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Autor Tema: Costas a pagar por un juicio civil ordinario!  (Leído 55332 veces)

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Desconectado simple22

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Re: Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #20 en: 17 de Julio de 2009, 12:37:00 pm »
Bueno, voy a descubrir ya las cartas: es muy probable que la profesión de abogado o procurador esté sobrevalorada: posiblemente sea así. Baste considerar los gastos extra tales como colegios, (por cierto asociaciones obligatorias, que encima operan en régimen de monopolio gracias a leyes obsoletas) procuradores, etc.

Quevedo dijo que quien tiene bienes que no merece, pocas veces lo agradece. Pocas veces no: nunca.

En este caso, el inaudito favoritismo de los poderes públicos hacia esos entes parásitos, hace que hayan perdido la noción del valor del dinero.

En cuanto a si la cuantía es ajustada, en términos normales de a pie de calle, no. Es ajustado a un sistema completamente desbocado y absurdo.

La madurez, el talento y la sabiduría no tienen ni edad, ni sexo, ni jerarquía.

Desconectado Patalpac

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Re: Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #21 en: 18 de Julio de 2009, 00:46:47 am »
Pero me queda una duda ¿solamente se pretendía en la demanda impugnación de la Junta? ¿o al mismo tiempo ésa pretensión declarativa llevaba alguna conjuntamente de condena a algún tipo de prestación? por ejemplo en relación con el gasto de los 1.000,00 euros. Es que, pienso que posiblemente nos podríamos encontrar ante un proceso con cuantía determinada y que se pudiera considerar la minuta del letrado excesiva en virtud de la tercera parte prevista en el art. 394.3 de la L.E.C. Saludos.

Desconectado juanandalus

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #22 en: 27 de Diciembre de 2012, 17:26:40 pm »
!!!MUY INTERESANTE ESTA DISCUSION SOBRE LAS COSTAS!!!  A mi parecer lo que se está planteando en principio es de que manera los colegios CON SUS BAREMOS y su falta de control de la corrupcion judicial incluida la abogacía, lo que ha estado promoviendo es que solamente LOS DESPACHOS GRANDES puedan existir, pues el ciudadano medio NO TIENE MIEDO, cuando le roben mas de 100.000€, A LAS TASAS SINO A LAS COSTAS que con la protección de esos colegios se le pueda implementar, O sea cuando te estafen 400.000 del sudor de tu frente, quizas es mejor PERMITIR EL DELITO sin pedir justicia, porque si vas al juzgado, el estafador puede comprar al juez, y luego tu terminas perdiendo lo que te han estafado, y los mas de 40.000€ de costas, que puede ser perfectamente "el seguro de sentencia" que se adelantó "traficando la misma".

En Estados Unidos, a pesar de sus defectos, para no caer como en España de "mucho pan para hoy y ambre para mañana", lo que han hecho los abogados es controlar pero que muy bien a su colegio de abogados, sin trafico de influencias(o sea sin amigismos ni nada) y así este IBARS o colegio cuando ve una sentencia con "errores" que pueden ser indicio de prevaricación, el colegio es el que la analiza y con los contrapesos de fiscalizacion como agencias o fiscales independientes del sistema judicial, y su instruccion ante un jurado popular DE VERDAD, (no "micky mouse" para su desprestigio ante los medios) llevan a ese juez.  Mantienen el sistema judicial limpio para que la gente PRECISAMENTE vaya a los juzgados por cualquier cosa y así los abogados tendran siempre trabajo y buena posición.

Con respecto a una frase que leí por ahí, aunque luego descubrió sus revolucionarias cartas, decir que lo que satura los juzgados no es que los españoles tengamos espíritu de defender la legalidad, sino que como no se han implementado las leyes, (que por cierto estan escondidas en el armario de los injustos), no tenemos defension contra muchos delitos sobre todo donde haya en juego cantidades (¿curioso no?) y así al no tener defension prejudicial del estado de derecho, con esa GRAN DESARMONIA no nos queda otro remedio que ir a los tribunales.  Bueno eso algunos incautos (como yo)  que todavia crean que en nuestro pais los jueces no se tuercen hacia el Goliat estafador que tiene la pasta.

Desconectado Marte 2000

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #23 en: 17 de Diciembre de 2013, 22:36:42 pm »
1º)  “una comunidad de propietarios, anuncia una junta extraordinaria con un día y medio de antelación. Hasta aquí prácticamente nada que objetar, “
Esa, precisamente, puede ser la causa que verdaderamente justifique la impugnación, si se demuestra que alguien no ha recibido la convocatoria.

La LPH  (actualizada a 2013)(*) Artº 16.3 dice que “La citación /…/ para las (juntas) extraordinarias, con la (antelación) que sea posible para que pueda llegar a conocimiento de todos los interesados.
 Por lo tanto la Junta Extraordinaria podría haber sido convocada de forma ilegal, y habría de  repetirse.

2º)  “el demandante con su demanda impugnaba la Junta Extraordinaria celebrada sin
motivo extraordinario”. 
Si la impugnaba por causa de que el motivo no era extraordinario, este no sería motivo de impugnación, puesto que si el presidente o la junta directiva, que están legalmente cualificados para convocarla, consideran que hay un motivo extraordinario, aunque sea banal, tienen derecho a efectuar la convocatoria.
Por lo tanto, en tal caso, es lógico que perdiera el juicio y estuvo muy mal asesorado al plantearlo en esos términos.

3º)  “sirvió para que se reunieran 9 propietarios y gastarse 1.000 €”.
Ahí está LA CUANTÍA. Sobre esa cuantía como referencia deberían establecerse los honorarios profesionales de la demandada

Saludos.

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Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #24 en: 18 de Diciembre de 2013, 12:54:32 pm »
Marte 2000: y no te has planteado que tu abogado, además de comunicarte el importe de su minuta, tiene la obligación de comunicarte los posibles perjuicios a que te enfrentas si pierdes la demanda. Me explico: el puede pactar contigo un importe para sus costas, pero lo que no puede es pretender que la parte contraria acepte esos mismos términos. Pienso que debió informarte de la posibilidad de que, en caso de perder el pleito, tendrías que hacer frente a unos gastos, entre ellos las costas de la parte demandada, que vienen fijados un Baremo Orientador del Colegio de Abogados y, además, debe ser aprobados por el Secretario del Juzgado donde se haya dictado la sentencia que puede rebajarla -si es excesiva- o aceptarla, por lo tanto no existe la "arbitrariedad" o el "abuso" que anuncias. También puede caber pacto a la hora de pagar estas costas contrarias -normalmente para cobrar antes y no esperar a la Ejecución-, y por lo que me dices te han hecho una considerable rebaja....Por último, si me lo permites, me atrevo a darte un consejo: acepta el trato de los 3.000.-€, ya que si das lugar a que te ejecuten la sentencia, vas a tener que pagar las costas completas, más nuevas costas de la ejecución, más los intereses legales....Los siento, no  siempre se gana. Slds 8)   

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #25 en: 18 de Diciembre de 2013, 13:02:13 pm »
Se me olvidó decir que si la demanda se presentó SIN CUANTÍA, entonces es un problema de tu letrado que debió presentarla sobre la base de los 1.000.-€. Es decir, por imperativo legal la cuantía debe venir determinada en la propia demanda y si no es así se considera indeterminada...Slds 8)

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #26 en: 18 de Diciembre de 2013, 13:06:58 pm »
Juanandalus: el sistema judicial americano -al igual que su sanidad- está hecha para los más ricos descaradamente....el que tiene dinero tiene acceso a la justicia -sanidad- y el que no lo tiene va a la cárcel -al cementerio-. Sinceramente creo que no es un buen ejemplo a seguir, si no todo lo contrario. Un cordial saludo.  8)

Desconectado velypereira

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #27 en: 19 de Diciembre de 2013, 14:37:50 pm »
Las costas pueden ser objeto de impugnación bien por excesivas o por indebidas. El juzgado procederá a notificar y dar traslado de las mismas por el plazo establecido. Si el condenado al pago no está de acuerdo puede impugnar en ese plazo y es posible que se reduzcan si no hay motivo para un importe tan elevado, personalmente he visto unos cuantos casos en que han sido reducidas de modo sustancial.

Desconectado Jose Carlos Segura

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Re:Costas a pagar por un juicio civil ordinario!
« Respuesta #28 en: 20 de Diciembre de 2013, 12:40:55 pm »
Velypereira: De acuerdo contigo, salvo en que se suelen apreciar, yo no he visto tantas, más bien pienso que es excepcional, ya que pasa el "filtro" del Secretario y estos no se suelen equivocar. Además, si pierdes la impugnación de costas tienes que pagar tambien las costas de la impugnación y la deuda crece y crece....

De lo que me quedo de éste foro es que empezó poniendo como "hoja perejil" al letrado de la parte contraria y al final resulta que su letrado presentó una demanda sin visos de prospera y además, al parecer, no informó bien a su cliente de las consecuencias de perder....Da la impresión de que el letrado demandante pecó de soberbia y dio por sentado que iban a ganar el caso, lo que en ningún caso se debe hacer  por que existe un tanto por ciento en TODOS los pleitos -hasta en los que se ven más claros- que escapan al trabajo de los letrados ya que, en último término, corresponde al Juez dictar sentencia.

Por cierto, según las norma del Baremo Orientador, el letrado que pierde el caso NO puede reclamar la totalidad de sus honorarios a su cliente, sino solo la tercera parte de las misma. Pero el que gana SI que puede reclamar la totalidad de las costas a la parte vencida. Slds 8)