Categoría General. => #Uned-Derecho. => Mensaje iniciado por: pesaca en 01 de Marzo de 2012, 15:25:06 pm

Título: VECTIGALISTA en derecho romano
Publicado por: pesaca en 01 de Marzo de 2012, 15:25:06 pm
Pues eso, si me podéis echar una mano y me esplicáis que es el vectigalista, que lo he buscado y no lo encuentro por ninguna parte...

gracias.
Título: Re:VECTIGALISTA en derecho romano
Publicado por: Nandae en 01 de Marzo de 2012, 15:30:57 pm
El vectigalista era el concesionario del ager publicus (es decir, la tierra pública), y se encontraba protegido por el interdicto uti possidetis, concecido por el Pretor.
Saluditos.
Título: Re:VECTIGALISTA en derecho romano
Publicado por: polinypoila en 01 de Marzo de 2012, 15:31:40 pm
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Pues eso, si me podéis echar una mano y me esplicáis que es el vectigalista, que lo he buscado y no lo encuentro por ninguna parte...

gracias.
Era un concesionario o arrendatario del ager publicus que pagaba el arrendamiento (Vectigal) por el disfrute.  ;D
Título: Re:VECTIGALISTA en derecho romano
Publicado por: pesaca en 01 de Marzo de 2012, 22:39:05 pm
Gracias, la cosa ya esta clara...

con compañeros como vosotros uno se siente en medio de una generosa multitud.

Queda derogada la soledad de estudio!
Título: Re:VECTIGALISTA en derecho romano
Publicado por: tribeca en 02 de Marzo de 2012, 10:40:00 am
Esto dice el tutor de la UNED  sobre el vectigalista


Los censores estaban encargados, entre otras cosas, de parcelar el suelo que pertenecía al pueblo romano (suelo público) y asignárselo a particulares para que lo trabajasen y disfrutasen. Esas personas, concesionarios de suelo público (o ager publicus), debían pagar una especie de renta llamada vectigal, de ahí su nombre: vectigalistas. Estos son los primeros beneficiados por el interdicto de retener que otorga el pretor a determinados poseedores.

Que es lo que nos han dicho los compañeros del foro, pero con más palabras.