Hola, tengo una duda.
Si una empresa francesa, contrata con la cámara de comercio italiana ubicada en Madrid, y la cámara incumple unas de las cláusulas del contrato. ¿Ante qué jurisdicción debería denunciar la empresa francesa?
En principio, tengo entendido que habría que acudir a los tribunales españoles por aplicación del reglamento 1215/2015. Y, ¿qué ley sería aplicable al caso?
¿Alguien podría resolverme estas dudas?