto, pero vamos seguiré estudiando y con ánimo, lo de ser abogado ya es otra cosa, siempre nos quedará la privada y el que se anime a opositar.

Saludos.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 05 de Noviembre de 2011, 00:11:17 am
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Hola buenos días,

Bueno ahora que me enterado de los plazos, me hago otra pregunta, y es:

¿Si existen esos plazos, porque sigue existiendo la licenciatura? En principio me parece un agravio con respecto al grado, por aquello del año más y aparte tener que hacer igualmente master, prácticas y examen. Todos directamente a grado unos por fechas y otros por convalidaciones, pero todos a grado.  De este modo alguien que cursando licenciatura, puede terminar al mismo tiempo que alguien de grado, y juntos hacer master, prácticas y examen. Es decir el licenciado realiza un año más, y si esto es así porque los que estamos en licenciatura "no hemos caido en la cuenta" que nos saquen del error, ¿o soy yo el que está en el error?.
En resumen me parece que algo de laguna si existe en todo esto, pero vamos seguiré estudiando y con ánimo, lo de ser abogado ya es otra cosa, siempre nos quedará la privada y el que se anime a opositar.

Saludos.

GARFERED, respecto al agravio comparativo entre grado y licenciatura, no te puedo hablar comparando grado y licenciatura del plan 2000, pero sí por ejemplo de la antigua licenciatura del plan 1953.

Y me matriculé en 1º por el plan 1953 en 1998, aunque no lo puede cursar, pero tengo los libros y el programa todavía. Mira, entonces eran 4 asignaturas: Derecho Romano, Derecho Natural, Derecho Politico e Historia del Derecho Español. Con eso pasabas el primer curso. Bueno, pues ahora que estoy en 1º del grado, comparando los libros te puedo afirmar con certeza lo siguiente:

- Derecho Romano del plan 1953 es el mismo contenido que Fundamentos y Derecho Romano del Grado.
- Historia del Derecho Español del plan 1953 es lo mismo que Historia del Derecho Español y Cultura Europea en España en el grado.
- Derecho Político en el plan 1953 es lo mismo que Intro Constitucional y Constitucional I en el grado.
- Derecho Natural en el plan 1953 es lo mismo que Teoría del Derecho en el grado.

Es más, los libros están escritos por los mismos profesores de la UNED y los programas son casi idénticos.

Sin embargo para completar 1º de grado tienes que añadir ortras asignaturas, como Derecho Civil, que es anual, Intro., Procesal y Administrativo I, que suman 19 créditos entre ellas. Dicho de otro modo, el contenido de 1º de licenciatura del plan 1953 equivale exactamente a 41 créditos de 1º de grado actual. A mi entender, si la comparación del resto de cursos es similar, podríamos decir que el grado se cursa en 1 año menos pero cada año tiene un 30% más de carga lectiva que la licenciatura (al menos la del plan 1953), con lo cual, según sea ese reparto de carga extra por año, al final los dos quedan más o menos al mismo nivel.

Es solo una opinión que me gustaría contrastar con los que hayan cursado 1º de licenciatura del plan 2000. Yo lo único que puedo decir ahora mismo es que me voy a dar cabezazos contra la pared por no haber cursado la licenciatura en 1998  :-[
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 06 de Noviembre de 2011, 01:20:35 am
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Yo lo único que puedo decir ahora mismo es que me voy a dar cabezazos contra la pared por no haber cursado la licenciatura en 1998 

Seguramente era más fácil en el 1998.
Yo me acuerdo de que si no aprobaba todo en el último año del curso 1953 y tener que pasarme al plan 2000, un examen me iba a convertir en 4 (porque habría que repetir los anteriores) y las dos asignaturas que me podían quedar me iban a convertir en 13 para terminar (o algo así!) y el total económicamente me iba a multiplicar por el 75%, así que no creo que hubiera podido terminar así...
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: mlss en 06 de Noviembre de 2011, 11:35:48 am
Indignada más si cabe. Me inmagino que todos estamos cursando la licenciatura plan viejo ( año 53) o bien plan nuevo ( año 2000), con mucho o poco sacrificio, aunque voy a afirmar con mucho sacrificios sin miedo a equivocarme, ya que casi todos tenemos reponsabilidades laborales, familiares e incluso muchos aprentandose el cinturon para hacer frente a las matrícula. Ahora aprueban esta ley que la verdad para que, con que intencíón..... para retrasar nuestra incorporación a la abogacía, retrasar a los estudiante que no estén trabajando para así retrasar su incursión laboral ( población activa) y con ello paralizar la suma de parados para que no alarmen las estadisticas, porque hay unos pocos que les intesan.... no sé. No lo veo pero si oigo muchas quejas de los estudiantes de licenciatura pues nos sentimos perjudicados, agraviado, no sólo va a realizar un curso más ( 5 años) sino que además ahora te piden dos años más, aún si fuera un año como un curso puente, o un master o un curso postgrado pero por imposición. De todos es sabido que el abogado se hace trabajando..... >:(
PD. Y  nos la vamos a comer con papa porque a nadie le interesa aliviar nuestro prejuicio , a los político con la que les está cayendo como para preocuparse de nosotros, a los profes, rectores y demás ..... más matriculas y  a la ciudadanía en general llenar las neveras.... Suerte para todos
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: maricarmen25 en 12 de Noviembre de 2011, 19:27:03 pm
Hola a tod@s me uno a la indignación , hoy he leido en la prensa que estar concretrando los colegios de abogados con las universidades el master, que sera de año y medio a dos años , además del examen, me parece una discriminación muy grave hacia los nuevos profesionales, y creo que simplemente lo hacen para que pasemos por caja, porque acaso el master a que precio saldra? el examen de aptitud ....
Cuantos años tardaremos en ejercer , alguien lo sabe?, Estoy muy pero que muy quemada con esto.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: llamas-nua en 12 de Noviembre de 2011, 20:13:11 pm
http://www.lucenahoy.com/noticias/item/1502-el-colegio-de-abogados-triplica-en-un-a%C3%B1o-su-n%C3%BAmero-de-colegiados.html

http://eldiadigital.es/not/36782/sube_el_numero_de_colegiados_para_eludir_la_ley_de_abogacia/

Artículos interesantes y así así irá ocurriendo a partir de estos dos años que quedan por delante,y con la que esta lloviendo a quien le preocupa.
Madre mia que de cambios que si  53 ,que si 2000, que si Plan de Bolonia y Grado, que si ley, que si al final para ejercer un máster ,un exámen y digo yo ,porque no preparan desde el primer año para ejercer y argumentan que :
El ‘problema’ de la carrera de Derecho es que no ofrece una formación específica para ejercer en un futuro como abogado. De hecho, cuando un estudiante termina la carrera se le trata como jurista y no como abogado. Bien hace diez,siete años si se estaba preparado?
Con la nueva ley, los alumnos tendrán que recibir unos cursos que podrían tener forma de máster, donde se impartirían materias relacionadas con la deontología y la organización profesional , porque no formar al alumno desde el comienzo?.

Desde luego es para deprimirse.

Quedan ocho días para el 20N , fijo que llueve.
Un saludo
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 13 de Noviembre de 2011, 05:02:52 am
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Un colegiado no ejerciente paga en Lucena 38 euros por semestre, y una tasa de inscripción de 35 euros

Será por eso que hay una subida tan repentina... y más desde Italia!

Citar
El ‘problema’ de la carrera de Derecho es que no ofrece una formación específica para ejercer en un futuro como abogado. De hecho, cuando un estudiante termina la carrera se le trata como jurista y no como abogado. Bien hace diez,siete años si se estaba preparado?

Creo que hace años se aprendían "ejerciendo" también, sin tantos cursillos y Másters posteriores....¿Será por eso que en Inglés se dice "to practice Law"? Pero, no sé cuándo se dejan de "practicar Derecho" en Inglaterra y empiezan a intentar hacerlo cumplir...
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 14 de Noviembre de 2011, 21:00:41 pm
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Creo que hace años se aprendían "ejerciendo" también, sin tantos cursillos y Másters posteriores....¿Será por eso que en Inglés se dice "to practice Law"? Pero, no sé cuándo se dejan de "practicar Derecho" en Inglaterra y empiezan a intentar hacerlo cumplir...

 En Inglaterra se alcanza la profesión tras realizar la fase academica, es decir el LLB, que es como el grado, la de especialización, que es un año más, y posteriormente la práctica, de dos años para solicitors y uno para barristers. Eso sí, la práctica es un contrato especifico que tienes que buscarte tu y conlleva un sueldo de un mínimo de 16000 libras anuales. En la versión española te busca esas prácticas la universidad (o así parece en teoría, que ya veremos al final), pero eso sí, sin que exista "relación laboral", vamos, que no se haga nadie la ilusión de que va a cobrar por eso.

En cuanto al cumplimiento de leyes en Inglaterra, hasta donde yo sé creo que viene siendo más estricto que en España, donde multitud de leyes se hacen de cara a la galería y nunca se cumplen (anti-tabaco, anti-botellona, mil ejemplos más...), por no decir que la justicia es bastante más rapida por la forma en que están organizados los tribunales.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 15 de Noviembre de 2011, 00:15:00 am
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por no decir que la justicia es bastante más rapida por la forma en que están organizados los tribunales.

Sí, pero me parece que esta forma de organizació está dando problemas ahora: me contaron algo raro sobre los tribunales en Inglaterra hace poco. Creo que era cuando empezaron las violencias en las calles de Londres. Que hay dos tipos de tribunales: uno con jueces que pueden dar sentencias largas de prisión según el delito (creo que son los Crown Courts) y otros (District o Circuit Courts?) donde los jueces no son jueces, y ni siquiera abogados, sino individuales nombrados (como por un Jurado Popular) (creo que son los Deputy High Court Judges?), y sólo podían condenar penas de prisión de hasta un par de meses, y por eso muchas personas (supuestos delincuentes) entran y salen de la prisión constantemente.

"In addition to full High Court judges, other persons are authorised to sit as Judges of the High Court, to hear particular types of case; these include certain Circuit Judges and senior Queen's Counsel. Such persons are generally referred to as deputy High Court Judges. Whilst sitting, deputy judges are addressed as though they were full justices".
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 15 de Noviembre de 2011, 01:10:12 am
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Sí, pero me parece que esta forma de organizació está dando problemas ahora: me contaron algo raro sobre los tribunales en Inglaterra hace poco. Creo que era cuando empezaron las violencias en las calles de Londres. Que hay dos tipos de tribunales: uno con jueces que pueden dar sentencias largas de prisión según el delito (creo que son los Crown Courts) y otros (District o Circuit Courts?) donde los jueces no son jueces, y ni siquiera abogados, sino individuales nombrados (como por un Jurado Popular) (creo que son los Deputy High Court Judges?), y sólo podían condenar penas de prisión de hasta un par de meses, y por eso muchas personas (supuestos delincuentes) entran y salen de la prisión constantemente.

"In addition to full High Court judges, other persons are authorised to sit as Judges of the High Court, to hear particular types of case; these include certain Circuit Judges and senior Queen's Counsel. Such persons are generally referred to as deputy High Court Judges. Whilst sitting, deputy judges are addressed as though they were full justices".

No, esto no es correcto. El texto que citas se refiere a la High Court, que es una corte predominantemente civil (como corte penal, es una corte de apelación solo por defecto del derecho).

En cuanto al sistema penal, las cortes de primera instancia son las Magistrates' courts y las Crown courts. la diferencia entre ellas es similar a las que en el derecho español existen entre los juzgados de lo penal y las audiencias provinciales. En este caso las magistrates' courts son para "summary offences" que son delitos menores, cuya pena de prisión no supera los 6 meses. Ese es el máximo que puede condenar una de estas cortes. Si la pena es superior, el "magistrate" refiere el caso a la Crown court, donde generalmente es juzgado por un juez profesional con la asistencia de un jurado, y que puede imponer penas de cualquier tipo, hasta cadena perpetua (que en realidad no es así, sino revisable).

Los magistrates no son abogados ni jueces profesionales, son algo similar a los jueces de paz en España (de hecho se les llama tambien justices of the peace) pero en todo momento están asistidos a la hora de determinar los hechos y aplicar la ley a éstos por una persona legalmente cualificada. Son voluntarios, con algunos requisitos y que reciben una pequeña formación y por lo general trabajan en grupos de tres. Con este sistema las faltas o delitos menores se pueden ventilar de forma bastante rápida. Por ejemplo, en las revueltas de Londres, a los pocos días ya había cientos de condenas para los delitos menos graves (repito, penas de privación de libertad hasta los 6 meses y multas hasta 5000 libras).

Aquí tienes un enlace que te aclarará el tema: http://www.direct.gov.uk/en/CrimeJusticeAndTheLaw/Goingtocourt/index.htm

En mi humilde opinión, que siempre puede ser mejorada, prefiero, en términos prácticos, el funcionamiento del sistema legal inglés al español. Especialmente siento verguenza ajena cuando pongo el pie en cualquier juzgado de España y veo el caos que suele existir en su funcionamiento (Sevilla al menos, que es lo que conozco). Sí, ya sé que eso no tiene nada que ver con el Derecho y que es un problema presupuestario de la Administración, pero ya les vale. Luego sale algún miembro del legislativo, que en su tiempo estuvo en el ejecutivo, y critica al CJPD por defender el trabajo de una juez echandole la culpa nada menos de la mala organiación de la justicia.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 15 de Noviembre de 2011, 01:41:57 am
Sí, creo que eran los "Magistrates' courts" de que decían que no eran "jueces". Gracias por el enlace - lo voy a leer bien!

Creo que en España la lentitud de la Justicia es un problema - aquí creo que hay algo como 4000 casos atrasados.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 15 de Noviembre de 2011, 01:58:39 am
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Sí, creo que eran los "Magistrates' courts" de que decían que no eran "jueces". Gracias por el enlace - lo voy a leer bien!

Creo que en España la lentitud de la Justicia es un problema - aquí creo que hay algo como 4000 casos atrasados.

Si te interesa el tema mándame un correo y te mando el pdf del tema "The English legal system" de uno de los manuales de la carrera. Ahí viene explicada la jerarquía de tribunales entre otras cosas. Otro libro interesante, también de la carrera, es este: http://www.amazon.co.uk/English-Legal-System-2011-2012/dp/0415600073/ref=sr_1_1?ie=UTF8&qid=1321318600&sr=8-1

Saludos
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 15 de Noviembre de 2011, 02:29:37 am
¿Estás estudiando el Grado en Derecho en Español junto con un Bachelor in Law Honours in Inglés? Los dos sistemas a la vez? Qué fuerte! :o

El contenido de este libro parece bastante completo - y es la 12ª edición.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 15 de Noviembre de 2011, 23:27:09 pm
En realidad empecé el Bachelor of Laws ya que vivo en el Reino Unido, y lo llevo por la mitad. Lo que pasa es que el panorama laboral aquí es bastante competitivo, y lo mejor es tener algo que te diferencie de los demás. Por eso me he matriculado en la UNED para el grado en Derecho, ya que tener una segunda carrera de Derecho en un país del Continente es una ventaja competitiva para muchas empresas que se dedican a asuntos internacionales. Lo único es doble trabajo para estudiar, pero bueno, hay muchas cosas que son comunes y eso simplifica el tema. Lo peor es que acostumbrado a libros como el que te he recomendado, que lo di el curso pasado, los de la UNED a veces son desesperantes por las vueltas que dan para explicarte cualquier concepto de lo más simple. Pero que te voy a contar de eso, si ya lo sabrás mejor que yo...  :D
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Mgfrei en 16 de Noviembre de 2011, 01:13:05 am
Hombre, es una gran idea. Así tienes bases sólidas de Common Law, al tiempo que de Derecho Codificado clásico. ¿Algún consejillo que quieras dar a los que nos interesa el panorama internacional?
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 16 de Noviembre de 2011, 13:08:56 pm
¿El panorama internacional en qué sentido? Si te refieres a derecho internacional, ahí por el momento estoy pez. Sobre temas relacionados sobre derecho inglés o la profesión legal en Inglaterra, o comparaciones de éste con el derecho español, ahí ya si puedo comentarte, a estas alturas de la carrera, sobre lo que quieras, aunque también te advierto que en España estoy empezando el grado mientras que en Inglaterra ya llevo el 50%.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 16 de Noviembre de 2011, 22:42:09 pm
Citar
los de la UNED a veces son desesperantes por las vueltas que dan para explicarte cualquier concepto de lo más simple. Pero que te voy a contar de eso, si ya lo sabrás mejor que yo... 

Eso es verdad ;D

Me desesperé de verdad al principio con estos libros (y más habiendo estudiado Traducción en Alemania con especialidad técnica dónde cada frase está muy comprimida) hasta cogí el truco de resumir las 300 páginas en 30, y a partir de allí iba mejor ;D
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Traianus en 16 de Noviembre de 2011, 23:11:33 pm
Ese es el tema, que los conceptos importantes de casi todos los libros los puedes resumir en un 10% de espacio y descartar el 90% restante. Con el derecho inglés, al menos en la universidad donde lo estudio, todo te lo dan más comprimido y sin tanta parrafada inútil (¿has visto el blog http://derechoenlauned.wordpress.com/ ? No sé quien lo ha creado, pero tiene más razón que un santo). Además a mi gusto mejor estructurado y organizado. En la UNED poco más o menos te dan un saco de libros y te dicen "búscate la vida y en 4 meses te examinamos".

¿Sabes algo de derecho alemán? La tutora que me tocó el año pasado en Londres, además de ser abogada aquí (barrister), tiene un título llamado Diploma in German law que supongo que será la carrera de derecho alemana.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: CELTICA en 16 de Noviembre de 2011, 23:50:25 pm
Citar
¿Sabes algo de derecho alemán? La tutora que me tocó el año pasado en Londres, además de ser abogada aquí (barrister), tiene un título llamado Diploma in German law que supongo que será la carrera de derecho alemana.

Bueno, no sé mucho de eso: pero un titulo llamado "Diploma in German law" no me suena como si fuera la carrera de derecho alemana, pero habría que saber cómo se llamaba en original. "Diploma" podría ser "Diplomierte" pero no es "Licenciado" en Alemania, creo.

Lo que sí sé era que era muy difícil esta carrera de Derecho "JuraStudium" en Alemania porque cuando empecé a estudiar Derecho en España, lo comparé Alemania. En los años 1990, tenían que hacer el "Staatsexamen" que significaba examinarte en todas las asignaturas de la carrera en un único examen (mientras que en la UNED se sacaban las asignaturas una por una - tenías que examinarte de todo de una vez). En esta época, en la UNED podrías examinarte de la mitad de la asignatura en Febrero y la otra mitad en Junio, y repetir las dos parciales por separado en Setiembre. Sólo en el último año del Plan 1953, habría que examinarte de la asignatura total en un examen. No sé cómo es ahora en el Plan 2000, o en el Grado. Y para colegiarse creo que tenían que trabajar 2 años en un Despacho y después hacer otro examen. Así que fácil no era. Creo que hay un hilo en este Foro sobre el estudiar Derecho.

La traducción de títulos también es muy difícil, porque los sistemas son muy diferentes:

Yo estudié durante 8 años la carrera Traducción e Interpretación (de textos Económicos, Jurídicos y técnicos) que daba el título de "Dipl. Über." y eso era el título máximo en esta carrera y por eso teníamos que hacer una asignatura que se llamaba "Introducción al Derecho Alemán". Mi titulo se me homologaban en España con el título de "Diplomada" cuando debería haber sido "Licenciada" porque eran 5 años mínimo de estudios (y Diplomada son sólo 3 años como el Diplomada en Derecho que existía en la UNED tras terminar los primeros 3 años de la Licenciatura en Derecho), pero no existía más que una Diploma en Traducción en España, sino empezó en 1994 la Licenciatura en Traducción.

Bueno, ya me he liado a mí misma! De todas formas: "Diploma in German Law" no me suena como "Licenciatura en Derecho" :)
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: adodu1 en 12 de Diciembre de 2011, 17:13:01 pm
http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=LZApus_Z8N4
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 14 de Diciembre de 2011, 07:46:59 am
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http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=LZApus_Z8N4

Muy bueno el vídeo.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Lili en 10 de Marzo de 2013, 15:00:53 pm
Pues, sí, hemos conseguido algunas cosas desde que  el año 2005  se elaboró el primer borrador de la ley y va dando vueltas.
Después de vacilar sobre la supresión total del examen al final del Máster hay cambio de rumbo una vez más:
 "Así que la supresión está totalmente descartada".
Además habrán cambios respecto al modelo previsto por la ley lo cual perjudica a los que ya se están preparando para la prueba.
Entren y vean para creelo:
http://www.expansion.com/2013/03/08/juridico/1362751149.html
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: aguirre en 11 de Mayo de 2013, 19:06:09 pm
Así que, a día de hoy, el acceso a la abogacía, por parte de los graduados seguiría este esquema:

Grado (4 años)+(Máster 1 ó 2 años)+ examen.

¿Sería correcto?
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 13 de Mayo de 2013, 17:30:26 pm
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Así que, a día de hoy, el acceso a la abogacía, por parte de los graduados seguiría este esquema:

Grado (4 años)+(Máster 1 ó 2 años)+ examen.

¿Sería correcto?

Básicamente sí, pero a mí me gustaría matizar porque a curso por año en la UNED va poquiiiita gente, por lo que mejor expresado queda así:

- 4 cursos de Grado en Derecho
- 3 cuatrimestres del Máster de Acceso a la Abogacía
- Examen final a nivel nacional (mínimo uno por año)

En la UNED la media en finalizar estudios está en licenciaturas entre 7-8 años y en las diplomaturas en 4-5, por lo que parece razonable que el grado se quede en 5-6 años, más 2 de master, más examen nacional = 7 u 8 añitos para gente normal, 6-7 para los super, y 8-10 años para los de la mitad para abajo.

Y no hablemos del Turno de Oficio, porque el Máster NO acredita el acceso al mismo, por lo que requerirá más formación y otro examen expreso, o sea como 10 añitos !!

En fin esto es lo que hay, y todo el mundo debe conocerlo y tenerlo en cuenta.

Saludos.








Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: aguirre en 13 de Mayo de 2013, 18:29:23 pm
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Básicamente sí, pero a mí me gustaría matizar porque a curso por año en la UNED va poquiiiita gente, por lo que mejor expresado queda así:

- 4 cursos de Grado en Derecho
- 3 cuatrimestres del Máster de Acceso a la Abogacía
- Examen final a nivel nacional (mínimo uno por año)

En la UNED la media en finalizar estudios está en licenciaturas entre 7-8 años y en las diplomaturas en 4-5, por lo que parece razonable que el grado se quede en 5-6 años, más 2 de master, más examen nacional = 7 u 8 añitos para gente normal, 6-7 para los super, y 8-10 años para los de la mitad para abajo.

Y no hablemos del Turno de Oficio, porque el Máster NO acredita el acceso al mismo, por lo que requerirá más formación y otro examen expreso, o sea como 10 añitos !!

En fin esto es lo que hay, y todo el mundo debe conocerlo y tenerlo en cuenta.

Saludos.

Gracias por aclarármelo  :)
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: ahorasi en 11 de Octubre de 2013, 01:19:16 am
Estamos recogiendo firmas, para pedir que cambien el acceso a la abogacía:
http://www.change.org/petitions/modificaci%C3%B3n-del-sistema-de-acceso-a-la-abogac%C3%ADa-y-la-procuradur%C3%ADa?share_id=nfKWewpSIz&utm_campaign=twitter_link_action_box&utm_medium=twitter&utm_source=share_petition (http://www.change.org/petitions/modificaci%C3%B3n-del-sistema-de-acceso-a-la-abogac%C3%ADa-y-la-procuradur%C3%ADa?share_id=nfKWewpSIz&utm_campaign=twitter_link_action_box&utm_medium=twitter&utm_source=share_petition)
si podeis, pasaos y firmad,
gracias,
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 11 de Octubre de 2013, 11:30:54 am
Una cuestión:

¿No sería vital solicitar que el Master de la Abogacía faculte para acceder al Turno de Oficio? a mi juicio la verdad es que sí...

Saludos.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: Tikao13 en 13 de Noviembre de 2013, 10:28:41 am

 Eso no es negocio rentable, que es de lo que va esto al fin y al cabo.  >:(
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: adodu1 en 23 de Diciembre de 2016, 18:08:46 pm
Contestación remitida por el CGAE referente al tiempo que obligatoriamente se debe permanecer colegiado para consolidar el derecho de cara al futuro:

https://www.facebook.com/111313148881362/photos/a.134547969891213.23147.111313148881362/1402633183082679/?type=3&theater
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: adodu1 en 23 de Diciembre de 2016, 18:13:39 pm
Para los licenciados que no han hecho el máster de acceso, que supongo serán la mayoría.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 23 de Diciembre de 2016, 18:22:39 pm
Pues ni sí, ni no, sino todo lo contrario: depende del caso. Poco aporta.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: adodu1 en 23 de Diciembre de 2016, 18:23:42 pm
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Pues ni sí, ni no, sino todo lo contrario: depende del caso. Poco aporta.

Pues sí  ;D.
Título: Re:Nueva ley para adquirir la condicion de abogado
Publicado por: TRIGUN en 23 de Diciembre de 2016, 18:58:12 pm
Vamos a ver, hay temas que no interesa, depende a quién, aclararlos demasiado...

El interés es colegiación de todo el mundo, y mucho Máster, examen, etc., ya lo sabemos de sobra.