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Autor Tema: La prueba juicio civil  (Leído 1564 veces)

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Desconectado manuelk0

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La prueba juicio civil
« en: 20 de Septiembre de 2014, 20:27:52 pm »
Con el tiempo y la falta de práctica se va olvidando uno de las cosas estudiada. Es por ello que recurro a este foro con el fin de aclarar mis ideas. La prueba, el el juicio civil, es un elemento fundamental, que puede llegar a dirimir el entuerto o el objeto y razón del litigio. Mi pregunta es ¿ puede un juez.a no aceptarla a libre criterio personal y de conocimiento o debe por el contrario motivar la razón de no admitir la misma y más cuando esta puede llegar a sustanciar el objeto de fondo del proceso. Contra la decisión de la jueza que recurso cabe¿


Desconectado palangana

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Re:La prueba juicio civil
« Respuesta #1 en: 21 de Septiembre de 2014, 19:40:07 pm »
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Con el tiempo y la falta de práctica se va olvidando uno de las cosas estudiada. Es por ello que recurro a este foro con el fin de aclarar mis ideas. La prueba, el el juicio civil, es un elemento fundamental, que puede llegar a dirimir el entuerto o el objeto y razón del litigio. Mi pregunta es ¿ puede un juez.a no aceptarla a libre criterio personal y de conocimiento o debe por el contrario motivar la razón de no admitir la misma y más cuando esta puede llegar a sustanciar el objeto de fondo del proceso. Contra la decisión de la jueza que recurso cabe¿

Hola !,

Que quede una cosa clara para siempre, en el mundo procesal práctico "la prueba es la razón", y si no puedes probar algo, jurídicamente no tendrás nunca razón.

¿Por qué el Juez admite o inadmite pruebas?, pues porque como Su Señoría habrá de pronunciarse en Sentencia sobre el fondo del asunto, es él quien entiende y decide sobre qué pruebas le ayudarán a alcanzar "la verdad o razón sobre el fondo del asunto". Además, pues por cuestiones de economía y tiempo ¿imagina una vista civil con 150 testigos sobre el mismo asunto? o ¿hacen falta treinta documentos para probar un mismo asunto, por ejemplo, que Pepito es Propietario del inmueble sito en calle Número ....?

O imagina en un caso normal de separación contenciosa pretendemos presentar fotografías de una infidelidad, ¿para qué?

Por estos motivos y muchos más, unas pruebas son pertinentes y otras no.

En caso de que una prueba fuera procedente o el Abogado que la propone entiende que lo es, siempre puede (y debe) hacer uso de los recursos contra la resolución judicial del Juez que la inadmite, lo cual, como sabéis, ha de ser en el momento procesal oportuno.

Juicio ordinario, en la Audiencia Previa.

Juicio verbal, no hay Audiencia Previa, pues en el acto de la Vista.

Los recursos son reposición y respetuosa protesta. Si no se hace en el momento procesal oportuno luego no se puede hacer valer en el recurso de apelación a la Audiencia Provincial.

Si efectivamente la prueba fuese pertinente (indicado por la Audiencia Provincial) y el Juez de Primera Instancia no al admitió, se declara indefensión a la parte que la propuso.

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado palangana

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Re:La prueba juicio civil
« Respuesta #2 en: 21 de Septiembre de 2014, 19:54:10 pm »
Y bueno, que se me ha pasado, efectivamente siempre hay una motivación (aunque sea mínima, que es lo que a veces pasa en la práctica) de la decisión judicial que inadmite determinada prueba.

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado velypereira

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Re:La prueba juicio civil
« Respuesta #3 en: 23 de Septiembre de 2014, 00:02:35 am »
Es recurrible en reposición la inadmisión de la propia prueba, nunca la del contrario, y debe manifestarse el artículo de la ley infringido.

Desconectado velypereira

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Re:La prueba juicio civil
« Respuesta #4 en: 24 de Septiembre de 2014, 23:44:05 pm »
Ah!!! y en el juicio verbal no cabe el recurso de reposición, sólo respetuosa protesta por la inadmisión de la prueba.