Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: nika en 15 de Febrero de 2012, 19:10:31 pm

Título: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: nika en 15 de Febrero de 2012, 19:10:31 pm
Hola, que tal os ha ido el examen? a mi no me ha gustado un pelo la verdad, habia estudiado pero las preguntas teoricas no me las esperaba. Y los casos practicos que habeis puesto? En el segundo metí la pata hasta el fondo...

Alguien de otros años sabe como califican? no se si hay que tener el examen en general bien para aprobar o puntúan cada pregunta por separado y es posible aprobar con un caso practico mal.. alguien sabe?

Un saludo y suerte en lo que queda ..
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: zodiac en 15 de Febrero de 2012, 19:21:03 pm
Un poco desconcertante para mi. No se que pensar. Como habeis resuelto los supuestos prácticos. yo he sido muy breve. El primero he aludido al  Convenio de Bruselas, El de Lugano y el Reglamento 44/2001, todo aludiendo a que el demandado tenía su domicilio en España. Aún cuando el demandante era extracomunitario.
El segundo me he ido directamente al cc. y le he denegado el exequátur por que el auto era extrajudicial. ¿He metio mucho la pata?
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: academia en 15 de Febrero de 2012, 19:23:03 pm
Hola Nika!

La verdad es que me he puesto muy nerviosa tras la primera mirada a las preguntas y los casos prácticos. Cuando vi la del reglamento sobre notificaciones...Pero la verdad es que después de un poco, empece a relajarme y escribir cosillas. Espero que lo del espacio tasado juegue a nuestro favor. Y el tiempo? Últimamente todos los examenes son de hora y media y la verdad es que cuesta llegar en tiempo.

Yo hice el ano pasado el primer parcial. Le había dedicado tiempo pero no lo entendía! Hice un examen bastante churro y me pusieron un 3.5. Así que, por esto y por lo que he escuchado de los compañeros, parece que no son excesivamente estrictos.

Animo, que nos queda poco!


Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: Oru en 15 de Febrero de 2012, 19:25:01 pm
Yo también estaba matriculado, pero no me he atrevido a presentarme.
Por favor, ¿podéis decirme q
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: Oru en 15 de Febrero de 2012, 19:26:08 pm
Me corrijo (perdón por mis dedos, demasiado rápidos)
Yo también estaba matriculado, pero no me he atrevido a presentarme.
Por favor, ¿podéis decirme qué preguntas han caído, y cómo ha sido el caso práctico?

Gracias
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: YOSHI3325 en 15 de Febrero de 2012, 19:35:18 pm
 Adquisición voluntaria de la nacionalidad, la he dejado, por supuesto pérdida voluntaria sí, ¿pero adquisición voluntaria?, supongo que sería la adquisición no automática, pero fue la que no contesté.
 El Reglamento ese, ha sido derogado por el 1393/2007, ¿es que no se han enterado?
 Pelín mala leche el reconocimiento del laudo arbitral, porque es el último punto del libro...
 En fin, y pensar que el viernes hago el practicum
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: Oru en 15 de Febrero de 2012, 19:37:27 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Adquisición voluntaria de la nacionalidad, la he dejado, por supuesto pérdida voluntaria sí, ¿pero adquisición voluntaria?, supongo que sería la adquisición no automática, pero fue la que no contesté.
 El Reglamento ese, ha sido derogado por el 1393/2007, ¿es que no se han enterado?
 Pelín mala leche el reconocimiento del laudo arbitral, porque es el último punto del libro...
 En fin, y pensar que el viernes hago el practicum
Muchas gracias, YOSHI3325, y mucha suerte en tu examen del viernes.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: academia en 15 de Febrero de 2012, 19:40:19 pm
Si me falta o me equivoco que me corrija algún compañero porque no me han dejado de llevarme la hoja:

Fuentes internacionales del DIP
Régimen de alegación y prueba del d. Extranjero
Modos voluntarios de adquisición de la nacionalidad
Parámetros básicos del R(CE) sobre notificación y traslados

Caso practico 1: empresa española vende mercancía a empresa en Marruecos. Llegan mal y la empresa marroquí presenta demanda en los juzgados de Cadiz. Competencia, texto legal y posibilidad de solicitar medidas cautelares sobre cuenta en banco de París.

Caso practico 2: sobre el reconocimiento y motivos de denegación de los laudos arbitrales internacionales ( entre Espanol y chino).

Un saludo
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: Oru en 15 de Febrero de 2012, 19:56:49 pm
Gracias también a ti, Academia. Has sido muy exhaustivo en tu explicación.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: panbimbo en 15 de Febrero de 2012, 20:13:19 pm
Modos voluntarios de adquisición de la nacionalidad: yo directamente me he ido a los modos de aquisición derivativos o sea la opción y la naturalización; entiendo yo que el interesado debe dar su consentimiento de forma voluntaria; desde luego que son retorcidos.
La pregunta primera la verdad la estudié al principio, pero no la había repasado por considerarla poco interesante y nunca habian preguntado al respecto (craso error el mío), la del reglamento que está derogado he alucinado en colores y como habia caído pregunta parecida en la primera semana pues tampoco la repasé, aunque algo me acordaba. La de la prueba no ha ido mal.
En cuanto a los casos, yo he considerado en el primero que los tribunales de Cadiz eran competentes segun el Reg.44/2001, es decir foro del ddo en un estado parte; igualmente conforme al reglamento se pueden pedir medidas en otro estado aunque el litio principal se esté desarrollando en otro estado miembro.
La del laudo arbitral, he dicho que conforme al Convenio de Nueva York de 1958, de eficacia erga omnes, se podria instar el exequátur en España del laudo hecho en China; y he expuesto los motivos de denegación de exequátur de un laudo arbitral.

menuda fatiga de exámen!
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: academia en 15 de Febrero de 2012, 20:28:21 pm
Panbimbo, yo he puesto lo mismo en los casos prácticos y en cuanto a las preguntas, igual, con altos y bajos.

A ver si tenemos suerte todos! Ademas, porque necesitamos ánimos, pues el segundo parcial es de traca!
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: CADENCIA MAN en 15 de Febrero de 2012, 20:36:24 pm
Yo casi vomito nada más ver el exámen, además no es broma, justo delante de mí había un joven que hacia un olor a sobaco agrio e insoportable, la gente no paraba de quejarse e intentar descubrir quien era el autor de semajante atentado de salud pública. Bueno, la cuestión, primera pregunta, he contestado que las fuentes del derecho internacional se encontraban a nivel interno, comunitario o regional, o convencional, citando normativa interna, reglamentos, y tratatos bi y multilaterales; después la segunda pregunta con trampa me la he saltado con javalina para tratar de responder la tercera sobre el derecho extranjero, estaba nervioso, ansioso, no me concentraba por el olor a caca que impregnaba toda la sala, por fin he podido responder sobre la ley rectora del proceso y que para la ley de enjuiciamiento civil el derecho extranjero debía probarse en su contenido y vigencia, era tratado como "hecho" y no como "derecho", si era introducido en el proceso, el juez, ante la imposibilidad de probarlo por alguna de las partes debia velar por aplicar las pruebas necesarias para su prueba, si bien rige el principio de rogación en derecho procesal, con la citada excepción una vez introducido el derecho extranjero en el proceso. Después la última pregunta, me he limitado a explicar la finalidad de la unión europea de lograr el espacio judicial europeo, la cooperación judicial entre autoridades judiciales y gubernativas de demás rollo. Los casos prácticos mejor no os lo cuento. saludos.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: sarkosy en 15 de Febrero de 2012, 20:42:23 pm
Del reglamento he explicado los parametros básicos del REGLAMENTO 1206/2001 sobre cooperación en.. materia de pruebas, perfecto pero para los examenes del año 2007/2008/2009/2010/2011, a lo mejor me dan medio punto por poner cooperación, y formularios normalizados...

no sé porque en el primer caso es el R44/01  si Marruecos no entra en el ámbito comunitario.
¿ no será nuestro derecho autonomo? bueno yo he puesto derecho autoctono. ( metedura pata) 

Del caso de laudo, he acertado quizas en que se debe aplicar el convenio de NY ( no me acordaba del año) y que los 2 paises son partes. ( esa con riesgo). sobre motivos de denegación, me ha venido a la mente el principio de reciprocidad, que no sé donde lo he visto, y algo de si al ser el CIDEAC un organo extrajudicial competente se le podrán reconocer tales decisiones en España.

Fracaso absoluto, suerte, y a descansar .
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: CADENCIA MAN en 15 de Febrero de 2012, 20:46:54 pm
yo el primer caso he puesto que regian las normas de derecho internacional privado de derecho español, por el lugar de celebración del contrato, foro de localización espacial en materia contractual; en el segundo supuesto, dar por bueno el laudo denegandolo por tratar sobre materias exclusivas, ser contraria al orden público...., que pensais compañeros?
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: arukiman556 en 15 de Febrero de 2012, 20:54:11 pm
yo hice el examen la primera semana y me parece más fácil que el de la segunda.

Con respecto a la primera pregunta práctica, creo que hay que aplicar el derecho autónomo (LOPJ) puesto que uno de las partes no es comunitario. El R/44 sólo se aplica cuando las relaciones son entre partes con domicilio en UE.

un saludo
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: YOSHI3325 en 15 de Febrero de 2012, 21:09:37 pm
 Demandada la empresa española con domicilio en España, que es un Estado miembro, se aplica el reglamento 44/2001. Lo de las medidas cautelares, que sí, también lo establece el reglamento 44/2001, en el artículo 31 (esto lo he visto ahora).
 Para España el Convenio de Nueva York tiene eficacia erga omnes, es el que se aplica en el caso del examen de reconocimiento del laudo.
 Bueno, a ver qué tal
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: pl en 15 de Febrero de 2012, 21:51:32 pm
Hola hola... a mi me ha pasado lo mismo nada echar el primer vistazo... esas preguntas.. el tema dos se cae por su propio peso. La adquisición voluntaria??? pues excepto las automáticas de origen.... todas son voluntarias... las de residencia tienen que querer pillar la nacionalidad... Bueno así he puesto yo, opción y luego residencia y todos aquellos casos en que el ciudadano quiere adoptarla voluntariamente... en fin.

Lo del Reglamento 1348 es de un retorcimiento que no ha lugar en semejante asignatura y materia....

y la prueba del derecho extranjero pues si se quería era muy ammmmplia, así que centrarse en la polémica de los artículos 281 y 282 y lex fori en lo concertiente al procedimiento de la fase probatoria... inmenso..

El primer caso es sin dudarlo el Reglamento 44/2001, no importa el demandante marroquí, importa el ámbito material, civil y el domicilio del demandado. La única duda que tengo es que la reclamación que hace deba limitarse a la obligación principal y no incluya el Reglamento los daños y perjuicios.

El segundo el Convenio de NY 1958.... demasiado evidente... habrá fallo por algún sitio.??

La verdad es que de toda la colección de exámenes que tengo... ninguno me ha parecido tan salido de tono, además del poquísimo tiempo....

Suerte a todos¡¡¡
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: CADENCIA MAN en 16 de Febrero de 2012, 07:50:22 am
En mi opinión era un exámen complicado, mucho más que el de la primera semana, veremos como puntuan este año, las respuestas y contestaciones son múltiples.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: nika en 16 de Febrero de 2012, 08:42:31 am
No puedes ver los enlaces. Register or Login
En mi opinión era un exámen complicado, mucho más que el de la primera semana, veremos como puntuan este año, las respuestas y contestaciones son múltiples.

A mi también me pareció complicado, y un poco rebuscado la teoria. Yo en el primer caso puse lo mismo que tu pero parece que hay distintas opiniones..
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: CHIQUIMINITETIPEQUI en 16 de Febrero de 2012, 09:19:04 am
si,, que era complicado y sobre todo por lo de espacio tasado , y encualquier caso el primer caso practico. Mañana tengo el practicum a las  9, así que a prepararlo sobre todo a repasar los temas en que se basará la Sentencia según la guía de  la asignatura . Espero que  a  todos nos vaya bien, y sobre todo pensad que no es válida  una sóla  interpretación siempre que se justifique o interprete jurídicamente la  que deis. Un abrazo y mucha  suerte.  Que seguro que aprobamos.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: arukiman556 en 16 de Febrero de 2012, 13:32:34 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Demandada la empresa española con domicilio en España, que es un Estado miembro, se aplica el reglamento 44/2001.

Perdona compañero pero estas en un error.

El reglamento 44/2001, al igual que todos los reglamentos comunitarios son de APLICACION entre Estados miembros. Ahora, cuestión distinta es que la empresa marroquí, tuviera domicilio permanente en un Estado miembro, en tal caso, seria de APLICACION el reglamento. En el supuesto de que la empresa marroquí no tenga residencia en ningún Estado de la UE, se tendrán que aplicar o un tratado internacional o a falta de ello, las normas del derecho autónomo para determinar la competencia de los tribunales españoles.

En la APLICACION del reglamento 44/2001, da igual la nacionalidad de las partes, porque la competencia de los tribunales, si la materia esta dentro del ámbito de APLICACION del reglamento, la dan los domicilios, es decir, da igual que sea chino, portugués o colombiano, si tienen domicilio en un estado miembro se aplica el 44/2001.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: nava en 16 de Febrero de 2012, 13:56:41 pm
Hola compañeros: yo me quedé flipadísimo con el examen, estoy totalmente de acuerdo con lo que estáis diciendo me siento realmente identificado. Primero me pongo a hacer la pregunta de teoría sobre nacionalidad y al principio creí que era la de modos voluntarios de pérdida de nacionalidad, cuando leo adquisición what? que coño adquisición será pérdida voluntaria, me pongo a escribir y más o menos voy poniendo algo porque no sabía tampoco si se refería al Dº de opción, si tenía que hablar de la naturalización, si es que quería que le hablase de casos individuales como el nacido en el extranjero de padre o madre que fueron en su día español y luego perdieron la nacionalidad...mira un desastre. Después hago la de la prueba, bueno esta bien y luego me puse a hacer la de las fuentes de Dº int priv, mira que hay que ser  cab... para poner esta pregunta yo como tantos otros que hicimos el examen ayer llegas a poner algo, porque te has estudiado todo el temario pero mira que hay que ser retorcido para hacerla macho, habiendo torpecientas mil preguntas como el reenvío, conflicto móvil, orden público y así hasta un sin fin. Pues nada después de terminar el primer calvario empiezo el 2º leo el caso voy sacando las cosas y nada, la respuesta primera bien, pero claro, no podía ser todo tan fácil, y leo "alternativamente tiene una cuenta en París y pide el señor de Marruecos medidas cautelares", me pongo a pensar en las medidas cautelares y este supuesto no se relacionaba con lo del libro porque uno era que si conocía el trib español del fondo podía dictar medidas cautelares fuera siempre que se reconociese en ese país la resolución y el otro punto es que si el trib español no conoce del caso puede dictar medidas cautelares sobre las personas o bienes que se encentren en su territorio, tras todo este rollazo me doy cuenta que en el supuesto concreto habla del trib francés y no encaja en ninguno de los dos supuestos, yo aún así me la jugué dije que sí y que lo regulaba el R 44/2001, vamos que me quede fino fino para hacer el segundo. Hago el segundo, empiezo bien pongo lo del Convenio de Nueva York y tal, y paso a la segunda "desestimación exacta del exequaur del laudo arbitral" zas! pero pedazo de buena persona, si me la he visto esta mañana la pregunta porque ya no me daba tiempo a más, me pides que te diga el supuesto exacto de la desestimación...si son 8!!!, en fin...Bueno para rematar cuando estoy pasando el examen a limpio y estoy terminando la primera parte me llaman para que entregue el examen, jaajaja, me empieza a temblar la mano y como pude y con una letra de mierd_ consigo pasarlo, que angustia. Pues nada lo entrego, y pido el justificante de asistencia, pues nada cojo el dni, el carnet las hojas de borrador y me voy para el coche, arranco y digo hostias! el justificante, nada más que de pensar de entrar de nuevo se me ponía mal cuerpo así que dije a la caca me voy para casa. Pues sí, esta es mi bonita historia, muchos ánimos y un gran abrazo a todos los que estuvimos ayer, no siempre tendremos tan mala suerte. Un saludo.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: nava en 16 de Febrero de 2012, 14:11:51 pm
Hola compañeros: yo me quedé flipadísimo con el examen, estoy totalmente de acuerdo con lo que estáis diciendo me siento realmente identificado. Primero me pongo a hacer la pregunta de teoría sobre nacionalidad y al principio creí que era la de modos voluntarios de pérdida de nacionalidad, cuando leo adquisición what? que coño adquisición será pérdida voluntaria, me pongo a escribir y más o menos voy poniendo algo porque no sabía tampoco si se refería al Dº de opción, si tenía que hablar de la naturalización, si es que quería que le hablase de casos individuales como el nacido en el extranjero de padre o madre que fueron en su día español y luego perdieron la nacionalidad...mira un desastre. Después hago la de la prueba, bueno esta bien y luego me puse a hacer la de las fuentes de Dº int priv, mira que hay que ser  cab... para poner esta pregunta yo como tantos otros que hicimos el examen ayer llegas a poner algo, porque te has estudiado todo el temario pero mira que hay que ser retorcido para hacerla macho, habiendo torpecientas mil preguntas como el reenvío, conflicto móvil, orden público y así hasta un sin fin. Pues nada después de terminar el primer calvario empiezo el 2º leo el caso voy sacando las cosas y nada, la respuesta primera bien, pero claro, no podía ser todo tan fácil, y leo "alternativamente tiene una cuenta en París y pide el señor de Marruecos medidas cautelares", me pongo a pensar en las medidas cautelares y este supuesto no se relacionaba con lo del libro porque uno era que si conocía el trib español del fondo podía dictar medidas cautelares fuera siempre que se reconociese en ese país la resolución y el otro punto es que si el trib español no conoce del caso puede dictar medidas cautelares sobre las personas o bienes que se encentren en su territorio, tras todo este rollazo me doy cuenta que en el supuesto concreto habla del trib francés y no encaja en ninguno de los dos supuestos, yo aún así me la jugué dije que sí y que lo regulaba el R 44/2001, vamos que me quede fino fino para hacer el segundo. Hago el segundo, empiezo bien pongo lo del Convenio de Nueva York y tal, y paso a la segunda "desestimación exacta del exequaur del laudo arbitral" zas! pero pedazo de buena persona, si me la he visto esta mañana la pregunta porque ya no me daba tiempo a más, me pides que te diga el supuesto exacto de la desestimación...si son 8!!!, en fin...Bueno para rematar cuando estoy pasando el examen a limpio y estoy terminando la primera parte me llaman para que entregue el examen, jaajaja, me empieza a temblar la mano y como pude y con una letra de mierd_ consigo pasarlo, que angustia. Pues nada lo entrego, y pido el justificante de asistencia, pues nada cojo el dni, el carnet las hojas de borrador y me voy para el coche, arranco y digo hostias! el justificante, nada más que de pensar de entrar de nuevo se me ponía mal cuerpo así que dije a la caca me voy para casa. Pues sí, esta es mi bonita historia, muchos ánimos y un gran abrazo a todos los que estuvimos ayer, no siempre tendremos tan mala suerte. Un saludo.
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: pl en 16 de Febrero de 2012, 14:12:16 pm
Arukiman...

Lo siento pero creo que es un grave error....  los instrumentos comunitarios no tienen como norma la aplicación exclusiva entre Estados miembros.......

Hay que estar en cada instrumento a sus propios presupuestos de apliacación... y en el 44 el presupuesto general siempre, dentro de la materia, es el domicilio general del demandado en la Unión Europea, no importa quien y donde esté el demandante... siempre el demandado tiene que estar aquí...y es más, incluso entre dos españoles que se demanden en España creo que el instrumento aplicable seria el propio Reglamento que no distingue entre nacionalidades, no por ser españoles o vivir en España sino por estar el demandado domiciliado en la UE.

Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: mariahrgz en 16 de Febrero de 2012, 14:27:00 pm
EL examen estaba pensado a mala leche,sin duda. La pregunta del reglamento tremenda.LA de la nacionalidad me ocupo un monton de espacio.CReo que razonando un poco se sabia que labadquisicion voluntaria es la de modos derivativos.La otra la resumi a tope porque no tenia hueco para contestar la de las fuentes.EL espacio es minimo y no cabe nada por mucho que sintetices.LOs casos asi asi .CReo que no se aplica el reglamento por otros casos similares qie he estudiado pero ya se vera. SIn duda mucho peor que el de la primera semana. A ver si tenemos suerte...
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: bittersin en 16 de Febrero de 2012, 15:43:44 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Arukiman...

Lo siento pero creo que es un grave error....  los instrumentos comunitarios no tienen como norma la aplicación exclusiva entre Estados miembros.......

Hay que estar en cada instrumento a sus propios presupuestos de apliacación... y en el 44 el presupuesto general siempre, dentro de la materia, es el domicilio general del demandado en la Unión Europea, no importa quien y donde esté el demandante... siempre el demandado tiene que estar aquí...y es más, incluso entre dos españoles que se demanden en España creo que el instrumento aplicable seria el propio Reglamento que no distingue entre nacionalidades, no por ser españoles o vivir en España sino por estar el demandado domiciliado en la UE.

Si me permites el matiz, entre dos españoles no se aplican las normas de competencia judicial internacional, dado que no es un supuesto de tráfico externo...
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: pl en 16 de Febrero de 2012, 17:44:43 pm
Hola otra vez..parece que estamos todavía antes del examen, ayudándonos en este foro, y es como mejor se aprende...Desde luego nos quedarán fijados conceptos aquí discutidos.... jeje

pero yo creo en el supuesto de tráfico externo no sólo la figura de los litigantes entra como elementos extranjeros....hay otros elementos que pueden hacerlo extranjero...... inmuebles en el extranjero.... herencias... contratos internacionales... no sé...pero un supuesto entre españoles también puede ser un supuesto de extranjeria....

todo me crea dudas....

crucemos los dedos con este examen...
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: bittersin en 16 de Febrero de 2012, 17:51:53 pm
Sí, claro, pl, me refería al supuesto concreto del examen si hubieran sido dos españoles...
Título: Re:DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO EXAMEN DE HOY
Publicado por: Lili en 17 de Febrero de 2012, 23:00:09 pm
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Demandada la empresa española con domicilio en España, que es un Estado miembro, se aplica el reglamento 44/2001. Lo de las medidas cautelares, que sí, también lo establece el reglamento 44/2001, en el artículo 31 (esto lo he visto ahora).
 Para España el Convenio de Nueva York tiene eficacia erga omnes, es el que se aplica en el caso del examen de reconocimiento del laudo.
 Bueno, a ver qué tal

Correcto y de acuerdo con otros compañeros. El domiscilio del demandado es el foro general tanto en el R44/2001 como en la LOpj de modo que empresa española causa daño: competencia tribunal español.
Las medidas cuatelares están en el art. 31 delmismo reglamento pero tampoco no dije mucho mas,
El laudo arbitral, aplicación universla del Convenio de NY. Me hice un lío en los motivos de rechazo.( son iguales que los del execquátur de resoluciones judiciales, verdad?)
Las preguntas teóricas:  no muy bien, la de la adquisicón de la nacionalidad, pues sí, opción y carta de naturaleza pero acordarse de todos los sujetos de uno u otro ???) 
Las demás preguntas: las fuentes internacionales, sólo había tiempo de nombrarlas;
el R derogado lo contesté en cuanto a la notificación y traslado de documentos en el ámbito de la UE.
Espero que no sean tan duros y también me pregunto si valoran más los casos o las preguntas teóricas.